Vacante el puesto de trabajo de Personal de Administración
y Servicios que se relaciona en el Anexo I, dotado
presupuestariamente, y cuya provisión se estima conveniente en atención
a las necesidades del servicio.
Este Rectorado, en virtud de las atribuciones conferidas por
el artículo 20, en relación con el 2.2.e), de la Ley Orgánica 6/2001,
de 21 de diciembre, de Universidades, y por el artículo 35 de
los Estatutos de la Universidad, aprobados por Real
Decreto 1287/1985, de 26 de junio ("Boletín Oficial del Estado" de 31
de julio); de acuerdo con lo dispuesto en el art. 20 de la
Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de
la Función Pública, según la redacción dada por la Ley 23/1988,
de 28 de julio, en la relación de puestos de trabajo de la
Universidad; y en el Real Decreto 364/1995, de 10 marzo, por el
que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal
al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión
de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios
Civiles de la Administración General del Estado, ha resuelto
convocar concurso específico para cubrir el citado puesto vacante
con arreglo a las siguientes
Bases de la convocatoria
Primera.-1. Podrán tomar parte en el presente concurso los
funcionarios de carrera de la Universidad Nacional de Educación
a Distancia adscritos a la Escala de Facultativos de Archivos,
Bibliotecas y Museos y a la Escala de Ayudantes de Archivos,
Bibliotecas y Museos, así como los funcionarios del Ministerio
de Cultura adscritos al Cuerpo de Facultativo de Archivos,
Bibliotecarios y Arqueólogos y al Cuerpo de Ayudantes de Archivos,
Bibliotecas y Museos.
2. Podrán participar en la convocatoria los funcionarios que
se encuentren en servicio activo, servicios especiales, servicios
en Comunidades Autónomas, excedencia forzosa, procedentes de
la situación de suspenso que hayan cumplido el periodo de
suspensión, excedencia voluntaria, y excedencia para el cuidado de
familiares.
3. Los funcionarios en activo con destino definitivo podrán
participar siempre que hayan transcurrido dos años desde la toma
de posesión del último destino obtenido, salvo las excepciones
a las que se refiere el apartado f) del artículo 20 de la Ley 30/1984,
de 2 de agosto, en la redacción dada por la Ley 23/1988, de 28
de julio.
4. Los funcionarios en situación de servicios en Comunidades
Autónomas sólo podrán tomar parte en el presente concurso si
han transcurrido dos años desde su transferencia o traslado.
5. Los funcionarios en excedencia voluntaria por interés
particular [art. 29, 3, c) de la Ley 30/1984] sólo podrán participar
si han transcurrido dos años desde que fueron declarados en dicha
situación.
6. Los funcionarios en situación de excedencia para el cuidado
de familiares que tengan reservado su puesto de trabajo, sólo
podrán participar en el concurso si han transcurrido dos años
desde la toma de posesión de dicho puesto, salvo que participen
para cubrir vacantes en el ámbito de la Secretaría de Estado,
Departamento u Organismo en el que tengan reservado el puesto de
trabajo.
7. Todos los requisitos y plazos establecidos se referirán a
la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias.
Segunda.-Los funcionarios con alguna discapacidad podrán
instar en la propia solicitud de vacante la adaptación del puesto
de trabajo solicitado que no suponga una modificación exorbitante
en el contexto de la Organización. La Comisión de Valoración
podrá recabar del interesado, en entrevista personal, la
información que estime necesaria en orden a la adaptación aducida, así
como el dictamen de los Órganos técnicos de la Administración
Laboral, Sanitaria o de los competentes del Ministerio de Asuntos
Sociales y, en su caso, de la Comunidad Autónoma
correspondiente, respecto de la procedencia de la adaptación y de la
compatibilidad con el desempeño de las tareas y funciones del puesto
en concreto.
Tercera.-El puesto de trabajo que puede solicitarse se detalla
en el Anexo I. Los concursantes habrán de reunir los requisitos
del Grupo que se señalan en el Anexo I y del Cuerpo o Escala
de los referidos en la Relación de Puestos de Trabajo de esta
Universidad.
Cuarta.-Los méritos a valorar serán los que se indican, de
acuerdo con el baremo de puntuación que a continuación se
detalla:
Primera fase:
4.1 Grado Personal consolidado: máximo 16 puntos.
Superior o igual al nivel del puesto solicitado: 16 puntos.
Inferior en 1 ó 2 niveles: 14 puntos.
Inferior en 3 o más niveles: 5 puntos.
4.2 Valoración del trabajo desarrollado: Se valorará en
función del tiempo y de las unidades administrativas donde se hayan
prestado los servicios con arreglo a las siguientes puntuaciones
y con un máximo de 38 puntos. Se establece el límite de los
últimos 10 años para valorar este apartado.
Por servicios prestados en la UNED y en el mismo Servicio
al que pertenezca la Sección convocada: 3,8 puntos por año
trabajado más 0,31 por cada mes completo.
Por servicios prestados en la UNED en la misma Área1 del
puesto convocado: 2,5 puntos por año trabajado más 0,20 por
cada mes completo.
Por servicios prestados en la UNED en la distinta Área1 del
puesto convocado: 1,5 puntos por año trabajado más 0,13 por
cada mes completo.
Por los servicios prestados en otras Administraciones: 0,1
puntos por año trabajado más 0,008 por cada mes completo.
A aquellos funcionarios que de forma permanente hubieran
desarrollado tareas en unidades que en el momento de su puesta
en funcionamiento no estuvieran incluidas en la RPT se les
computará el tiempo de servicios prestados a los efectos de valoración
del trabajo desarrollado desde el momento de su incorporación
a la unidad.
Las personas que ejerzan funciones con carácter no definitivo,
se les valorará ese tiempo como prestado en el puesto de origen
que tuvieran con carácter definitivo.
En los casos de puestos de trabajo que hayan tenido un cambio
de adscripción al Servicio o al Área, se seguirá el criterio de valorar
las tareas que se han ido desarrollando, de acuerdo al certificado
histórico que deberá elaborar la Sección de Personal.
4.3 Cursos: Se valorarán los cursos de formación y
perfeccionamiento relacionados con el área de actividad a la que se
opta, impartidos por Organismos e Instituciones Oficiales
dependientes de las Administraciones Públicas.
Los referidos cursos, se valorarán con un máximo de 11 puntos,
a razón de: 0,07 puntos por hora lectiva.
Los cursos de formación y perfeccionamiento se acreditarán
mediante presentación de fotocopia debidamente cotejada de la
certificación, título o diploma correspondiente. No será necesaria
dicha acreditación cuando los cursos hayan sido impartidos en
la UNED dentro de los Planes de Formación del P.A.S.
4.4 Antigüedad: Se valorará por tiempo de servicios con un
máximo de 15 puntos y a razón de:
Por año de antigüedad en la UNED: 0,75 puntos, añadiéndose
0,06 puntos más por cada mes completo.
Por año de antigüedad en otras Administraciones Públicas:
0,25 puntos, añadiéndose 0,02 puntos más por cada mes
completo.
La puntuación mínima para pasar a la segunda fase se establece
en 46 puntos.
1 Las Áreas a valorar son las siguientes:
Gestión Económica Financiera.
Gestión Académica.
Servicios Generales.
Bibliotecas.
Segunda fase:
4.5 Méritos específicos.-La puntuación máxima será de 20
puntos.
En concepto de méritos específicos adecuados a las
características del puesto de trabajo, se valorarán los reseñados en el
Anexo I de esta convocatoria como determinantes de la idoneidad
de quien aspire a desempeñar el puesto.
Para la valoración de estos méritos, los aspirantes deberán
presentar su currículum vitae con las certificaciones, títulos o
justificantes que estimen pertinentes y una memoria en la que, con
carácter general, analice las tareas, requisitos, condiciones y
medios necesarios para el desempeño de la plaza solicitada.
La Comisión de valoración, una vez examinada la
documentación aportada por los concursantes, convocará, para la
celebración de una entrevista, a los candidatos que, según la
cuantificación de sus méritos por baremo, tengan opción efectiva a
la plaza; la entrevista versará sobre aspectos de la memoria y
del currículum.
En el proceso de valoración de estos méritos específicos, la
Comisión de valoración podrá reclamar del concursante cuantas
aclaraciones sobre los méritos alegados crea conveniente, a fin
de realizar una valoración adecuada de los mismos.
Los méritos de medición no automática, que no excederán de 20
puntos, se considerarán a tenor de las puntuaciones otorgadas
por los miembros de la comisión de valoración desechando la
máxima y mínima concedidas, o una de las repetidas.
Quinta.-La propuesta de Resolución para la plaza convocada
deberá recaer sobre la persona candidata que haya obtenido la
mayor puntuación, sumados los resultados finales de las dos fases.
En caso de empate en la puntuación final, se estará a lo
dispuesto en el Real Decreto 364/1995, Reglamento General de
Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del
Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción
Profesional de los Funcionarios civiles de la Administración General
del Estado, en su artículo 44.4. Si se produjera un nuevo empate
una vez atendido este criterio, se adjudicará la plaza al concursante
cuyos apellidos sean los primeros en prelación a partir de la letra
"X", prevista en la Resolución de la Secretaría de Estado para
la Administración Pública de 10 de marzo de 2003 ("Boletín Oficial
del Estado", de 14 de marzo), por la que se publica el resultado
del sorteo celebrado el día 10 de marzo.
Sexta.-1. Los méritos, así como los requisitos y datos
imprescindibles, deberán ser acreditados por certificado, en copia del
modelo que figura como Anexo IV de esta Resolución. Dicho
certificado deberá ser expedido por el órgano competente en materia
de personal de cada Organismo, o por la Sección de Personal
de Administración y Servicios de la Universidad, cuando se trate
de funcionarios en servicio activo o en excedencia para cuidado
de familiares.
En caso de excedentes voluntarios, los certificados serán
expedidos por la Unidad de Personal del Departamento a que figura
adscrito su Cuerpo o Escala, o por la Dirección General de la
Función Pública si pertenece a las Escalas a extinguir de la AISS
o a los Cuerpos dependientes de la secretaría de Estado para la
Administración Pública. En el caso de las restantes escalas,
asimismo dependientes de la citada Secretaría de Estado, tales
certificaciones serán expedidas por la Unidad de Personal del
Ministerio u Organismo donde tuvieran su último destino definitivo.
Las certificaciones se expresarán referidas a la fecha de
finalización del plazo de presentación de solicitudes.
2. Los concursantes que procedan de la situación de suspenso
acompañarán a su solicitud documentación acreditativa de la
terminación de su periodo de suspensión.
3. Los excedentes voluntarios por interés particular
acompañarán a su solicitud declaración de no haber sido separados
del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas.
4. Los expectantes de destino por supresión del puesto
aportarán certificado al respecto, expedido por la Dirección General
de la Función Pública.
Séptima.-1. Las solicitudes para tomar parte en este
concurso, dirigidas a la Excma. y Magfca. Sra. Rectora de la
Universidad Nacional de Educación a Distancia, se ajustarán al modelo
publicado como Anexo II de esta Resolución y se presentarán
en el plazo de quince días hábiles, a contar del siguiente al de
la publicación de la presente convocatoria en el "Boletín Oficial
del Estado", bien directamente en las Unidades de Atención al
Público (Registros Auxiliares) de la Universidad Nacional de
Edu
cación a Distancia sitas en la Calle Bravo Murillo, n.o 38 (28015
Madrid); Edificio de Humanidades Calle Senda del Rey n.o 7 y
Pabellón de Gobierno, Ciudad Universitaria s/n (28040 Madrid),
bien en las formas establecidas en el artículo 38 de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
2. El concursante deberá unir a la solicitud la documentación
que hubiera de acompañar, con su correspondiente índice,
adaptándose al efecto a los modelos que figuran en los anexos
respectivos, así como, certificaciones, títulos o justificantes a que
hace referencia el baremo correspondiente y una memoria en la
que, con carácter general, analice las tareas, requisitos,
condiciones y medios necesarios para el desempeño de la plaza
solicitada.
Los anexos a presentar son los siguientes:
Anexo II: Solicitud de participación.
Anexo III: Puesto solicitado.
Anexo IV: Certificación de la Unidad de Personal.
Anexo V: Currículum Vitae profesional.
Octava.-Los méritos serán valorados por la siguiente
Comisión:
Titulares:
Presidenta: Doña Teresa Mendiguchía González, Vicegerente
de Coordinación Administrativa.
Vocales:
Por la Gerencia:
Doña Isabel Belmonte Martínez, Directora de la Biblioteca.
Doña Isabel Calzas González, Coordinador de Tecnologías y
Sistemas.
Por la Junta de Personal:
Doña M.a Carmen Horcajo Martínez, Jefe de Sección de
Préstamo Interbibliotecario.
Secretaria: Doña M.a Teresa Lavado Sánchez, Jefe de Sección
de Atención al Usuario.
Suplentes:
Presidenta: Doña M.a Antonia González Díez, Jefe de Dpto.
de Presupuestos y Sistemas.
Vocales:
Por la Gerencia:
Doña Ana M.a Sampedro Rodríguez, Subdirectora de la
Biblioteca.
Doña Rosa Sánchez Fernández, Jefe de Sección Biblioteca
Psicología.
Por la Junta de Personal:
Don Ramiro Lozano Morant, Jefe de Sección Información
Bibliográfica y Referencia.
Secretaria: Doña Guadalupe Campillo García, Jefe de Sección
Hemeroteca.
Novena.-1. Una vez transcurrido el periodo de presentación
de instancias, las solicitudes formuladas serán vinculantes para
el peticionario, y el destino adjudicado será irrenunciable, excepto
si hubiera obtenido otro en distinto concurso antes de finalizar
el plazo de toma de posesión, en cuyo caso podrá optar entre
ambos puestos de trabajo, viniendo obligado a comunicar la opción
realizada al Rectorado de la Universidad por escrito, dentro del
plazo de tres días desde la notificación de la adjudicación del
otro puesto.
2. El traslado a que pueda dar lugar la adjudicación del puesto
de trabajo tendrá, a todos los efectos, consideración de voluntario.
Décima.-El plazo para la Resolución del Concurso será de
cinco meses, contados desde el día siguiente al de la finalización
de la presentación de solicitudes.
Undécima.-1. Se publicará en el "Boletín Oficial del Estado"
la Resolución del Rectorado, determinando el puesto de trabajo
que se adjudica y el funcionario que se destina al mismo.
2. El plazo de toma de posesión del nuevo destino obtenido
será de tres días, si radica en la misma localidad, o de un mes,
si radica en distinta localidad o comporta el reingreso al servicio
activo.
El plazo de toma de posesión comenzará a contar a partir del
día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres
días hábiles siguientes al de la publicación de la Resolución que
resuelve el concurso. Si la Resolución comporta reingreso al
servicio activo, el plazo de toma de posesión deberá computarse
desde el día siguiente a dicha publicación.
3. El cómputo de los plazos posesorios se iniciará una vez
finalizados los permisos y licencias que en su caso hayan sido
concedidos a los interesados.
4. A todos los efectos, el plazo posesorio se considerará como
de servicio activo.
Duodécima.-Contra la presente Resolución, que agota la vía
administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de
reposición, ante la Excma. y Magfca. Sra. Rectora de esta Universidad,
en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su
publicación o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de
Madrid, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente
a su publicación.
Madrid, 1 de diciembre de 2003.-La Rectora, María Araceli
Maciá Antón.
ANEXO I
Localidad de destino del puesto de trabajo objeto de la
convocatoria: Madrid
N.o Orden: 1. Denominación del puesto: Jefe/a de Sección
de Proceso Técnico. Descripción: Bajo la dependencia orgánica
de la Dirección de la Biblioteca, será responsable del proceso
de catalogación y clasificación de los fondos documentales de la
Biblioteca en cualquier soporte, del mantenimiento del catálogo
automatizado tanto de la Biblioteca de la Sede Central como de
las Bibliotecas de los Centros Asociados y del control de
autoridades. Coordinará las tareas del personal adscrito a la Sección.
Nivel: 24. Complemento Específico: 11.033,52 euros. Adsc.
Grupo: A/B. Méritos Específicos:
Conocimiento y experiencia del sistema Unicorn de Gestión
Bibliotecaria.
Experiencia en la elaboración y uso de Tesauros.
Conocimientos y uso de Internet y del protocolo Z 39.50.
Conocimiento de idiomas.
Cursos especializados en biblioteconomía, documentación e
informática.
Puntos máxim.: 20.
ANEXO II
Concurso Específico convocado por Resolución
de la Universidad Nacional de Educación a Distancia
de fecha .....................
("Boletín Oficial del Estado" ....................., núm. ........)
Solicitud de participación en el concurso específico que
formula:
D/D.a...............................................................................
Documento nacional de identidad número ............................
Domicilio ....................................... Teléfono ....................
Localidad ..................... Código Postal ..............................
Administración a la que pertenece .......................................
Núm. Registro de Personal .......................... Grupo .............
Grado consolidado .............
SOLICITA: Participar en el concurso referenciado en el
encabezamiento, de acuerdo con las bases de la convocatoria, y al
efecto acompaña reseña del puesto al que aspira, así como la
documentación que en el índice se detalla, justificativa de
circunstancias, requisitos y méritos.
En ................., a ........ de ................. de 200....
ANEXO V
Currículum Vitae
A) Datos personales
Apellidos:
Nombre:
Documento nacional de identidad:
Domicilio (calle):
Domicilio (localidad):
Código postal:
Teléfono:
B) Datos profesionales
Cuerpo o escala:
Nivel de complemento de destino:
Grado consolidado:
Historial profesional (con breve descripción de tareas):
C) Datos académicos y aptitudes
Títulos:
Cursos:
Idiomas:
Otros:
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid