En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto Real
Decreto 222/2004, de 6 de febrero, por el que se aprueba la oferta
de empleo público para el año 2004, y con el fin de atender las
necesidades de personal de la Administración Pública,
Este Ministerio, en uso de las competencias que le están
atribuidas en el artículo 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de
Organización y Funcionamiento de la Administración General del
Estado, previo informe favorable de la Dirección General de la
Función Pública, acuerda convocar proceso selectivo para ingreso
en La Escala de Analistas de Laboratorio del IRA con sujeción
a las siguientes
Bases de convocatoria
1. Normas generales
1.1 Se convoca proceso selectivo para cubrir dos plazas de
la Escala de Analistas de Laboratorio del IRA, "Código 5040",
por el sistema general de acceso libre.
1.2 El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de
oposición, con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se
especifican en el Anexo I.
1.3 El programa que ha de regir el proceso selectivo es el
que figura como Anexo II a esta convocatoria.
1.4 El proceso selectivo se desarrollará de acuerdo con el
siguiente calendario:
El primer ejercicio de la fase de oposición se iniciará antes
del 1 de julio del 2004. La duración máxima del proceso selectivo
será de 3 meses, contados a partir de la fecha de realización del
primer ejercicio.
1.5 Concluido el proceso selectivo, los aspirantes que lo
hubieran superado y que hayan acreditado cumplir los requisitos
exigidos, serán nombrados funcionarios de carrera mediante
resolución de la Secretaría de Estado para la Administración Pública,
que se publicará en el "Boletín Oficial del Estado", con indicación
del destino adjudicado.
2. Requisitos de los candidatos
2.1 Para ser admitidos a la realización del proceso selectivo
los aspirantes deberán poseer en el día de finalización del plazo
de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de
la toma de posesión como funcionario de carrera los siguientes
requisitos de participación:
2.1.1 Nacionalidad:
A) Ser español.
B) Ser nacional de alguno de los demás Estados miembros
de la Unión Europea o nacional de algún Estado, al que en virtud
de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea
y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación
de trabajadores.
También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad,
el cónyuge de los españoles y de los nacionales de alguno de
los demás Estados miembros de la Unión Europea, y cuando así
lo prevea el correspondiente Tratado, el de los nacionales de algún
Estado al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados
por la Unión Europea y ratificados por España sea de aplicación
la libre circulación de trabajadores, siempre que no estén
separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán
participar sus descendientes y los de su cónyuge, menores de
veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.
2.1.2 Edad: Tener dieciocho años de edad y no haber
alcanzado la edad de jubilación.
2.1.3 Titulación: Estar en posesión o en condiciones de
obtener el título de Bachiller Superior, Bachillerato Unificado
Polivalente, título de Bachiller-LOGSE, Formación Profesional de
Segundo Grado o equivalente. En el caso de titulaciones obtenidas
en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que
acredite su homologación.
2.1.4 Compatibilidad funcional: No padecer enfermedad ni
estar afectado por limitación física o psíquica incompatible con
el desempeño de las correspondientes funciones.
2.1.5 Habilitación: No haber sido separado, mediante
expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las
Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las
funciones públicas.
Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán
acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria
o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función
pública.
3. Solicitudes
3.1 Quienes deseen participar en este proceso selectivo
deberán cumplimentar el modelo oficial de solicitud de admisión a
pruebas selectivas en la Administración Pública y liguidación de
derechos de examen (modelo 790) que se facilitará gratuitamente
en el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, en el Centro
de Información Administrativa del Ministerio de Administraciones
Públicas, en la Dirección General de la Función Pública, en las
Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno, en las
representaciones diplomáticas y consulares de España en el extranjero
y en la página de Internet: www.map.
es/serviciospalpciudadano/empleoppublico/procesospselectivos.
La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones
del Anexo IV.
3.2 La presentación de solicitudes se realizará en el Registro
General del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación o en
la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26
de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de
veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la
fecha de publicación de esta convocatoria en el "Boletín Oficial
del Estado" y se dirigirán al Subsecretario del Ministerio de
Agricultura, Pesca y Alimentación. La no presentación de la solicitud
en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.
