Contido non dispoñible en galego
En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 222/2004,
de 6 de febrero (Boletín Oficial del Estado del 7), por el que se
aprueba la oferta de empleo público para el año 2004, y con
el fin de atender las necesidades de personal de la Administración
Pública,
Este Ministerio, en uso de las competencias que le están
atribuidas en el artículo 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de
Organización y Funcionamiento de la Administración General del
Estado, previo informe favorable de la Dirección General de la
Función Pública, acuerda convocar proceso selectivo para ingreso
en el Cuerpo de Especialistas Electromecánicos de la Lotería
Nacional, con sujeción a las siguientes
Bases de convocatoria
1. Normas generales
1.1 Se convoca proceso selectivo para cubrir 2 plazas del
Cuerpo de Especialistas Electromecánicos de la Lotería Nacional,
Código A0629 por el sistema general de acceso libre.
1.2 El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de
oposición, con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se
especifican en el Anexo I.
1.3 El programa que ha de regir el proceso selectivo es el
que figura como Anexo II a esta convocatoria.
1.4 El proceso selectivo se desarrollará de acuerdo con el
siguiente calendario:
El primer ejercicio de la fase de oposición se iniciará antes
del mes de julio de 2004. La duración máxima del proceso selectivo
será de cinco meses, contados a partir de la fecha de realización
del primer ejercicio. Desde la total conclusión de un ejercicio o
prueba hasta el comienzo del siguiente deberá transcurrir un plazo
mínimo de setenta y dos horas y máximo de cuarenta y cinco
días.
1.5 Concluido el proceso selectivo, los aspirantes que lo
hubieran superado y que hayan acreditado cumplir los requisitos
exigidos, serán nombrados funcionarios de carrera mediante
resolución de la Secretaría de Estado para la Administración Pública,
que se publicará en el Boletín Oficial del Estado, con indicación
del destino adjudicado.
2. Requisitos de los candidatos
2.1 Para ser admitidos a la realización del proceso selectivo
los aspirantes deberán poseer en el día de finalización del plazo
de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de
la toma de posesión como funcionario de carrera los siguientes
requisitos de participación:
2.1.1 Nacionalidad:
a) Ser español.
b) Ser nacional de alguno de los demás Estados miembros
de la Unión Europea o nacional de algún Estado al que en virtud
de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea
y ratificados por España sea de aplicación la libre circulación de
trabajadores.
También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad,
el cónyuge de los españoles y de los nacionales de alguno de
los demás Estados miembros de la Unión Europea, y cuando así
lo prevea el correspondiente Tratado, el de los nacionales de algún
Estado al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados
por la Unión Europea y ratificados por España sea de aplicación
la libre circulación de trabajadores, siempre que no estén
separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán
participar sus descendientes y los de su cónyuge, menores de
veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.
2.1.2 Edad: Tener dieciocho años de edad y no haber
alcanzado la edad de jubilación.
2.1.3 Titulación: Estar en posesión o en condiciones de
obtener el título de Bachiller, Formación Profesional de segundo grado
o equivalente. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero
se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su
homologación.
2.1.4 Compatibilidad funcional: No padecer enfermedad ni
estar afectado por limitación física o psíquica incompatible con
el desempeño de las correspondientes funciones.
2.1.5 Habilitación: No haber sido separado, mediante
expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las
Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las
funciones públicas.
Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán
acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria
o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función
pública.
3. Solicitudes
3.1 Quienes deseen participar en este proceso selectivo
deberán cumplimentar el modelo oficial de solicitud de admisión a
pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación de
derechos de examen (modelo 790) que se facilitará gratuitamente
en el Ministerio de Hacienda, Subdirección General de Recursos
Humanos, en el Centro de Información Administrativa del
Ministerio de Administraciones Públicas, en la Dirección General de
la Función Pública, en las Delegaciones y Subdelegaciones del
Gobierno, en las representaciones diplomáticas y consulares de
España en el extranjero y en la página de Internet
www.map.es/seap/dgfp/dgfp.htm
La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones
del Anexo IV.
3.2 La presentación de solicitudes se realizará en el Registro
General del Ministerio de Hacienda, C/ Alcalá, n.o 9, de Madrid,
o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo
de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de
la fecha de publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial
del Estado y se dirigirán al Subsecretario del Ministerio de
Hacienda. La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá
la exclusión del aspirante.
3.3 A la solicitud se acompañará:
Una fotocopia compulsada del Documento de Identidad o del
pasaporte.
Los incluidos en el primer párrafo del apartado b) de la
base 2.1.1 que residan en España, además de la fotocopia
compulsada del correspondiente documento de identidad o pasaporte,
una fotocopia compulsada de la tarjeta de residente comunitario
o de familiar de residente comunitario en vigor o, en su caso,
de la tarjeta temporal de residente comunitario o de trabajador
comunitario fronterizo en vigor.
Los incluidos en el segundo párrafo del apartado b) de la
base 2.1.1, además de la fotocopia compulsada del pasaporte,
una fotocopia compulsada del visado y, en su caso, del resguardo
de haber solicitado la correspondiente tarjeta o del resguardo de
haber solicitado la exención de visado y la correspondiente tarjeta.
De no haberse solicitado estos documentos deberán presentar los
documentos expedidos por las autoridades competentes que
acrediten el vínculo de parentesco y una declaración jurada o promesa
del español o del nacional de la Unión Europea o del Estado al
que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores con el
que existe este vínculo, de que no está separado de derecho de
su cónyuge y, en su caso, del hecho de que el aspirante vive
a sus expensas o está a su cargo.
Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios de
Organismos Internacionales deberán acompañar a la solicitud las
certificaciones de homologación o, con carácter excepcional,
presentarlas al órgano de selección con antelación a la celebración
de las correspondientes pruebas.
Los aspirantes con discapacidad con un grado de minusvalía
igual o superior al 33% que soliciten adaptación de tiempo y/o
medios deberán adjuntar Dictamen Técnico Facultativo emitido
por el Órgano Técnico de Valoración que dictaminó el grado de
minusvalía.
3.4 Los errores de hecho, materiales o aritméticos, que
pudieran advertirse en la solicitud podrán subsanarse en cualquier
momento de oficio o a petición del interesado.
4. Admisión de aspirantes
4.1 Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, el
Subsecretario del Ministerio de Hacienda, dictará Resolución, en
el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista de
admitidos y excluidos. En dicha Resolución, que deberá publicarse en
el Boletín Oficial del Estado, se indicarán los lugares en que se
encuentren expuestas al público las listas certificadas completas
de aspirantes admitidos y excluidos, señalándose un plazo de diez
días hábiles para subsanar el defecto que haya motivado la
exclusión u omisión y determinándose el lugar, fecha y hora de comienzo
del primer ejercicio de la oposición.
También se podrá consultar la página web: http//www.minhac.es
4.2 Finalizado dicho plazo, en el caso de que se hubieran
producido modificaciones, éstas se expondrán en los mismos
lugares en que lo fueron las relaciones iniciales.
4.3 No procederá la devolución de los derechos de examen
en los supuestos de exclusión por causa imputable a los aspirantes.
5. Tribunal
5.1 El Tribunal calificador de este proceso selectivo es el que
figura como Anexo III a esta convocatoria.
5.2 El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará
en todo momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común y demás disposiciones
vigentes.
5.3 Los aspirantes podrán recusar a los miembros del
Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo
28 de la ley citada en la base anterior.
5.4 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el
Tribunal tendrá su sede en el Ministerio de Hacienda, Dirección
General de Loterías y Apuestas del Estado, calle Guzmán el Bueno,
n.o 137 de Madrid, teléfono (91) 5962348, dirección de correo
electrónico: ppcirizaUloteriasyapuestas.es
6. Desarrollo del proceso selectivo
6.1 El orden de actuación de los opositores se iniciará
alfabéticamente por el primero de la letra "S", según lo establecido
en la Resolución de la Secretaria de Estado para la Administración
Pública de 29 de enero de 2004 (Boletín Oficial del Estado de
6 de febrero).
6.2 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en
llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no
comparezcan.
6.3 Concluido cada uno de los ejercicios de la oposición, el
Tribunal hará públicas, en el lugar o lugares de su celebración
y en la sede del Tribunal, cuando sea posible, en la pagina web
del Ministerio, la relación de aspirantes que hayan alcanzado el
mínimo establecido para superarlo, con indicación de la
puntuación obtenida.
6.4 Una vez comenzado el proceso selectivo, los anuncios
de celebración de los restantes ejercicios se harán públicos con
doce horas de antelación, al menos, a la señalada para su inicio,
si se trata del mismo ejercicio, o con veinticuatro horas, si se
trata de uno nuevo. Estos anuncios se efectuarán, al menos, en
los locales donde se haya celebrado el anterior y en la sede del
Tribunal señalada en la base 5.4.
6.5 El Tribunal podrá requerir, en cualquier momento del
proceso selectivo, la acreditación de la identidad de los aspirantes.
Asimismo, si tuviera conocimiento de que alguno de los aspirantes
no cumple cualquiera de los requisitos exigidos en la convocatoria,
previa audiencia al interesado, deberá proponer su exclusión a
la autoridad convocante.
7. Superación del proceso selectivo
7.1 Finalizada la fase de oposición, el Tribunal hará pública
la relación de aprobados por orden de puntuación en los locales
en donde se haya celebrado la última prueba.
Dicha relación se elevará a la autoridad convocante, que la
publicará en el Boletín Oficial del Estado, disponiendo los
aspirantes propuestos de un plazo de veinte días naturales, desde
la publicación en el Boletín Oficial del Estado, para la presentación
de la documentación acreditativa de los requisitos exigidos en
la convocatoria.
7.2 La adjudicación de los puestos a los aspirantes que
superen el proceso selectivo se efectuará según la petición de destino
de acuerdo con la puntuación total obtenida.
Los puestos de trabajo que vayan a ser ofrecidos como destino
y que impliquen la participación directa o indirecta en el ejercicio
del poder público y en las funciones que tienen por objeto la
salvaguardia de los intereses generales del Estado, quedarán
reservados a los aspirantes de nacionalidad española.
8. Norma final
Al presente proceso selectivo le serán de aplicación la
Ley 30/1984, de 2 de agosto; el R.D. 364/1995, de 10 de marzo;
el resto de la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en
la presente convocatoria.
Contra la presente convocatoria, podrá interponerse, con
carácter potestativo, recurso de reposición ante el excelentísimo señor
Ministro de Hacienda en el plazo de un mes desde su publicación
o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos
meses desde su publicación, ante el órgano jurisdiccional
competente, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la
Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa, significándose, que en caso de interponer
recurso de reposición, no se podrá interponer recurso
contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o
se haya producido la desestimación presunta del mismo.
Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a
la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto
en la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
Madrid, 6 de abril de 2004.-El Ministro, P.D. (Orden 22-11-00;
BOE de 25-11-00), el Subsecretario, Francisco Uría Fernández.
Ilmos. Sres. Subsecretario del Ministerio de Hacienda, Subdirector
General de Recursos Humanos y Presidente del Tribunal
Calificador de las pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo
de Especialistas Electromecánicos de la Lotería Nacional.
ANEXO I
Descripción del proceso selectivo
1. La oposición estará formada por los siguientes ejercicios,
que tendrán lugar en el Municipio de Madrid:
1.1 Primer ejercicio: Consistirá en contestar por escrito un
cuestionario de 100 preguntas de respuesta múltiple sobre las
materias contenidas en el programa que figura como anexo II a
la presente convocatoria.
Para cada pregunta se propondrán diversas respuestas, siendo
sólo una de ellas la correcta. Los aspirantes marcarán las
contestaciones en las correspondientes hojas de examen.
La duración máxima de esta prueba será de 90 minutos.
1.2 Segundo Ejercicio: Consistirá en contestar por escrito dos
supuestos prácticos de entre cuatro propuestos por el Tribunal,
relacionados con los temas de la Especialidad de Electromecánica
del programa del anexo II de la presente convocatoria.
El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será
de 90 minutos.
2. La calificación de los ejercicios se realizará de la forma
siguiente:
2.1 Primer Ejercicio: En este ejercicio los opositores serán
declarados aptos o no aptos, siendo necesario obtener la
calificación de apto para acceder al segundo ejercicio. Las
contestaciones erróneas podrán ser valoradas negativamente, a juicio
del Tribunal calificador.
2.2 Segundo Ejercicio: Se calificará de 0 a 40 puntos, siendo
necesario obtener un mínimo de 20 puntos para superarlo.
Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios de
Organismos Internacionales estarán exentos de la realización de
aquellas pruebas que la Comisión Permanente de Homologación
considere que tienen por objeto acreditar conocimientos ya exigidos
para el desempeño de sus puestos de origen en el Organismo
Internacional correspondiente.
Se adoptarán las medidas precisas para que los aspirantes con
minusvalía gocen de similares condiciones que el resto de los
aspirantes en la realización de los ejercicios. En este sentido, para
las personas con minusvalía que así lo hagan constar en su
solicitud, se establecerán las adaptaciones posibles en tiempos y
medios para su realización.
ANEXO II
Programa
A) Organización del Estado y de la Administración Pública
1. La Constitución Española de 1978: Estructura y contenido.
Derechos y deberes fundamentales. Su garantía y suspensión. El
Tribunal Constitucional y el Defensor del Pueblo. Reforma de la
Constitución.
2. Las Cortes Generales: Composición, atribuciones y
funcionamiento del Congreso y del Senado.
3. El Gobierno y la Administración. La Administración
General del Estado. El Consejo de Ministros. El Presidente del Gobierno.
Los Ministros. Los Secretarios de Estado. Los Subsecretarios y
demás órganos administrativos.
4. El Procedimiento Administrativo como garantía formal. La
Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
procedimiento administrativo común: contenido y ámbito de
aplicación. La iniciación, ordenación, instrucción, y terminación del
Procedimiento Administrativo.
5. La Entidad Pública Empresarial " Loterías y Apuestas del
Estado". Funciones. Organización. Régimen Patrimonial y
económico. Régimen de Personal.
B) Especialidad: Electromecánica
1. Circuitos de corriente alterna.
2. Motores de corriente continúa.
3. Motores de corriente alterna.
4. Procedimiento de arranque e inversión de giro de los
motores.
5. Relés de protección.
6. Técnicas de iluminación.
7. Técnicas y aparatos de medidas.
8. Instalaciones de baja tensión.
9. Teoría y construcción del transformador. Ensayos y
protecciones.
10. Líneas de distribución y subestaciones.
11 Líneas de distribución particular.
12. Sistemas de iluminación.
13. Luminotecnia. Medidas de intensidades. Magnitudes.
14. Elementos de seguridad y protección.
15. Aparatos de Medida. Precisión y errores de las medidas.
16. Puesta a tierra. Mediciones de resistencias de tierra.
17. Aparatos de maniobra y dispositivos automáticos.
18. Aparatos de protección.
19. Aparatos de mando y señalización de accionamiento
manual y automático.
20. Relés estáticos, contactores.
21. Acometidas. Cálculo y elementos auxiliares.
22. Funcionamiento y características de las baterías.
23. Dibujo técnico industrial.
24. Acotación cortes y secciones.
25. Sistemas de roscas, representaciones, especificaciones y
cálculos.
26. Sistemas de tolerancias y ajustes.
27. Mecanismos, elementos de transmisión. Relación de
transmisión.
28. Muelles, clases, representación y acotación.
29. Clasificación y designación de los materiales.
30. Propiedades y ensayos de los materiales.
31. Resistencia de los materiales.
32. Metalografía.
33. Elementos de unión. Generalidades.
34. Representación gráfica de soldaduras.
35. Soldadura blanda.
36. Soldadura dura.
37. Soldadura por fusión con soplete.
38. Soldadura eléctrica.
39. Soldadura por resistencia.
40. Métodos especiales de soldadura.
41. Imagen Electrónica. La señal del vídeo.
42. Elementos utilizados para la captación de imágenes.
Edición y enlaces: problemática de conectividad y compatibilidad.
43. El sonido y su grabación magnética.
44. Micrófonos. Pantallas acústicas.
45. Leds: ué son?. Funcionamiento, Instalación y
mantenimiento.
ANEXO III
Tribunal Calificador de las pruebas selectivas para ingreso
en el Cuerpo de Especialistas Electromecánicos de la Lotería
Nacional
Titular
Presidente D. Enrique Cuadrado Chico, del Cuerpo Superior
de Inspectores de Hacienda del Estado.
Vocales: D. Angel López Hurtado, del Cuerpo Técnico de
Hacienda. D. Eduardo Oviés Cañas, del Cuerpo de Ingenieros
Técnicos de Arsenales de la Armada. Dña. Elena Barinaga de Diego,
de la Escala Media de Formación Ocupacional.
Secretaria: Dña. María Luisa Sánchez Alberti, del Cuerpo
Técnico de Hacienda.
Suplente
Presidente: D. Pedro Ciriza Ciganda, de la Escala Técnica de
Gestión de OO.AA
Vocales: Dña. Marta Peletier Maura, de la Escala Técnica de
Gestión de OO.AA. D. Francisco Javier Ruíz Albert, del Cuerpo
de Especialistas Electromecánicos de la Lotería Nacional. Dña.
Rosa Rodrigo Cortés, del Cuerpo de Gestión de la Administración
Civil del Estado.
Secretaria: Dña. Mar García Esquinas, de la Escala de Gestión
de Empleo del INEM.
ANEXO IV
Instrucciones para cumplimentar la solicitud
Este apartado se rellenará según lo establecido en la solicitud
de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública
y liquidación de tasas de derechos de examen (modelo 790) y
en las siguientes instrucciones particulares:
En el recuadro 15, "Cuerpo o Escala", se consignará "Cuerpo
de Especialistas Electromecánicos de la Lotería Nacional".
En el recuadro 17, "Forma de acceso", se consignará "L".
En el recuadro 18, "Ministerio/Organo/Entidad convocante",
se consignará "Hacienda"
En el recuadro 19, se consignará la fecha del Boletín Oficial
del Estado en el que haya sido publicada la convocatoria.
En el recuadro 20, "Provincia de examen", se consignará
"Madrid".
En el recuadro 21, "Minusvalía", los aspirantes con
discapacidad podrán indicar el porcentaje de minusvalía que tengan
acreditado, y solicitar, expresándolo en el recuadro 23, las posibles
adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los
ejercicios en que esta adaptación sea necesaria.
En el recuadro 25, apartado A, se consignará "la titulación
obtenida o en condiciones de obtener".
El importe de la tasa por derechos de examen será de 12,76 euros.
El ingreso del importe correspondiente a los derechos de
examen se efectuará, junto con la presentación de la solicitud, en
cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las
que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación
tributaria. En la solicitud deberá constar que se ha realizado el
correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante validación
de la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso, a través
de certificación mecánica, o en su defecto, sello y firma autorizada
de la misma en el espacio reservado a estos efectos.
Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a
través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas
correspondientes. A las mismas se acompañará el comprobante
bancario de haber ingresado los derechos de examen en la cuenta
corriente número 0182-9091-51-0200234503 del Banco Bilbao
Vizcaya Argentaria a nombre de "Tesoro Público. Ministerio de
Hacienda. Derechos de examen". El ingreso podrá efectuarse
directamente en cualquier oficina del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria
mediante transferencia desde cualquier entidad bancaria.
Estarán exentas del pago de esta tasa:
a) Las personas con un grado de minusvalía igual o superior
al 33 %, debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo
de tal condición.
b) Las personas que figurasen como demandantes de empleo
durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de la
convocatoria. Serán requisitos para el disfrute de la exención que,
en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo
adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa
justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión
profesionales y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en
cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional.
La certificación relativa a la condición de demandante de
empleo, con los requisitos señalados, se solicitará en la oficina
de los servicios públicos de empleo. En cuanto a la acreditación
de las rentas se realizará mediante una declaración jurada o
promesa escrita del solicitante. Ambos documentos deberán
acompañarse a la solicitud.
La falta de justificación del abono de los derechos de examen
o de encontrarse exento determinará la exclusión del aspirante.
En ningún caso la presentación y pago en las oficinas a que
se hace referencia supondrá la sustitución del trámite de
presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.
Axencia Estatal Boletín Oficial do Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid