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Documento BOE-A-2005-15871

Resolución de 12 de septiembre de 2005, del Instituto para la Reestructuración de la Minería del Carbón y Desarrollo Alternativo de las Comarcas Mineras, por la que se da publicidad al resumen de la cuenta anual del ejercicio 2004.

Publicado en:
«BOE» núm. 229, de 24 de septiembre de 2005, páginas 31797 a 31801 (5 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Referencia:
BOE-A-2005-15871

TEXTO ORIGINAL

En aplicación de lo dispuesto en el apartado tercero de la Orden EHA/777/2005, de 21 de marzo, por la que se regula el procedimiento de obtención, formulación, aprobación y rendición de las cuentas anuales para las entidades estatales de derecho público a las que sea de aplicación la Instrucción de Contabilidad para la Administración Institucional del Estado, se hace público el resumen de las cuentas anuales del ejercicio 2004 del Organismo Autónomo Instituto para la Reestructuración de la Minería del Carbón y Desarrollo Alternativo de las Comarcas Mineras.

Madrid, 12 de septiembre de 2005.-El Presidente, Antonio Joaquín Fernández Segura.

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF de esta disposición.

D) Memoria

1. Organización

La ley 66/1997, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, en su artículo 78, creó el Instituto para la Reestructuración de la Minería del Carbón y Desarrollo Alternativo de las Comarcas Mineras, como Organismo Autónomo adscrito al Ministerio de Industria y Energía a través de la Secretaría de Estado de Energía y Recursos Minerales. Siendo su objeto la ejecución de la política de reestructuración de la minería del carbón, así como el desarrollo y ejecución de cuantas medidas se dirijan a fomentar el desarrollo económico de aquellas zonas que, de acuerdo con la normativa aplicable, tengan la consideración de municipios mineros del carbón.

Por el Real Decreto 1554/2004, de 25 de junio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, este Organismo Autónomo queda adscrito al Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, a través de la Secretaría General de Energía. El Real Decreto 492/1998, de 27 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto del Instituto para la Reestructuración de la Minería del Carbón y Desarrollo Alternativo de las Comarcas Mineras, establece cuáles son las funciones del Instituto para poder desarrollar su objetivo, y cuáles son sus órganos de dirección. En lo referente a los órganos de dirección, el R.D. 492/1998, de 27 de marzo, ha sido modificado por R.D. 1554/2004, de 25 de junio.

Funciones:

a) Gestionar las ayudas de cualquier naturaleza que se concedan a las empresas dedicadas a la minería del carbón, tanto por su actividad minera como por procesos de reestructuración y racionalización de la misma.

b) Inspeccionar y controlar las producciones de carbón de las empresas mineras. c) Gestionar las ayudas que puedan corresponder a los sujetos productores de energía eléctrica, titulares de centrales térmicas. d) Gestionar las ayudas destinadas a cubrir cargas excepcionales vinculadas a planes de modernización, reestructuración y racionalización de la actividad de las empresas mineras del carbón. e) Gestionar las ayudas de cualquier naturaleza que tengan por objeto el desarrollo económico alternativo de las zonas mineras del carbón. f) Desarrollar políticas de difusión y asesoramiento técnico sobre normativa de ayudas, aspectos mercantiles, fiscales y otros que permitan la captación de proyectos empresariales y su implantación en las zonas mineras del carbón. g) Suscribir convenios, tanto con personas privadas o públicas, para el mejor cumplimiento de su objetivo. h) Articular y desarrollar cuantos incentivos financieros se consideren oportunos para fomentar el desarrollo económico alternativo de las zonas mineras del carbón. i) Elaborar estudios, estadísticas e información general relativa al sector minero. j) Realizar cuantas otras funciones y actividades sean necesarias para la adecuada implantación de la política de reordenación de la minería del carbón y para el desarrollo económico alternativo de las zonas mineras del carbón.

Órganos de Dirección:

a) Consejo Rector. Integrado por: El Presidente, que lo será del Instituto.

Vocales.

b) El Presidente, que será el Secretario General de Energía.

c) El Gerente. Depende directamente del Presidente del Instituto, con rango de Subdirector General. Dependiendo del Gerente, existen cuatro áreas:

1. Secretaría General. Dentro de la Secretaría General existen los siguientes servicios: Servicio de Recursos Humanos.

Servicio de Asuntos Generales. Servicio de Gestión Económica y Habilitación. Servicio de Contabilidad.

2. Unidad de Explotación.

3. Unidad de Reestructuración. 4. Unidad de Reactivación.

e) Adscrita al Instituto: La Intervención Delegada de la General de la Administración del Estado

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