3.3 A la solicitud se acompañará:
Una fotocopia compulsada del Documento de Identidad o del
pasaporte.
Los incluidos en el primer párrafo del apartado b) de la
base 2.1.1 que residan en España, además de la fotocopia
compulsada del correspondiente documento de identidad o pasaporte,
una fotocopia compulsada de la tarjeta de residente comunitario
o de familiar de residente comunitario en vigor o, en su caso,
de la tarjeta temporal de residente comunitario o de trabajador
comunitario fronterizo en vigor.
Los incluidos en el segundo párrafo del apartado b) de la
base 2.1.1, además de la fotocopia compulsada del pasaporte,
una fotocopia compulsada del visado y, en su caso, del resguardo
de haber solicitado la correspondiente tarjeta o del resguardo de
haber solicitado la exención de visado y la correspondiente tarjeta.
De no haberse solicitado estos documentos deberán presentar los
documentos expedidos por las autoridades competentes que
acrediten el vínculo de parentesco y una declaración jurada o promesa
del español o del nacional de la Unión Europea o del Estado al
que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores con el
que existe este vínculo, de que no está separado de derecho de
su cónyuge y, en su caso, del hecho de que el aspirante vive
a sus expensas o esta su cargo.
Los aspirantes que tengan la condición de funcionario de
Organismos Internacionales deberán acompañar a la solicitud las
certificaciones de homologación o, con carácter excepcional,
presentarlas al órgano de selección con antelación a la celebración
de las correspondientes pruebas.
Los aspirantes con discapacidad con un grado de minusvalía
igual o superior al 33% que soliciten adaptación de tiempo y/o
medios deberán adjuntar Dictamen Técnico Facultativo emitido
por el Órgano Técnico de Valoración que dictaminó el grado de
minusvalía.
3.4 Los errores de hecho, materiales o aritméticos, que
pudieran advertirse en la solicitud podrán subsanarse en cualquier
momento de oficio o a petición del interesado.
4. Admisión de aspirantes
4.1 Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, el
Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, dictará orden, en
el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista de
admitidos y excluidos. En dicha orden, que deberá publicarse en el
"Boletín Oficial del Estado", se indicarán los lugares en que se
encuentren expuestas al público las listas certificadas completas
de aspirantes admitidos y excluidos, señalándose un plazo de diez
días hábiles para subsanar el defecto que haya motivado la
exclusión u omisión y determinándose el lugar, fecha y hora de comienzo
del primer ejercicio de la oposición.
4.2 Finalizado dicho plazo, en el caso de que se hubieran
producido modificaciones, éstas se expondrán en los mismos
lugares en que lo fueron las relaciones iniciales.
4.3 No procederá la devolución de los derechos de examen
en los supuestos de exclusión por causa imputable a los aspirantes.
5. Tribunal
5.1 El Tribunal calificador de este proceso selectivo es el que
figura como Anexo III a esta convocatoria.
5.2 El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará
en todo momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común y demás disposiciones
vigentes.
5.3 Los aspirantes podrán recusar a los miembros del
Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo
28 de la Ley citada en la base anterior.
5.4 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el
Tribunal tendrá su sede en el Ministerio de Agricultura, Pesca
y Alimentación, paseo de la Infanta Isabel, n.o 1, 28014-Madrid,
teléfonos (91) 347.52.63 ó (91) 347.52.59, dirección de correo
electrónico imoranfuUmapya.es.
6. Desarrollo del proceso selectivo
6.1 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en
llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no
comparezcan.
6.2 Concluido cada uno de los ejercicios de la oposición, el
Tribunal hará públicas, en el lugar o lugares de su celebración
y en la sede del Tribunal, la relación de aspirantes que hayan
alcanzado el mínimo establecido para superarlo, con indicación
de la puntuación obtenida. Esta información se hará pública,
asimismo en la página web del Ministerio de Agricultura, Pesca y
Alimentación: www.mapya.es.
6.3 Una vez comenzado el proceso selectivo, los anuncios
de celebración de los restantes ejercicios se harán públicos con
doce horas de antelación, al menos, a la señalada para su inicio,
si se trata del mismo ejercicio, o con veinticuatro horas si se trata
de uno nuevo. Estos anuncios se efectuarán, al menos, en los
locales donde se haya celebrado el anterior, en la sede del Tribunal
señalada en la base 5.4 y en la página web citada en la base
anterior.
6.4 El Tribunal podrá requerir, en cualquier momento del
proceso selectivo, la acreditación de la identidad de los aspirantes.
Asimismo, si tuviera conocimiento de que alguno de los aspirantes
no cumple cualquiera de los requisitos exigidos en la convocatoria,
previa audiencia al interesado, deberá proponer su exclusión a
la autoridad convocante.
7. Superación del proceso selectivo
7.1 Finalizada la fase de oposición, el Tribunal hará pública
la relación de aprobados por orden de puntuación en los locales
en donde se haya celebrado la última prueba y en la siguiente
dirección de internet: www.mapya.es.
Dicha relación se elevará a la autoridad convocante, que la
publicará en el "Boletín Oficial del Estado", disponiendo los
aspirantes propuestos de un plazo de veinte días naturales, desde
la publicación en el "Boletín Oficial del Estado", para la
presentación de la documentación acreditativa de los requisitos exigidos
en la convocatoria.
7.2 No se podrá declarar superado el proceso selectivo a un
número de aspirantes superior al de plazas convocadas.
7.3 La adjudicación de los puestos a los aspirantes que
superen el proceso selectivo se efectuará según la petición de destino
de acuerdo con la puntuación total obtenida.
Los puestos de trabajo que vayan a ser ofrecidos como destino
y que impliquen la participación directa o indirecta en el ejercicio
del poder público y en las funciones que tienen por objeto la
salvaguardia de los intereses generales del Estado, quedarán
reservados a los aspirantes de nacionalidad española.
8. Norma final
Al presente proceso selectivo le serán de aplicación la
Ley 30/1984, de 2 de agosto ; el R.D. 364/1995, de 10 de marzo,
el resto de la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en
la presente convocatoria.
Contra la presente convocatoria podrá interponerse, con
carácter potestativo, recurso de reposición ante el excelentísimo señor
Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación en el plazo de un
mes desde su publicación o bien recurso
contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante el órgano
jurisdiccional competente, de conformidad con lo dispuesto en
la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de
las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose que, en
caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer
recurso contencioso-administrativo hasta que aquél sea resuelto
expresamente o se haya producido la desestimación presunta del
mismo.
Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a
la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto
en la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
Madrid, 22 de marzo de 2004.-El Ministro, P. D. (Orden
APA/749/2003, de 31 de marzo, BOE 03.04.03) el Subsecretario,
Manuel Esteban Pacheco Manchado.
Ilmos. Sres. Subsecretario del Ministerio de Agricultura, Pesca
y Alimentación y Presidente del Tribunal Calificador.
ANEXO I
Descripción del proceso selectivo
La oposición estará formada por los siguientes ejercicios:
Primer ejercicio: Consistirá en contestar por escrito un
cuestionario de 100 preguntas sobre las materias del temario que figura
como Anexo II a esta convocatoria.
El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será
de 90 minutos.
Se calificará de 0 a 50 puntos. El Tribunal fijará la puntuación
mínima necesaria para acceder al siguiente ejercicio.
Segundo ejercicio: Consistirá en resolver por escrito, en un
plazo máximo de dos horas, dos supuestos prácticos de entre
cuatro propuestos por el Tribunal, cuyos contenidos estarán
relacionados con la parte II (Laboratorios) del temario, que figura en
el anexo II de esta convocatoria, de la forma siguiente:
Dos supuestos relacionados con la parte común del temario
específico de Laboratorios y con el contenido del apartado A del
mismo.
Dos supuestos relacionados con la parte común del temario
específico de Laboratorios y con el contenido del apartado B del
mismo.
Los opositores deberán elegir un supuesto de cada tipo.
Estos supuestos contendrán un cuestionario con 15 preguntas
cada uno.
Se calificará de 0 a 50 puntos, siendo necesario obtener 25
puntos para superarlo.
Los cuestionarios de ambos ejercicios estarán compuestos por
preguntas con respuestas múltiples, siendo sólo una de ellas
correcta. Para su contestación, los aspirantes deberán señalar en
la hoja de examen las opciones de respuesta que estimen válidas
de entre aquéllas que se les propongan. Las contestaciones
erróneas se valorarán negativamente.
