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Documento BOE-A-2004-6351

Orden INT/924/2004, de 26 de marzo, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de Ayudantes Técnicos Sanitarios de Instituciones Penitenciarias.

Publicado en:
«BOE» núm. 86, de 9 de abril de 2004, páginas 14815 a 14819 (5 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio del Interior
Referencia:
BOE-A-2004-6351

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 222/2004, de 6 de febrero («Boletín Oficial del Estado del 7», por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2004, y con el fin de atender las necesidades de personal de la Administración Pública,

Este Ministerio, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública, acuerda convocar proceso selectivo para ingreso en el Cuerpo de Ayudantes Técnicos Sanitarios de Instituciones Penitenciarias, con sujeción a las siguientes:

Bases de convocatoria

1. Normas generales

1.1 Se convoca proceso selectivo para cubrir 37 plazas del Cuerpo de Ayudantes Técnicos Sanitarios de Instituciones Penitenciarias, Código 0911, por el sistema general de acceso libre.

Del total de estas plazas se reservarán dos para quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad con un grado de minusvalía igual o superior al 33 %.

Una vez cubiertas las plazas del cupo de reserva para personas con discapacidad, los aspirantes con discapacidad que hayan superado el proceso selectivo sin obtener plaza por dicho cupo, podrán optar, en igualdad de condiciones, a las de acceso general.

Las plazas no cubiertas en el cupo de reserva para personas con discapacidad se acumularán a las de acceso general.

1.2 El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de oposición, con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se especifican en el anexo I.

Incluirá la superación de un período de prácticas. Para la realización de este período de prácticas, los aspirantes que hayan superado la fase de oposición serán nombrados funcionarios en prácticas por la autoridad convocante.

1.3 El programa que ha de regir el proceso selectivo es el que figura como anexo II a esta convocatoria.

1.4 El proceso selectivo se desarrollará de acuerdo con el siguiente calendario:

El primer ejercicio de la fase de oposición se realizará en la segunda quincena de junio del presente año. La duración máxima de la fase de oposición será de 4 meses, contados a partir de la fecha de realización del primer ejercicio.

1.5 Concluido el proceso selectivo, los aspirantes que lo hubieran superado y que hayan acreditado cumplir los requisitos exigidos, serán nombrados funcionarios de carrera mediante resolución de la Secretaría de Estado para la Administración Pública, que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», con indicación del destino adjudicado.

2. Requisitos de los candidatos

2.1 Para ser admitidos a la realización del proceso selectivo los aspirantes deberán poseer en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de la toma de posesión como funcionario de carrera los siguientes requisitos de participación:

2.1.1 Nacionalidad:

a) Ser español.

b) Ser nacional de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea o nacional de algún Estado al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.

También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y de los nacionales de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea, y cuando así lo prevea el correspondiente Tratado, el de los nacionales de algún Estado al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar sus descendientes y los de su cónyuge, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

2.1.2 Edad: Tener dieciocho años de edad y no haber alcanzado la edad de jubilación.

2.1.3 Titulación: Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Diplomado Universitario en Enfermería o equivalente. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación.

2.1.4 Compatibilidad funcional: No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.

2.1.5 Habilitación: No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones públicas.

Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

2.2 Los aspirantes que se presenten por el cupo de reserva para personas con discapacidad habrán de tener reconocida la condición legal de persona con discapacidad con un grado de minusvalía igual o superior al 33 %.

3. Solicitudes

3.1 Quienes deseen participar en este proceso selectivo deberán cumplimentar el modelo oficial de solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación de derechos de examen (modelo 790) que se facilitará gratuitamente en la Dirección General de Instituciones Penitenciarias del Ministerio del Interior, en el Centro de Información Administrativa del Ministerio de Administraciones Públicas, en la Dirección General de la Función Pública, en las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno, en las representaciones diplomáticas y consulares de España en el extranjero y en la página de Internet www.map.es/servicios al ciudadano/empleo publico/procesos selectivos.

La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones del anexo IV.

