En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto Real Decreto 222/2004, de 6 de febrero, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2004, y con el fin de atender las necesidades de personal de la Administración Pública,
Este Ministerio, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública, acuerda convocar proceso selectivo para ingreso en La Escala de Analistas de Laboratorio del IRA con sujeción a las siguientes
Bases de convocatoria
1. Normas generales
1.1 Se convoca proceso selectivo para cubrir dos plazas de la Escala de Analistas de Laboratorio del IRA, «Código 5040», por el sistema general de acceso libre.
1.2 El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de oposición, con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se especifican en el anexo I.
1.3 El programa que ha de regir el proceso selectivo es el que figura como anexo II a esta convocatoria.
1.4 El proceso selectivo se desarrollará de acuerdo con el siguiente calendario:
El primer ejercicio de la fase de oposición se iniciará antes del 1 de julio del 2004. La duración máxima del proceso selectivo será de 3 meses, contados a partir de la fecha de realización del primer ejercicio.
1.5 Concluido el proceso selectivo, los aspirantes que lo hubieran superado y que hayan acreditado cumplir los requisitos exigidos, serán nombrados funcionarios de carrera mediante resolución de la Secretaría de Estado para la Administración Pública, que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», con indicación del destino adjudicado.
2. Requisitos de los candidatos
2.1 Para ser admitidos a la realización del proceso selectivo los aspirantes deberán poseer en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de la toma de posesión como funcionario de carrera los siguientes requisitos de participación:
2.1.1 Nacionalidad:
A) Ser español.
B) Ser nacional de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea o nacional de algún Estado, al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y de los nacionales de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea, y cuando así lo prevea el correspondiente Tratado, el de los nacionales de algún Estado al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar sus descendientes y los de su cónyuge, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.
2.1.2 Edad: Tener dieciocho años de edad y no haber alcanzado la edad de jubilación.
2.1.3 Titulación: Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Bachiller Superior, Bachillerato Unificado Polivalente, título de Bachiller-LOGSE, Formación Profesional de Segundo Grado o equivalente. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación.
2.1.4 Compatibilidad funcional: No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.
2.1.5 Habilitación: No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones públicas.
Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.
3. Solicitudes
3.1 Quienes deseen participar en este proceso selectivo deberán cumplimentar el modelo oficial de solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación de derechos de examen (modelo 790) que se facilitará gratuitamente en el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, en el Centro de Información Administrativa del Ministerio de Administraciones Públicas, en la Dirección General de la Función Pública, en las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno, en las representaciones diplomáticas y consulares de España en el extranjero y en la página de Internet: www.map.es/servicios_al_ciudadano/empleo_publico/procesos_selectivos.
La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones del anexo IV.
3.2 La presentación de solicitudes se realizará en el Registro General del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» y se dirigirán al Subsecretario del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.
3.3 A la solicitud se acompañará:
Una fotocopia compulsada del Documento de Identidad o del pasaporte.
Los incluidos en el primer párrafo del apartado b) de la base 2.1.1 que residan en España, además de la fotocopia compulsada del correspondiente documento de identidad o pasaporte, una fotocopia compulsada de la tarjeta de residente comunitario o de familiar de residente comunitario en vigor o, en su caso, de la tarjeta temporal de residente comunitario o de trabajador comunitario fronterizo en vigor.
Los incluidos en el segundo párrafo del apartado b) de la base 2.1.1, además de la fotocopia compulsada del pasaporte, una fotocopia compulsada del visado y, en su caso, del resguardo de haber solicitado la correspondiente tarjeta o del resguardo de haber solicitado la exención de visado y la correspondiente tarjeta. De no haberse solicitado estos documentos deberán presentar los documentos expedidos por las autoridades competentes que acrediten el vínculo de parentesco y una declaración jurada o promesa del español o del nacional de la Unión Europea o del Estado al que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores con el que existe este vínculo, de que no está separado de derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho de que el aspirante vive a sus expensas o esta su cargo.
Los aspirantes que tengan la condición de funcionario de Organismos Internacionales deberán acompañar a la solicitud las certificaciones de homologación o, con carácter excepcional, presentarlas al órgano de selección con antelación a la celebración de las correspondientes pruebas.
Los aspirantes con discapacidad con un grado de minusvalía igual o superior al 33% que soliciten adaptación de tiempo y/o medios deberán adjuntar Dictamen Técnico Facultativo emitido por el Órgano Técnico de Valoración que dictaminó el grado de minusvalía.
3.4 Los errores de hecho, materiales o aritméticos, que pudieran advertirse en la solicitud podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.
4. Admisión de aspirantes
4.1 Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, el Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, dictará orden, en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos. En dicha orden, que deberá publicarse en el «Boletín Oficial del Estado», se indicarán los lugares en que se encuentren expuestas al público las listas certificadas completas de aspirantes admitidos y excluidos, señalándose un plazo de diez días hábiles para subsanar el defecto que haya motivado la exclusión u omisión y determinándose el lugar, fecha y hora de comienzo del primer ejercicio de la oposición.
4.2 Finalizado dicho plazo, en el caso de que se hubieran producido modificaciones, éstas se expondrán en los mismos lugares en que lo fueron las relaciones iniciales.
4.3 No procederá la devolución de los derechos de examen en los supuestos de exclusión por causa imputable a los aspirantes.
5. Tribunal
5.1 El Tribunal calificador de este proceso selectivo es el que figura como anexo III a esta convocatoria.
5.2 El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y demás disposiciones vigentes.
5.3 Los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley citada en la base anterior.
5.4 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, paseo de la Infanta Isabel, n.º 1, 28014-Madrid, teléfonos (91) 347.52.63 ó (91) 347.52.59, dirección de correo electrónico imoranfuUmapya.es.
6. Desarrollo del proceso selectivo
6.1 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan.
6.2 Concluido cada uno de los ejercicios de la oposición, el Tribunal hará públicas, en el lugar o lugares de su celebración y en la sede del Tribunal, la relación de aspirantes que hayan alcanzado el mínimo establecido para superarlo, con indicación de la puntuación obtenida. Esta información se hará pública, asimismo en la página web del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación: www.mapya.es.
6.3 Una vez comenzado el proceso selectivo, los anuncios de celebración de los restantes ejercicios se harán públicos con doce horas de antelación, al menos, a la señalada para su inicio, si se trata del mismo ejercicio, o con veinticuatro horas si se trata de uno nuevo. Estos anuncios se efectuarán, al menos, en los locales donde se haya celebrado el anterior, en la sede del Tribunal señalada en la base 5.4 y en la página web citada en la base anterior.
6.4 El Tribunal podrá requerir, en cualquier momento del proceso selectivo, la acreditación de la identidad de los aspirantes. Asimismo, si tuviera conocimiento de que alguno de los aspirantes no cumple cualquiera de los requisitos exigidos en la convocatoria, previa audiencia al interesado, deberá proponer su exclusión a la autoridad convocante.
7. Superación del proceso selectivo
7.1 Finalizada la fase de oposición, el Tribunal hará pública la relación de aprobados por orden de puntuación en los locales en donde se haya celebrado la última prueba y en la siguiente dirección de internet: www.mapya.es.
Dicha relación se elevará a la autoridad convocante, que la publicará en el «Boletín Oficial del Estado», disponiendo los aspirantes propuestos de un plazo de veinte días naturales, desde la publicación en el «Boletín Oficial del Estado», para la presentación de la documentación acreditativa de los requisitos exigidos en la convocatoria.
7.2 No se podrá declarar superado el proceso selectivo a un número de aspirantes superior al de plazas convocadas.
7.3 La adjudicación de los puestos a los aspirantes que superen el proceso selectivo se efectuará según la petición de destino de acuerdo con la puntuación total obtenida.
Los puestos de trabajo que vayan a ser ofrecidos como destino y que impliquen la participación directa o indirecta en el ejercicio del poder público y en las funciones que tienen por objeto la salvaguardia de los intereses generales del Estado, quedarán reservados a los aspirantes de nacionalidad española.
8. Norma final
Al presente proceso selectivo le serán de aplicación la Ley 30/1984, de 2 de agosto; el R.D. 364/1995, de 10 de marzo, el resto de la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en la presente convocatoria.
Contra la presente convocatoria podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el excelentísimo señor Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación en el plazo de un mes desde su publicación o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante el órgano jurisdiccional competente, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose que, en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.
Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
Madrid, 22 de marzo de 2004.‒El Ministro, P. D. (Orden APA/749/2003, de 31 de marzo, BOE 3 de abril de 2003) el Subsecretario, Manuel Esteban Pacheco Manchado.
Ilmos. Sres. Subsecretario del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y Presidente del Tribunal Calificador.
La oposición estará formada por los siguientes ejercicios:
Primer ejercicio: Consistirá en contestar por escrito un cuestionario de 100 preguntas sobre las materias del temario que figura como anexo II a esta convocatoria.
El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de 90 minutos.
Se calificará de 0 a 50 puntos. El Tribunal fijará la puntuación mínima necesaria para acceder al siguiente ejercicio.
Segundo ejercicio: Consistirá en resolver por escrito, en un plazo máximo de dos horas, dos supuestos prácticos de entre cuatro propuestos por el Tribunal, cuyos contenidos estarán relacionados con la parte II (Laboratorios) del temario, que figura en el anexo II de esta convocatoria, de la forma siguiente:
Dos supuestos relacionados con la parte común del temario específico de Laboratorios y con el contenido del apartado A del mismo.
Dos supuestos relacionados con la parte común del temario específico de Laboratorios y con el contenido del apartado B del mismo.
Los opositores deberán elegir un supuesto de cada tipo.
Estos supuestos contendrán un cuestionario con 15 preguntas cada uno.
Se calificará de 0 a 50 puntos, siendo necesario obtener 25 puntos para superarlo.
Los cuestionarios de ambos ejercicios estarán compuestos por preguntas con respuestas múltiples, siendo sólo una de ellas correcta. Para su contestación, los aspirantes deberán señalar en la hoja de examen las opciones de respuesta que estimen válidas de entre aquéllas que se les propongan. Las contestaciones erróneas se valorarán negativamente.
La calificación final de la fase de oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios.
En caso de empate, el orden de prelación se establecerá atendiendo a los siguientes criterios:
1. Mayor puntuación obtenida por los aspirantes en el segundo ejercicio.
2. Mayor número de respuestas acertadas en el segundo ejercicio.
3. Mayor número de respuestas acertadas en el primer ejercicio.
Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios de Organismos Internacionales estarán exentos de la realización de aquellas pruebas que la Comisión Permanente de Homologación considere que tienen por objeto acreditar conocimientos ya exigidos para el desempeño de sus puestos de origen en el Organismo Internacional correspondiente.
Se adoptarán las medidas precisas para que los aspirantes con minusvalía gocen de similares condiciones que el resto de los aspirantes en la realización de los ejercicios. En este sentido, para las personas con minusvalía que así lo hagan constar en su solicitud, se establecerán las adaptaciones posibles en tiempos y medios para su realización.
I. PARTE GENERAL
Tema 1. La Constitución española de 1978. Características. Estructura. La reforma constitucional.
Tema 2. Órganos constitucionales (I). La Jefatura del Estado: La Corona. Funciones. Sucesión, Regencia y Tutela. El refrendo.
Tema 3. Órganos constitucionales (II). El Poder Legislativo: Las Cortes Generales. Composición y atribuciones. La función parlamentaria de control del Gobierno en España.
Tema 4. Órganos constitucionales (III). El Poder Ejecutivo: El Gobierno. Designación y cese. Funciones.
Tema 5. Órganos constitucionales (IV): El Poder Judicial: el Consejo General del Poder Judicial.
Tema 6. Órganos constitucionales (V): La Defensa de la Constitución: El Tribunal Constitucional. Composición y atribuciones.
Tema 7. La Administración General del Estado. Órganos centrales: Órganos superiores y Órganos directivos. Órganos territoriales: Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno y Direcciones Insulares. Organismos Públicos: Organismos Autónomos y Entidades Públicas Empresariales. La Administración General del Estado en el Exterior.
Tema 8. La organización territorial del Estado: El Estado Autonómico. Las Comunidades Autónomas. Las Corporaciones Locales.
Tema 9. Las fuentes del derecho. Principio de jerarquía y de competencia. La Ley. Tipos de leyes. Disposiciones del Ejecutivo con fuerza de Ley: Decretos-Leyes y Decretos Legislativos. El Reglamento: concepto y clases.
Tema 10. El acto administrativo. Elementos. El procedimiento administrativo.
Tema 11. El personal al servicio de las Administraciones Públicas: Tipos de personal y régimen jurídico. Derechos y deberes de los funcionarios.
Tema 12. El sistema retributivo de los funcionarios públicos. Retribuciones básicas. Complementarias e indemnizaciones.
Tema 13. La Unión Europea. Nacimiento y objetivos. Las instituciones europeas.
Tema 14. El Ordenamiento jurídico de la Unión Europea. Sus fuentes. Relaciones con el Ordenamiento jurídico de los Estados miembros.
Tema 15. La integración de España en la CEE. El Tratado de adhesión. El período transitorio. El caso canario. La convergencia hacia la Unión Económica y Monetaria.
II. LABORATORIOS
Parte Común
Tema 1. Instalaciones de un laboratorio de análisis. Material básico. Material fungible.
Tema 2. Balanzas. Tipos de balanzas. Calibración de la balanza. Métodos de pesada. Material utilizado para la pesada.
Tema 3. Microscopia. Microscopio óptico y electrónico. Conservación de los aparatos.
Tema 4. Concepto de átomo, molécula, peso atómico, peso molecular.
Tema 5. Principales grupos de compuestos presentes en los seres vivos. Carbohidratos, lípidos, proteínas, ácidos nucleicos.
Tema 6. La célula: morfología y funciones.
Tema 7. Tejidos y órganos: su organización en aparatos.
Tema 8. Toma de muestras para su envío al laboratorio, recepción y conservación de las mismas.
Tema 9. Esterilización y preparación de material para análisis biológico. Autoclaves. Horno Pasteur. Mantenimiento de material estéril. Destrucción de material utilizado.
Tema 10. Preparación de medios para cultivo de bacterias, hongos y levaduras. Tipos de medios de cultivo. Tipos de siembra.
Tema 11. Disoluciones: conceptos generales. Tipos. Propiedades. Modos de expresión de la concentración.
Tema 12. Conceptos de ácido y base. Teorías fundamentales. Disociación. Grado de disociaciones. Cálculos. Concepto de pH: cálculo. Disoluciones reguladoras o tampón.
Tema 13. Métodos básicos de análisis. Gravimetría y Volumetría. Material y aparatos utilizados. Indicadores.
Tema 14. Métodos de separación, extracción, cristalización y precipitación.
Tema 15. Otros métodos de separación: Filtración, desecación, centrifugación y ultracentrifugación.
Tema 16. Reacciones redox. Oxidantes y Reductores. Métodos de medida.
Tema 17. Fundamentos básicos de análisis instrumental: Técnicas espectroscópicas y cromatográficas. Espectrometría de masas.
Tema 18. Animales de experimentación. Manejo y cuidados. Vías de administración de las muestras a ensayar en animales de experimentación: métodos empleados.
Tema 19. Teoría elemental del muestreo. Muestreo aleatorio simple y muestreo de proporciones. Relación entre la precisión y el tamaño de la muestra.
Tema 20. Procesamiento automático de datos de laboratorio. Herramientas informáticas más utilizadas: Programas estadísticos, Bases de datos, hojas electrónicas, etc.
Tema 21. Prevención de riesgos laborales en laboratorios de análisis. Prevención de accidentes. Medidas a adoptar en caso de accidente. Identificación de símbolos de peligro.
Tema 22. Seguridad en laboratorios. Contaminación química y microbiana en la manipulación. Cabinas de seguridad. Tipos.
Tema 23. Residuos peligrosos generados en laboratorios de análisis Almacenamiento, recogida, transporte y tratamiento.
Tema 24. Acreditación de laboratorios de análisis según la norma UNE-EN-ISO/IEC 17025. Requisitos de gestión.
Tema 25. Acreditación de laboratorios de análisis según la norma UNE-EN-ISO/IEC 17025. Requisitos técnicos.
A. Laboratorios Agroalimentarios
Tema 26. Análisis de leche y productos lácteos: Grasa, proteínas, extracto seco, cenizas, acidez, lactosa y detección de grasa de origen no lácteo. Análisis microbiológico.
Tema 27. Análisis de carne y productos cárnicos: Humedad, Proteína, Grasa. Hidratos de carbono totales. Cenizas. Almidón. Aditivos.
Tema 28. Análisis de residuos de plaguicidas organoclorados y organofosforados y piretroides. Métodos generales.
Tema 29. Análisis de aceites de oliva. Pruebas de calidad: Deterioro hidrolítico y oxidativo. Pruebas de pureza: Ácidos grasos y componentes menores.
Tema 30. Análisis de vinos: Grado alcohólico, acidez total, fija y volátil. Ácidos orgánicos. Azúcares.
B. Laboratorios de Sanidad Animal
Tema 31. Cultivos celulares. Cultivos primarios. Líneas estables. Mantenimiento y conservación.
Tema 32. Indumentaria, precauciones y manejo de una sala de necropsias. Diferentes técnicas de necropsias. Recogida de órganos.
Tema 33. Morfología y composición de los virus. Su clasificación. Métodos de cultivo. Técnicas para su aislamiento e identificación.
Tema 34. Principales métodos utilizados en el diagnóstico serológico de las enfermedades infecciosas de los animales domésticos.
Tema 35. Aislamiento e identificación de bacterias. Métodos más empleados.
Escala de Analistas de Laboratorio del IRA, turno libre
Tribunal titular:
Presidenta: Doña M.ª Cruz Vega Álvarez. C. de Ingenieros Agrónomos.
Vocales:
Doña M.ª Teresa Sanz Díaz. E. de titulados de Escuelas Técnicas de Grado Medio de OO.AA. del MAPA.
Doña M.ª Azucena Sánchez Sánchez. E. de Técnicos Facultativos Superiores de OO.AA. del MAPA.
Don Jorge Muñoz Palencia. E. de Técnicos Facultativos Superiores de OO.AA. del MAPA.
Secretaria: Doña M.ª Isabel Morán Fuertes. C. General Administrativo de la Administración del Estado.
Tribunal suplente:
Presidenta: Doña M.ª Elena Martínez Valdivia. C. Nacional Veterinario.
Vocales:
Don Luis S. Pérez Vicario. E. de Gestión de Empleo del INEM.
Doña Margarita Latorre Losa. E. de titulados de Escuelas Técnicas de Grado Medio de OO.AA. del MAPA.
Don Agustín Pons Carlos-Roca. E. de Técnicos Facultativos Superiores de OO.AA. del MAPA.
Secretario: Don Silvino Murias Morales. C. General Administrativo de la Administración del Estado.
El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para todas o alguna de las pruebas.
Este apartado se rellenará según lo establecido en la solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación de tasas de derechos de examen (modelo 790) y en las siguientes instrucciones particulares.
En el recuadro 15, «Cuerpo o Escala», se consignará «Escala de Analistas de Laboratorio del IRA», Código 5040.
En el recuadro 17, «Forma de acceso», se consignará «L».
En el recuadro 18, «Ministerio/Órgano/Entidad convocante», se consignará «Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación».
En el recuadro 19, se consignará la fecha del Boletín Oficial del Estado en el que haya sido publicada la convocatoria.
En el recuadro 20, «Provincia de examen», se consignará «Madrid».
En el recuadro 21, «Minusvalía», los aspirantes con minusvalía podrán indicar el porcentaje de minusvalía que tengan acreditado, y solicitar, expresándolo en el recuadro 23, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria.
En el recuadro 24, «Títulos académicos oficiales», se consignará el que se posea y que habilite para presentarse a estas pruebas. El importe de la tasa por derechos de examen será de 12,76 euros.
El ingreso del importe correspondiente a los derechos de examen se efectuará, junto con la presentación de la solicitud, en cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación tributaria. En la solicitud deberá constar que se ha realizado el correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante validación de la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso, a través de certificación mecánica, o en su defecto, sello y firma autorizada de la misma en el espacio reservado a estos efectos.
Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes. A las mismas se acompañará el comprobante bancario de haber ingresado los derechos de examen en la cuenta corriente número 0182 9701 08 0200000957 del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria a nombre de «Tesoro Público. Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. Derechos de examen». El ingreso podrá efectuarse directamente en cualquier oficina del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria mediante transferencia desde cualquier entidad bancaria.
Estarán exentas del pago de esta tasa:
a) Las personas con grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100, debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición.
b) Las personas que figurasen como demandantes de empleo durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de la convocatoria. Serán requisitos para el disfrute de la exención que, en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional.
La certificación relativa a la condición de demandante de empleo, con los requisitos señalados, se solicitará en la oficina de los servicios públicos de empleo. En cuanto a la acreditación de las rentas se realizará mediante una declaración jurada o promesa escrita del solicitante. Ambos documentos deberán acompañarse a la solicitud.
La falta de justificación del abono de los derechos de examen o de encontrarse exento determinará la exclusión del aspirante.
En ningún caso la presentación y pago en las oficinas a que se hace referencia supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.
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