Contido non dispoñible en galego
Este Rectorado, haciendo uso de las competencias que le
atribuye el art. 20 en relación con el 2.2 de la Ley Orgánica 6/2001,
de 21 de diciembre de Universidades, y según lo establecido en
el art. 199 de los Estatutos de la Universitat de València, acuerda
convocar pruebas selectivas de acceso al Grupo A por el turno
libre, sector de administración especial, escala técnica superior
de prevención (Técnico superior de Medio Ambiente) de la
Universitat de València, con arreglo a las siguientes
Bases de la convocatoria
1. Normas generales
1.1 Esta convocatoria tiene por objeto, la selección de
personal para cubrir 1 vacante del grupo A por el turno libre, sector
de administración especial, escala técnica superior de prevención
(Técnico superior de Medio Ambiente) mediante el sistema de
concurso-oposición.
1.2 Según lo previsto en el art. 73 de la Ley Orgánica 6/2001,
de 21 de diciembre de Universidades, la realización de estas
pruebas selectivas, se ajustará a lo previsto en la legislación vigente
para la Función Pública de la Generalitat Valenciana y la normativa
específica universitaria recogida en la Ley Orgánica de
Universidades y en los Estatutos de la Universidad de Valencia, así como
en las normas establecidas en esta convocatoria.
1.3 El proceso selectivo constituido por concurso-oposición
lo integrarán, las pruebas, valoraciones, puntuaciones y materias
que figuran en el Anexo I. El temario que ha de regir estas pruebas
figura en el Anexo II. Quienes no reúnan el requisito de
conocimiento de valenciano que figura en esta convocatoria, deberán
realizar una prueba previa al proceso selectivo, según consta en
el anexo I de la misma.
1.4 La adjudicación de la plaza al o la aspirante que supere
este proceso selectivo se efectuará de acuerdo con la puntuación
obtenida por éste en el concurso-oposición.
1.5 De acuerdo con lo previsto en el artículo 75.2 de la Ley
Orgánica 6/2001 de 21 de diciembre de Universidades, esta
convocatoria se publicará en el "Diario Oficial de la Generalitat
Valenciana" y en el "Boletín Oficial del Estado", siendo esta última
publicación la que se tomará como referencia a los efectos del cómputo
de plazos para la presentación de solicitudes. El resto de
resoluciones administrativas derivadas de esta convocatoria se
publicarán únicamente en el "Diario Oficial de la Generalitat
Valenciana" DOGV.
2. Requisitos de los y las aspirantes
2.1 Para ser admitidos o admitidas en la realización de estas
pruebas los y las aspirantes deberán reunir los siguientes
requisitos:
2.1.1 Tener la nacionalidad española o la de alguno de los
demás Estados miembros de la Unión Europea o nacional de algún
Estado, al que en virtud de tratados internacionales establecidos
por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación
la libre circulación de trabajadores, en los términos en que ésta
se encuentra definida en el tratado constitutivo de la Unión
Europea, según lo dispuesto en la Ley 17/1993, de 23 de diciembre,
modificada por la Ley 55/1999, de 29 de diciembre, y por el
Real Decreto 800/1995, de 19 de mayo.
2.1.2 Tener cumplidos 18 años y no haber alcanzado la edad
de jubilación.
2.1.3 Poseer el título de Doctor, Licenciado, Ingeniero
Superior, Arquitecto Superior, o titulación equivalente, o estar en
condiciones de obtenerlo antes que finalice el termino de presentación
de solicitudes.
2.1.4 Poseer el certificado acreditativo de conocimientos de
valenciano a nivel medio, expedido por la Junta Calificadora de
la Generalidad Valenciana o el Servicio de Normalización
Lingüística de la Universitat de València o certificado de homologación
emitido por este Servicio.
2.1.5 Poseer la capacidad física y psíquica necesaria para
el desempeño de las correspondientes funciones
2.1.6 No hallarse inhabilitado penalmente para el ejercicio
de funciones públicas.
2.1.7 No haber sido separado mediante expediente
disciplinario, de cualquier administración o empleo público. Los y las
aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar
igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena
penal que impida en su Estado, el acceso a la función pública.
2.2 Los requisitos a que se refiere el apartado 2.1, deberán
reunirse en el momento de finalización del plazo de presentación
de solicitudes y disfrutar de los mismos durante todo el proceso
selectivo hasta el momento de la toma de posesión.
2.3 En el momento de presentar la solicitud, sólo se exigirá
declaración expresa y formal de que se reúnen los requisitos
establecidos en los subapartados 2.1.1 al 2.1.7 de esta convocatoria,
debiendo acreditarlos posteriormente, en el caso de haber
aprobado el concurso oposición.
3. Solicitudes
3.1 Quién desee tomar parte en estas pruebas selectivas lo
hará constar en la solicitud que se encuentra en esta convocatoria
como anexo V y que facilitará gratuitamente el Servicio de
Recursos Humanos (PAS) de esta Universidad, en la Avda. Blasco Ibáñez,
n.o 13, nivel 1, DP 46010, de Valencia. También podrán acceder
a una copia de dicha solicitud a través de la página web del Servicio
de Recursos Humanos (PAS) cuya dirección es:
http://www.uv.es/Zpas/
3.2 Las solicitudes se dirigirán por triplicado (una para la
entidad bancaria, una para la Universitat y una para el interesado
o la interesada) al Rector de la Universitat de València.
3.3 El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días
hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación
de esta convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado" BOE. La
publicación de la convocatoria en el DOGV, tendrá sólo carácter
informativo.
3.4 Las solicitudes se presentarán en la oficina del Banco
Santander Central Hispano. Asimismo, podrán ser presentadas
en la forma prevista en el art. 38.4 de la Ley 30/1992, de 26
de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Las solicitudes presentadas en las oficinas de correos deberán
cumplir con el procedimiento establecido en el artículo 205.3 del
Reglamento de los Servicios de Correos: la solicitud se presentará
en sobre abierto para que el empleado estampe el sello de fechas
en la parte superior izquierda de las mismas, debiendo figurar
con claridad el nombre de la oficina y la fecha.
3.5 A la solicitud se unirá la siguiente documentación:
3.5.1 Una fotocopia del Documento Nacional de Identidad.
Los y las aspirantes que no posean la nacionalidad española y
tengan derecho a participar en estas pruebas, deberán presentar
fotocopia del documento que acredite su nacionalidad.
3.5.2 Resguardo original del ingreso de los derechos de
examen.
3.6 Los derechos de examen serán de 26,73 euros que se
ingresarán en la cuenta corriente Derechos de examen. Universitat
de València, n.o 0049/5457/28/2116017088 del Banco
Santander Central Hispano, oficina de la calle Artes Gráficas n.o 12 de
Valencia, o a través de transferencia a la citada cuenta.
Si el pago se efectúa a través de transferencia, la solicitud
deberá presentarse en el registro de una Administración Pública
o en la oficina de correos.
La falta de acreditación del pago de los derechos de examen
determinará la exclusión del aspirante.
3.7 De acuerdo con lo que disponen las Normas de Ejecución
Presupuestaria para el año 2003 de esta Universidad, están
exentos del pago de los derechos de examen:
3.7.1 Los y las aspirantes con una discapacidad igual o
superior al 33 %.
3.7.2 Los y las aspirantes que se encuentren como
demandantes de empleo, al menos durante el plazo de un mes antes
de la fecha de la publicación de la convocatoria de estas pruebas
selectivas. Para el disfrute de la exención será requisito que no
hubieran rechazado, en el plazo de que se trate, ninguna oferta
de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo
causa justificada, en acciones de promoción, formación o
reconversión profesional.
Estos aspirantes deberán presentar los certificados
correspondientes que acrediten su condición de discapacitados (mediante
certificación de la Consellería de Bienestar Social u órgano
competente), o de su condición de desempleado (mediante certificación
del SERVEF) y lo hagan constar expresamente en el apartado
correspondiente de la solicitud.
3.8 Los y las aspirantes con minusvalías que deseen solicitar
medidas de adaptación, deberán indicarlo expresamente en el
impreso de solicitud. En el anexo VI, figura la lista de medidas
de adaptación posible. Deberán adjuntar a la solicitud,
certificación del grado de discapacitación efectuada por el órgano
competente.
3.9 Si la convocatoria prevé la realización de pruebas de
idiomas, los y las aspirantes deberán hacer constar su opción en el
impreso de solicitud. De no hacerlo así, se entenderá que renuncia
a efectuar estas pruebas, siempre que sean voluntarias y de méritos.
3.10 Los errores que pudieran advertirse serán corregidos
en cualquier momento, de oficio o a instancia del interesado o
interesada.
4. Admisión de aspirantes
4.1 Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, previa
verificación del cumplimiento de todos los requisitos de
participación señalados en esta convocatoria, así como el pago de los
derechos de examen, el Rector dictará una resolución que se
publicará en el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV) y
que contendrá la lista provisional de admitidos y excluidos a la
realización de las pruebas.
4.2 A partir del día siguiente a la publicación de la lista
provisional de admitidos y excluidos, se iniciará un plazo de 10 días
hábiles, para que se puedan formular alegaciones o se puedan
subsanar los defectos que hayan motivado la exclusión, de acuerdo
con lo establecido en el art. 71 de la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común.
En cualquier caso, con el objeto de evitar errores y para
posibilitar su subsanación en tiempo y forma, las y los aspirantes
comprobarán fehacientemente no sólo que no figuran en la relación
de excluidos, sino que además, sus nombres constan
correctamente en la pertinente relación de admitidos.
Los y las aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanen
los defectos detectados o no aleguen las omisiones, serán
definitivamente excluidos de la participación de estas pruebas.
4.3 Finalizado el plazo de reclamaciones y alegaciones, y
resueltas las mismas, se dictará una nueva resolución, que
contendrá la lista definitiva de admitidos y excluidos, la fecha, el
lugar y la hora de la celebración del primer ejercicio. Esta
resolución se publicará en el DOGV.
4.4 Será causa de exclusión, además de las señaladas en otros
apartados de estas bases:
La omisión de la firma en la solicitud
No adjuntar fotocopia del DNI.
4.5 Será causa de exclusión del ejercicio de méritos no señalar
el apartado correspondiente de la solicitud; y respecto del ejercicio
de idioma no especificar el idioma elegido.
5. Desarrollo de las pruebas selectivas
5.1 Los ejercicios tendrán lugar en las dependencias de la
Universitat de València. El primer ejercicio se realizará en el lugar,
fecha y hora que se establezca en la resolución del Rectorado
de esta Universitat por la que se apruebe la lista definitiva de
admitidos y excluidos de las pruebas objeto de esta convocatoria.
5.2 En el caso de realizarse alguno de los ejercicios en varias
sesiones, el orden de actuación de los opositores se establecerá
por sorteo.
5.3 En cada ejercicio, los y las aspirantes deberán acreditar
su personalidad exclusivamente mediante la presentación de DNI,
del pasaporte o del permiso de conducir, junto con el ejemplar
para el interesado/a del impreso de solicitud de admisión a las
pruebas.
El incumplimiento de este requisito por algún aspirante
determinará la exclusión de éste de la celebración de las pruebas.
En ningún caso serán válidas las copias o fotocopias de dichos
documentos.
5.4 Los y las aspirantes serán convocados para cada ejercicio
en llamamiento único, siendo excluidos de estas pruebas quienes
no comparezcan. Decaerán en su derecho cuando se personen
en los lugares de celebración una vez iniciadas las pruebas o por
la inasistencia a las mismas aún cuando sea por causa justificada.
Los miembros del tribunal y el personal colaborador del mismo,
no permitirán el acceso a las salas donde se realicen los ejercicios,
de aquellas personas que no cumplan los anteriores requisitos,
ni de aquellas que comparezcan una vez concluido el llamamiento
de los y las aspirantes convocados.
No obstante, cuando se trate de pruebas orales u otras de
carácter individual y sucesivo, el tribunal podrá apreciar las causas
alegadas y admitir al aspirante, siempre y cuando las mismas no
hayan finalizado y dicha admisión no menoscabe el principio de
igualdad con el resto de personal.
5.5 Al finalizar cada una de las pruebas, el anuncio de la
celebración de la siguiente se hará público por el tribunal en el
local en que se haya celebrado dicha prueba, así como en el tablón
de anuncios del Servicio de Recursos Humanos (PAS) de esta
Universidad con una antelación mínima de 48 horas.
Complementariamente también se publicarán en la página web del Servicio
de Recursos Humanos (PAS) cuya dirección es:
http://www.uv.es/Zpas.
5.6 Si el tribunal tuviese conocimiento en cualquier momento
del proceso selectivo de que alguno de los o las aspirantes no
posee la totalidad de los requisitos exigidos por la presente
convocatoria, previa audiencia al interesado o la interesada, se
procederá a su exclusión, comunicándole asimismo la inexactitud o
falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión
a las pruebas selectivas.
6. Información y publicidad de los actos del tribunal
6.1 Toda la información que sea necesario comunicar a los
y las aspirantes, las listas de aprobados de cada uno de los
ejercicios, la valoración de los méritos y cualquier otro anuncio que
el tribunal estime pertinente, se publicará en el tablón de anuncios
del Servicio de Recursos Humanos (PAS), y en la página web del
mismo Servicio, cuya dirección es http://www.uv.es/Zpas. Las
listas de aprobados de cada ejercicio también se publicarán en los
locales donde se hayan celebrado dichas pruebas.
6.2 Una vez finalizadas todas las pruebas y valorados los
méritos que integran el concurso-oposición, el tribunal hará pública
la lista de aprobados por orden de puntuación. Esta lista de
aprobados será definitiva y contendrá el mismo número de aprobados
que de vacantes convocadas.
6.3 Finalizado el proceso selectivo, por resolución del rector
se hará pública en el DOGV la lista definitiva de aprobados por
orden de puntuación.
7. Presentación de documentos
7.1 En el plazo de 20 días hábiles, contados desde el siguiente
al de publicación en el DOGV de la lista de aprobados, el o la
aspirante al puesto deberá presentar en el Servicio de Recursos
Humanos (PAS) de esta Universidad la siguiente documentación:
7.1.1 Certificado de nacimiento expedido por el registro civil
correspondiente, o fotocopia del DNI.
7.1.2 Fotocopia compulsada del título académico exigido
según la presente convocatoria.
7.1.3 Declaración de no haber sido separado mediante
expediente disciplinario de cualquier administración o cargo público,
así como de no encontrarse inhabilitado penalmente para el
ejercicio de las funciones públicas. El o la aspirante cuya nacionalidad
no sea la española deberán además efectuar la declaración de
no estar sometido a sanción disciplinaria o condena penal que
impida, en su Estado, el acceso a la Función Pública.
7.1.4 Certificado médico acreditativo de poseer capacidad
física y psíquica necesaria para el ejercicio de las funciones del
puesto de trabajo ofertado. A estos efectos, el reconocimiento
se realizarán a través de los servicios médicos de la Universitat
de València.
7.1.5 El o la aspirante con alguna discapacidad deberá
aportar un certificado del órgano competente de la comunidad
autónoma sobre la capacidad para llevar a cabo las tareas que
correspondan al puesto de trabajo objeto de esta convocatoria.
7.2 El o la aspirante que teniendo la condición de funcionario
de carrera o personal laboral fijo de esta Universidad, haya
concurrido a estas pruebas, quedará exento de justificar
documentalmente las condiciones generales que ya hubiesen sido
acreditadas por nombramientos anteriores, debiendo acreditar el resto
de las mismas.
7.3 La falta de presentación de la documentación, dentro del
plazo indicado (salvo casos de fuerza mayor) o la falsedad de
documentos, dará lugar a la invalidez de las actuaciones del aspirante
y, con respecto de éste, la nulidad subsiguiente de los actos del
tribunal, sin perjuicio de las responsabilidades en que el aspirante
hubiera podido incurrir.
8. Nombramiento de funcionario o funcionaria
Transcurrido el plazo de presentación y verificación de la
documentación presentada, mediante resolución del rectorado, que se
publicará en el DOGV, se nombrará funcionario o funcionaria de
carrera a quien haya superado estas pruebas selectivas.
9. Tribunal
9.1 El tribunal calificador de estas pruebas es el que figura
en el anexo III de esta convocatoria. El nombre de las personas
que lo integran se hará público en la misma resolución en la que
se publique la lista definitiva de admitidos y excluidos.
9.2 El tribunal podrá, siempre bajo su dirección y control
directo, nombrar colaboradores, especialistas y ayudantes.
9.3 Los miembros del tribunal, así como los colaboradores,
especialistas y ayudantes deberán abstenerse de intervenir en las
actividades del tribunal, cuando concurran en ellos alguna de las
circunstancias previstas en los artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o si hubieran
realizado tareas de preparación de opositores a pruebas selectivas
al mismo cuerpo y escala en los cinco años anteriores a la
publicación de esta convocatoria.
La presidencia podrá solicitar de los miembros del tribunal
declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias
previstas en los antedichos artículos.
9.4 Previa convocatoria de la presidencia, se constituirá el
tribunal con asistencia, al menos de la mayoría reglamentaria de
sus miembros, titulares o suplentes. En dicha sesión el tribunal
acordará todas las decisiones que correspondan en orden al
correcto desarrollo de las pruebas selectivas.
Durante el proceso selectivo, el tribunal resolverá todas las
dudas que pudieran surgir en aplicación de estas normas, así como
lo que se deba hacer en los casos no previstos.
El procedimiento de actuación del tribunal se ajustará en todo
momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común.
9.5 El tribunal adoptará las medidas precisas de forma que
los y las aspirantes con minusvalías tengan las mismas condiciones
para la realización de los ejercicios que el resto de participantes.
En este sentido se establecerá, para quienes lo soliciten según
indica la base 3.8, las adaptaciones posibles de tiempo y medios
para su realización.
9.6 A los efectos de comunicaciones y demás incidencias,
el tribunal tendrá su sede en la Gerencia de la Universitat de
València.
9.7 El tribunal que actúe en estas pruebas tendrá la categoría
que para estos casos determine la legislación vigente.
9.8 En ningún caso el tribunal podrá aprobar ni declarar que
han superado las pruebas selectivas un número de aspirantes
superior al de plazas convocadas. Cualquier propuesta de aprobados
que contradiga lo establecido será nula de pleno derecho.
9.9 La presidencia del tribunal adoptará las medidas
oportunas para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición,
sean corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes,
en aquellos ejercicios que sea procedente.
10. Información respecto a los datos recogidos
10.1 Los datos suministrados por los interesados podrán
quedar incorporados en un fichero automatizado que constituye la
Base de Datos de Personal, o la Base de Datos de Bolsa de Trabajo,
de conformidad con la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre
de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD).
10.2 El fichero quedará bajo la responsabilidad de la
Secretaría General de la UVEG en la Avda. Blasco Ibáñez, n.o 13, DP
46010 de València.
10.3 La información obtenida será procesada exclusivamente
para la gestión de personal.
10.4 Los datos de carácter personal serán tratados con el
grado de protección que establece el Real Decreto 994/1999,
de 11 de junio, en el que se regulan las medidas de seguridad
de los ficheros automatizados que contienen datos de carácter
personal, adoptándose las medidas de seguridad necesarias para
garantizar la confidencialidad y la integridad de la información.
10.5 Los interesados y las interesadas podrán ejercer sus
derechos de acceso, rectificación cancelación y oposición, en
cumplimiento de lo que establece la LOPD, ante el Servicio de Recursos
Humanos (PAS) de la Universitat de València, en la Avda. Blasco
Ibañez, n.o 13, nivel 1, DP 46010 de València.
11. Recursos
Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se
puede interponer potestativamente un recurso de reposición en el
plazo de un mes a partir del día siguiente a su publicación, ante
el mismo órgano que dictó la resolución, o un recurso contencioso
administrativo ante los órganos de la jurisdicción contenciosa
administrativa de la Comunidad Valenciana en el plazo de dos
meses contados a partir del día siguiente a su publicación.
Contra los actos del Tribunal, se podrá interponer un recurso
de alzada según lo previsto en la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común.
Valencia 20 de abril de 2004.-El Rector, P. D. (DOGV
5-05-03), la Vicerrectora de Economía y Administración, Matilde
Fernández Blanco.
ANEXO I
Sistema selectivo
Con anterioridad al inicio del proceso selectivo, quienes no
estén en posesión de la certificación del conocimiento de
Valenciano a nivel Medio, deberán realizar una prueba de conocimientos
de la lengua oral y escrita equivalente a este nivel. El resultado
de la misma será apto o no apto. Superada la prueba los aspirantes
podrán comenzar el proceso selectivo y se les considerará en
posesión de la acreditación suficiente del nivel medio de valenciano
exigido.
El procedimiento de selección será el de concurso-oposición.
Fase de oposición: Constará de tres ejercicios obligatorios y
eliminatorios y uno voluntario y de méritos:
1.o ejercicio (obligatorio y eliminatorio): Consistirá en un test
con cuatro respuestas alternativas de las que sólo una será
correcta, relacionadas con el programa (administración general y temario
específico) que figura en el Anexo II de esta convocatoria.
Las respuestas erróneas penalizarán según la siguiente formula:
E
A
-d-1
N= ^ 10
n
donde:
N = nota resultante.
A = número de aciertos.
E = número de errores.
d = número de opciones para cada pregunta.
n = número de preguntas.
El numero de preguntas lo fijará el Tribunal, al igual que el
tiempo de desarrollo del ejercicio, con la suficiente antelación.
El ejercicio se valorará de 0 a 10 puntos.
2.o Ejercicio (obligatorio y eliminatorio): Consistirá en
desarrollar dos temas elegidos de entre tres de los propuestos por el
tribunal y extraídos al azar entre los que configuran el programa
específico que figura en el anexo II de esta convocatoria. Si el
temario se compone de diferentes bloques, el tribunal sorteará
en primer lugar los bloques y de los que resulten, sortearán los
temas, de forma que cada tema corresponda a un bloque diferente.
La duración mínima del ejercicio será de una hora y máxima
de dos, a criterio del Tribunal. Una vez concluida la prueba, los
ejercicios serán introducidos en un sobre que se cerrará
posteriormente, quedando bajo la custodia del Tribunal calificador, el
cual llamará individualmente a los opositores para la lectura
pública de los temas que hayan desarrollado. El lugar, fecha y hora
de la lectura, lo anunciará el Tribunal con suficiente antelación.
Cada tema se valorará de 0 a 10 puntos y para superar esta
parte será necesario obtener al menos 10 puntos entre ambos
y no haber sido calificado con cero puntos en ninguno de los
dos temas.
3.o Ejercicio (obligatorio y eliminatorio): Consistirá en la
resolución de dos ejercicios prácticos a elegir entre tres de los
propuestos por el tribunal, relacionados con el contenido del temario
específico que figura en el anexo II de esta convocatoria. La prueba
practica tendrá las características adecuadas a la función que se
desarrolla en la escala a la que se integra la plaza convocada.
Se podrán realizar con medios informáticos (tratamiento de texto,
hoja de cálculo, base de datos, programas específicos, dibujo,
laboratorios, etc.) que el tribunal considere oportuno. Todo esto
se anunciará en el momento de la publicación de los resultados
del primer ejercicio. Así mismo, y según las características del
ejercicio, en este momento se anunciará la duración.
Cada supuesto se valorará de 0 a 10 puntos, siendo necesario
para superarla haber obtenido al menos 10 puntos entre los dos
y no ser valorado con cero puntos en ningún supuesto.
4.o Ejercicio (Voluntario y de méritos): Los que opten por la
realización de este ejercicio deberán hacer necesariamente la parte
de la entrevista.
Primera parte: Voluntaria. Tendrá por objeto valorar el
conocimiento de uno o varios idiomas comunitarios, de entre los
siguientes: inglés, alemán, francés e italiano, según la opción
manifestada por el aspirante en el impreso de solicitud.
El ejercicio se valorará a razón de 1,5 puntos como máximo
por idioma, y en conjunto no se podrán superar los 3 puntos.
El tiempo de realización lo fijará el tribunal con suficiente
antelación.
Segunda parte: Obligatoria. Tendrá por objeto mantener una
entrevista. El lugar, día y hora de celebración de la misma, será
fijada por el tribunal con suficiente antelación.
Se valorará de 0 a 3 puntos.
Fase de concurso: Se valorarán los méritos de los currículum
de los y las aspirantes de acuerdo con el baremo que figura en
el anexo IV. La puntuación obtenida en la fase de concurso se
sumará a la obtenida en la fase de oposición para elaborar el
orden definitivo de los concursantes aprobados.
A continuación, se elaborará por orden de puntuación una lista
de aprobados, que contendrá el mismo número de aspirantes que
de vacantes convocadas.
En caso de empate entre los aspirantes incluidos en la relación,
el orden se establecerá atendiendo a la puntuación obtenida en
el segundo ejercicio. Si este continuase, a la mayor puntuación
obtenida en el tercer ejercicio, y si persistiera se atenderá en primer
lugar, a la puntuación del primer ejercicio, y si se mantuviese
el empate, este se dirimiría por sorteo.
ANEXO II
Temario
Legislación de carácter general
1. La Universidad como servicio público. La Ley Orgánica
6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, su significado en
el ordenamiento jurídico universitario. La autonomía universitaria,
sus límites. Régimen jurídico de las universidades públicas.
Estructura general de las universidades públicas.
2. La Universidad de Valencia. Características
diferenciadoras. Los Estatutos de la Universidad de Valencia, contenido y
significado dentro del régimen jurídico aplicable a esta Universidad
pública. Estructura de la Universidad de València. Órganos de
gobierno, colegiados y unipersonales. Los diferentes colectivos
de personal a través de los Estatutos de la Universidad. De los
Estudiantes. El régimen económico de la Universitat de Valencia
a través de sus estatutos.
3. Fomento y coordinación general de la investigación
científica y técnica: Plan Nacional de investigación. Organismos
públicos de investigación. Proyectos y programas y contratos nacionales
e internacionales. La OTRI.
4. La Constitución española de 1978, estructura y contenido.
Análisis del título I de la Constitución, los derechos fundamentales,
las libertades públicas y los derechos económicos y sociales. Su
papel en el sistema democrático, su garantía y suspensión. La
Corona. Las Cortes Generales. El control democrático del
Gobierno. El poder Judicial. La Reforma de la Constitución.
5. El Título VIII de la Constitución española de 1978, el estado
de las autonomías. Su significado y consecuencias en el
ordenamiento jurídico español. La Comunidad Valenciana. El Estatuto
de Autonomía: su significado y contenido. Las instituciones
autonómicas valencianas.
6. La Unión Europea y su incidencia en el ordenamiento
jurídico español. Tratamiento constitucional del problema.
Principales instituciones de la Unión Europea. El parlamento, la comisión,
el Tribunal de Justicia. Producción normativa de la Unión Europea.
El sistema monetario único.
7. El derecho público, su nacimiento y significado en la
historia reciente. El derecho administrativo: sistema de fuentes. La
ley: clases de leyes. Elementos normativos con fuerza de ley. El
reglamento, su configuración e importancia en el sistema
administrativo actual.
8. El acto administrativo: concepto y clases. Sus elementos.
La notificación. La motivación. Eficacia del acto administrativo.
Nulidad y anulabilidad.
9. La acción administrativa ante los particulares. El
administrado: concepto y clases. Los derechos subjetivos de los
administrados ante la administración: derechos subjetivos activos y
derechos subjetivos reaccionales. La participación de los
particulares en la actividad administrativa. Los interesados. Análisis
del Título IV de la Ley 30/92, modificado por la Ley 4/99.
10. El procedimiento administrativo: concepto e importancia
en el ordenamiento jurídico vigente. La Ley de Régimen Jurídico de
las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo
Común. Las partes del procedimiento. Fases del procedimiento
administrativo. Distintas formas de terminación del procedimiento. Los
recursos administrativos: Concepto y clases. Tipos de recursos,
plazos y procedimientos.
11. Los contratos administrativos. Concepto y clases. Estudio
de sus elementos. Su cumplimiento. La revisión de precios y otras
alteraciones contractuales. Incumplimiento de los contratos
administrativos.
12. El Presupuesto: Concepto y clases. El presupuesto al
amparo de la Ley de Hacienda Pública de la Generalitat
Valenciana. El ciclo presupuestario. Ordenación del gasto y ordenación
del pago: fases y documentos contables. Liquidación y cierre de
ejercicio. El control: control interno y control externo.
13. El personal docente e investigador de las universidades
públicas. Régimen jurídico del profesorado universitario según la
Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades.
Incompatibilidades.
14. El personal al servicio de las administraciones públicas.
El personal funcionario de administración y servicios de la
Universidad de Valencia. Su régimen jurídico. Adquisición y pérdida
de la condición de funcionario. Situaciones administrativas.
Promoción y carrera administrativa. Provisión de los puestos de
trabajo. Los funcionarios de la administración especial:
características. Régimen de Incompatibilidades del personal funcionario.
El personal laboral al servicio de la Universidad de Valencia.
15. Los derechos sindicales y de participación del personal
funcionario. La negociación de las condiciones de trabajo. La salud
laboral: análisis de la legislación referente a la prevención de
riesgos laborales en el ámbito universitario.
Temario específico
1. Participación social en la gestión ambiental: instrumentos
normativos de participación pública y colaboración ciudadana en
la planificación y la gestión del medio. El papel de la Universidad.
2. El medio ambiente en la Constitución española de 1978.
Distribución de competencias estatales, autonómicas y locales en
la regulación, la planificación y la gestión del medio ambiente.
3. Instrumentos sociales de la política ambiental: información
y comunicación. Análisis y diseño de campañas publicitarias de
sensibilización ambiental.
4. Educación ambiental. Infraestructuras y programas de
educación ambiental de la Comunidad Valenciana. El voluntariado
ambiental.
5. Estudios ambientales. Documentación del proyecto.
Estudios preliminares. Proyectos y anteproyectos.
6. La evaluación ambiental estratégica. Marco normativo.
Contenidos.
7. Auditorías ambientales: principios, equipamiento,
frecuencia y método. Auditoría externa e interna.
8. Energía, medio ambiente y desarrollo. Energías alternativas
y edificación. Políticas de ahorro energético y de ahorro de agua
en el entorno universitario.
9. Políticas medioambientales universitarias sobre movilidad,
transporte y comunicación.
10. La Universidad y el medio ambiente: gestión interna y
participación en órganos externos.
11. Acceso a la información ambiental. Normativa
reguladora. Fuentes de información ambiental.
12. Fondos europeos y programas operativos. El programa
LIFE.
13. Regulación de las actividades calificadas.
14. Desarrollo sostenible. Agenda 21. Indicadores
ambientales. El papel de los indicadores en la protección del medio
ambiente.
15. Utilidad y aplicaciones de la estadística para la obtención
de información válida y fiable. La estadística descriptiva: medidas
de tendencia central y medidas de dispersión. El concepto de
probabilidad.
16. El medio físico como soporte en la ordenación del
territorio. Estudios de localización de actividades. Capacidad de
acogida.
17. Las encuestas como instrumentos de análisis y
interpretación de datos. Diseño y aplicación de cuestionarios y elección
de muestras. El concepto de muestreo. Tipos.
18. Ecología humana. Contaminación y salud.
19. Población, comunidad y ecosistema: factores
ambientales.
20. Consecuencias de la explotación humana de la biosfera:
impacto ambiental, agresiones a la atmósfera, efectos sobre el
agua y el suelo. Riesgos ambientales.
21. Control microbiológico del agua. Legionelosis.
Exposición a la legionela. Criterios higiénico sanitarios para prevenir
y controlar la legionelosis en los centros universitarios.
Actuaciones. Legislación.
22. Contaminación de aguas. Parámetros que definen la
contaminación. Características de las aguas residuales urbanas,
agrícolas y industriales.
23. Toma de muestra de diferentes tipos de agua.
Preconcentración. Caracterización fisicoquímica de las aguas.
Determinación de gases. Determinación de aniones. Determinación de
metales no tóxicos y de metales tóxicos.
24. Muestras de agua: determinación de compuestos
orgánicos no específicos. Determinación de compuestos orgánicos
específicos.
25. Tratamiento y depuración de las aguas residuales.
Pretratamiento y tratamiento primario.
26. Composición y características de la atmósfera. Tipos de
contaminantes atmosféricos. Efecto de los contaminantes en la
atmósfera. Toma de muestra. Preconcentración.
27. Muestras atmosféricas: determinación de compuestos
inorgánicos. Determinación de compuestos orgánicos.
28. Aerosoles: Toma de muestra. Determinación de metales
pesados. Determinación de componentes mayoritarios. Control
microbiológico de muestras atmosféricas.
29. Efectos de la contaminación atmosférica sobre la salud
humana, sobre el clima y sobre el medio ambiente en general.
30. La contaminación acústica: conceptos y características.
Medida. Tipos de fuentes. Medidas correctoras.
31. Características generales de los suelos. Toma de muestra.
Tratamiento de las muestras.
32. Contaminación de los suelos. Legislación aplicable en la
Comunidad Valenciana. Fuentes de contaminación. Métodos de
descontaminación.
33. Determinaciones electroquímicas en las muestras de
suelo. Determinación de compuestos inorgánicos en suelos.
Determinación de materia orgánica. Determinación de compuestos
orgánicos específicos: hidrocarburos y pesticidas.
34. Residuos urbanos: tipificación, problemática y gestión.
35. Gestión de residuos peligrosos: envasado, etiquetado,
almacenamiento, eliminación.
36. Sistemas de información geográfica: introducción, gestión
y análisis de datos geográficos y aplicaciones para la gestión
ambiental.
37. Estudios de impacto ambiental. Objetivo. Aceptabilidad
del impacto y desarrollo sostenible: criterio de aceptabilidad del
impacto. Metodologías de identificación de impactos: el proyecto
y el entorno afectado.
38. Evaluación del impacto ambiental. Metodologías de
caracterización y valoración de impactos. Prevención del impacto:
medidas protectoras, correctoras y compensatorias.
39. Caracterización de la gestión, la conservación y la
recuperación de ecosistemas acuáticos.
40. Flora y vegetación: evaluación de la biodiversidad,
restauración de ecosistemas y recuperación de especies.
41. El medio ambiente en la Unión Europea. Programas de
acción comunitarios en materia de medio ambiente. El VI Programa
Marco y sus repercusiones en el ámbito universitario.
42. La nueva cultura del territorio en el contexto de la
estrategia territorial europea.
43. Dinámicas territoriales en la Comunidad Valenciana.
Procesos, contextos y políticas.
44. Zonas protegidas de la Comunidad Valenciana:
normativa, gestión y conservación.
45. Los espacios litorales en la Comunidad Valenciana:
enfoques sectoriales versus enfoques integrados.
46. La protección de la naturaleza en la legislación estatal.
El delito ecológico.
47. Intervenciones para la mejora del hábitat:
reintroducciones, repoblaciones, translocaciones. Mejoras del hábitat.
48. Normas ISO 14001-14004 y EMAS II.
49. Control de riesgos inherentes a los accidentes graves en
que intervienen substancias peligrosas. Normativa aplicable.
50. Evaluación del impacto ambiental. Marco legal
comunitario, estatal y autonómico.
51. La Ley de la Generalidad Valenciana, 3/1989, de
actividades calificadas. Proyectos técnicos. Clasificación de expediente.
52. La Ley de la Generalidad Valenciana de ordenación del
territorio.
53. La Ley del suelo no urbanizable.
54. Legislación comunitaria, estatal y autonómica del control
de la contaminación de las aguas.
55. Legislación comunitaria, estatal y autonómica del control
de la contaminación atmosférica. La Ley de protección del
ambiente atmosférico.
56. Residuos urbanos: legislación comunitaria, estatal y
autonómica.
57. La Red de Contaminación Ambiental de la Generalidad
Valenciana.
58. Residuos peligrosos: legislación comunitaria, estatal y
autonómica.
59. Legislación sobre residuos anatómicos y biológicos.
60. Procedimiento de autorización y registro de residuos
peligrosos y no peligrosos. Gestión de residuos sanitarios. Legislación.
ANEXO III
Tribunal calificador
Titular:
Presidente: El rector o persona en quien delegue.
Vocales:
Dos representantes de la Universidad de Valencia designados
por el rector, de igual o superior grupo de titulación.
Un funcionario o funcionaria de igual o superior grupo, elegido
por sorteo entre el PAS de la Universidad de Valencia.
Un funcionario o funcionaria de otra administración pública
de igual o superior grupo, nombrado por el rector a propuesta
de aquella.
Un miembro de la Comisión de PAS del mismo grupo que las
vacantes que se han de cubrir y designado por la misma.
Un miembro de la Junta de Personal, con voz y sin voto.
El más joven de los vocales con voz y voto del tribunal, de
entre los pertenecientes a la comunidad universitaria, actuará
como secretario o secretaria del tribunal.
Todos los miembros del tribunal con voz y voto deberán ser
de igual o superior grupo que la plaza objeto de esta convocatoria.
Igual estructura para el tribunal suplente.
ANEXO IV
Baremo de la fase de concurso
A la fase de concurso nada más podrán acceder el o la aspirante
que haya superado la fase de oposición. Se valorarán los méritos
aportados por el o la aspirante según el baremo que se indica
a continuación y que deberá de poseer el o la aspirante en la
fecha de publicación de esta convocatoria.
Baremo:
Experiencia profesional. Se valorará hasta un máximo de 7,5
puntos la experiencia profesional en cualquier administración
pública en cuerpos o escalas iguales o equivalentes al de las
actividades funcionales de las plazas convocadas, en cualquier y a
través de cualquier tipo de relación jurídica (administrativa o
laboral) a razón de:
0,50 puntos por año de servicios completos en puestos de
trabajo de la Universitat de València.
0,25 puntos por año de servicios completos en puestos de
trabajo de cualquier Universitat Pública.
0,15 puntos por año de servicios completos en puestos de
trabajo de cualquier otra Administración Pública.
ANEXO VI
Medidas de adaptación
Las medidas de adaptación que pueden solicitar las personas
con discapacidad son las siguientes:
1. Eliminación de barreras arquitectónicas y mesa adaptada
a silla de ruedas.
2. Ampliación del tiempo de duración del ejercicio.
3. Aumento de amplitud de los caracteres del examen, por
dificultad de visión.
4. Necesidad de intérprete por causa de sordera.
5. Sistema braille de escritura.
6. Otros. En caso de que la adaptación requerida no figure
entre las previstas, indíquelo en una hoja complementaria.
Axencia Estatal Boletín Oficial do Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid