Visto el expediente de indulto de don Manuel Montesdeoca Morales, con los informes del Ministerio Fiscal y del tribunal sentenciador, condenado por el Juzgado de lo Penal número 5 de Las Palmas de Gran Canaria, en sentencia de 30 de enero de 2003, como autor de un delito de robo con fuerza en las cosas, a la pena de seis meses de prisión, por hechos cometidos en el año 2001, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 3 de junio de 2005,
Vengo en conmutar a don Manuel Montesdeoca Morales la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento por otra de 180 días de multa, que se satisfará en cuotas diarias de dos euros, cuyo inicio y forma de cumplimiento será determinado por el tribunal sentenciador, a condición de que no abandone el tratamiento que tiene iniciado hasta alcanzar la total rehabilitación y no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de dos años desde la publicación de este real decreto.
Dado en Madrid, el 6 de junio de 2005.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia, JUAN FERNANDO LÓPEZ AGUILAR
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid