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Documento BOE-A-2004-8890

Resolución de 2 de abril de 2004, de la Secretaría General de Medio Ambiente, sobre la evaluación de impacto ambiental del proyecto "Puesta en riego por aspersión de los sectores XII al XVI de la zona regable Genil-Cabra (Córdoba), desglosado n.o 3 de las obras auxiliares: estación de bombeo, línea eléctrica y telecontrol".

Publicado en:
«BOE» núm. 115, de 12 de mayo de 2004, páginas 18515 a 18516 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2004-8890

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de evaluación de impacto ambiental, modificado por la Ley 6/2001, de 8 de mayo, y el Reglamento de ejecución aprobado por Real Decreto 1131/1988, de 30 de septiembre, establecen que los proyectos públicos o privados, consistentes en la realización de las obras, instalaciones o de cualquier actividad comprendida en el Anexo II de este Real Decreto Legislativo sólo deberán someterse a una evaluación de impacto ambiental en la forma prevista en esta disposición, cuando así lo decida el órgano ambiental en cada caso.

El proyecto se encuentra comprendido en el apartado c del Grupo 1 del Anexo II y el apartado a del Grupo 4 del Anexo II de la Ley 6/2001 antes referida.

La Dirección General de Desarrollo Rural del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación remitió a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, la documentación relativa al proyecto incluyendo sus características, ubicación e informes así como el informe de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía en la que se comunica favorablemente la autorización del proyecto, sobre la afección ambiental de la actuación.

El proyecto Puesta en riego por aspersión de los sectores XII al XVI de la zona regable Genil-Cabra (Córdoba). Desglosado n.º 3 de las obras auxiliares: estación de bombeo, línea eléctrica y telecontrol tiene por objeto definir todas las obras necesarias para la puesta en riego de los sectores XII, XIII, XIV, XV y XVI, pertenecientes a la Tercera Fase de la Zona Regable Genil-Cabra, dichas obras consistirán en: toma conjunta en el Canal Genil-Cabra, estación de filtrado, estación de bombeo automático a la demanda, con el correspondiente edificio, que alberga la Estación de Transformación Eléctrica y el Puesto de Control de las Redes de Riego, edificio para almacén, urbanización de la Estación, Línea Eléctrica de Alimentación de 20 KV. La altura de elevación necesaria para la red de bombeo es de 65 m para ello se prevén ocho grupos (más uno de reserva), que en conjunto puedan dar la totalidad del caudal a bombear. La línea eléctrica que se proyecta tiene su origen en la Subestación Patamulo, en el término municipal de Puente Genil (Córdoba), con una longitud de 12.512 m. Se trata de una subestación 132/20 KV, propiedad de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, la cual constituye el punto principal de la primera fase de alimentación eléctrica para la zona Regable del Genil-Cabra. La Red de Telecontrol consiste en esencia en la instalación de sensores de presión y caudal, en cada una de las agrupaciones en las que se dividen los sectores objeto del presente proyecto.

Considerando los criterios de selección contemplados en el Anexo III de la Ley 6/2001, los informes del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía, y analizada la totalidad del expediente, no se deduce la posible existencia de impactos ambientales adversos significativos. Por lo tanto, en virtud del artículo 1.2 de la Ley 6/2001 la Secretaría General de Medio Ambiente a la vista del informe emitido por la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental de este Ministerio de fecha 2 de abril de 2004, resuelve que no es necesario someter al procedimiento de evaluación de impacto ambiental el proyecto Puesta en riego por aspersión de los sectores XII al XVI de la zona regable Genil-Cabra (Córdoba). Desglosado n.º 3 de las obras auxiliares: estación de bombeo, línea eléctrica y telecontrol.

Madrid, 2 de abril de 2004.–El Secretario General, Juan del Álamo Jiménez.

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