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Documento BOE-A-2004-9938

Resolución de 6 de mayo de 2004, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Agentes del Servicio de Vigilancia Aduanera, especialidades de Investigación y Marítima.

Publicado en:
«BOE» núm. 129, de 28 de mayo de 2004, páginas 19801 a 19806 (6 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-2004-9938

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 222/2004,

de 6 de febrero ("Boletín Oficial del Estado" del 7) por el que

se aprueba la Oferta de Empleo Público para el año 2004 y con

el fin de atender las necesidades de personal de la Agencia Estatal

de Administración Tributaria.

Esta Presidencia, en uso de las competencias que le están

atribuidas en el artículo 103.4 de la Ley 31/1990, de 27 de diciembre

("Boletín Oficial del Estado" del 28), de Presupuestos Generales

del Estado para 1991, previo informe favorable de la Dirección

General de la Función Pública, acuerda convocar proceso selectivo

para ingreso en el Cuerpo de Agentes del Servicio de Vigilancia

Aduanera, especialidades de Investigación y Marítima,

Código 0010, con sujeción a las siguientes:

Bases de convocatoria

1. Normas generales

1.1 Se convoca proceso selectivo para cubrir 40 plazas del

Cuerpo de Agentes del Servicio de Vigilancia Aduanera,

Código 0010, por el sistema general de acceso libre.

La distribución por especialidades de las plazas convocadas

es la siguiente:

Especialidad de Investigación 20.

Especialidad Marítima 20.

Los aspirantes sólo se podrán presentar a una de las

especialidades citadas.

1.2 El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de

oposición, con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se

especifican en el Anexo I.

Incluirá la superación de un período de prácticas. Para la

realización de este período de prácticas, los aspirantes que hayan

superado la fase de oposición serán nombrados funcionarios en

prácticas por la autoridad convocante.

1.3 El programa que ha de regir el proceso selectivo es el

que figura como Anexo II a esta convocatoria.

1.4 El proceso selectivo se desarrollará de acuerdo con el

siguiente calendario:

El primer ejercicio de la fase de oposición se iniciará antes

del día 15 de septiembre de 2004. La duración máxima de la

fase de oposición será de cinco meses, contados a partir de la

fecha de realización del primer ejercicio.

1.5 Concluido el proceso selectivo, los aspirantes que lo

hubieran superado y que hayan acreditado cumplir los requisitos

exigidos, serán nombrados funcionarios de carrera mediante

resolución de la Secretaría General para la Administración Pública,

que se publicará en el "Boletín Oficial del Estado", con indicación

del destino adjudicado.

2. Requisitos de los candidatos

2.1 Para ser admitidos a la realización del proceso selectivo

los aspirantes deberán poseer en el día de finalización del plazo

de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de

la toma de posesión como funcionario de carrera los siguientes

requisitos de participación:

2.1.1 Nacionalidad: Ser español.

2.1.2 Edad: Tener dieciocho años de edad y no haber

alcanzado la edad de cincuenta y cinco años, edad de pase a la situación

de segunda actividad fijada por el artículo 56 de la Ley 66/1997,

de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del

Orden Social.

2.1.3 Titulación: Estar en posesión o en condiciones de

obtener el título de Bachiller Superior, Bachillerato Unificado

Polivalente, Bachillerato-LOGSE, Formación Profesional de Segundo

Grado o equivalente, o tener aprobadas las pruebas de acceso

a la Universidad para mayores de 25 años. En el caso de

titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión

de la credencial que acredite su homologación.

2.1.4 Compatibilidad funcional: No padecer enfermedad ni

estar afectado por limitación física o psíquica incompatible con

el desempeño de las correspondientes funciones.

2.1.5 Habilitación: No haber sido separado, mediante

expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las

Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las

funciones públicas.

2.1.6 Carecer de antecedentes penales.

2.1.7 Comprometerse a portar armas en el ejercicio de sus

funciones, en los términos en que se disponga por los responsables

de la Unidades en que presten servicios. Este compromiso se

prestará a través de declaración del solicitante.

2.2 Antes de la publicación en el "Boletín Oficial del Estado"

de las listas de aprobados de la fase de oposición los aspirantes

deberán, además, reunir los siguientes requisitos:

2.2.1 Para acceso a la especialidad de Investigación: Estar

en posesión del permiso de conducir, clase B, con autorización

para conducir vehículos prioritarios que utilicen aparatos emisores

de luces y señales acústicas especiales (artículos 7.3 y 51.3 del

Real Decreto 772/1997, de 30 de mayo, por el que se aprueba

el Reglamento General de Conductores, "Boletín Oficial del Estado"

de 6 de junio).

2.2.2 Para el acceso a la especialidad Marítima: Estar en

posesión del certificado de competencia de Marinero de la Marina

Mercante o el título profesional de Marinero de Puente o Marinero

de Máquinas (Real Decreto 2062/1999, de 30 de diciembre,

"Boletín Oficial del Estado" de 18 de enero de 2000, y Orden del

Ministerio de Fomento 2296/2002, de 4 de septiembre, "Boletín

Oficial del Estado" del 20).

3. Solicitudes

3.1 Quienes deseen participar en este proceso selectivo

deberán cumplimentar el modelo oficial de solicitud de admisión a

pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación de

derechos de examen (modelo 790) que se facilitará gratuitamente

en los Servicios Centrales y Delegaciones de la Agencia Estatal

de Administración Tributaria, en el Centro de Información

Administrativa del Ministerio de Administraciones Públicas, en la

Dirección General de la Función Pública, en las Delegaciones y

Subdelegaciones del Gobierno, en las representaciones diplomáticas

y consulares de España en el extranjero y en la página de Internet

www.map.es/seap/dgfp/dgfp.htm

La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones

del Anexo IV.

3.2 La presentación de solicitudes se realizará en el Registro

General de los Servicios Centrales y Delegaciones de la Agencia

Estatal de Administración Tributaria o en la forma establecida

en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de

Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de veinte días

naturales contados a partir del día siguiente al de la fecha de

publicación de esta convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado" y

se dirigirán al Director General de la Agencia Estatal de

Administración Tributaria. La no presentación de la solicitud en tiempo

y forma supondrá la exclusión del aspirante.

3.3 A la solicitud se acompañará:

Una fotocopia compulsada del documento de identidad o del

pasaporte en vigor.

Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios de

Organismos Internacionales deberán acompañar a la solicitud las

certificaciones de homologación o, con carácter excepcional,

presentarlas al órgano de selección con antelación a la celebración

de las correspondientes pruebas.

3.4 Los errores de hecho, materiales o aritméticos, que

pudieran advertirse en la solicitud podrán subsanarse en cualquier

momento de oficio o a petición del interesado.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, la

Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria

dictará resolución, en el plazo máximo de un mes, declarando

aprobada la lista de admitidos y excluidos. En dicha resolución,

que deberá publicarse en el "Boletín Oficial del Estado", se

indicarán los lugares en que se encuentren expuestas al público las

listas certificadas completas de aspirantes admitidos y excluidos,

señalándose un plazo de diez días hábiles para subsanar el defecto

que haya motivado la exclusión u omisión y determinándose el

lugar, fecha y hora de comienzo del primer ejercicio de la

oposición.

4.2 Finalizado dicho plazo, en el caso de que se hubieran

producido modificaciones, éstas se expondrán en los mismos

lugares en que lo fueron las relaciones iniciales.

4.3 No procederá la devolución de los derechos de examen

en los supuestos de exclusión por causa imputable a los aspirantes.

5. Tribunal

5.1 El Tribunal calificador de este proceso selectivo es el que

figura como Anexo III a esta convocatoria.

5.2 El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará

en todo momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de

noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas

y del Procedimiento Administrativo Común y demás disposiciones

vigentes.

5.3 Los aspirantes podrán recusar a los miembros del

Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en el

artículo 28 de la ley citada en la base anterior.

5.4 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el

Tribunal tendrá su sede en el Departamento de Recursos Humanos

y Administración Económica de la Agencia Estatal de Administración

Tributaria, sito en la calle Lérida, n.o 32-34 , 28020 Madrid,

teléfonos 91 583 11 93 - 91 583 10 33 - 91 583 11 83 y 91 583 11 84.

6. Desarrollo del proceso selectivo

6.1 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en

llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no

comparezcan.

6.2 Concluido cada uno de los ejercicios de la oposición, el

Tribunal hará públicas, en el lugar o lugares de su celebración

y en la sede del Tribunal, la relación de aspirantes que hayan

alcanzado el mínimo establecido para superarlo, con indicación

de la puntuación obtenida.

6.3 Una vez comenzado el proceso selectivo, los anuncios

de celebración de los restantes ejercicios se harán públicos con

doce horas de antelación, al menos, a la señalada para su inicio,

si se trata del mismo ejercicio, o con veinticuatro horas, si se

trata de uno nuevo. Estos anuncios se efectuarán, al menos, en

los locales donde se haya celebrado el anterior y en la sede del

Tribunal señalada en la base 5.4.

6.4 El Tribunal podrá requerir, en cualquier momento del

proceso selectivo, la acreditación de la identidad de los aspirantes.

Asimismo, si tuviera conocimiento de que alguno de los aspirantes

no cumple cualquiera de los requisitos exigidos en la convocatoria,

previa audiencia al interesado, deberá proponer su exclusión a

la autoridad convocante.

7. Superación del proceso selectivo

7.1 Finalizada la fase de oposición, el Tribunal hará pública

la relación de aprobados por orden de puntuación, indicando la

especialidad, en la sede del Tribunal y en los locales en donde

se haya celebrado la última prueba.

Dicha relación se elevará a la autoridad convocante, que la

publicará en el "Boletín Oficial del Estado", disponiendo los

aspirantes propuestos de un plazo de veinte días naturales, desde

la publicación en el "Boletín Oficial del Estado", para la

presentación de la documentación acreditativa de los requisitos exigidos

en la convocatoria.

Los aspirantes que no presenten dicha documentación en el

plazo indicado no serán nombrados funcionarios en prácticas para

la realización del curso selectivo y el período de prácticas.

7.2 No se podrá declarar superado el proceso selectivo a un

número de aspirantes superior al de plazas convocadas en cada

una de las especialidades.

7.3 La adjudicación de los puestos a los aspirantes que

superen el proceso selectivo se efectuará, a la vista de los puestos

que se ofrezcan, según la petición de destino de acuerdo con la

puntuación total obtenida.

8. Norma adicional

La Resolución de convocatoria y las bases de este proceso

selectivo, así como los actos que deriven de su ejecución, se

incluirán en la página web de la Agencia Tributaria, pudiendo ser

consultados a través de ella www.agenciatributaria.es.

9. Norma final

Al presente proceso selectivo le serán de aplicación la Ley

30/1984, de 2 de agosto ; el R.D. 364/1995, de 10 de marzo;

el resto de la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en

la presente convocatoria.

Contra la presente convocatoria, podrá interponerse, con

carácter potestativo, recurso de reposición ante el excelentísimo señor

Presidente de la Agencia Estatal de Administración Tributaria en

el plazo de un mes desde su publicación o bien recurso

contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su

publicación, ante el órgano jurisdiccional competente, de conformidad

con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de

Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley 29/1998, de 13 de

julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa,

significándose, que en caso de interponer recurso de reposición,

no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta

que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la

desestimación presunta del mismo.

Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a

la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto

en la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Madrid, 6 de mayo de 2004.-El Presidente, P.D. (Resolución

de 24 de junio de 1999, "Boletín Oficial del Estado" de 9 de julio),

el Director general, Luis Pedroche y Rojo.

Ilmos. Sres. Director del Departamento de Recursos Humanos y

Administración Económica y Presidente del Tribunal

Calificador.

ANEXO I

Descripcion del proceso selectivo

El proceso selectivo constará de dos fases:

Fase de oposición.

Período de prácticas.

1. Fase de oposición: La fase de oposición constará de los

siguientes ejercicios, todos ellos eliminatorios:

1.1 Especialidad de investigación.

Primer ejercicio: Pruebas Físicas.

Los aspirantes deberán superar las siguientes pruebas físicas:

Hombres:

Salto de altura de 1,10 metros con carrera (tres intentos).

Salto de longitud de 3,50 metros con carrera (tres intentos).

Carrera de 100 metros lisos en un tiempo máximo de 15

segundos (dos intentos).

Trepar por una cuerda lisa de 5 metros, estilo libre, hasta

alcanzar su extremo superior (dos intentos).

Mujeres:

Salto de altura de 1 metro con carrera (tres intentos).

Salto de longitud de 3,15 metros con carrera (tres intentos).

Carrera de 100 metros lisos en un tiempo máximo de 17

segundos (dos intentos).

Trepar por una cuerda lisa de 5 metros, estilo libre, hasta

alcanzar su extremo superior (dos intentos).

Segundo ejercicio:

Consistirá en contestar por escrito, en un tiempo máximo de

dos horas, dos temas extraídos al azar de la materia de "Derecho

Administrativo, Derecho Tributario General y Legislación en

Impuestos Especiales", según el temario que figura en el anexo II.1

de esta convocatoria.

Tercer ejercicio:

Consistirá en contestar por escrito, en un tiempo máximo de

dos horas, dos temas extraídos al azar de la materia de "Derecho

Comunitario y Legislación Aduanera", según el temario que figura

como anexo II.2 de esta convocatoria.

Cuarto ejercicio:

Consistirá en contestar por escrito, en un tiempo máximo de

dos horas, cinco preguntas y un supuesto práctico relativo a la

materia de "Derecho Penal, Legislación de Contrabando y Derecho

Procesal", según el temario que figura en el II.3 de esta

convocatoria.

1.2 Especialidad marítima:

Primer ejercicio: Pruebas físicas:

Los aspirantes deberán superar las mismas pruebas físicas que

las exigidas para la especialidad de investigación y una prueba

adicional que, tanto para hombres como para mujeres, consistirá

en nadar 50 metros estilo libre con zambullida, en un tiempo

máximo de 1 minuto y 30 segundos (un intento).

Segundo ejercicio:

Consistirá en la contestación por escrito, en un tiempo máximo

de dos horas, de dos temas extraídos al azar de la materia "Derecho

Marítimo y Seguridad Marítima", según el temario que figura como

anexo II.4 de esta convocatoria.

Tercer ejercicio:

Consistirá en la contestación por escrito, en un tiempo máximo

de dos horas, de dos temas extraídos al azar de la materia "Derecho

Comunitario y Legislación Aduanera", según el temario que figura

como anexo II.2 de esta convocatoria.

Cuarto ejercicio:

Consistirá en la contestación por escrito, en un tiempo máximo

de dos horas, de cinco preguntas y un supuesto práctico relativo

a la materia de "Derecho Penal, Legislación de Contrabando y

Derecho Procesal", según el temario que figura como anexo II.3

de esta convocatoria.

1.3 Para la realización del primer ejercicio (pruebas físicas)

de ambas especialidades, los opositores deberán entregar al

Tribunal un certificado médico en el que se haga constar que el

aspirante reúne las condiciones físicas precisas para realizar las

referidas pruebas. La no presentación de dicho certificado

supondrá la exclusión del aspirante del proceso selectivo.

1.4 La calificación de la fase de oposición para ambas

especialidades se realizará de la forma siguiente:

Primer ejercicio: Se calificará de "apto" o "no apto".

Segundo ejercicio: Se calificará de cero a 20 puntos, siendo

necesario un mínimo de 10 puntos para superarlo.

Tercer ejercicio: Se calificará de cero a 30 puntos, siendo

necesario un mínimo de 15 puntos para superarlo.

Cuarto ejercicio: Se calificará de cero a 30 puntos, siendo

necesario un mínimo de 15 puntos para superarlo.

2. Período de prácticas: Los aspirantes que superen las

pruebas de la fase de oposición realizarán un período de prácticas

que tendrá una duración máxima de tres meses, a desarrollar en

las Unidades Combinadas o Unidades Operativas de Vigilancia

Aduanera, para la especialidad de Investigación, y a bordo de

las embarcaciones de Vigilancia Aduanera, para la especialidad

Marítima.

El período de prácticas se calificará de apto o no apto por

el Jefe de la Dependencia Regional de Aduanas e Impuestos

Especiales de la Delegación Especial en cuyo ámbito se realicen las

prácticas.

3. Calificación final: Una vez superado el periodo de prácticas,

la calificación final estará integrada por la suma de las

calificaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios de las fase de

oposición.

En caso de igualdad de puntuación final entre dos o más

aspirantes, la prelación se establecerá de la siguiente forma: en primer

lugar, la puntuación del cuarto ejercicio, en segundo lugar, la

puntuación del tercer ejercicio, y en tercer lugar, la puntuación

del segundo ejercicio.

Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios de

Organismos Internacionales estarán exentos de la realización de

aquellos ejercicios que la Comisión Permanente de Homologación

considere que tienen por objeto acreditar conocimientos ya exigidos

para el desempeño de sus puestos de origen en el Organismo

Internacional correspondiente.

ANEXO II

PROGRAMA PARA EL INGRESO EN EL CUERPO DE AGENTES

DEL SERVICIO DE VIGILANCIA ADUANERA, ESPECIALIDADES

DE INVESTIGACIÓN Y MARÍTIMA

Anexo II.1

Derecho Administrativo, Derecho Tributario General y Legislación

en Impuestos Especiales

Tema 1. Las fuentes del Derecho Administrativo. La

Constitución. La Ley. El Decreto-ley. La delegación legislativa.

Tema 2. El Reglamento. La potestad reglamentaria. Los

Reglamentos ilegales. Actos administrativos generales, circulares

e instrucciones.

Tema 3. Las potestades administrativas. El principio de

legalidad. La autotutela administrativa.

Tema 4. El acto administrativo. Concepto, elementos, clases

y forma. Eficacia del acto administrativo. La notificación.

Tema 5. El Derecho Tributario. Concepto y contenido.

Fuentes. La Ley General Tributaria. Principios generales.

Tema 6. Los tributos: Concepto y clasificación. Los

impuestos: Clases. Hecho imponible. No sujeción y exención. Devengo.

Prescripción. Aplicación e interpretación de las normas tributarias.

Tema 7. Sujetos pasivos. Responsables. Retención.

Repercusión. Capacidad de obrar. Representación. Domicilio fiscal.

El NIF.

Tema 8. Base imponible. Regímenes de determinación.

Comprobación de valores. Base liquidable. Tipos de gravamen. Cuota

y deuda tributaria.

Tema 9. El Impuesto sobre el Valor Añadido. Concepto y

naturaleza. Hecho imponible y supuestos de no sujeción. Sujeto pasivo.

Devengo. Base imponible. Tipos impositivos. Regímenes especiales.

Tema 10. Los Impuestos Especiales. Naturaleza. Impuestos

Especiales de Fabricación. Ámbito territorial. Hecho imponible.

Devengo. Sujetos pasivos y responsables. Exenciones y

devoluciones.

