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Documento BOE-A-2005-11424

Orden MAM/2121/2005, de 22 de junio, por la que se adaptan las bases de la convocatoria del concurso convocado por Orden MAM/1368/2005, de 18 de abril, a la sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Cuarta, de la Audiencia Nacional de 22 de septiembre de 2004.

Publicado en:
«BOE» núm. 158, de 4 de julio de 2005, páginas 23738 a 23739 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2005-11424

TEXTO ORIGINAL

La Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Cuarta, de la Audiencia Nacional dictó el 22 de septiembre de 2004 una sentencia que considera que no es conforme a derecho la valoración simultánea dentro del mérito general «trabajo desarrollado», del nivel de complemento de destino de los puestos desempeñados y de la experiencia en el desempeño de puestos pertenecientes al área funcional o sectorial a que corresponda el convocado, de acuerdo con la interpretación que realiza del artículo 44.1 c) del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, que regula esta materia. A tenor de este pronunciamiento judicial no puede valorarse simultáneamente en el mérito general «trabajo desarrollado» el nivel del complemento de destino del puesto actualmente desempeñado y el desempeño de puestos de trabajo pertenecientes al área a que corresponde el convocado o de similar contenido técnico o especialización. Es preciso, por tanto, adaptar las bases del concurso de méritos, referencia 2G/2005, convocado por Orden MAM/1368/2005, de 18 de abril, (BOE de 17 de mayo), al contenido de la mencionada sentencia. En consecuencia este Ministerio, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 120 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, y el artículo 40.1 del Reglamento general de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, (BOE de 10 de abril), previa la aprobación de la Secretaría General para la Administración Pública, ha dispuesto:

Dar nueva redacción a la Base Cuarta. Punto 3. Apartado 1.2 «Valoración del trabajo desarrollado», que queda de la siguiente forma: «1.2.1 Por el nivel de complemento de destino del puesto de trabajo actualmente desempeñado, con una antigüedad de mas de seis meses en dicho puesto, los puntos resultantes de aplicar a este nivel el coeficiente de 0,10, hasta un máximo de 3 puntos.»

Suprimir de la base Cuarta. Punto 3. Apartado 1.2 el párrafo correspondiente al subapartado 1.2.2.

Suprimir de la base Quinta. Acreditación de los méritos. El punto 2. Abrir un nuevo plazo de presentación de instancias de quince días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación de la presente Orden en el «Boletín Oficial del Estado», entendiéndose que los requisitos, méritos y cualesquiera otros datos alegados por los solicitantes, deberán estar referidos a la fecha de terminación del plazo de presentación de instancias, de 3 de junio de 2005.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, se podrá recurrir potestativamente en reposición ante la titular del Departamento en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado, o interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, conforme a lo establecido en los artículo 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, según redacción dada a los mismos por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y en los artículos 9 y 46 de la Ley 29/1998 de 13 de julio.

Madrid, 22 junio de 2005.-La Ministra, P. D. (Orden MAM/224/2005, de 28 de enero, Boletín Oficial del Estado de 10 de febrero), la Subsecretaria, Concepción Toquero Plaza.

Subdirección General de Recursos Humanos.

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