En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 222/2004,
de 6 de febrero ("Boletín Oficial del Estado" del 7) por el que
se aprueba la Oferta de Empleo Público para el año 2004 y con
el fin de atender las necesidades de personal de la Agencia Estatal
de Administración Tributaria.
Esta Presidencia, en uso de las competencias que le están
atribuidas en el artículo 103.4 de la Ley 31/1990, de 27 de diciembre
("Boletín Oficial del estado" del 28), de Presupuestos Generales
del Estado para 1991, previo informe favorable de la Dirección
General de la Función Pública, acuerda convocar proceso selectivo
para ingreso en el Cuerpo General Administrativo de la
Administración del Estado, especialidad de Agentes de la Hacienda
Pública, Código 1135 H, con sujeción a las siguientes:
Bases de convocatoria
1. Normas generales
1.1 Se convoca proceso selectivo para cubrir 100 plazas del
Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado,
especialidad de Agentes de la Hacienda Pública, Código 1135
H, por el sistema general de acceso libre.
Del total de estas plazas se reservarán 8, para quienes tengan
la condición legal de personas con discapacidad con un grado
de minusvalía igual o superior al 33%.
Una vez cubiertas las plazas del cupo de reserva para personas
con discapacidad, los aspirantes con discapacidad que hayan
superado el proceso selectivo sin obtener plaza por dicho cupo, podrán
optar, en igualdad de condiciones, a las de acceso general.
Las plazas no cubiertas en el cupo de reserva para personas
con discapacidad se acumularán a las de acceso general.
1.2 El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de
oposición, con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se
especifican en el Anexo I.
1.3 El programa que ha de regir el proceso selectivo es el
que figura como Anexo II a esta convocatoria.
1.4 El proceso selectivo se desarrollará de acuerdo con el
siguiente calendario:
El primer ejercicio de la fase de oposición se iniciará antes
del día 15 de septiembre de 2004. La duración máxima del proceso
selectivo será de cinco meses, contados a partir de la fecha de
realización del primer ejercicio.
1.5 Concluido el proceso selectivo, los aspirantes que lo
hubieran superado y que hayan acreditado cumplir los requisitos
exigidos, serán nombrados funcionarios de carrera mediante
resolución de la Secretaría General para la Administración Pública,
que se publicará en el "Boletín Oficial del Estado", con indicación
del destino adjudicado.
2. Requisitos de los candidatos
2.1 Para ser admitidos a la realización del proceso selectivo
los aspirantes deberán poseer en el día de finalización del plazo
de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de
la toma de posesión como funcionario de carrera los siguientes
requisitos de participación:
2.1.1 Nacionalidad: Ser español.
2.1.2 Edad: Tener dieciocho años de edad y no haber
alcanzado la edad de jubilación.
2.1.3 Titulación: Estar en posesión o en condiciones de
obtener el título de Bachiller Superior, Bachillerato Unificado
Polivalente, Bachillerato-LOGSE, Formación Profesional de Segundo
Grado o equivalente, o tener aprobadas las pruebas de acceso
a la Universidad para mayores de 25 años. En el caso de
titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión
de la credencial que acredite su homologación.
2.1.4 Compatibilidad funcional: No padecer enfermedad ni
estar afectado por limitación física o psíquica incompatible con
el desempeño de las correspondientes funciones.
2.1.5 Habilitación: No haber sido separado, mediante
expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las
Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las
funciones públicas.
2.2 Los aspirantes que se presenten por el cupo de reserva
para personas con discapacidad habrán de tener reconocida la
condición legal de persona con discapacidad con un grado de
minusvalía igual o superior al 33%.
