Visto el expediente de indulto de don Domingo Díaz Sánchez, con los informes del Ministerio Fiscal y del tribunal sentenciador, condenado por el Juzgado de lo Penal número 3 de Algeciras, en sentencia de 14 de septiembre de 2000, como autor de un delito contra la salud pública, a la pena de dos años y ocho meses de prisión y multa de 400.000 pesetas, por hechos cometidos en el año 1999, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 10 de junio de 2005, Vengo en conmutar a don Domingo Díaz Sánchez la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación de este real decreto.
Dado en Madrid, el 10 de junio de 2005.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia, JUAN FERNANDO LÓPEZ AGUILAR
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid