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Documento BOE-A-2005-21498

Orden EHA/4091/2005, de 27 de diciembre, sobre delegación de la inspección del Impuesto sobre Actividades Económicas.

Publicado en:
«BOE» núm. 311, de 29 de diciembre de 2005, páginas 42848 a 42848 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-2005-21498
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/2005/12/27/eha4091

TEXTO ORIGINAL

El apartado 3 del artículo 91 del Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, establece la posibilidad de delegar la inspección del Impuesto sobre Actividades Económicas, en los términos que se disponga por el Ministro de Economía y Hacienda, en los Ayuntamientos, Diputaciones Provinciales, Cabildos o Consejos Insulares, Comunidades Autónomas y otras Entidades Locales Menores reconocidas por las Leyes, que lo soliciten. El artículo 18 del Real Decreto 243/1995, de 17 de febrero, por el que se dictan normas para la gestión del Impuesto sobre Actividades Económicas y se regula la delegación de competencias en materia de gestión censal de dicho Impuesto, dispone que las solicitudes deberán presentarse antes del 1 de octubre del año inmediato anterior a aquél en el que hayan de surtir efecto, y que la delegación se llevará a efecto mediante Orden del Ministro de Economía y Hacienda publicada en el «Boletín Oficial del Estado» antes del inicio del año natural en el que haya de surtir efecto. Finalizado el plazo para presentar las solicitudes que surtirán efecto desde el día 1 de enero del 2006, procede resolver las peticiones recibidas. En su virtud, dispongo:

Primero. Delegación de la inspección del Impuesto sobre Actividades Económicas a Ayuntamientos.-Se concede la delegación de la inspección del Impuesto sobre Actividades Económicas, con los límites y condiciones establecidos en la Orden del Ministerio de Economía y Hacienda, de 10 de junio de 1992, por la que se desarrolla la delegación y colaboración en la inspección del Impuesto sobre Actividades Económicas, y con efectos de 1 de enero del 2006, a los siguientes Ayuntamientos: Banyoles (Girona).

Castro Urdiales (Cantabria). Málaga. Museros (Valencia).

Segundo. Delegación de la inspección del Impuesto sobre Actividades Económicas a una Diputación.-Se concede la delegación de la inspección del Impuesto sobre Actividades Económicas, con los límites y condiciones establecidos en la Orden de 10 de junio de 1992, y con efectos de 1 de enero del 2006, a la siguiente Diputación:

Diputación de Barcelona: Para los Ayuntamientos de: San Cugat del Vallés

Vacarisses

Tercero. Renuncia a la delegación de la inspección del Impuesto sobre Actividades Económicas de un Ayuntamiento.-Se acepta, de acuerdo con lo dispuesto en el apartado a) del artículo 6.º de la Orden de 10 de junio de 1992, y con efectos de 1 de enero del 2006, la renuncia presentada por el siguiente Ayuntamiento:

San Cugat del Vallés (Barcelona)

Cuarto. Revocación de la delegación de la inspección del Impuesto sobre Actividades Económicas a una Mancomunidad.-Se revoca, con efectos de 1 de enero de 2006, y por no cumplirse los requisitos previstos en el artículo 4.º de la Orden de 10 de junio de 1992, la delegación de la inspección del Impuesto sobre Actividades Económicas concedida a:

Mancomunidad Ribera Izquierda del Ebro: Para el Ayuntamiento de: Pastriz.

Quinto. Revocación de la delegación de la inspección del Impuesto sobre Actividades Económicas a un Ayuntamiento.-Se revoca, con efectos de 1 de enero de 2006, y por no cumplirse los requisitos previstos en el artículo 4.º de la Orden de 10 de junio de 1992, la delegación de la inspección del Impuesto sobre Actividades Económicas concedida al Ayuntamiento de:

O´Porriño (Pontevedra).

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día 1 de enero de 2006.

Contra la presente Orden podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional, en el plazo de 2 meses a partir del día siguiente a su publicación.

Madrid, 27 de diciembre de 2005.

SOLBES MIRA

Sr. Secretario de Estado de Hacienda y Presupuestos y Sr. Director General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 27/12/2005
  • Fecha de publicación: 29/12/2005
  • Fecha de entrada en vigor: 01/01/2006
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE COMPLETA el apartado 2, por Orden EHA/905/2006, de 17 de marzo (Ref. BOE-A-2006-5762).
Referencias anteriores
Materias
  • Ayuntamientos
  • Delegación de atribuciones
  • Diputaciones Provinciales
  • Impuesto sobre Actividades Económicas
  • Ministerio de Economía y Hacienda

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