3. Solicitudes
3.1 Quienes deseen participar en este proceso selectivo
deberán cumplimentar el modelo oficial de solicitud de admisión a
pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación de
derechos de examen (modelo 790) que se facilitará gratuitamente
en los Servicios Centrales y Delegaciones de la Agencia Estatal
de Administración Tributaria, en el Centro de Información
Administrativa del Ministerio de Administraciones Públicas, en la
Dirección General de la Función Pública, en las Delegaciones y
Subdelegaciones del Gobierno, en las representaciones diplomáticas
y consulares de España en el extranjero y en la página de Internet
www.map.es/seap/dgfp/dgfp.htm
La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones
del Anexo IV.
3.2 La presentación de solicitudes se realizará en el Registro
General de los Servicios Centrales y Delegaciones de la Agencia
Estatal de Administración Tributaria o en la forma establecida
en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de veinte días
naturales contados a partir del día siguiente al de la fecha de
publicación de esta convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado" y
se dirigirán al Director General de la Agencia Estatal de
Administración Tributaria. La no presentación de la solicitud en tiempo
y forma supondrá la exclusión del aspirante.
3.3 A la solicitud se acompañará:
Una fotocopia compulsada del Documento de Identidad o del
pasaporte en vigor.
Los aspirantes con discapacidad con un grado de minusvalía
igual o superior al 33% que soliciten adaptación de tiempo y/o
medios deberán adjuntar Dictamen Técnico Facultativo emitido
por el Órgano Técnico de Valoración que dictaminó el grado de
minusvalía.
Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios de
Organismos Internacionales deberán acompañar a la solicitud las
certificaciones de homologación o, con carácter excepcional,
presentarlas al órgano de selección con antelación a la celebración
de las correspondientes pruebas.
3.4 Los errores de hecho, materiales o aritméticos, que
pudieran advertirse en la solicitud podrán subsanarse en cualquier
momento de oficio o a petición del interesado.
4. Admisión de aspirantes
4.1 Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, la
Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria
dictará resolución, en el plazo máximo de un mes, declarando
aprobada la lista de admitidos y excluidos. En dicha resolución,
que deberá publicarse en el "Boletín Oficial del Estado", se
indicarán los lugares en que se encuentren expuestas al público las
listas certificadas completas de aspirantes admitidos y excluidos,
señalándose un plazo de diez días hábiles para subsanar el defecto
que haya motivado la exclusión u omisión y determinándose el
lugar, fecha y hora de comienzo del primer ejercicio de la
oposición.
4.2 Finalizado dicho plazo, en el caso de que se hubieran
producido modificaciones, éstas se expondrán en los mismos
lugares en que lo fueron las relaciones iniciales.
4.3 No procederá la devolución de los derechos de examen
en los supuestos de exclusión por causa imputable a los aspirantes.
5. Tribunal
5.1 El Tribunal calificador de este proceso selectivo es el que
figura como Anexo III a esta convocatoria.
5.2 El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará
en todo momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común y demás disposiciones
vigentes.
5.3 Los aspirantes podrán recusar a los miembros del
Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo
28 de la ley citada en la base anterior.
5.4 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el
Tribunal tendrá su sede en el Departamento de Recursos Humanos
y Administración Económica de la Agencia Estatal de
Administración Tributaria, sito en la calle Lérida, n.o 32-34 , 28020
Madrid, teléfonos 91 583 11 84 - 91 583 11 93 - 91 583 10 33
y 91 583 11 83.
6. Desarrollo del proceso selectivo
6.1 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en
llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no
comparezcan.
6.2 Concluido cada uno de los ejercicios de la oposición, el
Tribunal hará públicas, en el lugar o lugares de su celebración
y en la sede del Tribunal, la relación de aspirantes que hayan
alcanzado el mínimo establecido para superarlo, con indicación
de la puntuación obtenida.
6.3 Una vez comenzado el proceso selectivo, los anuncios
de celebración de los restantes ejercicios se harán públicos con
doce horas de antelación, al menos, a la señalada para su inicio,
si se trata del mismo ejercicio, o con veinticuatro horas, si se
trata de uno nuevo. Estos anuncios se efectuarán, al menos, en
los locales donde se haya celebrado el anterior y en la sede del
Tribunal señalada en la base 5.4.
