En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 222/2004
de 6 de febrero ("Boletín Oficial del Estado" del 7) por el que
se aprueba la oferta de empleo público para el año 2004, y con
el fin de atender las necesidades de personal de la Administración
Pública,
Este Ministerio, en uso de las competencias que le están
atribuidas en el artículo 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de
Organización y Funcionamiento de la Administración General del
Estado, previo informe favorable de la Dirección General de la
Función Pública, acuerda convocar proceso selectivo para acceso
a la Escala de Titulados Superiores del Instituto Nacional de
Seguridad e Higiene en el Trabajo con sujeción a las siguientes:
Bases de la convocatoria
1. Normas generales
1.1 Se convoca proceso selectivo para cubrir una plaza de
la Escala de Titulados Superiores del Instituto Nacional de
Seguridad e Higiene en el Trabajo, Código A 6305, por el sistema
de promoción interna.
1.2 El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de
concurso-oposición, con las valoraciones, ejercicios y
puntuaciones que se especifican en el Anexo I.
Incluirá la superación de un curso selectivo Para la realización
de este curso selectivo, los aspirantes que hayan superado las
fases de oposición y de concurso serán nombrados funcionarios
en prácticas por la autoridad convocante.
1.3 El programa que ha de regir el proceso selectivo es el
que figura como Anexo II a esta convocatoria.
1.4 El proceso selectivo se desarrollará de acuerdo con el
siguiente calendario:
El primer ejercicio de la fase de oposición se iniciara antes
del mes de julio de 2004. La duración máxima de la fase de
oposición será de cinco meses, contados a partir de la fecha de
realización del primer ejercicio.
1.5 Concluido el proceso selectivo, los aspirantes que lo
hubieran superado y que hayan acreditado cumplir los requisitos
exigidos, serán nombrados funcionarios de carrera mediante
resolución de la Secretaría de Estado para la Administración Pública,
que se publicará en el "Boletín Oficial del Estado", con indicación
del destino adjudicado.
2. Requisitos de los candidatos
2.1 Para ser admitidos a la realización del proceso selectivo
los aspirantes deberán poseer en el día de finalización del plazo
de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de
la toma de posesión como funcionario de carrera los siguientes
requisitos de participación:
2.1.1 Edad: No haber alcanzado la edad de jubilación.
2.1.2 Pertenencia a Cuerpo: Pertenecer como funcionario de
carrera a alguno de los Cuerpos o Escalas del Grupo B, incluidos
en el ámbito de aplicación del artículo 1.1 de la Ley 30/1984,
de 2 de agosto ; o a Cuerpos o Escalas Postales y de
Telecomunicación, adscritos al grupo B y estar además destinados en la
Administración General del Estado.
2.1.3 Antigüedad: Haber prestado servicios efectivos, durante
al menos dos años, como funcionario de carrera en Cuerpos o
Escalas del Grupo B, incluidos en el ámbito de aplicación del
artículo 1.1 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto ; o a Cuerpos
o Escalas Postales y de Telecomunicación, adscritos al grupo B.
2.1.4 Titulación: Estar en posesión o en condiciones de
obtener el título de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o
equivalente. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero
se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su
homologación.
2.1.5 Compatibilidad funcional: No padecer enfermedad ni
estar afectado por limitación física o psíquica incompatible con
el desempeño de las correspondientes funciones.
2.1.6 Habilitación: No haber sido separado, mediante
expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las
Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las
funciones públicas.
3. Solicitudes
3.1 Quienes deseen participar en este proceso selectivo
deberán cumplimentar el modelo oficial de solicitud de admisión a
pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación de
derechos de examen (modelo 790) que se facilitará gratuitamente
en el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, en el Instituto
Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo, en el Centro de
Información Administrativa del Ministerio de Administraciones
Públicas, en la Dirección General de la Función Pública, en las
Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno, en las
representaciones diplomáticas y consulares de España en el extranjero
y en la página de Internet www.map.es/servicios al
ciudadano/empleo publico/procesos selectivos.
La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones
del Anexo IV.
3.2 La presentación de solicitudes se realizará en el Registro
General del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales (Calle
Agustín de Bethencourt, 4, de Madrid), así como en los Servicios
Centrales del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el
Trabajo, (Calle Torrelaguna, 73, de Madrid), en sus Centros
Nacionales y Gabinetes Técnicos Provinciales o en la forma
establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y
del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de veinte
días naturales contados a partir del día siguiente al de la fecha
de publicación de esta convocatoria en el "Boletín Oficial del
Estado" y se dirigirán al Subsecretario del Ministerio de Trabajo
y Asuntos Sociales. La no presentación de la solicitud en tiempo
y forma supondrá la exclusión del aspirante.
3.3 A la solicitud se acompañará:
Una fotocopia compulsada del documento de identidad o del
pasaporte.
Los aspirantes con discapacidad con un grado de minusvalía
igual o superior al 33% que soliciten adaptación de tiempo y/o
medios deberán adjuntar dictamen técnico facultativo emitido por
el Órgano Técnico de Valoración que dictaminó el grado de
minusvalía.
3.4 Los errores de hecho, materiales o aritméticos, que
pudieran advertirse en la solicitud podrán subsanarse en cualquier
momento de oficio o a petición del interesado.
4. Admisión de aspirantes
4.1 Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, el
Subsecretario del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales dictará
Resolución, en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada
la lista de admitidos y excluidos. En dicha Resolución, que deberá
publicarse en el "Boletín Oficial del Estado", se indicarán los
lugares en que se encuentren expuestas al público las listas certificadas
completas de aspirantes admitidos y excluidos, señalándose un
plazo de diez días hábiles para subsanar el defecto que haya
motivado la exclusión u omisión y determinándose el lugar, fecha y
hora de comienzo del primer ejercicio de la oposición.
4.2 Finalizado dicho plazo, en el caso de que se hubieran
producido modificaciones, éstas se expondrán en los mismos
lugares en que lo fueron las relaciones iniciales.
4.3 No procederá la devolución de los derechos de examen
en los supuestos de exclusión por causa imputable a los aspirantes.
5. Tribunal
5.1 El Tribunal calificador de este proceso selectivo es el que
figura como Anexo III a esta convocatoria.
5.2 El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará
en todo momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común y demás disposiciones
vigentes.
5.3 Los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal
cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo 28
de la ley citada en la base anterior.
5.4 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el
Tribunal tendrá su sede en el Instituto Nacional de Seguridad
e Higiene en el Trabajo, calle Torrelaguna n.o 73, 28027
Madrid, teléfono 91.363.41.19, dirección de correo electrónico
secretariainshtUmtas.es
6. Desarrollo del proceso selectivo
6.1 El orden de actuación de los aspirantes en la fase de
oposición se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra "S",
según lo establecido en la Resolución de la Secretaria de Estado
para la Administración Pública de 29 de enero de 2004 (Boletín
Oficial del Estado de 6 de febrero).
6.2 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en
llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no
comparezcan.
6.3 Concluido cada uno de los ejercicios de la oposición, el
Tribunal hará públicas, en el lugar o lugares de su celebración
y en la sede del Tribunal, la relación de aspirantes que hayan
alcanzado el mínimo establecido para superarlo, con indicación
de la puntuación obtenida.
6.4 Una vez comenzado el proceso selectivo, los anuncios
de celebración de los restantes ejercicios se harán públicos con
doce horas de antelación, al menos, a la señalada para su inicio,
si se trata del mismo ejercicio, o con veinticuatro horas, si se
trata de uno nuevo. Estos anuncios se efectuarán, al menos, en
los locales donde se haya celebrado el anterior y en la sede del
Tribunal señalada en la base 5.4.
6.5 Finalizada la fase de oposición, los aspirantes que la
hubieran superado dispondrán de un plazo de veinte días naturales
para presentar en el Registro General del Instituto Nacional de
Seguridad e Higiene en el Trabajo o en la forma establecida en
el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, una certificación expedida por los servicios
de personal de los Ministerios u Organismos donde presten o,
en su caso, hayan prestado sus servicios, según modelo que figura
como Anexo V. La no presentación de la certificación en el plazo
señalado supondrá la no valoración al aspirante de la fase de
concurso.
6.6 El Tribunal calificador publicará en el lugar o lugares
de la celebración de la fase de oposición y en la sede del Tribunal,
la relación que contenga la valoración provisional de méritos de
la fase de concurso, con indicación de la puntuación obtenida
en cada mérito y la total. Los aspirantes dispondrán de un plazo
de diez días hábiles a partir del siguiente al de la publicación
de dicha relación, para efectuar las alegaciones pertinentes.
Finalizado dicho plazo el Tribunal publicará la relación con la
valoración definitiva de la fase de concurso.
6.7 El Tribunal podrá requerir, en cualquier momento del
proceso selectivo, la acreditación de la identidad de los aspirantes.
Asimismo, si tuviera conocimiento de que alguno de los aspirantes
no cumple cualquiera de los requisitos exigidos en la convocatoria,
previa audiencia al interesado, deberá proponer su exclusión a
la autoridad convocante.
7. Superación del proceso selectivo
7.1 Finalizadas las fases de oposición y de concurso, el
Tribunal hará pública la relación de aprobados por orden de
puntuación en la sede del Tribunal y en los locales en donde se haya
celebrado la última prueba.
Dicha relación se elevará a la autoridad convocante, que la
publicará en el "Boletín Oficial del Estado", disponiendo los
aspirantes propuestos de un plazo de veinte días naturales, desde
la publicación en el "Boletín Oficial del Estado", para la
presentación de la documentación acreditativa de los requisitos exigidos
en la convocatoria.
Los aspirantes que no presenten dicha documentación en el
plazo indicado no serán nombrados funcionarios en prácticas para
la realización del curso selectivo.
7.2 No se podrá declarar superado el proceso selectivo a un
número de aspirantes superior al de plazas convocadas.
7.3 La adjudicación de los puestos a los aspirantes que
superen el proceso selectivo se efectuará según la petición de destino
y de acuerdo con la puntuación total obtenida.
Los puestos de trabajo que vayan a ser ofrecidos como destino
y que impliquen la participación directa o indirecta en el ejercicio
del poder público y en las funciones que tienen por objeto la
salvaguardia de los intereses generales del Estado, quedarán
reservados a los aspirantes de nacionalidad española.
8. Norma final
Al presente proceso selectivo le serán de aplicación la Ley
30/1984, de 2 de agosto ; el R.D. 364/1995, de 10 de marzo;
el resto de la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en
la presente convocatoria.
Contra la presente convocatoria, podrá interponerse, con
carácter potestativo, recurso de reposición ante el excelentísimo señor
Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales en el plazo de un mes
desde su publicación o bien recurso contencioso-administrativo,
en el plazo de dos meses desde su publicación, ante el órgano
jurisdiccional competente, de conformidad con lo dispuesto en
la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de
las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose, que en
caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer
recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto
expresamente o se haya producido la desestimación presunta del
mismo.
Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a
la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto
en la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
Madrid, 14 de abril de 2004.-P. D. (Orden de 21 de mayo
de 1996, "Boletín Oficial del Estado" del 27), el Subsecretario,
José Marí Olano.
Ilmos. Sres. Subsecretario del Ministerio de Trabajo y Asuntos
Sociales y Presidente del Tribunal Calificador.
ANEXO I
Descripción del proceso selectivo
El proceso selectivo comprende las siguientes fases:
1. La fase de oposición, que constará de dos ejercicios:
Primer ejercicio:
En el primer ejercicio los aspirantes deberán desarrollar por
escrito un tema, entre dos propuestos por el Tribunal, relacionado
con el contenido del programa que figura como Anexo II de esta
convocatoria. El tiempo máximo para la realización de este
ejercicio será de tres horas.
El ejercicio deberá ser leído por el opositor en sesión pública
ante el Tribunal, que podrá solicitar aclaraciones sobre el
contenido del ejercicio. Este ejercicio será calificado atendiendo a
los conocimientos, claridad, orden de ideas y facilidad de expresión
escrita demostrados por el aspirante.
Se otorgará una calificación máxima de 10 puntos, siendo
necesario obtener un mínimo de cinco puntos para acceder al ejercicio
siguiente.
Segundo ejercicio:
El segundo ejercicio consistirá en un examen oral en el que
habrá que desarrollar dos temas del programa, para lo cual, el
opositor elegirá entre cuatro extraídos al azar.
Los opositores dispondrán de un período de treinta minutos
para la preparación de este ejercicio en una sala en la que
encontrarán la documentación de consulta que el Tribunal estime
oportuno. Dicha documentación será la misma para todos los
opositores.
La exposición oral de los dos temas habrá de realizarse en
cuarenta minutos como máximo y durante la misma podrá
utilizarse el guión que, en su caso, se hubiere realizado.
Finalizada la intervención, el Tribunal podrá dialogar con el
opositor durante un período máximo de quince minutos sobre
aspectos de los temas que hubiera desarrollado.
En este ejercicio se valorará el equilibrio en el desarrollo de
ambos temas, así como el volumen y comprensión de los
conocimientos, la claridad de exposición y la facilidad de expresión
oral.
Se otorgará una calificación máxima de 10 puntos, siendo
necesario obtener un mínimo de cinco puntos para superar el ejercicio.
La puntuación final de la fase de oposición vendrá determinada
por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los
ejercicios.
2. Fase de concurso: Esta fase sólo se aplicará a quienes hayan
superado la fase de oposición, y se valorarán los siguientes méritos:
a) Antigüedad: La antigüedad del funcionario en Cuerpos o
Escalas incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 30/1984,
de 2 de agosto (artículo 1.1), se valorará teniendo en cuenta los
servicios prestados o reconocidos al amparo de la Ley 70/1978,
hasta la fecha de publicación de esta convocatoria, asignándole
a cada año completo una puntuación de 0,10 puntos hasta un
máximo de dos puntos.
b) Grado personal consolidado, según el grado que se tenga
consolidado y formalizado, a través del acuerdo de reconocimiento
de grado por la autoridad competente, el día de publicación de
esta convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado", se otorgará
la siguiente puntuación:
Por poseer el grado 18, 1 punto, y por cada unidad de grado
que exceda de 18, 0,15 puntos hasta un máximo de 2,50 puntos.
c) Trabajo desarrollado: Según el nivel de complemento de
destino correspondiente al puesto de trabajo que se ocupe con
carácter definitivo en la Administración General del Estado el día
de publicación de esta convocatoria, se otorgará la siguiente
puntuación:
Por desempeñar un puesto de nivel 18, 1 punto y por cada
nivel que exceda del 18, 0,05 puntos, hasta un máximo de 1,50
puntos.
La valoración efectuada en este apartado no podrá ser
modificada por futuras reclasificaciones de nivel, con independencia
de los efectos económicos de las mismas.
La calificación final vendrá determinada por la suma de las
puntuaciones obtenidas en las fases de oposición, concurso y curso
selectivo.
3. Fase de curso selectivo:
El curso selectivo será organizado por el I.N.S.H.T. y tendrá
como finalidad el desarrollo de los conocimientos, técnicas y
aptitudes necesarias para el ejercicio de las funciones propias de la
Escala de Titulados Superiores del Instituto Nacional de Seguridad
e Higiene en el Trabajo.
El curso se desarrollará en el I.N.S.H.T. y tendrá una duración
máxima de tres meses, con dedicación de hasta 200 horas lectivas,
incluidas las evaluaciones.
Para ser admitido en las pruebas finales de este curso, los
aspirantes deberán tener justificadas como asistidas un mínimo
del 80% de las horas lectivas del mismo.
El curso finalizará con una prueba eliminatoria de una duración
máxima de cuatro horas, consistente en:
a) Contestar por escrito a 10 preguntas.
b) Desarrollar por escrito uno o varios supuestos prácticos
relacionados con las cuestiones planteadas en el curso.
Tanto las preguntas como los supuestos planteados serán
seleccionados por el Tribunal.
La valoración de esta prueba será global, hasta un máximo
de 20 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 10 puntos
para superar el curso.
El orden definitivo del proceso selectivo vendrá determinado
por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición,
concurso y curso selectivo. En caso de empate, el orden se
establecerá atendiendo a los siguientes criterios:
1.o La mayor puntuación en la fase de oposición.
2.o La mayor puntuación en el primer ejercicio.
3.o La mayor puntuación en el segundo ejercicio.
4.o La mayor puntuación en la fase de concurso.
5.o La mayor puntuación alcanzada en el mérito antigüedad.
Se adoptarán las medidas precisas para que los aspirantes con
discapacidad gocen de similares condiciones que el resto de los
aspirantes en la realización de los ejercicios. En este sentido, para
las personas con discapacidad que así lo hagan constar en su
solicitud, se establecerán las adaptaciones posibles en tiempos
y medios para su realización.
ANEXO II
Programa
Fundamentos de las técnicas de mejora de las condiciones
de trabajo
Tema 1. Condiciones de trabajo y salud.
Tema 2. Riesgos.
Tema 3. Daños derivados del trabajo.
Tema 4. Prevención y protección.
Tema 5. Bases estadísticas aplicadas a la prevención.
Seguridad en el Trabajo
Tema 6. Concepto y definición de Seguridad: Técnicas de
Seguridad.
Tema 7. Accidentes de Trabajo.
Tema 8. Investigación de Accidentes como técnica preventiva.
Tema 9. Análisis y evaluación general del riesgo de accidente.
Tema 10. Normas y señalización en seguridad.
Tema 11. Protección colectiva e individual.
Tema 12. Análisis estadístico de accidentes.
Tema 13. Planes de emergencia y autoprotección.
Tema 14. Análisis, evaluación y control de riesgos específicos:
máquinas ; equipos, instalaciones y herramientas, lugares y
espacios de trabajo, manipulación, almacenamiento y transporte,
electricidad, incendios, productos químicos.
Tema 15. Residuos tóxicos y peligrosos.
Tema 16. Inspecciones de seguridad e investigación de
accidentes.
Tema 17. Medidas preventivas de eliminación y reducción de
riesgos.
Higiene Industrial
Tema 18. Higiene Industrial. Conceptos y objetivos.
Tema 19. Agentes químicos. Toxicología laboral.
Tema 20. Agentes químicos. Evaluación de la exposición.
Tema 21. Agentes químicos. Control de la exposición,
principios generales, acciones sobre el foco contaminante, acciones
sobre el medio de propagación. Ventilación, acciones sobre el
individuo, equipos de protección individual, clasificación.
Tema 22. Normativa legal específica.
Tema 23. Agentes físicos, características, efectos, evaluación
y control, ruido, vibraciones, ambiente térmico, radiaciones no
ionizantes, radiaciones ionizantes.
Tema 24. Agentes biológicos. Efectos, evaluación y control.
Medicina del Trabajo
Tema 25. Conceptos básicos, objetivos y funciones.
Tema 26. Patologías de origen laboral.
Tema 27. Vigilancia de la salud.
Tema 28. Promoción de la salud en la empresa.
Tema 29. Epidemiología laboral e investigación
epidemiológica.
Tema 30. Planificación e información sanitaria.
Tema 31. Socorrismo y primeros auxilios.
Ergonomía y psicosociología aplicada
Tema 32. Ergonomía, conceptos y objetivos.
Tema 33. Condiciones ambientales en Ergonomía.
Tema 34. Concepción y diseño del puesto de trabajo.
Tema 35. Carga física de trabajo.
Tema 36. Carga mental de trabajo.
Tema 37. Factores de naturaleza psicosocial.
Tema 38. Estructura de la organización.
Tema 39. Características de la empresa, del puesto e
individuales.
Tema 40. Estrés y otros problema spsicosociales.
Tema 41. Consecuencias de los factores psicosociales nocivos
y su evaluación.
Tema 42. Intervención psicosocial.
Otras actuaciones en materia de prevención de riesgos laborales
Tema 43. Formación.
Tema 44. Análisis de necesidades formativas.
Tema 45. Planes y programas en Formación.
Tema 46. Técnicas educativas.
Tema 47. Seguimiento y evaluación de la formación.
Tema 48. Técnicas de comunicación, información y
negociación.
Tema 49. La comunicación en prevención, canales y tipos.
Tema 50. Información. Condiciones de eficacia.
Tema 51. Técnicas de negociación.
Gestión de la prevención de riesgos laborales
Tema 52. Aspectos generales sobre administración y gestión
empresarial.
Tema 53. Planificación de la Prevención.
Tema 54. Organización de la Prevención.
Tema 55. Economía de la Prevención.
Tema 56. Aplicación a sectores especiales. Construcción,
industrias extractivas, transporte, pesca y agricultura.
Técnicas afines
Tema 57. Seguridad del producto y sistemas de gestión de
la calidad.
Tema 58. Gestión medioambiental.
Tema 59. Seguridad industrial y prevención de riesgos
patrimoniales.
Tema 60. Seguridad Vial.
Ámbito Jurídico de la Prevención
Tema 61. Nociones de derecho del trabajo.
Tema 62. Sistema español de la seguridad social.
Tema 63. Legislación básica de relaciones laborales.
Tema 64. Normativa sobre prevención de riesgos laborales.
Tema 65. Responsabilidades en materia preventiva.
Tema 66. Organización de la prevención en España.
ANEXO III
Tribunal Calificador
Tribunal titular:
Presidente: Don Manuel Gómez-Cano Hernández, Escala de
Titulados Superiores del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene
en el Trabajo.
Vocales: Don Francisco Alonso Valle, Escala de Titulados
Superiores del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo ;
don César Guedeja Marrón de Onis, Cuerpo Superior de
Inspectores de Trabajo y Seguridad Social ; doña Virginia Castiñeira
Fernández, Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado.
Secretaria: Doña María Victoria Somoza Ramis, Cuerpo
Superior de Inspectores de Trabajo y Seguridad Social.
Tribunal suplente:
Presidente: Doña Cristina Cuenca Sánchez de Castro, Escala
de Titulados Superiores del Instituto Nacional de Seguridad e
Higiene en el Trabajo.
Vocales: Doña Laura Vela Callejo, Cuerpo Superior de
Inspectores de Trabajo y Seguridad Social ; don Rafael Moral Moreno,
Escala de Titulados Superiores de Servicios del INTA ; doña
Adoración Vázquez Hernández, Escala Técnica Superior de
Administración Especial de la Administración Local.
Secretaria: Doña María Luisa de la Hoz Nombela, Escala de
Titulados Superiores del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene
en el Trabajo.
El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de
asesores especialistas para todas o alguna de las pruebas.
ANEXO IV
Instrucciones para cumplimentar la solicitud
Este apartado se rellenará según lo establecido en la solicitud
de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública
y liquidación de tasas de derechos de examen (modelo 790) y
en las siguientes instrucciones particulares.
En el recuadro 15, "Cuerpo o Escala", se consignará "Escala
de Titulados Superiores del I.N.S.H.T. y el Código 6305.
En el recuadro 16, "Especialidad, área o asignatura", no se
consignará "ningún dato".
En el recuadro 17, "Forma de acceso", se consignará la letra P
correspondiente a "promoción interna".
En el recuadro 18, "Ministerio/Órgano/Entidad convocante",
se consignará "Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales".
En el recuadro 19, se consignará la fecha del Boletín Oficial
del Estado en el que haya sido publicada la convocatoria.
En el recuadro 20, "Provincia de examen", se consignará
"Madrid".
En el recuadro 21, "Minusvalía", los aspirantes con
discapacidad podrán indicar el porcentaje de minusvalía que tengan
acreditado, y solicitar, expresándolo en el recuadro 23, las posibles
adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los
ejercicios en que esta adaptación sea necesaria.
En el recuadro 24, "Títulos académicos oficiales", se consignará
"el título poseído por el aspirante, de acuerdo a las exigencias
de la convocatoria".
En el recuadro 25, deberá constar el Cuerpo o escala al que
pertenecen los aspirantes.
El importe de la tasa por derechos de examen será de 12,76
euros.
El ingreso del importe correspondiente a los derechos de
examen se efectuará, junto con la presentación de la solicitud, en
cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las
que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación
tributaria. En la solicitud deberá constar que se ha realizado el
correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante validación
de la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso, a
través de certificación mecánica, o en su defecto, sello y firma
autorizada de la misma en el espacio reservado a estos efectos.
Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a
través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas
correspondientes. A las mismas se acompañará el comprobante
bancario de haber ingresado los derechos de examen en la cuenta
corriente número 1302/9002/26/00236447145 del Banco
Bilbao Vizcaya Argentaria a nombre de "Tesoro Público. Ministerio
de Trabajo y Asuntos Sociales Derechos de examen". El ingreso
podrá efectuarse directamente en cualquier oficina del Banco
Bilbao Vizcaya Argentaria o mediante transferencia desde cualquier
entidad bancaria.
Estarán exentas del pago de esta tasa:
a) Las personas con un grado de minusvalía igual o superior
al 33 %, debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo
de tal condición.
b) Las personas que figurasen como demandantes de empleo
durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de
la convocatoria. Serán requisitos para el disfrute de la exención
que, en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta
de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo
causa justificada, en acciones de promoción, formación o
reconversión profesionales y que, asimismo, carezcan de rentas
superiores, en cómputo mensual, al salario mínimo interprofesional.
La certificación relativa a la condición de demandante de
empleo, con los requisitos señalados, se solicitará en la oficina
de los servicios públicos de empleo. En cuanto a la acreditación
de las rentas se realizará mediante una declaración jurada o
promesa escrita del solicitante. Ambos documentos deberán
acompañarse a la solicitud.
La falta de justificación del abono de los derechos de examen
o de encontrarse exento determinará la exclusión del aspirante.
En ningún caso la presentación y pago en las oficinas a que
se hace referencia supondrá la sustitución del trámite de
presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.
ANEXO V (Ver imagen página 17494)
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