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Documento BOE-A-2005-10170

Acuerdo de 11 de mayo de 2005, del Pleno del Consejo General del Poder Judicial, de adscribir al orden jurisdiccional penal, con carácter exclusivo, las Secciones Vigésimo Sexta y Vigésimo Séptima de la Audiencia Provincial de Madrid, en virtud de lo previsto en el artículo 80.3 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Publicado en:
«BOE» núm. 142, de 15 de junio de 2005, páginas 20632 a 20632 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Consejo General del Poder Judicial
Referencia:
BOE-A-2005-10170
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/a/2005/05/11/(2)

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto 481/2005, de 4 de mayo, por el que se dispone la dotación de plazas de Magistrado en órganos colegiados y la creación y constitución de Juzgados dentro de la programación correspondiente al año 2005 (Boletín Oficial del Estado del día 5 de mayo) crea seis plazas de Magistrados para la Audiencia Provincial de Madrid, con las que se crea sus Secciones 26.ª y 27.ª disponiendo como fecha de inicio de su actividad el día 29 de junio de 2005. La Audiencia de Madrid cuenta en la actualidad con veinticinco Secciones constituidas, catorce con competencia civil (8.ª a 14.ª, 18 a 21.ª, 22.ª, 24.ª y 25.ª) y once con competencia penal (1.ª a 7.ª, 15.ª a 17.ª y 23.ª). La entrada en funcionamiento de las indicadas Secciones 26.ª y 27.ª de la Audiencia Provincial de Madrid exige un acuerdo de este Consejo General del Poder Judicial sobre su especialización, por cuanto, de no adoptarse el indicado acuerdo, las referidas Secciones deberían asumir todas las competencias que, tanto en el ámbito civil como en el ámbito penal, atribuyen a las Audiencias Provinciales los artículos 82 y 83 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Esta consecuencia no es congruente con el adecuado funcionamiento de la Audiencia Provincial de Madrid, habida cuenta la situación actual que presenta este órgano, en el que catorce Secciones están adscritas de manera exclusiva al orden civil de la jurisdicción y once al orden penal de la jurisdicción. Por las consideraciones expuestas, el Pleno del Consejo General del Poder Judicial, en su reunión del día de la fecha, previa propuesta de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, oídos los Magistrados que integran la Audiencia Provincial de dicha capital, y en ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 80.3 de la Ley del Poder Judicial, ha adoptado el siguiente acuerdo:

1.º Adscribir al orden jurisdiccional penal, con carácter exclusivo, las Secciones Vigésimo Sexta y Vigésimo Séptima de la Audiencia Provincial de Madrid, en virtud de lo previsto en el artículo 80.3 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

2.º Las Secciones de la Audiencia afectada continuarán conociendo de todos los asuntos que estuviesen ya repartidos a las mismas hasta su conclusión. 3.º La presente medida producirá efectos desde el día 29 de junio de 2005, fecha de inicio de actividad de las indicadas Secciones.»

Publíquese el presente Acuerdo en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 11 de mayo de 2005.-El Presidente del Consejo General del Poder Judicial,

HERNANDO SANTIAGO

ANÁLISIS

  • Rango: Acuerdo
  • Fecha de disposición: 11/05/2005
  • Fecha de publicación: 15/06/2005
  • Efectos desde el 29 de junio de 2005.
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con el art. 80.3 de la Ley ORGANICA 6/1985, de 1 de julio (Ref. BOE-A-1985-12666).
  • CITA Real Decreto 481/2005, de 4 de mayo (Ref. BOE-A-2005-7253).
Materias
  • Administración de Justicia
  • Audiencias Provinciales
  • Jurisdicción Criminal
  • Madrid
  • Reparto de asuntos

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