3.2 La presentación de solicitudes se realizará en el Registro General de la Dirección General de Instituciones Penitenciarias, Calle Alcalá 38-40, Madrid, del Ministerio del Interior, o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» y se dirigirán al Director General de Instituciones Penitenciarias. La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.

3.3 A la solicitud se acompañará:

Una fotocopia compulsada del Documento de Identidad o del pasaporte.

Los incluidos en el primer párrafo del apartado b) de la base 2.1.1 que residan en España, además de la fotocopia compulsada del correspondiente documento de identidad o pasaporte, una fotocopia compulsada de la tarjeta de residente comunitario o de familiar de residente comunitario en vigor o, en su caso, de la tarjeta temporal de residente comunitario o de trabajador comunitario fronterizo en vigor.

Los incluidos en el segundo párrafo del apartado b) de la base 2.1.1, además de la fotocopia compulsada del pasaporte, una fotocopia compulsada del visado y, en su caso, del resguardo de haber solicitado la correspondiente tarjeta o del resguardo de haber solicitado la exención de visado y la correspondiente tarjeta. De no haberse solicitado estos documentos deberán presentar los documentos expedidos por las autoridades competentes que acrediten el vínculo de parentesco y una declaración jurada o promesa del español o del nacional de la Unión Europea o del Estado al que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores con el que existe este vínculo, de que no está separado de derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho de que el aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.

Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios de Organismos Internacionales deberán acompañar a la solicitud las certificaciones de homologación o, con carácter excepcional, presentarlas al órgano de selección con antelación a la celebración de las correspondientes pruebas.

Los aspirantes con discapacidad con un grado de minusvalía igual o superior al 33 % que soliciten adaptación de tiempo y/o medios deberán adjuntar Dictamen Técnico Facultativo emitido por el Órgano Técnico de Valoración que dictaminó el grado de minusvalía.

3.4 Los errores de hecho, materiales o aritméticos, que pudieran advertirse en la solicitud podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, el Director General de Instituciones Penitenciarias dictará orden, en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos. En dicha orden, que deberá publicarse en el «Boletín Oficial del Estado», se indicarán los lugares en que se encuentren expuestas al público las listas certificadas completas de aspirantes admitidos y excluidos, señalándose un plazo de diez días hábiles para subsanar el defecto que haya motivado la exclusión u omisión y determinándose el lugar, fecha y hora de comienzo del primer ejercicio de la oposición.

4.2 Finalizado dicho plazo, en el caso de que se hubieran producido modificaciones, éstas se expondrán en los mismos lugares en que lo fueron las relaciones iniciales.

4.3 No procederá la devolución de los derechos de examen en los supuestos de exclusión por causa imputable a los aspirantes.

5. Tribunal

5.1 El Tribunal calificador de este proceso selectivo es el que figura como anexo III a esta convocatoria.

5.2 El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y demás disposiciones vigentes.

5.3 Los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo 28 de la ley citada en la base anterior.

5.4 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el Ministerio del Interior, en la Subdirección General de Personal de la Dirección General de Instituciones Penitenciarias, calle Alcalá, n.º 38-40, planta segunda 28014 Madrid, teléfono (91) 3354812, dirección de correo electrónico SGPIP SSCUdgip.mir.es.

6. Desarrollo del proceso selectivo

6.1 El orden de actuación de los opositores se iniciará alfabéticamente, por el primero de la letra S, según lo establecido en la Resolución de la Secretaria de Estado para la Administración Pública de 20 de enero de 2004 (Boletín Oficial del Estado de 6 de febrero).

6.2 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan.

6.3 Concluido cada uno de los ejercicios de la oposición, el Tribunal hará públicas, en el lugar o lugares de su celebración y en la sede del Tribunal, la relación de aspirantes que hayan alcanzado el mínimo establecido para superarlo, con indicación de la puntuación obtenida.

6.4 Una vez comenzado el proceso selectivo, los anuncios de celebración de los restantes ejercicios se harán públicos con doce horas de antelación, al menos, a la señalada para su inicio, si se trata del mismo ejercicio, o con veinticuatro horas, si se trata de uno nuevo. Estos anuncios se efectuarán, al menos, en los locales donde se haya celebrado el anterior y en la sede del Tribunal señalada en la base 5.4.

6.5 El Tribunal podrá requerir, en cualquier momento del proceso selectivo, la acreditación de la identidad de los aspirantes. Asimismo, si tuviera conocimiento de que alguno de los aspirantes no cumple cualquiera de los requisitos exigidos en la convocatoria, previa audiencia al interesado, deberá proponer su exclusión a la autoridad convocante.

7. Superación del proceso selectivo

7.1 Finalizada la fase de oposición, el Tribunal hará pública la relación de aprobados por orden de puntuación en los locales en donde se haya celebrado la última prueba y en la sede de los mismos.

Dicha relación se elevará a la autoridad convocante, que la publicará en el «Boletín Oficial del Estado», disponiendo los aspirantes propuestos de un plazo de veinte días naturales, desde la publicación en el «Boletín Oficial del Estado», para la presentación de la documentación acreditativa de los requisitos exigidos en la convocatoria.

Los aspirantes que no presenten dicha documentación en el plazo indicado no serán nombrados funcionarios en prácticas para la realización del período de prácticas.

7.2 No se podrá declarar superado el proceso selectivo a un número de aspirantes superior al de plazas convocadas.

7.3 La adjudicación de los puestos a los aspirantes que superen el proceso selectivo se efectuará según la petición de destino de acuerdo con la puntuación total obtenida.

Los puestos de trabajo que vayan a ser ofrecidos como destino y que impliquen la participación directa o indirecta en el ejercicio del poder público y en las funciones que tienen por objeto la salvaguardia de los intereses generales del Estado, quedarán reservados a los aspirantes de nacionalidad española.

8. Norma final

Al presente proceso selectivo le serán de aplicación la Ley 30/1984, de 2 de agosto; el R.D. 364/1995, de 10 de marzo; el resto de la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en la presente convocatoria.

Contra la presente convocatoria, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Director General de Instituciones Penitenciarias, en el plazo de un mes desde su publicación o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante el órgano jurisdiccional competente, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose, que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Madrid, 26 de marzo de 2004.‒P.D. (Orden INT/2992/2002, de 21 de noviembre, Boletín Oficial del Estado del 28 de noviembre), el Director general de Instituciones Penitenciarias, Ángel Yuste Castillejo.

Sr. Presidente del Tribunal Calificador.

ANEXO I
Descripción del proceso selectivo

El proceso selectivo constará de:

A) Oposición.

B) Período de Prácticas.

A) Oposición.

La oposición constará de tres ejercicios, todos ellos eliminatorios.

Primer ejercicio:

Consistirá en contestar por escrito a un cuestionario objetivo de 100 preguntas que versará sobre el contenido completo del programa que se contiene en el anexo II. La duración máxima de este ejercicio será de ochenta minutos.

Este ejercicio se calificará con una puntuación máxima de diez puntos, siendo necesario obtener un mínimo de cinco puntos para superarlo.

Segundo ejercicio:

Consistirá en desarrollar por escrito, tres temas sacados a la suerte correspondientes uno de ellos a la primera parte del programa que se contiene en el anexo II y los dos restantes a la segunda parte de dicho programa, disponiendo para su realización de un tiempo máximo de tres horas.

Concluida la prueba o llegada su finalización, los opositores firmarán el ejercicio realizado y lo introducirán en sobres que serán cerrados y firmados por los interesados y por un miembro del Tribunal calificador. El ejercicio será leído en sesión pública ante el Tribunal en la fecha que éste señale.

Cuando a juicio del Tribunal sea notorio o evidente la insuficiencia o falta de adecuación a los temas preguntados, éste podrá invitar al opositor a que dé por finalizada la lectura de los mismos.

Este ejercicio se calificará con una puntuación máxima de veinte puntos, siendo necesario obtener un mínimo de diez puntos para superarlo.

Tercer ejercicio:

De carácter práctico. Consistirá en resolver durante un tiempo máximo de noventa minutos tres supuestos prácticos de los cuatro propuestos por el Tribunal, sobre las competencias atribuidas al Ayudante Técnico Sanitario de Instituciones Penitenciarias.

Concluido el ejercicio o llegada la hora de su finalización, cada opositor lo firmará e introducirá en un sobre que será cerrado y firmado por el interesado y por un miembro del Tribunal calificador. El ejercicio será leído en sesión pública y en la fecha que se señale ante el Tribunal, pudiendo éste debatir con el aspirante el contenido del ejercicio.

Este ejercicio se calificará con una puntuación máxima de diez puntos, siendo necesario obtener un mínimo de cinco puntos para superarlo.

En caso de empate, el orden de prelación se establecerá atendiendo a los siguientes criterios:

1. La mayor puntuación obtenida por los aspirantes en el segundo ejercicio.

2. La mayor puntuación obtenida en el tercer ejercicio.

3. La mayor puntuación obtenida en el primer ejercicio.

4. Si aplicados estos tres criterios, continuara el empate, el Tribunal Calificador adoptará las medidas oportunas, que se harán públicas en su momento, para dirimirlos.

La calificación final de la oposición vendrá determinada por la suma total de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios.

Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios de Organismos Internacionales estarán exentos de la realización de aquellos ejercicios que la Comisión Permanente de Homologación considere que tienen por objeto acreditar conocimientos ya exigidos para el desempeño de sus puestos de origen en el Organismo Internacional correspondiente.

Se adoptarán las medidas precisas para que los aspirantes con discapacidad gocen de similares condiciones que el resto de los aspirantes en la realización de los ejercicios. En este sentido, para las personas con discapacidad que así lo hagan constar en su solicitud, se establecerán las adaptaciones posibles en tiempos y medios para su realización.

B) Período de prácticas.

El período de prácticas constará de las dos fases siguientes:

1.ª Fase: Formativa: Consistirá en un curso formativo sobre las materias propias de las funciones asignadas a los funcionarios del Cuerpo de Ayudantes Técnicos Sanitarios de Instituciones Penitenciarias.

2.ª Fase: Realización de prácticas en los distintos Centros Penitenciarios.

El Período de Prácticas, que tendrá una duración inferior a seis meses, se regulará por Resolución de la Dirección General de Instituciones Penitenciarias que concretara la duración de cada una de las fases. En dicha Resolución se fijará el órgano encargado de realizar la evaluación, el programa y las materias objeto de evaluación, así como los Centros Penitenciarios en los que los aspirantes realizarán las prácticas.

Cada una de las dos fases del período de prácticas será objeto de valoración independiente.

Fase formativa: Será calificada de «Apto» o «No apto», siendo necesario obtener la calificación de «Apto» para poder pasar a la fase de prácticas en los Centros Penitenciarios.

Para obtener la calificación de «Apto», será requisito imprescindible que el alumno haya realizado al menos el 80 por 100 de las jornadas lectivas de que consta esta primera fase.

Fase de prácticas en Centros Penitenciarios: Esta segunda fase del período de prácticas será calificada de «Apto» o «No apto», siendo necesario obtener la calificación de «Apto» para superarla, y para superar el período de prácticas completo.

Una vez superada la segunda fase, los aspirantes permanecerán en los Centros Penitenciarios desempeñando todas las funciones inherentes al Cuerpo de Ayudantes Técnicos Sanitarios de Instituciones Penitenciarias hasta la publicación de su nombramiento como funcionarios de carrera en el Boletín Oficial del Estado.

Los Centros Penitenciarios elevarán propuesta de calificación a la autoridad convocante para su aprobación.

ANEXO II
Programa

Primera parte

Apartado a) Derecho Constitucional y Función Pública

1. La Constitución Española de 1978: Características, estructura y reforma. Los principios constitucionales, los Derechos Fundamentales y las Libertades Públicas en España.

2. La Corona, atribuciones según la Constitución Española. Las Cortes Generales: Composición y funciones. El Gobierno y la Constitución Española.

3. Órganos constitucionales. El Defensor del pueblo: Nombramiento y estátus. Competencias de esta institución. El Poder Judicial: Actuaciones Judiciales. El Consejo General del Poder Judicial.

4. La Administración pública: Principios constitucionales informadores. La Administración del Estado: Organos Centrales. Organos Territoriales. La Dirección General de Instituciones Penitenciarias: organización y competencias. El Organismo Autónomo de Trabajo y Prestaciones Penitenciarias: Estructura y competencias.

5. El Reglamento de Situaciones Administrativas de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 365/95, de 10 de marzo.

6. El Reglamento General de Ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado. Promoción profesional de los Funcionarios de la Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/95, de 10 de marzo.

7. Derechos y deberes de los funcionarios públicos. Régimen retributivo. Incompatibilidades.

8. Régimen disciplinario, faltas y sanciones. Procedimiento sancionador.

9. La seguridad social de los funcionarios públicos. Derechos pasivos. Mutualismo administrativo.

10. Ley 6/1996, de 15 de enero, del Voluntariado. Objeto. Ambito de aplicación. Concepto de voluntariado: Derechos y deberes. Relaciones entre los voluntarios y las organizaciones en las que se integran. Medidas de fomento del voluntariado.

Apartado b) Derecho penitenciario

11. La regulación supranacional en materia penitenciaria: Convenios, Tratados, Pactos. Declaraciones y Recomendaciones. Especial referencia a los acuerdos sobre traslados de personas condenadas. Organismos de vigilancia y control. Especial consideración de la labor de las Naciones Unidas y del Consejo de Europa.

12. La pena. Concepto y fines. Clases de penas y efectos. Especial referencia a las Penas privativas de libertad. Las medidas de seguridad.

13. El Derecho Penitenciario: Concepto, contenido y fuentes. La normativa penitenciaria vigente. Las líneas generales de la ejecución de las penas en nuestro ordenamiento fijadas por el artículo 25.2 de la Constitución.

14. La Relación Jurídico-Penitenciaria: Naturaleza y fundamento. Derechos de los internos: Clases y límites, sistema de protección y régimen de garantías. Deberes de los internos.

15. Prestaciones de la Administración Penitenciaria: Asistencia sanitaria. Higiene y alimentación. La Asistencia religiosa. La Acción Social Penitenciaria.

16. El Régimen Penitenciario: Concepto y principios inspiradores. Normas generales en la organización de un Centro Penitenciario: El ingreso. Las relaciones con el exterior, comunicaciones y visitas. La participación de los internos en la actividad. La información, quejas y recursos.

17. El Régimen en los Establecimientos Penitenciarios: Clasificación de los distintos tipos de establecimientos y sus características. Los Centros de régimen Ordinario: principios generales y características. Régimen de preventivos.

18. El Régimen Cerrado. El Régimen Abierto. Unidades Psiquiátricas Penitenciarias.

19. Libertad y excarcelación de los internos. La Libertad Condicional. Beneficios Penitenciarios.

20. El Régimen Disciplinario: Principios generales y ámbito de aplicación. Clasificación de las faltas y sanciones. Procedimiento sancionador. Prescripción y cancelación. Las recompensas.

21. El Tratamiento Penitenciario: Concepto, fines y principios inspiradores. La observación del interno. La clasificación en grados. Los permisos de salida.

22. El control de la actividad penitenciaria por el Juez de Vigilancia: Normativa vigente. Funciones. El Ministerio Fiscal.

23. El modelo organizativo penitenciario: Estructura y Régimen jurídico. Organos Colegiados: Composición y Funciones.

24. Órganos unipersonales: Director, Subdirectores, Administrador, Jefes de Servicio: Atribuciones y horarios. Los distintos Cuerpos de Instituciones Penitenciarias. El Cuerpo de Ayudantes Técnicos Sanitarios de Instituciones Penitenciarias: funciones.

Segunda parte

1. Conceptos de salud y enfermedad. Salud Pública. Los objetivos Europeos de Salud. Concepto de atención primaria de salud. El equipo de atención primaria. Influencia sociocultural en los cuidados de salud. La consulta de enfermería: a demanda, programada y de seguimiento.

2. Metodología en enfermería. Modelos de enfermería. El proceso de atención de enfermería. Diagnósticos de enfermería.

3. Programas de salud en atención primaria. Repercusión social y sanitaria. Factores de riesgo. Problemas de salud más frecuentes en el medio penitenciario.

4. Epidemiología. Concepto y fines. Indicadores de morbi-mortalidad. Vigilancia epidemiológica. Red Nacional de Vigilancia epidemiológica. Circuitos de modificación de vigilancia epidemiológica.

5. Garantía y mejora de la calidad en la asistencia sanitaria en atención primaria. Sistemas de evaluación. Calidad de los cuidados enfermeros.

6. Documentación y sistemas de información. Diagnósticos de salud. Indicadores de actividad.

7. Registros de actividad de enfermería. Guías de uso y manejo de los registros de enfermería e historia clínica. Responsabilidad civil derivada.

8. Saneamiento medioambiental. Factores ambientales que pueden influir sobre la salud: aguas, residuos sólidos, actividades insalubres. Medidas de prevención y seguimiento.

9. Métodos de limpieza rutinaria de suelos y fómites. Técnicas de desinsectación y desratización.

10. Desinfección. Esterilización. Conceptos generales. Medios, métodos y técnicas a emplear. Lavado de manos. Sistemas de control y seguimiento.

11. Nutrición: Necesidades nutricionales. Evaluación del estado nutricional. Recomendaciones dietéticas en determinadas patologías crónicas.

12. Higiene alimentaria. Control y manipulación de los alimentos. Toxiinfecciones alimentarias. Epidemiología. Medidas de prevención y control.

13. Técnicas de obtención, manipulación y transporte de muestras biológicas para su estudio. Precauciones para el manejo de fluidos corporales. Criterios de calidad de la seguridad biológica.

14. Técnicas de enfermería: sondajes nasogastrico y vesical. Complicaciones más frecuentes. Tipos de sondas. Educación sanitaria.

15. Implantación de catéteres intravasculares. Indicaciones y contraindicaciones. Complicaciones más frecuentes: flebitis, extravasaciones. Actuación de enfermería.

16. Los medicamentos: Clasificación, almacenamiento y conservación.

17. Administración de medicamentos. Vías de administración. Interacciones medicamentosas. Errores de administración. Técnicas de adherencia a tratamientos crónicos y/o de larga duración.

18. Inmunización activa y pasiva. Indicaciones y contraindicaciones. Técnicas de aplicación. Calendario vacunal. Profilaxis del tétanos.

19. Hipertensión arterial. Factores de riesgo cardiovascular. Prioridad en la prevención. Control y seguimiento de enfermería en atención primaria. Educación para la salud.

20. Enfermedades respiratorias crónicas. Factores de riesgo. Atención de enfermería. Medidas higienico-dietéticas, medidas para mejorar la capacidad pulmonar.

21. Obesidad. Factores de riesgo. Control y seguimiento de enfermería en atención primaria. Complicaciones. Medidas preventivas. Educación dietética y ejercicio físico.

22. Epidemiología de las enfermedades transmisibles. Cadena epidemiológica. Medidas de prevención y control.

23. Precauciones ante enfermedades infecciosas: universales, específicas, estrictas. Recomendaciones para la prevención y control de la infección en el personal sanitario.

24. Enfermedades de transmisión sexual. Epidemiología. Medidas de prevención y control.

25. Tuberculosis. Epidemiología. Control y seguimiento. Medidas de prevención. Test de la tuberculina. Recomendaciones específicas. Atención de enfermería.

26. Hepatitis víricas. Epidemiología. Medidas de prevención y control.

27. La infección por el virus de la Inmunodeficiencia Humana. Epidemiología. Medidas de prevención y control. Técnicas de asesoramiento o counselling.

28. Diabetes Mellitus. Atención de enfermería. Complicaciones. Insulinoterapia. Consejo dietético. Prevención y tratamiento del pie diabético.

29. Hiperlipemias. Complicaciones. Atención de enfermería. Consejo dietético.

30. Embarazo y puerperio. Control y seguimiento en atención primaria.

31. Planificación familiar. Interrupción voluntaria del embarazo. Diagnóstico precoz del cáncer ginecológico.

32. Programa del niño sano. Lactante, preescolar. Control y seguimiento de enfermería en atención primaria. Educación para la salud.

33. Parada cardiorrespiratoria. Tratamiento de urgencia. Actuación de enfermería.

34. Coma. Tratamiento de urgencia. Actuación de enfermería.

35. Shock. Tratamiento de urgencia. Actuación de enfermería.

36. Heridas y autolesiones. Tratamiento de urgencias. Actuación de enfermería ante las heridas de tórax y abdomen.

37. Fracturas, luxaciones, esguinces. Traumatismos: craneoencefálicos, oftalmológicos. Tratamiento de urgencias. Actuación de enfermería.

38. Hemorragias. Etiología. Tratamiento de urgencias. Actuación de enfermería en las hemorragias externas.

39. Quemaduras, lesiones producidas por electricidad. Etiología. Tratamiento de urgencias.

40. Intoxicaciones no alimentarias más frecuentes. Tratamiento de urgencias. Actuación de enfermería.

41. Abordaje en situaciones de crisis con pacientes psiquiátricos. Actuación de enfermería.

42. Drogodependencias. Consecuencias sociales y sanitarias derivadas del consumo de drogas. Trastornos mentales y del comportamiento por consumo de substancias.

43. Programas de desintoxicación, deshabituación y reducción del daño, en pacientes drogodependientes.

44. Cuidados paliativos. Principios básicos. El dolor: fisiología, evaluación y tratamiento.

45. Cuidados del paciente encamado. Úlceras por presión. Actuación de enfermería.

46. Educación para la salud. Principios básicos. Educación individual, grupal. Grupos de iguales. Métodos de evaluación.

47. Salud Mental en atención primaria. Factores de riesgo. Prioridad en la prevención. Control y seguimiento de enfermería en atención primaria. Educación para la salud.

48. Trastornos adaptativos y de la personalidad. Tratamiento. Control y seguimiento de enfermería.

49. Trastornos del sueño. Tratamiento. Control y seguimiento.

50. Esquizofrenia y otros trastornos psicóticos. Tratamiento. Control y seguimiento.

51. Trastornos del estado de ánimo. Depresión. Tratamiento. Control y seguimiento.

52. Trastornos mentales orgánicos. Demencia: Alzheimer. Parkinson. Tratamiento. Cuidados de enfermería. Control y seguimiento.

53. Suicidio. Intervención en crisis. Medidas de prevención y control.

54. Ética de los cuidados enfermeros. Principios. El consentimiento informado. Eutanasia.

ANEXO III
Tribunal Cuerpo Ayudantes Técnicos Sanitarios de II.PP

Titular:

Presidente: Dña. Isabel Avendaño Merín. Cuerpo de ATS del INSALUD.

Vocales:

Don Rafael Ledesma Caballero. Cuerpo de ATS de II.PP.

Dña. Asunción Uña Juarez. Cuerpo de ATS del INSALUD.

Dña. Olga Muñoz Castejón. Cuerpo Facultativo de Sanidad Penitenciaria.

Secretario: Don Mariano Illescas Poves. Cuerpo Especial de Instituciones Penitenciarias.

Suplente:

Presidente: Dña. M.ª Josefa Esteban Manzano. Cuerpo de ATS de II.PP.

Vocales:

Dña. M.ª Cruz Pacho Pacho. Cuerpo de ATS de lI.PP.

Don Juan José Menéndez Rivera. Escala de Enfermeros Subinspectores C.Inspección Sanitaria de la Admon, de la Seguridad Social.

Dña. Pilar Gómez Pintado. Cuerpo Facultativo de Sanidad Penitenciaria.

Secretario: Don Julio Gómez Suárez. Cuerpo Especial de Instituciones Penitenciarias.

El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para todas o algunas de las pruebas.

ANEXO IV
Instrucciones para cumplimentar la solicitud

Este apartado se rellenará según lo establecido en la solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación de tasas de derechos de examen (modelo 790) y en las siguientes instrucciones particulares.

En la tramitación de sus solicitudes, los aspirantes tendrán en cuenta que constan de tres ejemplares: Ejemplar para la Administración, ejemplar para el interesado y ejemplar para la entidad colaboradora. El ejemplar para la Administración, debidamente cumplimentado se dirigirá al Director General de Instituciones Penitenciarias y se le adjuntará cosida una fotocopia del documento nacional de identidad.

En el encabezamiento de la solicitud, en el recuadro correspondiente a Ministerio, los aspirantes consignarán «Interior».

En el recuadro relativo a centro gestor, se hará constar «Dirección General de Instituciones Penitenciarias».

En el recuadro relativo a la tasa de derechos de examen, en el recuadro destinado a código, se hará constar 001.

En el recuadro 15, «Cuerpo o Escala», se consignará «Cuerpo de Ayudantes Técnicos Sanitarios de Instituciones Penitenciarias» En el recuadro 17, «Forma de acceso», se consignará la letra «L». Sistema general de acceso libre.

En el recuadro 18, «Ministerio/Organo/Entidad convocante», se consignará « Dirección General de Instituciones Penitenciarias. Ministerio del Interior».

En el recuadro 19, se consignará la fecha del Boletín Oficial del Estado en el que haya sido publicada la convocatoria.

En el recuadro 20, «Provincia de examen», se consignará «Madrid».

En el recuadro 21, «Minusvalía», los aspirantes con discapacidad podrán indicar el porcentaje de minusvalía que tengan acreditado, y solicitar, expresándolo en el recuadro 23, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria.

Los aspirantes con un grado de minusvalía igual o superior al 33 % que deseen participar en el proceso selectivo por el cupo de reserva para personas con discapacidad, deberán indicarlo en el recuadro 22.

En el recuadro 24, «Títulos académicos oficiales», se consignará la titulación que se posee para participar en estas pruebas, en virtud de lo señalado en la base 2.1.3 de esta convocatoria.

El importe de la tasa por derechos de examen será de 19,14 A. El ingreso del importe correspondiente a los derechos de examen se efectuará, junto con la presentación de la solicitud, en cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación tributaria. En la solicitud deberá constar que se ha realizado el correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante validación de la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso, a través de certificación mecánica, o en su defecto, sello y firma autorizada de la misma en el espacio reservado a estos efectos.

Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes. A las mismas se acompañará el comprobante bancario de haber ingresado los derechos de examen en la cuenta corriente número 1302/0100/0000/23556557, abierta en el Grupo Argentaria, Banco Bilbao Vizcaya, a nombre de «Tesoro Público. Ministerio del Interior. Derechos de examen». El ingreso podrá efectuarse directamente en cualquier oficina del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, mediante transferencia desde cualquier entidad bancaria.

Estarán exentos del pago de esta tasa:

Las personas con un grado de minusvalía igual o superior al 33 %, debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición.

Las personas que figurasen como demandantes de empleo durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de la convocatoria. Serán requisitos para el disfrute de la exención que, en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional.

La certificación relativa a la condición de demandante de empleo, con los requisitos señalados, se solicitará en la oficina de los servicios públicos de empleo. En cuanto a la acreditación de las rentas se realizará mediante una declaración jurada o promesa escrita del solicitante. Ambos documentos deberán acompañarse a la solicitud.

La falta de justificación del abono de los derechos de examen o de encontrarse exento determinará la exclusión del aspirante. En ningún caso la presentación y pago en las oficinas a que se hace referencia supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma de la solicitud.

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