De conformidad con lo dispuesto en la base IX de la Resolución de 5 de diciembre de 2003, de la Agencia Española de Cooperación Internacional (AECI), por la que se aprueba la convocatoria de becas para prácticas de formación en la AECI para titulados superiores universitarios españoles durante el año 2004 (B.O.E. de 29 de diciembre de 2003); vista la propuesta de la Comisión Evaluadora, se resuelve la concesión de las ayudas descritas a favor de las personas indicadas a continuación:
Ashley de Vega, Alejandro.
Carmona Rodríguez, Francisco Javier.
Carrasco Vivanco, Silvia.
Castillo Burgos, M.a Isabel del.
Crespo Ruiz, Federico.
Fábrega Larrucea, Ainhoa.
López-Ortum Collado, Laura.
Maroto Ramos, Francisco Javier.
Mendizábal Gallastegui, Ainhoa.
Miguel Emperador, M.a Isabel.
Prado Pérez, Rafael de.
Sánchez de Lamadrid Arbaiza, Begoña Ángela.
Los anteriormente citados deberán incorporarse a la AECI con fecha 15 de marzo.
Igualmente, se designan como suplentes de los anteriores a las personas indicadas a continuación:
Barrera Borruel, Julia.
Fernández Suárez, Lucía.
Fraile Taboada, Alejandro.
García Beltrán, Beatriz.
Gil Gesto, Isabel.
Jaeschke Elejabeitia, Thomas.
León Perdiguero, Aránzazu.
Lorensu Melguizo, Raquel.
Molero Díaz-Maroto, Alicia.
Piñero Lozano, Zahra.
Puigdellívol Morta, Mariona.
Vázquez Pérez, Celia.
Las citadas becas están dotadas con un importe de novecientos (900,00 A) euros íntegros mensuales, durante los meses de abril a diciembre. El importe de la beca correspondiente al mes de marzo será proporcional a la fecha de incorporación de los beneficiarios de la misma.
Los becarios disfrutarán, durante el período que comprenda la beca, de un seguro de asistencia médica primaria no farmacéutico y de accidentes, para enfermedades no contraídas con anterioridad al inicio de las prácticas de formación. Dicho seguro tiene un importe de dieciocho euros con treinta céntimos (18,30 euros) por persona y mes.
La presente Resolución agota la vía administrativa. Contra la misma cabrá interponer recurso de reposición ante esta Presidencia, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación, o recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación, conforme a la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha Jurisdicción, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se considere procedente.
Madrid, 12 de marzo de 2004.–El Presidente, P.D. (Resolución de 29 de diciembre de 2000, B.O.E. de 12-02-01), el Secretario General, Rafael Rodríguez-Ponga y Salamanca.
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