Visto el expediente de indulto de doña Ángela Isabel Martín Sánchez, con los informes del Ministerio Fiscal y del tribunal sentenciador, condenada por el Juzgado de lo Penal número 1 de Plasencia, en sentencia de 19 de junio de 2002, como autora de una falta de lesiones, a la pena de multa de un mes con una cuota diaria de cuatro euros, y de un delito de lesiones, a la pena de dos años de prisión, con las accesorias de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 2000, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 3 de junio de 2005,
Vengo en conmutar a doña Ángela Isabel Martín Sánchez la pena privativa de libertad impuesta por otra de un año de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de dos años desde la publicación de este real decreto.
Dado en Madrid, el 6 de junio de 2005.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia, JUAN FERNANDO LÓPEZ AGUILAR
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