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Documento BOE-A-2005-19225

Resolución de 27 de octubre de 2005, del Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria, por la que se publica el resumen de la cuenta anual correspondiente al ejercicio 2004.

Publicado en:
«BOE» núm. 279, de 22 de noviembre de 2005, páginas 38204 a 38210 (7 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-2005-19225

TEXTO ORIGINAL

En base a la Orden EHA/777/2005, de 21 de marzo, por la que se regula la obtención y rendición de cuentas a través de soporte informático para los organismos públicos a los que sea de aplicación la Instrucción de Contabilidad para la Administración Institucional del Estado, y al objeto de que todos los posibles destinatarios de la información contable puedan disponer de datos sobre la actividad desarrollada por los organismos públicos, éstos habrán de publicar en el «Boletín Oficial del Estado» la información contenida en el resumen de las cuentas anuales a que se refiere el punto 3 del apartado segundo de dicha Orden, resuelve:

Publicar la cuenta anual de este Organismo, correspondiente al ejercicio de 2004.

Madrid, 27 de octubre de 2005.-El Director general, Mario Gómez Pérez.

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF de esta disposición.

MEMORIA CORRESPONDIENTE A LA CUENTA DE LIQUIDACION DEL EJERCICIO DE 2004 DEL INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACIÓN Y TECNOLOGÍA AGRARIA Y ALIMENTARIA (I.N.I.A.) D.1.0. Antecedentes:

El INIA es un organismo autónomo, regulado por lo establecido en la Ley 13/1986, de 14 de abril, de Fomento y Coordinación General de Investigación Científica y Técnica, adscrito al Ministerio de Educación y Ciencia, a través de la Secretaría de Estado de Universidades e investigación, de acuerdo con lo determinado por el Real Decreto 1553/2004, de 25 de junio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Educación y Ciencia.

El Organismo, con el nombre de Instituto Nacional de Investigaciones Agrarias (INIA), fue creado por Decreto-Ley 17/1971, refundiendo el Instituto Forestal de Investigaciones y Experiencias y el Patronato de Biología Animal. Por Real Decreto 654/1991, cambia su nombre por el de Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria, manteniendo las siglas INIA, con adscripción al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación hasta el año 2000 en el que, de acuerdo con lo establecido por el Real Decreto 557/2000, de 27 de abril, de reestructuración de los Departamentos Ministeriales, pasa a ser adscrito al Ministerio de Ciencia y Tecnología.

D.1.1. Actividad de la entidad: Sectorial. Sector agroalimentario. Pluridisciplinar.

En materia de Coordinación: El Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Investigación Tecnológica (I+D+I), para el periodo 2000-2003, aprobado por Acuerdo de Consejo de Ministros de 12 de noviembre de 1999, responde al concepto de Plan Nacional definido por la Ley 13/1986, de Fomento y Coordinación de la Investigación Científica y Técnica y contempla, entre otras, un Area Científico-Tecnológica de Recursos y Tecnología Agroalimentarias y un Area Sectorial constituida por el Plan Nacional de Alimentación.

En el Area de Recursos y Tecnologías Agroalimentarias se contemplan dos acciones estratégicas cuya gestión corresponde al INIA:

Recursos y Tecnologías Agrarias.

Conservación de Recursos Genéticos de interés Agroalimentario.

En el Plan Nacional de Alimentación que, como se ha mencionado, es contemplado como Area Sectorial desarrollada por el Organismo, se contemplan tres acciones estratégicas:

Calidad y Seguridad de los Alimentos.

Mejora de la calidad y competitividad de los vinos. Nuevas especies y tecnologías en acuicultura.

Las líneas prioritarias de actuación en las tres acciones estratégicas mencionadas, quedan definidas en las respectivas Ordenes de convocatoria, en el marco de las Acciones Estratégicas del Plan Nacional de Alimentación del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica 2000-2003.