La calificación final de la fase de oposición vendrá determinada
por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los
ejercicios.
En caso de empate, el orden de prelación se establecerá
atendiendo a los siguientes criterios:
1. Mayor puntuación obtenida por los aspirantes en el
segundo ejercicio.
2. Mayor número de respuestas acertadas en el segundo
ejercicio.
3. Mayor número de respuestas acertadas en el primer
ejercicio.
Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios de
Organismos Internacionales estarán exentos de la realización de
aquellas pruebas que la Comisión Permanente de Homologación
considere que tienen por objeto acreditar conocimientos ya exigidos
para el desempeño de sus puestos de origen en el Organismo
Internacional correspondiente.
Se adoptarán las medidas precisas para que los aspirantes con
minusvalía gocen de similares condiciones que el resto de los
aspirantes en la realización de los ejercicios. En este sentido, para
las personas con minusvalía que así lo hagan constar en su
solicitud, se establecerán las adaptaciones posibles en tiempos y
medios para su realización.
ANEXO II
Programa
I. PARTE GENERAL
Tema 1. La Constitución española de 1978. Características.
Estructura. La reforma constitucional.
Tema 2. Órganos constitucionales (I). La Jefatura del Estado:
La Corona. Funciones. Sucesión, Regencia y Tutela. El refrendo.
Tema 3. Órganos constitucionales (II). El Poder Legislativo:
Las Cortes Generales. Composición y atribuciones. La función
parlamentaria de control del Gobierno en España.
Tema 4. Órganos constitucionales (III). El Poder Ejecutivo:
El Gobierno. Designación y cese. Funciones.
Tema 5. Órganos constitucionales (IV): El Poder Judicial: el
Consejo General del Poder Judicial.
Tema 6. Órganos constitucionales (V): La Defensa de la
Constitución: El Tribunal Constitucional. Composición y atribuciones.
Tema 7. La Administración General del Estado. Órganos
centrales: Órganos superiores y Órganos directivos. Órganos
territoriales: Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno y
Direcciones Insulares. Organismos Públicos: Organismos Autónomos
y Entidades Públicas Empresariales. La Administración General
del Estado en el Exterior.
Tema 8. La organización territorial del Estado: El Estado
Autonómico. Las Comunidades Autónomas. Las Corporaciones
Locales.
Tema 9. Las fuentes del derecho. Principio de jerarquía y
de competencia. La Ley. Tipos de leyes. Disposiciones del
Ejecutivo con fuerza de Ley: Decretos-Leyes y Decretos Legislativos.
El Reglamento: concepto y clases.
Tema 10. El acto administrativo. Elementos. El procedimiento
administrativo.
Tema 11. El personal al servicio de las Administraciones
Públicas: Tipos de personal y régimen jurídico. Derechos y deberes
de los funcionarios.
Tema 12. El sistema retributivo de los funcionarios públicos.
Retribuciones básicas. Complementarias e indemnizaciones.
Tema 13. La Unión Europea. Nacimiento y objetivos. Las
instituciones europeas.
Tema 14. El Ordenamiento jurídico de la Unión Europea. Sus
fuentes. Relaciones con el Ordenamiento jurídico de los Estados
miembros.
Tema 15. La integración de España en la CEE. El Tratado
de adhesión. El período transitorio. El caso canario. La
convergencia hacia la Unión Económica y Monetaria.
II. LABORATORIOS
Parte Común
Tema 1. Instalaciones de un laboratorio de análisis. Material
básico. Material fungible.
Tema 2. Balanzas. Tipos de balanzas. Calibración de la
balanza. Métodos de pesada. Material utilizado para la pesada.
Tema 3. Microscopia. Microscopio óptico y electrónico.
Conservación de los aparatos.
Tema 4. Concepto de átomo, molécula, peso atómico, peso
molecular.
Tema 5. Principales grupos de compuestos presentes en los
seres vivos. Carbohidratos, lípidos, proteínas, ácidos nucleicos.
Tema 6. La célula: morfología y funciones.
Tema 7. Tejidos y órganos: su organización en aparatos.
Tema 8. Toma de muestras para su envío al laboratorio,
recepción y conservación de las mismas.
Tema 9. Esterilización y preparación de material para análisis
biológico. Autoclaves. Horno Pasteur. Mantenimiento de material
estéril. Destrucción de material utilizado.
Tema 10. Preparación de medios para cultivo de bacterias,
hongos y levaduras. Tipos de medios de cultivo. Tipos de siembra.
Tema 11. Disoluciones: conceptos generales. Tipos.
Propiedades. Modos de expresión de la concentración.
Tema 12. Conceptos de ácido y base. Teorías fundamentales.
Disociación. Grado de disociaciones. Cálculos. Concepto de pH:
cálculo. Disoluciones reguladoras o tampón.
Tema 13. Métodos básicos de análisis. Gravimetría y
Volumetría. Material y aparatos utilizados. Indicadores.
Tema 14. Métodos de separación, extracción, cristalización
y precipitación.
Tema 15. Otros métodos de separación: Filtración,
desecación, centrifugación y ultracentrifugación.
Tema 16. Reacciones redox. Oxidantes y Reductores.
Métodos de medida.
Tema 17. Fundamentos básicos de análisis instrumental:
Técnicas espectroscópicas y cromatográficas. Espectrometría de
masas.
Tema 18. Animales de experimentación. Manejo y cuidados.
Vías de administración de las muestras a ensayar en animales
de experimentación: métodos empleados.
Tema 19. Teoría elemental del muestreo. Muestreo aleatorio
simple y muestreo de proporciones. Relación entre la precisión
y el tamaño de la muestra.
Tema 20. Procesamiento automático de datos de laboratorio.
Herramientas informáticas más utilizadas: Programas estadísticos,
Bases de datos, hojas electrónicas, etc.
Tema 21. Prevención de riesgos laborales en laboratorios de
análisis. Prevención de accidentes. Medidas a adoptar en caso
de accidente. Identificación de símbolos de peligro.
Tema 22. Seguridad en laboratorios. Contaminación química
y microbiana en la manipulación. Cabinas de seguridad. Tipos.
Tema 23. Residuos peligrosos generados en laboratorios de
análisis Almacenamiento, recogida, transporte y tratamiento.
Tema 24. Acreditación de laboratorios de análisis según la
norma UNE-EN-ISO/IEC 17025. Requisitos de gestión.
Tema 25. Acreditación de laboratorios de análisis según la
norma UNE-EN-ISO/IEC 17025. Requisitos técnicos.
A. Laboratorios Agroalimentarios
Tema 26. Análisis de leche y productos lácteos: Grasa,
proteínas, extracto seco, cenizas, ácidez, lactosa y detección de grasa
de origen no lácteo. Análisis microbiológico.
Tema 27. Análisis de carne y productos cárnicos: Humedad,
Proteína, Grasa. Hidratos de carbono totales. Cenizas. Almidón.
Aditivos.
Tema 28. Análisis de residuos de plaguicidas organoclorados
y organofosforados y piretroides. Métodos generales.
Tema 29. Análisis de aceites de oliva. Pruebas de calidad:
Deterioro hidrolítico y oxidativo. Pruebas de pureza: Ácidos grasos
y componentes menores.
Tema 30. Análisis de vinos: Grado alcohólico, acidez total,
fija y volátil. Ácidos orgánicos. Azúcares.
B. Laboratorios de Sanidad Animal
Tema 31. Cultivos celulares. Cultivos primarios. Líneas
estables. Mantenimiento y conservación.
Tema 32. Indumentaria, precauciones y manejo de una sala
de necropsias. Diferentes técnicas de necropsias. Recogida de
órganos.
Tema 33. Morfología y composición de los virus. Su
clasificación. Métodos de cultivo. Técnicas para su aislamiento e
identificación.
Tema 34. Principales métodos utilizados en el diagnóstico
serológico de las enfermedades infecciosas de los animales
domésticos.
Tema 35. Aislamiento e identificación de bacterias. Métodos
más empleados.
ANEXO III
Tribunal calificador
Escala de Analistas de Laboratorio del IRA, turno libre
Tribunal titular:
Presidenta: D.a M.a Cruz Vega Álvarez. C. de Ingenieros
Agrónomos.
Vocales:
D.a M.a Teresa Sanz Díaz. E. de titulados de Escuelas Técnicas
de Grado Medio de OO.AA. del MAPA.
D.a M.a Azucena Sánchez Sánchez. E. de Técnicos Facultativos
Superiores de OO.AA. del MAPA.
D. Jorge Muñoz Palencia. E. de Técnicos Facultativos
Superiores de OO.AA. del MAPA.
Secretaria: D.a M.a Isabel Morán Fuertes. C. General
Administrativo de la Administración del Estado.
Tribunal suplente:
Presidenta: D.a M.a Elena Martínez Valdivia. C. Nacional
Veterinario.
Vocales:
D. Luis S. Pérez Vicario. E. de Gestión de Empleo del INEM.
D.a Margarita Latorre Losa. E. de titulados de Escuelas Técnicas
de Grado Medio de OO.AA. del MAPA.
D. Agustín Pons Carlos-Roca. E. de Técnicos Facultativos
Superiores de OO.AA. del MAPA.
Secretario: D. Silvino Murias Morales. C. General
Administrativo de la Administración del Estado.
El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de
asesores especialistas para todas o alguna de las pruebas.
ANEXO IV
Instrucciones para cumplimentar la solicitud
Este apartado se rellenará según lo establecido en la solicitud
de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública
y liquidación de tasas de derechos de examen (modelo 790) y
en las siguientes instrucciones particulares.
En el recuadro 15, "Cuerpo o Escala", se consignará "Escala
de Analistas de Laboratorio del IRA", Código 5040.
En el recuadro 17, "Forma de acceso", se consignará "L".
En el recuadro 18, "Ministerio/Órgano/Entidad convocante",
se consignará "Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación".
En el recuadro 19, se consignará la fecha del Boletín Oficial
del Estado en el que haya sido publicada la convocatoria.
En el recuadro 20, "Provincia de examen", se consignará
"Madrid".
En el recuadro 21, "Minusvalía", los aspirantes con minusvalía
podrán indicar el porcentaje de minusvalía que tengan acreditado,
y solicitar, expresándolo en el recuadro 23, las posibles
adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios
en que esta adaptación sea necesaria.
En el recuadro 24, "Títulos académicos oficiales", se consignará
el que se posea y que habilite para presentarse a estas pruebas.
El importe de la tasa por derechos de examen será de 12,76 euros.
El ingreso del importe correspondiente a los derechos de
examen se efectuará, junto con la presentación de la solicitud, en
cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las
que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación
tributaria. En la solicitud deberá constar que se ha realizado el
correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante validación
de la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso, a través
de certificación mecánica, o en su defecto, sello y firma autorizada
de la misma en el espacio reservado a estos efectos.
Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a
través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas
correspondientes. A las mismas se acompañará el comprobante
bancario de haber ingresado los derechos de examen en la cuenta
corriente número 0182 9701 08 0200000957 del Banco Bilbao
Vizcaya Argentaria a nombre de "Tesoro Público. Ministerio de
Agricultura, Pesca y Alimentación. Derechos de examen". El
ingreso podrá efectuarse directamente en cualquier oficina del Banco
Bilbao Vizcaya Argentaria mediante transferencia desde cualquier
entidad bancaria.
Estarán exentas del pago de esta tasa:
a) Las personas con grado de discapacidad igual o superior
al 33 por 100, debiendo acompañar a la solicitud certificado
acreditativo de tal condición.
b) Las personas que figurasen como demandantes de empleo
durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de la
convocatoria. Serán requisitos para el disfrute de la exención que,
en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo
adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa
justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión
profesionales y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en
cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional.
La certificación relativa a la condición de demandante de
empleo, con los requisitos señalados, se solicitará en la oficina
de los servicios públicos de empleo. En cuanto a la acreditación
de las rentas se realizará mediante una declaración jurada o
promesa escrita del solicitante. Ambos documentos deberán
acompañarse a la solicitud.
La falta de justificación del abono de los derechos de examen
o de encontrarse exento determinará la exclusión del aspirante.
En ningún caso la presentación y pago en las oficinas a que
se hace referencia supondrá la sustitución del trámite de
presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.
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