6.4 El Tribunal podrá requerir, en cualquier momento del
proceso selectivo, la acreditación de la identidad de los aspirantes.
Asimismo, si tuviera conocimiento de que alguno de los aspirantes
no cumple cualquiera de los requisitos exigidos en la convocatoria,
previa audiencia al interesado, deberá proponer su exclusión a
la autoridad convocante.
7. Superación del proceso selectivo
7.1 Finalizada la oposición, el Tribunal hará pública la
relación de aprobados por orden de puntuación en la sede del Tribunal
y en los locales en donde se haya celebrado la última prueba.
7.2 Dicha relación se elevará a la autoridad convocante, que
la publicará en el "Boletín Oficial del Estado", disponiendo los
aspirantes propuestos de un plazo de veinte días naturales, desde
la publicación en el "Boletín Oficial del Estado", para la
presentación de la documentación acreditativa de los requisitos exigidos
en la convocatoria.
7.3 No se podrá declarar superado el proceso selectivo a un
número de aspirantes superior al de plazas convocadas.
7.4 La adjudicación de los puestos a los aspirantes que
superen el proceso selectivo se efectuará, a la vista de los puestos
que se ofrezcan, según la petición de destino de acuerdo con la
puntuación total obtenida.
8. Norma adicional
La Resolución de convocatoria y las bases de este proceso
selectivo, así como los actos que deriven de su ejecución, se
incluirán en la página web de la Agencia Tributaria, pudiendo ser
consultados a través de ella www.agenciatributaria.es.
9. Norma final
Al presente proceso selectivo le serán de aplicación la
Ley 30/1984, de 2 de agosto; el R.D. 364/1995, de 10 de marzo;
el resto de la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en
la presente convocatoria.
Contra la presente convocatoria, podrá interponerse, con
carácter potestativo, recurso de reposición ante el excelentísimo señor
Presidente de la Agencia Estatal de Administración Tributaria en
el plazo de un mes desde su publicación o bien recurso
contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su
publicación, ante el órgano jurisdiccional competente, de conformidad
con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley 29/1998, de 13 de
julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa,
significándose, que en caso de interponer recurso de reposición,
no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta
que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido la
desestimación presunta del mismo.
Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a
la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto
en la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
Madrid, 6 de mayo de 2004.-El Presidente, P. D. (Resolución
de 24 de junio de 1999, "Boletín Oficial del Estado" de 9 de julio),
el Director General, Luis Pedroche y Rojo.
Ilmos. Sres. Director del Departamento de Recursos Humanos y
Administración Económica y Presidente del Tribunal Calificador.
ANEXO I
Descripción del proceso selectivo
1. Proceso selectivo
La oposición estará formada por los siguientes ejercicios:
1.1 Primer ejercicio: Consistirá en contestar por escrito un
cuestionario de 100 preguntas de respuesta múltiple sobre las
materias contenidas en el programa que figura como Anexo II
a la presente convocatoria.
Para cada pregunta se propondrán diversas respuestas, siendo
sólo una de ellas la correcta. Los aspirantes marcarán las
contestaciones en las correspondientes hojas de examen. Las
respuestas incorrectas serán penalizadas.
La duración máxima de esta prueba será de sesenta minutos.
1.2 Segundo ejercicio: Consistirá en contestar por escrito un
supuesto teórico-práctico relacionado con los epígrafes IV
"Inspección y Gestión Tributaria" y V "Recaudación Tributaria" del
programa, de entre dos propuestos por el Tribunal, con objeto
de valorar los conocimientos teóricos del candidato, así como las
aptitudes para la solución de las cuestiones planteadas.
El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será
de dos horas treinta minutos.
2. Valoración de los ejercicios
La calificación de los ejercicios se realizará de la forma siguiente:
2.1 Primer ejercicio: En este ejercicio los opositores serán
declarados aptos o no aptos, siendo necesario obtener la
calificación de apto para acceder al segundo ejercicio.
2.2 Segundo ejercicio: Se calificará de cero a 30 puntos,
siendo necesario obtener un mínimo de 15 puntos para superarlo.
Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios de
Organismos Internacionales estarán exentos de la realización de
aquellos ejercicios que la Comisión Permanente de Homologación
considere que tienen por objeto acreditar conocimientos ya exigidos
para el desempeño de sus puestos de origen en el Organismo
Internacional correspondiente.
Se adoptarán las medidas precisas para que los aspirantes con
discapacidad gocen de similares condiciones que el resto de los
aspirantes en la realización de los ejercicios. En este sentido, para
las personas con discapacidad que así lo hagan constar en su
solicitud, se establecerán las adaptaciones posibles en tiempos
y medios para su realización.
ANEXO II
Programa para el ingreso en el Cuerpo General Administrativo
de la Administración del Estado, especialidad de Agentes
de la Hacienda Pública
I. Organización del Estado y de la Administración Pública
Tema 1. La Constitución Española de 1978: Estructura y
contenido. Derechos y deberes fundamentales. Su garantía y
suspensión. El Tribunal Constitucional y el Defensor del Pueblo. Reforma
de la Constitución.
Tema 2. La Corona. Funciones constitucionales del Rey. Las
Cortes Generales: Composición, atribuciones y funcionamiento.
Tema 3. El Poder Judicial. El Consejo General del Poder
Judicial. El Tribunal Supremo. Las organización judicial española.
Tema 4. El Gobierno y la Administración. Designación,
duración y responsabilidad del Gobierno. Personalidad jurídica de la
Administración. Administración Institucional.
Tema 5. La Administración Central del Estado. El Consejo
de Ministros. El Presidente del Gobierno. Los Ministros. Los
Secretarios de Estado. Los Subsecretarios y demás órganos
administrativos.
Tema 6. La Administración periférica del Estado. Los
Delegados del Gobierno en las Comunidades Autónomas y los
Subdelegados de Gobierno. Otros órganos periféricos.
Tema 7. La organización territorial del Estado en la
Constitución. Las Comunidades Autónomas. La Administración Local:
La Provincia y el Municipio.
Tema 8. La organización de la Unión Europea. Instituciones:
El Consejo, el Parlamento, la Comisión, el Tribunal de Justicia.
Efectos de la integración europea sobre la organización del Estado
español.
II. Derecho Administrativo General y Régimen Jurídico del Personal
Tema 1. Las fuentes del Derecho Administrativo. La jerarquía
de las fuentes. La Constitución. La Ley. Disposiciones normativas
con fuerza de Ley. El Reglamento.
Tema 2. El acto administrativo: Concepto, clases y elementos.
Eficacia y validez de los actos administrativos: Su motivación y
notificación. Revisión, anulación y revocación.
Tema 3. El procedimiento administrativo como garantía formal.
La Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y
del Procedimiento Administrativo Común: Contenido y ámbito de
aplicación. Idea general de la iniciación, ordenación, instrucción
y terminación del procedimiento administrativo. El silencio
administrativo.
Tema 4. Los recursos administrativos: Concepto y clases. El
recurso de alzada. El recurso de reposición. El recurso
extraordinario de revisión. La jurisdicción contencioso-administrativa.
Tema 5. Los contratos administrativos: Concepto y clases.
Estudio de sus elementos. Su cumplimiento. La revisión de precios
y otras alteraciones contractuales. Incumplimiento de los contratos
administrativos.
Tema 6. Órganos superiores de la función pública. Registro
de personal. Programación y oferta de empleo público.
Tema 7. El personal funcionario al servicio de las
Administraciones Públicas. Selección. Provisión de puestos de trabajo.
Promoción profesional de los funcionarios. Adquisición y pérdida
de la condición de funcionario. Situaciones de los funcionarios:
Supuestos y efectos de cada una de ellas.