Además de la vinculada al desarrollo de proyectos de investigación en el marco de las Acciones Estratégicas anteriormente descritas, el Organismo desarrolla una importante actividad en materia de desarrollo de Proyectos de investigación en el marco de los distintos programas nacionales de investigación así como en el marco de la Unión Europea o como consecuencia del establecimiento de Convenios de Colaboración con entidades o personas físicas y/o jurídicas, públicas y/o privadas, nacionales y/o extranjeras, lo que genera un importante nivel de actividad. En materia de Relaciones Científicas: El Organismo ostenta la representación del Estado ante diversos Organismos Internacionales como la OCDE y la FAO, manteniendo con esta última una intensa colaboración en el mantenimiento de las Redes Cooperativas Europeas e Interregionales de Investigación Agraria, como son las relativas a Olivar, Frutos Secos, Arroz, Pastos, Algodón, Cítricos, etc. Asimismo y por Acuerdo de Consejo de Ministros de 7 de febrero de 2003, aporta 1.959.720 dólares USA a diversos Organismos pertenecientes al CGIAR. También participa en numerosos comités y grupos de expertos de las instituciones de la Unión Europea sobre temas relacionados con la investigación agraria y alimentaria. Todo ello origina un elevado nivel de actividades en el marco internacional y origina toda una gama de pagos, muy numerosos, a realizar en divisas. En materia de Formación: El Organismo viene manteniendo, desde su creación, una importante actividad en materia de formación de personal investigador. Dicha actividad, consustancial con la naturaleza de Organismo Público de Investigación que le reconoce la Ley 13/86, adquiere importancia cara a la posible renovación de las plantillas de investigadores del propio Organismo, así como para el fomento de la investigación a desarrollar por el sector privado, a quien se le ofrece personal con un elevado nivel de cualificación técnica. La actividad en materia de formación se canaliza a través de la concesión de becas de diversos tipos:

Becas de formación-Predoctorales.

Becas de especialización-Postdoctorales.

D.1.2. Estructura organizativa: El INIA es un Organismo Autónomo adscrito al Ministerio de Educación y Ciencia a través de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación, con Estatuto aprobado mediante Real Decreto 1951/2000, de 1 de diciembre, desarrollando las siguientes funciones:

1. Gestionar y ejecutar las competencias de la Administración General del Estado en el área de investigación científica e innovación tecnológica en materia agraria y alimentaria, sin perjuicio de las competencias de la Secretaría de Estado Universidades e Investigación del Ministerio de Ciencia y Tecnología.

2. Representar al Departamento ante los órganos y organismos de carácter científico y tecnológico de ámbito nacional e internacional en materia de investigación agraria y alimentaria, sin perjuicio de las competencias que, en materia de relaciones exteriores corresponden al Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación. 3. Impulsar la cooperación nacional e internacional en el area de investigación agraria y alimentaria, en particular con las Comunidades Autónomas, a través de la Comisión Coordinadora de Investigación Agraria. 4. Elaborar, coordinar y gestionar las acciones estratégicas que le corresponden, en relación con el Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica, de acuerdo con las directrices formuladas por la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación. 5. Aquellas otras competencias que tenga atribuidas legalmente.

Para el cumplimiento de las funciones enumeradas, el INIA podrá llevar a cabo las siguientes actividades: a) Programar los objetivos básicos y las directrices generales de investigación científica y técnica y desarrollo tecnológico, así como de conservación y utilización sostenible de los recursos genéticos para la agricultura y la alimentación, de acuerdo con las directrices formuladas por la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación.

b) Elaborar, promover y ejecutar proyectos de investigación científica y técnica, así como actividades para la conservación y utilización sostenible de recursos genéticos para la agricultura y alimentación. c) Gestionar, coordinar y hacer el seguimiento de proyectos de investigación y desarrollo de carácter agrario y alimentario, y de actividades de conservación y utilización sostenible de los recursos genéticos para la agricultura y alimentación. d) Promover la cooperación nacional e internacional en materia de investigación agraria y alimentaria, en particular con las Comunidades Autónomas, a través de la Comisión Coordinadora de Investigación Agraria, sin perjuicio de las atribuciones que concede a la Comisión Interministerial de Ciencia y Tecnología el artículo 8 de la Ley 13/1986, de 14 de abril. e) Establecer Convenios con organismos públicos y privados, tanto nacionales como internacionales, para la realización de proyectos de investigación y otras actividades de carácter científico y tecnológico, dando cuenta a la Comisión Interministerial de Ciencia y Tecnología, conforme a lo previsto en el artículo 15 de la Ley 13/1986, de 14 de abril, de Fomento y Coordinación General de la Investigación Científica y Técnica. f) Promover la difusión y uso de los resultados de la investigación, por parte de los sectores económicos o sociales interesados, y la participación de éstos en actividades de investigación y desarrollo agrario y alimentario, sin perjuicio de las competencias de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación. g) Participar en la creación y mantenimiento de unidades de investigación y desarrollo de carácter mixto, asociadas o de otro tipo, mediante Convenios con organismos de investigación agraria y alimentaria de las Comunidades Autónomas, organismos públicos, universidades u otras instituciones o entidades. h) Establecer mecanismos para la transferencia de los resultados de su actividad investigadora. A tal fin, el INIA podrá colaborar con el Centro de Desarrollo Tecnológico e Industrial, así como con otros organismos de la Administración General del Estado y de las Comunidades Autónomas. Igualmente, podrá proponer la creación o participación en sociedades mercantiles, de acuerdo con lo establecido en el artículo 19 de la Ley 13/1986, de 14 de abril, y suscribir contratos con empresas interesadas en la adquisición de los resultados generados, potenciando la transferencia y valoración de la tecnología. i) Gestionar aquellos fondos que, por su naturaleza específica y aplicación al I+D+I agrario y alimentario, le sean encomendados, así como la realización de ensayos de variedades o estudios técnicos sobre semillas y plantas de vivero. j) Desarrollar en el marco del régimen jurídico del personal al servicio de las Administraciones públicas, la política relativa al personal propio del organismo, así como elaborar planes plurianuales sobre recursos materiales necesarios para el desarrollo de las actividades. k) Otorgar el carácter de asociadas a unidades de investigación y desarrollo pertenecientes a otras instituciones públicas o privadas mediante Convenio. l) Confeccionar programas y realizar actuaciones que promuevan y desarrollen la capacitación científica y técnica, la incorporación del personal científico al sistema de investigación y desarrollo, público o privado, y la formación permanente del personal. m) Realizar estudios prospectivos sobre los avances y nuevas orientaciones de las actividades de investigación y desarrollo tecnológico agrarias y alimentarias, así como su organización y gestión. n) Participar activamente en los foros nacionales e internacionales en los que se debatan temas que afecten a la investigación agraria y/o alimentaria, y a la tecnología en relación con las semillas y plantas de vivero. o) Coordinar y cooperar en los programas de investigación internacional a través de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación. p) Cualquier otra que contribuya al cumplimiento de los fines y las funciones del organismo.

Especial mención merece su relación con los Organismos y Centros especializados de las Comunidades Autónomas, que asumieron competencias en materia de investigación agraria al constituirse el Estado de las Autonomías. Esta relación se articula a través de la Comisión Coordinadora de Investigación Agraria que preside el Presidente del INIA y en la que participan un representante de cada una de las Comunidades Autónomas, un representante del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y un representante del Ministerio para las Administraciones Públicas. D.1.4 Órganos de Gobierno:

Unipersonales: El Presidente.

El Vicepresidente. El Director General.

Colegiados:

Consejo Rector.

Consejo de Dirección.

Órganos gestores:

La Secretaría General, que tiene como funciones: a) La gestión del personal del Organismo.

b) La elaboración del anteproyecto del presupuesto del Organismo y las actuaciones que se derivan de su ejecuión y, en general, de la gestión económico-financiera del mismo. c) El régimen interior y el mantenimiento y conservación del patrimonio inmobiliario del INIA d) La gestión de los suministros y de la contratación administrativa. e) La gestión de la biblioteca, publicaciones y documentación. f) La gestión de la concesión de ayudas y subvenciones para la capacitación y formación científica y técnica del personal investigador. g) El apoyo técnico legal, en especial, a la formalización de los convenios y contratos, la protección jurídica de los resultados de la investigación y la supervisión del cumplimiento de la normativa que pueda afectar al Instituto. h) El desempeño de la Secretaría de la Comisión Coordinadora de Investigación Agraria.

El Secretario General del INIA sustituirá al Presidente en los casos de vacante, ausencia o enfermedad, si no hubiera disposición en contrario.

Adscrita a la Secretaría General del INIA existe un Area de Coordinación Administrativa y Gestión Financiera de la que depende el Servicio de Contabilidad y Gestión Económica, el cual cuenta, entre otras, con una Sección de Contabilidad.

La Subdirección General de Prospectiva y Coordinación de Programas, tiene como funciones:

a) Los estudios prospectivos sobre los avances y nuevas orientaciones de la investigación y el desarrollo tecnológico agrario y alimentario, así como sobre su organización y gestión.

b) La elaboración, coordinación y gestión de los programas a cargo del Departamento, en materia de investigación y tecnología agroalimentaria y de conservación y utilización de recursos genéticos para la agricultura y la alimentación. c) La evaluación y el seguimiento de los programas que gestiona el INIA y de los proyectos de investigación que se realicen a través de dichos programas, así como de los estudios realizados con aportación financiera de otros Ministerios u Organismos, cuando le fueren encomendados. d) El informe y, en su caso, propuesta de los asuntos que, en materia de investigación y desarrollo tecnológico agrario y alimentario y de conservación y utilización de recursos genéticos para la agricultura y la alimentación se sometan a la deliberación y acuerdo de la Comisión Coordinadora de Investigación Agraria. e) Las actuaciones necesarias para promover la difusión y el uso de los resultados de la investigación por parte de los sectores interesados, así como su participación en actividades de I+D agrario y alimentario. f) La coordinación con otros sistemas de I+D agrarios y alimentarios. g) La formulación de aquellos programas y actuaciones que promuevan y desarrollen la capacitación científica y técnica, la formación permanente del personal investigador y la incorporación de personal científico al sistema de I+D público o privado. h) Las relaciones de cooperación, intercambio y promoción de I+D con Organismos científicos y tecnológicos, tanto españoles como extranjeros, sin perjuicio de las atribuciones que concede a la Comisión Interministerial de Ciencia y Tecnología el artículo octavo de la Ley 13/86, de 14 de abril.

La Subdirección General de Investigación y Tecnología, tiene como funciones:

a) La gestión de los Centros de investigación dependientes del Instituto y su actividad científica, incluyendo la propuesta y tramitación de proyectos de investigación, actividades de desarrollo, convenios y contratos con otras Entidades públicas o privadas, participación en foros y reuniones de carácter científico, publicaciones y, en general, sobre todas las iniciativas que presenten los Centros y el personal de los mismos.

Estos Centros son los siguientes:

Centro de Investigación en Sanidad Animal, (CISA).

Centro de Recursos Fitogenéticos, (CRF). Centro de Investigación Forestal, (CIFOR). Centro de Investigación y Tecnología, (CIT).

a) La propuesta de aplicación de cuantas medidas de estímulo a la formación de personal y otras iniciativas considere convenientes para optimizar la actividad de los Centros de investigación, así como el seguimiento y evaluación de la misma.

b) El control de la gestión de los centros y unidades de apoyo así como velar por el mantenimiento de sus instalaciones y medios, bajo la supervisión de la Secretaría General del Organismo.

La actividad científico-técnica del INIA se estructura en las siguientes Areas:

Recursos Naturales: Investigación en Recursos Naturales.

Ciencias Agrarias:

Conservación y Utilización de Recursos Fitogenéticos.

Investigación en Cultivos Herbáceos. Investigación en Cultivos Leñosos. Investigación en Producción Animal. Investigación en Desarrollo Forestal. Investigación en Economía y Sociología Agrarias.

Ciencias y Tecnología de Alimentos:

Investigación en Calidad y Tecnología de Alimentos.

La Oficina Técnica de Variedades Vegetales a la que, bajo la dependencia de la SGIT corresponden las siguientes funciones:

Las actividades de investigación y experimentación relacionadas con las variedades comerciales y protegidas de semillas y plantas de vivero.

La realización de estudios y ensayos y análisis, en relación variedades comerciales, con la protección de las obtenciones vegetales así como la emisión de las certificaciones de la Asociación Internacional de Ensayos de Semillas. La actuación como oficina de Ensayo Técnico, por encargo de la Oficina Comunitaria de Variedades Vegetales. La coordinación y cooperación en programas comunitarios e internacionales en materia de investigación y experimentación en variedades vegetales.

D.1.3. Organización contable:

El sistema contable del Organismo está centralizado, por lo que la contabilización de todos los ingresos y pagos se realiza directamente desde la Secretaría General, que cuenta con la siguiente estructura: Area de Coordinación Administrativa y Gestión Financiera, con un Jefe de Area responsable de la misma, del que dependen las siguientes Servicios: Servicio de Contratación Administrativa y Gestión Financiera, del que depende la Caja Pagadora.

Servicio de Control de Subvenciones y Contabilidad. Servicio de Contabilidad y Gestión Económica, del que depende la Sección de Contabilidad.

Asimismo de la Secretaría General dependen, además, las siguientes Unidades:

Servicio de Seguimiento y Control de la Promoción Científica.

Servicio de Régimen Legal y Patrimonio. Servicio de Recursos Humanos. Servicio de Régimen Interior. Servicio de Documentación, Biblioteca y Publicaciones. Habilitación.

D.1.4. Principales responsables de la entidad:

Presidente: D. Salvador Ordóñez.

Director general: D. Mario Gómez Pérez Secretario general: D. Alfonso Luengo Álvarez-Santullano. Subdirector general de Prospectiva y Coordinación de Programas: D. Fernando de la Jara Ayala. Subdirector general de Investigación y Tecnología: D. Gregorio Montero González. Jefe del Area de Coordinación Administrativa y Gestión Financiera: D. Francisco Fernández de Liger Armentia

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