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Documento BOE-A-2005-1232

Resolución de 10 de diciembre de 2004, de la Dirección General de Agricultura, por la que se resuelve la homologación de la estructura de protección marca CNH, mode- lo R 11 tipo bastidor de dos postes adelantado, válida para los tractores marca New Holland, modelos TK 90 MA, versión Cadenas metálicas y cinco más que se citan.

Publicado en:
«BOE» núm. 20, de 24 de enero de 2005, páginas 2823 a 2823 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-A-2005-1232

TEXTO ORIGINAL

A solicitud de la empresa «CNH Maquinaria Spain, S.A.» y superados los ensayos y verificaciones especificados en la Orden de este Ministerio de 27 de julio de 1979, por la que se establece el equipamiento de los tractores agrícolas y forestales con bastidores o cabinas de protección para casos de vuelco, resuelvo:

1. Hacer publica la homologación de la estructura de protección. Marca: CNH.

Modelo: R 11. Tipo: Bastidor dos postes adelantado.

Válida para el tractor: Marca: New Holland.

N.º de homologación: 4767. Modelo: TK 80 A. Clase: Cadenas metalicas.

N.º de homologación: 4768. Modelo: TK 85. Clase: Cadenas metalicas. N.º de homologación: 4769. Modelo: TK 90 A. Clase: Cadenas metalicas. N.º de homologación: 4770. Modelo: TK 100 A. Clase: Cadenas metalicas. N.º de homologación: 5266. Modelo: TK 80 MA. Clase: Cadenas metalicas. N.º de homologación: 5267. Modelo: TK 90 MA. Clase: Cadenas metalicas.

2. El n.º de homologación asignado a la estructura es EP7/0306.a(6).

3. Las pruebas de resistencia han sido realizadas según el Código 8 de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico, OCDE, por la Estación de Bolonia (Italia) y las verificaciones preceptivas por la Estación de Mecánica Agrícola.

Cualquier modificación de las características de la estructura en cuestión o de aquellas de los tractores citados que influyesen en los ensayos, así como cualquier ampliación del ámbito de validez de la presente homologación para otros tractores, solo podrá realizarse con sujeción a lo preceptuado, al respecto, en la Orden Ministerial mencionada.

Madrid, 10 de diciembre de 2004.-El Director General, Ángel Luís Álvarez Fernández.

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