Tema 11. Ultimación del régimen suspensivo. Determinación

de las bases. Tipos impositivos. Repercusión. Fabricación,

transformación y tenencia. Circulación intracomunitaria.

Irregularidades en la circulación intracomunitaria. Normas generales de

gestión. Infracciones y sanciones.

Tema 12. Disposiciones comunes a todos los Impuestos

Especiales sobre el Alcohol y Bebidas Alcohólicas: Conceptos y

definiciones. Exenciones. Devoluciones. Disposiciones particulares en

relación con Canarias.

Tema 13. Impuesto sobre la Cerveza: Ámbito objetivo, base

imponible y tipos impositivos. Impuestos sobre el Vino y Bebidas

Fermentadas: Ambito objetivo, devengo, base imponible y tipos

impositivos. Impuesto sobre Productos Intermedios. Ámbito

objetivo, supuestos de no sujeción, base imponible, tipo impositivo,

infracciones y sanciones.

Tema 14. Impuesto sobre el Alcohol y Bebidas Derivadas.

Elementos estructurales. Régimen de destilación artesanal.

Régimen de cosechero. Devoluciones. Normas particulares de gestión.

Infracciones y sanciones.

Tema 15. Impuesto sobre Hidrocarburos: Ámbito objetivo,

supuestos de no sujeción, base imponible. Exenciones y

devoluciones. Normas particulares de gestión. Prohibiciones y

limitaciones de uso. Infracciones y sanciones.

Tema 16. Impuesto sobre las Labores del Tabaco. Ámbito

objetivo, supuestos de no sujeción, base imponible y tipos

impositivos. Conceptos y definiciones. Exenciones. Devoluciones.

Normas particulares de gestión.

Tema 17. Impuesto sobre la Electricidad. Su consideración

como impuesto no armonizado, sujetos pasivos, devengo, base

imponible y tipo impositivo. Concepto y definiciones. Exenciones.

Disposiciones especiales en relación con los intercambios

intracomunitarios de energía eléctrica.

Tema 18. Impuesto Especial sobre determinados Medios de

Transporte: Hecho imponible, sujetos pasivos, devengo, base

imponible y tipo impositivo. Liquidación y pago del impuesto.

Exenciones. Disposición adicional primera de la Ley 38/1992.

Tema 19. La Agencia Estatal de Administración Tributaria:

Organización y funciones. Régimen Jurídico.

Tema 20. El Departamento de Aduanas e Impuestos

Especiales: Organización y Funciones. La Dirección Adjunta de

Vigilancia Aduanera: Régimen Jurídico, Competencias y Funciones.

Carácter de Agente de la Autoridad de sus funcionarios.

Anexo II.2

Derecho Comunitario y Legislación Aduanera

Tema 1. La Unión Europea. Los Tratados CECA, EURATOM

Y CE: Objetivos. El Acta Única Europea. El Tratado de la Unión

Europea: Los tres pilares. El Tratado de Amsterdam.

Tema 2. Las políticas de la Unión. La libre circulación de

mercancías. La libre circulación de personas. La libre circulación

de capitales y pagos.

Tema 3. Las Instituciones y Organos de la UE. El Parlamento

Europeo. El Consejo. La Comisión. El Tribunal de Cuentas. Otros

Organos de la Unión.

Tema 4. El territorio aduanero de la Unión: Definición,

normativa comunitaria. El arancel de aduanas común. Los derechos

del arancel de aduanas común.

Tema 5. Los tributos recaudados por las aduanas.

Consideraciones generales. Recursos propios de la UE. Recursos de la

Hacienda Pública española.

Tema 6. El hecho imponible: Consideraciones generales. La

deuda aduanera. El devengo.

Tema 7. El sujeto pasivo. El sujeto pasivo en aduana.

Responsables tributarios. Representación tributaria.

Tema 8. Relación jurídico-tributaria y jurídico-aduanera.

Estudio especial de la consignación. El agente de aduanas.

Tema 9. Procedimiento de despacho (I). Entrada de

mercancías en territorio aduanero de la Unión. La declaración sumaria.

Las descargas de mercancías.

Tema 10. Procedimiento de despacho (II). El depósito

temporal. Abandono. Destrucción. El DUA. Comprobación

documental y reconocimiento de las mercancías.

Tema 11. Procedimiento de despacho (III). Análisis químicos.

El aforo. Procedimiento liquidatorio. Revisión y calificación. El

levante.

Tema 12. El origen de las mercancías: Normas generales

contenida en el Código Aduanero Comunitario. El valor en aduana:

normas generales.

Tema 13. Los contingentes. Franquicias arancelarias y

fiscales. Destinos especiales.

Tema 14. Los regímenes aduaneros económicos de la UE.

Depósitos aduaneros. Depósitos francos y zonas francas. La

importación temporal.

Tema 15. Tránsito aduanero: Generalidades. Normativa

comunitaria. Campo de aplicación, funcionamiento del régimen

y garantías.

Tema 16. Exportación de mercancías: Generalidades. La

declaración de exportación. El procedimiento de despacho.

Tema 17. Importación temporal de medios de transporte (I).

Disposiciones generales. Automóviles. Vehículos comerciales.

Aeronaves. Embarcaciones. FF.CC. Contenedores.

Tema 18. Importación temporal de medios de transporte (II).

Documentación. Precintado y desprecintado. Abandono.

Infracciones. Matrícula turística.

Anexo II.3

Derecho Penal, Legislación de Contrabando y Derecho Procesal

Tema 1. Concepto y contenido del Derecho Penal. El Código

Penal, texto vigente: Estructura y contenido. Fuentes del Derecho

Penal. La interpretación de las leyes penales. El principio de

irretroactividad de las leyes penales.

Tema 2. Concepto de delito: Imputabilidad, culpabilidad y

responsabilidad. La participación en el delito: Autores y cómplices.

Circunstancias eximentes, atenuantes y agravantes. La

responsabilidad civil.

Tema 3. Delito consumado y en grado de tentativa.

Conspiración, proposición y provocación para delinquir. Grupos de

delitos regulados en el Código Penal.

Tema 4. Contrabando (I). Ley Orgánica 12/1995, de 12 de

diciembre, de Represión de Contrabando. Definiciones y

tipificación del delito.

Tema 5. Contrabando (II). Contrabando de géneros

estancados. Contrabando de géneros prohibidos. Valoración de las

mercancías objeto de contrabando. Destino de las mercancías

aprehendidas.

Tema 6. Contrabando (III). Infracciones administrativas de

Contrabando. Real Decreto 1649/1998, de 24 de julio, relativo

a las Infracciones administrativas de Contrabando. Sanciones y

graduación. Comiso. Prescripción.

Tema 7. Contrabando (IV). Procedimiento sancionador de las

Infracciones administrativas de Contrabando. Organos

competentes. Actuaciones previas a la iniciación. Iniciación y otras

disposiciones generales. Instrucción. Resolución. Registro de

Sancionados.

Tema 8. Delitos cometidos por los funcionarios públicos

contra los derechos fundamentales. Delitos contra la libertad. Delitos

contra la intimidad. Delitos contra la inviolabilidad del domicilio.

Tema 9. Delitos contra la Salud Pública. Concurso con el

Delito de Contrabando. Precursores y sustancias químicas

catalogadas: Ley 3/1996, de 10 de enero, y su Reglamento de

desarrollo. El Delito de Blanqueo de Capitales y la Ley 19/1993, de

28 de Diciembre, sobre Medidas de Prevención de Blanqueo de

Capitales. Delitos contra la Hacienda Pública y contra la Seguridad

Social.

Tema 10. Delitos contra la Administración Pública (I).

Prevaricación de los funcionarios y otros comportamientos injustos.

Abandono de destino y de la omisión del deber de perseguir delitos.

Desobediencia y denegación de auxilio. Infidelidad en la custodia

de documentos y violación de secretos.

Tema 11. Delitos contra la Administración Pública (II):

Cohecho. Tráfico de influencias. Malversación. Fraudes y exacciones

ilegales. Actividades prohibidas a los funcionarios y abusos en

el ejercicio de la función.

Tema 12. La detención. Concepto de detención. Derechos

de los detenidos. La asistencia letrada al detenido: Alcance y

contenido. La Ley Orgánica 6/1984, de 24 de mayo, reguladora del

procedimiento de "Habeas Corpus".

Tema 13. Entrada y registro en domicilios. Entrada y registro

en el domicilio particular. Mandamiento judicial. Entrada en

domicilio en caso de delito "In fraganti".

Tema 14. Entrada y registro en otros lugares. Mandamiento

administrativo. Entrada y registro de bares, almacenes, garajes

y otros locales.

Tema 15. El atestado. Concepto e instrucción del atestado.

Puesta a disposición judicial.

Tema 16. El Derecho Procesal Penal. Nacimiento del proceso.

Denuncia y querella. Los órganos judiciales de naturaleza penal.

Clases de tribunales penales. Competencias y reglas que los rigen.

Tema 17. Medios de prueba. La percepción judicial, la

inspección ocular. Prueba documental. Las declaraciones de los

testigos. La prueba pericial.

Anexo II.4

Derecho Marítimo y Seguridad Marítima

Tema 1. La libertad de los mares. El derecho de investigación

del pabellón. Modo de efectuarlo. Convención de Ginebra sobre

el alta mar de 29 de abril de 1958. Convención de Montego

Bay-Jamaica sobre el derecho del mar de 10 de diciembre de 1982.

Tema 2. Despacho de buques. Autoridades que intervienen

en el mismo. Despacho de embarcaciones pesqueras y de recreo.

Libros y documentos que deben llevarse a bordo.

Tema 3. El Convenio Internacional para la Seguridad de la

Vida Humana en el Mar de 1974 y su ratificación por el Gobierno

Español. Buques sometidos a la aplicación del Convenio.

Tema 4. Convención de Viena contra el Tráfico ilícito de

estupefacientes de 20 de diciembre de 1988. Actuaciones en alta mar.

Convenciones de Ginebra y Convención de Montego Bay-Jamaica.

Tema 5. Abanderamiento, inscripción o matrícula de los

buques. Pasavante. Patente de navegación. Pabellón. Contraseña.

Registros y listas de buques. Sociedades de clasificación.

Tema 6. El abordaje: Concepto. Su regulación en la

legislación nacional e internacional. El naufragio: Concepto y clases.

Responsabilidades derivadas del naufragio y del abordaje.

Tema 7. Auxilios, salvamentos y remolques: Normativa

nacional e internacional. Auxilios con buques de guerra o afectos a

un servicio público. Auxilio en caso de abordaje.

Tema 8. El remolque: Su naturaleza jurídica. El remolque

como servicio de puerto. El remolque como contrato. El remolque

en el mar. El remolque como auxilio o salvamento. Hallazgos.

Extracciones. Derecho de propiedad de los efectos salvados o

hallados. Jurisdicción e idea del procedimiento.

Tema 9. Aguas fiscales españolas. Normativa vigente sobre

vigilancia marítima en el Servicio de Vigilancia Aduanera.

Tema 10. Regulación del tráfico de embarcaciones especiales

de alta velocidad de las aguas marítimas españolas. Evolución

de las normas que lo regulan. Legislación actual que lo regula.

Disposiciones sobre identificación que deben exhibir las

embarcaciones de alta velocidad. Aplicación de las normas a las

embarcaciones de alta velocidad de bandera extranjera.

Tema 11. El fuego. Definición. Comburente. Triángulo del

fuego. Tetraedro del fuego. Energías de activación. Sus clases.

Velocidad de reacción. Transmisión del calor. Sus clases.

Tema 12. Casos especiales de fuego. Explosiones. Sus clases.

Polvos explosivos. Aliviadores de explosión. Caso especial de

explosión BLEVE. Clasificación del fuego. Criterios de

clasificación. Situación a bordo de las distintas clases.

Tema 13. Agentes extintores. El agua. Vapor de agua.

Anhídrido carbónico. Halones. Espumas. Polvos químicos. Elección

del agente extintor y eficacias. Sustancias y materiales para los

que está contraindicado el empleo de agua como agente extintor.

Tema 14. Instalaciones de sistemas fijos. Sistemas fijos de

agua. Rociadores. Sus clases. Sistemas fijos de espuma. Sistemas

fijos de extinción por gases. Sistemas fijos de polvo seco.

Tema 15. Respiración en atmósferas invadidas por el humo.

Visibilidad en espacios invadidos por el humo. Comportamiento

del humo, ventilación. Efectos del agua sobre el humo. Apertura

de puerta según su giro: hacia fuera, hacia dentro. Apertura de

portillo. Sistema de ventilación. Descripción del equipo de

respiración autónomo (ERA).

Tema 16. Embarcaciones de rescate. Características. Manejo

de embarcaciones de rescate en diversos estados de la mar. Izado

y arriado de embarcaciones de rescate. Rescate de supervivientes

en el agua desde una embarcación de rescate. Uso de

embarcaciones de rescate.

Tema 17. Actuación en caso de "hombre al agua". Maniobras

de la embarcación de rescate. Supervivencia en agua fría.

Tema 18. Técnicas de búsqueda. Búsqueda con exploración

visual. Exploración por radar y otros medios. Método de

exploración (MERSAR).

Tema 19. Radiobaliza de localización de siniestros. Aparatos

radiotelefónicos bidireccionales. Aparatos radioeléctricos para

embarcaciones de supervivencia.

Tema 20. Sistemas Satelitarios. El sistema INMARSAT-A,

INMARSAT-C, INMARSAT-B, E INMARSAT-M.

ANEXO III

Tribunal calificador de las pruebas selectivas para ingreso

en el Cuerpo de Agentes del SVA

El Tribunal quedará constituido de la siguiente forma:

Tribunal titular:

Presidente: Don Javier Zazo Esteban, del Cuerpo Superior de

Inspectores de Hacienda del Estado.

Vocales: Don Juan Llorente Hernangómez, del Cuerpo Superior

de Vigilancia Aduanera ; don Rafael del Campo Sánchez, del

Cuerpo Superior de Vigilancia Aduanera ; doña Soledad Álvarez López,

del Cuerpo Técnico de Hacienda ; don Agustín Lafuente Álvarez,

del Cuerpo Técnico de Hacienda ; don Julián Romero Marín, del

Cuerpo de Agentes del Servicio de Vigilancia Aduanera.

Secretario: Don Luis Miguel Gontán Fernández, del Cuerpo

Ejecutivo del Servicio de Vigilancia Aduanera.

Tribunal suplente

Presidente: Don Miguel Angel Torralbo Estrada, del Cuerpo

Superior de Sistemas y Tecnologías de la Información de la

Administración del Estado.

Vocales: Don Fernando Elvira Ferreras, del Cuerpo Superior

de Vigilancia Aduanera ; don Juan Luis Guardia Peinado, del

Cuerpo Técnico de Hacienda ; doña Margarita de Nicolas Latorre, del

Cuerpo Técnico de Hacienda ; don Vicente Diz Diz, del Cuerpo

Ejecutivo del Servicio de Vigilancia Aduanera ; doña María Esther

Gil García, del Cuerpo General Administrativo de la Administración

del Estado.

Secretario: Don Javier Romano Padilla, del Cuerpo General

Administrativo de la Administración del Estado.

El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de

asesores especialistas para todos o alguno de los ejercicios.

ANEXO IV

Instrucciones para cumplimentar la solicitud

Este apartado se rellenará según lo establecido en la solicitud

de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública

y liquidación de tasas de derechos de examen (modelo 790) y

en las siguientes instrucciones particulares.

En el encabezamiento de la solicitud, en el recuadro

correspondiente a Ministerio, se consignará "Ministerio de Economía

y Hacienda-AEAT". En el recuadro relativo a centro gestor se hará

constar "AEAT".

En el recuadro 15, "Cuerpo o Escala", se consignará "Cuerpo

de Agentes del Servicio de Vigilancia Aduanera", código 0010,

correspondiente.

En el recuadro 16, "Especialidad, área o asignatura", se

consignará la especialidad elegida, así como el código correspondiente

a la misma: letra "I" para especialidad de Investigación o letra

"J" para especialidad Marítima.

En el recuadro 17, "Forma de acceso", se consignará "L".

En el recuadro 18, "Ministerio/Órgano/Entidad convocante",

se consignará "AEAT", código "TB"

En el recuadro 19, se consignará la fecha del Boletín Oficial

del Estado en el que haya sido publicada la convocatoria.

En el recuadro 20, "Provincia de examen", se consignará la

ciudad donde se desee realizar los dos primeros ejercicios de la

oposición, entre la siguientes: Madrid, A Coruña y Cádiz.

En caso de no especificarse en la solicitud el dato del lugar

de examen por el que se opta, se entenderá que el aspirante desea

realizar los ejercicios en Madrid.

En el recuadro 24, "Títulos académicos oficiales", se consignará

la titulación poseída o en condiciones de obtener, de entre las

señaladas en la base 2.1.3.

En "Otros títulos oficiales", los aspirantes consignarán si ya

poseen el carnet de conducir a que se refiere la base 2.2.1, si

se presentan a la especialidad de Investigación, y si poseen el

certificado de Competencia de Marinero o el título a que se refiere

la base 2.2.2, si se presentan a la especialidad Marítima.

El importe de la tasa por derechos de examen será de 12,76 euros.

El ingreso del importe correspondiente a los derechos de

examen se efectuará, junto con la presentación de la solicitud, en

cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las

que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación

tributaria. En la solicitud deberá constar que se ha realizado el

correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante validación

de la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso, a través

de certificación mecánica, o en su defecto, sello y firma autorizada

de la misma en el espacio reservado a estos efectos.

Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a

través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas

correspondientes. A las mismas se acompañará el comprobante

bancario de haber ingresado los derechos de examen en la cuenta

corriente número 01822370430200204057 del BBVA, abierta

en la sucursal de la C/ Alcalá, n.o 16, de Madrid a nombre de

"Tesoro Público, Agencia Estatal de Administración Tributaria,

Ingresos Tasas Oposiciones Extranjero". El ingreso podrá

efectuarse directamente en cualquier oficina del BBVA mediante

transferencia desde cualquier entidad bancaria.

Estarán exentas del pago de esta tasa:

Las personas que figurasen como demandantes de empleo

durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de la

convocatoria. Serán requisitos para el disfrute de la exención que,

en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo

adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa

justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión

profesionales y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en

cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional.

La certificación relativa a la condición de demandante de

empleo, con los requisitos señalados, se solicitará en la oficina

de los servicios públicos de empleo. En cuanto a la acreditación

de las rentas se realizará mediante una declaración jurada o

promesa escrita del solicitante. Ambos documentos deberán

acompañarse a la solicitud.

La falta de justificación del abono de los derechos de examen

o de encontrarse exento determinará la exclusión del aspirante.

En ningún caso la presentación y pago en las oficinas a que

se hace referencia supondrá la sustitución del trámite de

presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.

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