Por resolución de 29 de julio de 2004 (BOE del 25 de agosto) de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación se concedió la prórroga por un año de tres becas predoctorales a los becarios que figuran en el Anexo I, al amparo del Convenio de cooperación suscrito entre el anterior Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y la Universidad de Georgetown. Por resolución de 7 de junio de 2004 (BOE del 30 de junio) de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación se concedió una beca predoctoral por un solo año a la becaria que figura en el Anexo II, al amparo del Convenio de cooperación suscrito entre el anterior Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y la Universidad de Georgetown. Por resoluciones de 30 de mayo de 2003 (BOE del 13 de junio) de la Secretaría de Estado de Educación y Universidades y de 7 de junio de 2004 (BOE del 30 de junio) de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación se concedieron una beca predoctoral y una beca postdoctoral, respectivamente, a los becarios que figuran en el Anexo III, al amparo del Convenio de cooperación suscrito entre el anterior Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y la Universidad de Georgetown. De conformidad con lo establecido en el apartado 7.2 de la Resolución de 5 de agosto de 2004 de convocatoria del Programa, una vez aprobada la continuidad del convenio por un nuevo período de 4 años, y evaluados, en su caso, los informes emitidos por los becarios y sus directores de trabajo en la Universidad receptora, en uso de las atribuciones conferidas por la Resolución de convocatoria, he resuelto:
Primero.-Conceder la renovación por un segundo año de las becas predoctorales relacionadas en el Anexo I, en las condiciones indicadas en el mismo.
Segundo.-Conceder el segundo año de la beca predoctoral relacionada en el Anexo II, en las condiciones indicadas en el mismo. Tercero.-Conceder la renovación de las becas predoctoral y posdoctoral relacionadas en el Anexo III, en las condiciones indicadas en el mismo. Cuarto.-De acuerdo con lo establecido en el apartado 6.2.6 de la resolución de 5 de agosto de 2004, el contravalor en euros de las dotaciones concedidas tiene una validez de tres meses, al cabo de los cuales será revisado siempre que se produzca una oscilación igual o superior al diez por ciento. Las dotaciones resultan de la aplicación del cambio oficial reflejado en la Resolución de 21 de julio de 2005 del Banco de España (1 euro = 1,2187 dólares USA). Quinto.-La financiación de las becas, por un importe total de 111.942,00 € se efectuará con cargo a la aplicación presupuestaria 18.07.463A.781, de los Presupuestos Generales del Estado, con el desglose que se indica a continuación:
Anualidad 2005: 38.749,00 €.
Anualidad 2006: 64.583,00 €. Anualidad 2007: 8.610,00 €.
El gasto correspondiente a ejercicios futuros queda supeditado a la aprobación de los correspondientes créditos en los presupuestos generales del Estado.
Sexto.-Los beneficiarios de estas becas están obligados al cumplimiento de lo establecido en el apartado 8 de la vigente convocatoria del Programa, Resolución de 5 de agosto de 2004 (BOE del 31 de agosto). Séptimo.-El abono de las dotaciones se devengará de conformidad con lo establecido por la Resolución de 28 de febrero de 2005 de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación por la que se dictan instrucciones sobre la incorporación al régimen de Seguridad Social y cobertura del seguro privado de asistencia sanitaria y accidentes de los becarios de los programas de becas posdoctorales y de postgrado de la Dirección General de Universidades, así como por las instrucciones complementarias dictadas por la Dirección General de Universidades para su aplicación.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, en el plazo de un mes, recurso potestativo de reposición. Asimismo, podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su notificación. Dicho recurso no podrá ser interpuesto hasta que el anterior recurso potestativo de reposición, en el supuesto de haberse presentado, sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta.
Madrid, 29 de julio de 2005.-El Secretario de Estado, P. D. (Orden ECI/87/2005, de 14 de enero), la Directora general de Universidades, Carmen Ruiz-Rivas Hernando. Sr. Subdirector general de Formación y Movilidad en Posgrado y Pos- doc torado.
Anexo I |
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Apellidos, nombre becario |
Referencia |
Organismo |
Fecha de inicio |
Fecha de fin |
Dotación mensual |
Importe |
|
2005 |
2006 |
||||||
CASTANY PRADO, BERNAT. |
GT2001-0009 |
UNIVERSITY OF GEORGETOWN. |
01-AGO-2005 |
31-JUL-2006 |
1.230,00 |
6.150,00 |
8.610,00 |
CEREZO CEBALLOS, LUIS. |
GT2001-0028 |
UNIVERSITY OF GEORGETOWN. |
01-AGO-2005 |
31-JUL-2006 |
1.230,00 |
6.150,00 |
8.610,00 |
SORIA HERNANZ, DAVID. |
GT2001-0029 |
UNIVERSITY OF GEORGETOWN. |
01-AGO-2005 |
31-JUL-2006 |
1.230,00 |
6.150,00 |
8.610,00 |
TOTAL |
18.450,00 |
25.830,00 |
Anexo II |
||||||||
Apellidos, nombre becario |
Referencia |
Organismo |
Fecha de inicio |
Fecha de fin |
Dotación mensual |
Importe |
||
2005 |
2006 |
|||||||
PASCUAL ARGENTE, CLARA. |
GT2003-0007 |
UNIVERSITY OF GEORGETOWN. |
01-AGO-2005 |
31-JUL-2006 |
1.230,00 |
6.150,00 |
8.610,00 |
Anexo III |
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Apellidos,nombre becario |
Referencia |
Organismo |
Fecha de inicio |
Fecha de fin |
Ayuda gastos de investigación |
Dotación mensual |
Importe |
|||
2005 |
2006 |
2007 |
||||||||
MARTIN FERNANDEZ, AMAYA. |
GT2002-0013 |
UNIVERSITY OF GEORGETOWN. |
01-AGO-2005 |
31-JUL-2007 |
0 |
1.230,00 |
6.150,00 |
14.760,00 |
8.610,00 |
|
MORENO GONZALEZ, MARIA CRISTOBALINA. |
GT2003-0003 |
UNIVERSITY OF GEORGETOWN. |
01-SEP-2005 |
31-AGO-2006 |
1.230,00 |
1.846,00 |
7.999,00 |
15.383,00 |
||
TOTAL |
14.149,00 |
30.143,00 |
8.610,00 |
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