Visto el expediente de indulto de don Rubén Martín Pérez, con los informes del Ministerio Fiscal y del tribunal sentenciador, condenado por el Juzgado de lo Penal número 1 de Valladolid, en sentencia de 2 de mayo de 2002, como autor de un delito de robo con fuerza en las cosas, a la pena de un año de prisión, por hechos cometidos en el año 2001, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 2 de septiembre de 2005,
Vengo en conmutar a don Rubén Martín Pérez la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento por otra de 365 días de multa, que se satisfará en cuotas diarias de cuatro euros, cuyo inicio y forma de cumplimiento será determinado por el tribunal sentenciador, a condición de que no abandone el tratamiento que tiene iniciado hasta alcanzar la total rehabilitación y no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de dos años desde la publicación de este real decreto.
Dado en Madrid, el 5 de septiembre de 2005.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia, JUAN FERNANDO LÓPEZ AGUILAR
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