Tema 8. Derechos y deberes de los funcionarios. Sistemas
de retribuciones e indemnizaciones. Las incompatibilidades. Régimen
disciplinario: Faltas, sanciones y procedimiento.
Tema 9. El régimen de la Seguridad Social de los funcionarios.
La MUFACE. El sistema de derechos pasivos.
Tema 10. Régimen de competencias específico de la Agencia
Estatal de Administración Tributaria en materia de personal.
III. Organización de la Hacienda Pública
Tema 1. Actividad económica y actividad financiera. El sujeto
de la actividad financiera. Funciones de la Hacienda Pública. La
Hacienda Pública en la Constitución Española.
Tema 2. Los ingresos de derecho público. Tributos: Concepto
y clases. Los elementos estructurales del impuesto. Devengo.
Exenciones.
Tema 3. El Ministerio de Economía y Hacienda. Estructura
y funciones.
Tema 4. La Agencia Estatal de Administración Tributaria:
Creación, naturaleza, objetivos, funciones y organización.
IV. Inspección y Gestión Tributaria
Tema 1. Derecho Tributario: Concepto y contenido. Fuentes.
Los tributos: Concepto y clasificación.
Tema 2. Los obligados tributarios. Derechos y garantías de
los obligados tributarios.
Tema 3. La obligación tributaria. Hecho imponible. Devengo.
Bases imponible y liquidable. Cuota y deuda tributaria.
Tema 4. La gestión de los tributos: Concepto. Los procedimientos
de Gestión de los tributos: Iniciación y trámites. Procedimiento
de devolución iniciado mediante autoliquidación, solicitud o
comunicación de datos. Procedimiento de verificación de datos.
Procedimiento de comprobación limitada.
Tema 5. La declaraciones tributarias: Concepto y clases. Las
autoliquidaciones. Las comunicaciones de datos. Las retenciones.
Los pagos fraccionados. Declaraciones informativas.
Tema 6. Las liquidaciones tributarias practicadas por la
Administración: Clases. La notificación y sus requisitos. La prescripción.
Tema 7. Las obligaciones formales de los contribuyentes :
Libros registros y facturas. La gestión censal. El Número de
Identificación Fiscal.
Tema 8. La inspección de los tributos: Concepto. Funciones
de la inspección de los tributos. Personal inspector: derechos y
deberes. Agentes de la Hacienda Pública: funciones en el área
de Inspección.
Tema 9. Funciones de la inspección de los tributos.
Actuaciones de comprobación e investigación. Actuaciones de
valoración. Otras actuaciones. Lugar y tiempo de las actuaciones.
Tema 10. Iniciación y desarrollo del procedimiento de
inspección. Facultades de la inspección. Documentación de las
actuaciones: Comunicaciones e informes.
Tema 11. Diligencias administrativas. La diligencia de
constancia de hechos: Requisitos.
Tema 12. Actas de Inspección. Concepto. Clases de actas.
Tema 13. Obtención de información con trascendencia
tributaria. Obtención por suministro. Obtención por captación.
Tema 14. Infracciones y sanciones en materia tributaria. El
delito fiscal.
V. Recaudación Tributaria
Tema 1. La recaudación: Concepto, objeto y organización.
Normativa reguladora.
Tema 2. Los obligados al pago de la deuda tributaria.
Deudores principales. Sucesores en las deudas tributarias.
Responsables solidarios y subsidiarios: Declaración y extensión de la
responsabilidad.
Tema 3. La extinción de la deuda tributaria (I). El pago o
cumplimiento: Requisitos formales y medios de pago. Las garantías
de la deuda tributaria: El derecho de prelación y la hipoteca legal
tácita.
Tema 4. La extinción de la deuda tributaria (II). Aplazamiento
y fraccionamientos del pago. Competencia. Tramitación.
Garantías. Falta de pago.
Tema 5. La extinción de la deuda tributaria (III). Otras formas
de extinción de las deudas: La compensación, la prescripción,
la condonación. Créditos incobrables e insolvencias: Concepto,
procedimientos y efecto. El procedimiento de deducción.
Tema 6. El procedimiento de recaudación en periodo
voluntario. Participación de las Entidades de Crédito en el procedimiento
de recaudación.
Tema 7. La recaudación en período ejecutivo (I). Efectos.
Recargos del período ejecutivo. Procedimiento de apremio.
Características. Providencia de apremio. Práctica de las notificaciones.
Tema 8. La recaudación en período ejecutivo (II). Motivos
de impugnación. Suspensión del procedimiento. Ingresos en el
procedimiento de apremio: Plazos.
Tema 9. El embargo. Ejecución de garantías. Orden de
embargo. Las diligencias de embargo. Facultades de la recaudación.
Tema 10. El embargo de dinero en cuentas abiertas en
entidades de crédito: Procedimiento. Embargo de valores negociables.
Embargo de sueldos, salarios y pensiones.
Tema 11. Embargo de bienes inmuebles. Las anotaciones
preventivas de embargo: Requisitos. Embargo de bienes muebles.
Otros embargos.
Tema 12. Depósito y enajenación de los bienes embargados.
Valoración y fijación del tipo. Formas de enajenación.
Tema 13. Tercerías: Concepto, clases y requisitos. Ejercicio
de acciones civiles y penales en el ámbito de la gestión
recaudatoria.
Tema 14. La revisión de los actos de carácter tributario en
vía administrativa. El recurso de reposición. Las reclamaciones
económico-admistrativas. Los Tribunales
Económico-Administrativos.
ANEXO III
Tribunal calificador de las pruebas selectivas para ingreso
en el Cuerpo General Administrativo de la Administración
del Estado, especialidad de Agentes de la Hacienda Pública
El Tribunal quedará constituido de la siguiente forma:
Tribunal titular:
Presidente: Don Alfonso García Cano, del Cuerpo Superior de
Inspectores de Hacienda del Estado.
Vocales:
Don Avelino Jaquete de Santiago, del Cuerpo Superior de
Inspectores de Hacienda del Estado.
Don Siro Blanco Bravo, del Cuerpo Técnico de Hacienda.
Doña Ana María Cortés Murillo, del Cuerpo Técnico de Hacienda.
Don Rogelio Lorite Manso, del Cuerpo General Administrativo
de la Administración del Estado.
Doña Yolanda Santiago Mazorra, del Cuerpo General
Administrativo de la Administración del Estado.
Don Marino Ballesteros Espada, del Cuerpo de Técnicos
Auxiliares de Informática de la Administración del Estado.
Don Valentín Vaquero Romero, del Cuerpo Técnico de Hacienda.
Secretario: Don Emilio Muñoz López, de la Escala de Gestión
de Empleo del INEM.
Tribunal suplente:
Presidente: Don Juan Miguel González García, del Cuerpo
Superior de Inspectores de Hacienda del Estado.
Vocales:
Don Ramón Palacín Sotillos, del Cuerpo Superior de
Inspectores de Hacienda del Estado.
Doña Carmen Fernández Tascón, del Cuerpo Técnico de
Hacienda.
Doña Mercedes Castrosín Gutiérrez, del Cuerpo Técnico de
Hacienda.
Don Carlos Pérez Moreno, del Cuerpo de Gestión de Sistemas
e Informática de la Administración del Estado.
Don Antonio Ivorra Martínez, del Cuerpo General
Administrativo de la Administración del Estado.
Don Raúl Zamora Berrueco, del Cuerpo Técnico de Hacienda.
Doña Rosario Chicharro González, del Cuerpo General
Administrativo de la Administración del Estado.
Secretario: Don Agustín Martínez Serna, del Cuerpo General
Administrativo de la Administración del Estado.
El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de
asesores especialistas para todos o alguno de los ejercicios.
ANEXO IV
Instrucciones para cumplimentar la solicitud
Este apartado se rellenará según lo establecido en la solicitud
de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública
y liquidación de tasas de derechos de examen (modelo 790) y
en las siguientes instrucciones particulares.
En el encabezamiento de la solicitud, en el recuadro
correspondiente a Ministerio, se consignará "Ministerio de Economía
y Hacienda-AEAT". En el recuadro relativo a centro gestor se hará
constar "AEAT".
En el recuadro 15, "Cuerpo o Escala", se consignará "Cuerpo
General Administrativo de la Administración del Estado", el
código 1135H correspondiente.
En el recuadro 16, "Especialidad, área o asignatura", se
consignará "Agentes de la Hacienda Pública-2004".
En el recuadro 17, "Forma de acceso", se consignará "L".
En el recuadro 18, "Ministerio/Organo/Entidad convocante",
se consignará "AEAT", código "TB".
En el recuadro 19, se consignará la fecha del "Boletín Oficial
del Estado" en el que haya sido publicada la convocatoria.
En el recuadro 20, "Provincia de examen", se consignará la
provincia en que se desee realizar los ejercicios del proceso
selectivo, entre las que seguidamente se señalan: Madrid, Barcelona,
Sevilla, Valencia, A Coruña, Santa Cruz de Tenerife, Valladolid,
Málaga, Palma de Mallorca y Zaragoza.
En el caso de que el número de opositores no justificase la
realización de algún ejercicio en alguna de las ciudades citadas,
el Tribunal convocará a los opositores afectados a los oportunos
lugares de examen.
En el caso de no señalar lugar de examen, se entenderá que
el opositor opta por realizar los ejercicios en Madrid.
En el recuadro 21, "Minusvalía", los aspirantes con
discapacidad podrán indicar el porcentaje de minusvalía que tengan
acreditado, y solicitar, expresándolo en el recuadro 23, las posibles
adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los
ejercicios en que esta adaptación sea necesaria.
Los aspirantes con un grado de minusvalía igual o superior
al 33% que deseen participar en el proceso selectivo por el cupo
de reserva para personas con discapacidad, deberán indicarlo en
el recuadro 22.
En el recuadro 24, "Títulos académicos oficiales", se consignará
la titulación poseída o en condiciones de obtener.
El importe de la tasa por derechos de examen será de12,76 euros.
El ingreso del importe correspondiente a los derechos de
examen se efectuará, junto con la presentación de la solicitud, en
cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las
que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación
tributaria. En la solicitud deberá constar que se ha realizado el
correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante validación
de la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso, a través
de certificación mecánica, o en su defecto, sello y firma autorizada
de la misma en el espacio reservado a estos efectos.
Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a
través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas
correspondientes. A las mismas se acompañará el comprobante
bancario de haber ingresado los derechos de examen en la cuenta
corriente número 01822370430200204057 del BBVA, abierta
en la sucursal de la C/ Alcalá, n.o 16, de Madrid a nombre de
"Tesoro Público, Agencia Estatal de Administración Tributaria,
Ingresos Tasas Oposiciones Extranjero". El ingreso podrá
efectuarse directamente en cualquier oficina del BBVA mediante
transferencia desde cualquier entidad bancaria.
Estarán exentas del pago de esta tasa:
a) Las personas con un grado de minusvalía igual o superior
al 33%, debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo
de tal condición.
b) Las personas que figurasen como demandantes de empleo
durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de la
convocatoria. Serán requisitos para el disfrute de la exención que,
en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo
adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa
justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión
profesionales y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en
cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional.
La certificación relativa a la condición de demandante de
empleo, con los requisitos señalados, se solicitará en la oficina
de los servicios públicos de empleo. En cuanto a la acreditación
de las rentas se realizará mediante una declaración jurada o
promesa escrita del solicitante. Ambos documentos deberán
acompañarse a la solicitud.
La falta de justificación del abono de los derechos de examen
o de encontrarse exento determinará la exclusión del aspirante.
En ningún caso la presentación y pago en las oficinas a que
se hace referencia supondrá la sustitución del trámite de
presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid