Con el fin de atender las necesidades de personal laboral en la Universidad Nacional de Educación a Distancia, este Rectorado, en uso de las competencias conferidas por el artículo 35 de los Estatutos de la Universidad (Real Decreto 1287/1985, de 25 de junio, «Boletín Oficial del Estado» de 31 de julio) y por el artículo 20, en relación con el 2.2.e) de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre de Universidades, ha resuelto, de conformidad con lo dispuesto en el capítulo VII del Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Universidad Nacional de Educación a Distancia y una vez finalizados los procedimientos de concurso de traslado y de promoción interna, convocar pruebas selectivas de acceso libre, de acuerdo con lo previsto en el artículo 20 del citado convenio, para cubrir una plaza vacante en la plantilla de personal laboral, de acuerdo con las siguientes
Bases de la convocatoria
1. Normas generales
1.1 Se convocan pruebas selectivas mediante el sistema de concurso-oposición libre para la cobertura de una plaza de:
Oficial de Oficios de Laboratorio del Departamento de Ingeniería de la Construcción y Fabricación, en la Escuela Técnica Superior de Ingenieros Industriales.
1.2 La realización de estas pruebas se ajustará a lo establecido en la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, modificada por Ley 23/1988, de 28 de julio, R.D. 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, y en la Ley 17/1993, de 23 de diciembre (BOE del 24), sobre el acceso a determinados sectores de la función pública de los nacionales de los demás estados miembros de la Unión Europea; la Ley 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social («Boletín Oficial del Estado» del 12), en el Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Universidad Nacional de Educación a Distancia y demás normativa concordante.
1.3 El procedimiento de selección de los aspirantes constará de una fase de concurso y otra de oposición con las valoraciones, pruebas y puntuaciones que se especifican en el anexo I.
1.4 Las pruebas de la fase de oposición comenzarán a partir del mes de junio de 2004, determinándose en la Resolución que se indica en la base Cuarta, el lugar de celebración y fecha de comienzo de la mencionada prueba.
1.5 El seleccionado para cubrir la plaza vacante deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre y en el Real Decreto 598/1985 de 30 de abril, en materia de incompatibilidades.
2. Requisitos de los candidatos
2.1 Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
2.1.1 Relativos a la nacionalidad. Podrán participar en las pruebas:
a) Los españoles.
b) Los nacionales de un Estado miembro de la Unión Europea, los nacionales del Reino de Noruega, y los nacionales de la República de Islandia.
También podrán participar el cónyuge, descendientes y descendientes del cónyuge, de los españoles y de los nacionales países miembros de la Unión Europea, de Noruega o de Islandia, siempre que no estén separados de derecho, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.
c) Quienes no estando incluidos en los anteriores apartados a) y b), se encuentren en España en situación de residencia temporal, quienes se encuentren en situación de residencia permanente, quienes se encuentren en situación de autorización para residir y trabajar, así como los refugiados.
2.1.2 Tener cumplidos dieciocho años de edad.
2.1.3 No padecer enfermedad ni estar afectado por limitaciones físicas o psíquicas que sean incompatibles con el desempeño de las correspondientes funciones.
2.1.4 No haber sido separado del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas mediante expediente o despido disciplinario, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de sus funciones. Los aspirantes que no posean la nacionalidad española, no deberán estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.
2.1.5 Estar en posesión del título de Formación Profesional de 1.er grado o equivalente. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la documentación que acredite su homologación.
2.2 Los requisitos enumerados deberán cumplirse el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes, y mantenerse hasta la firma del contrato.
3. Solicitudes
3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar mediante instancia en el modelo que figura como anexo II.
El modelo de solicitud se facilitará en las Unidades de Atención al Público de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, sitas en la calle Bravo Murillo número 38, Pabellón de Gobierno (Ciudad Universitaria, s/n), y en la calle Senda del Rey s/n (Puente de los Franceses). También será válida la solicitud realizada en fotocopia del Anexo II que se publica con esta convocatoria.
3.2 Los aspirantes que posean nacionalidad española acompañarán a su solicitud fotocopia del carné de identidad.
Los aspirantes incluidos en el apartado b) de la base 2.1.1, anterior que residan en España deberán presentar fotocopia compulsada del correspondiente documento de identidad o pasaporte y de la tarjeta de residente comunitario o de familiar de residente comunitario en vigor o, en su caso, de la tarjeta temporal de residente comunitario o de trabajador comunitario fronterizo en vigor. Los que no residan en España, bien por residir en el extranjero o por encontrarse en España en régimen de estancia, deberán presentar fotocopia compulsada del documento de identidad o pasaporte.
Los familiares de los anteriores deberán presentar fotocopia compulsada del pasaporte, del visado y, en su caso, del resguardo de haber solicitado la exención del visado y la correspondiente tarjeta. De no haberse solicitado estos documentos deberán presentar los documentos expedidos por las autoridades competentes que acrediten el vínculo de parentesco y una declaración jurada o promesa del español o del nacional de la Unión Europea, de Noruega o de Islandia con el que existe este vínculo, de que no estar separado de derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho de que el aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.
Los aspirantes a los que se refiere el apartado c) de la base 2.1.1, deberán presentar fotocopia compulsada del Pasaporte en vigor, así como fotocopia del correspondiente permiso de residencia, o de trabajo y de residencia.
3.3 En la tramitación de sus solicitudes, los aspirantes tendrán en cuenta lo siguiente:
a) Las solicitudes se dirigirán a la Excma. Sra. Rectora Mgfca. de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, en el plazo de veinte días naturales, contados a partir del siguiente a la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de esta convocatoria.
b) La presentación de solicitudes podrá realizarse en el Registro General de la Universidad Nacional de Educación a Distancia o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
3.4 Los derechos de examen serán de 9 euros y se ingresarán en la cuenta de la Universidad Nacional de Educación a Distancia número 0049-0001-54-2211438387, del Banco Central Hispano, realizando el ingreso en concepto de abono de derechos de examen de la convocatoria del concurso-oposición libre para acceder a una plaza vacante Oficial de Oficios en el Laboratorio del Departamento de Ingeniería de la Construcción y Fabricación. A la solicitud de participación deberá adjuntarse el resguardo original de transferencia o ingreso, o cuando se haya realizado el pago por otro medio (banca electrónica, internet) certificado de la entidad bancaria que justifique la operación realizada.
En ningún caso, el abono de los derechos de examen supondrá sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud. La no acreditación del pago de los derechos de examen determinará la exclusión del aspirante.
Ello no obstante, estarán exentas del pago de los derechos de examen las personas con discapacidad igual o superior al 33%, adjuntando certificado correspondiente a la solicitud, así como quienes figurasen como demandantes de empleo durante un mes, como mínimo, antes de la fecha de esta convocatoria, siempre y cuando carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al salario mínimo interprofesional y no hubieran rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar, en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales. La certificación relativa a la condición de demandante de empleo, con los requisitos previstos en la Ley, se solicitará de la correspondiente oficina del INEM. En cuanto a la acreditación de las rentas, se realizará con una declaración jurada o promesa escrita del aspirante. Ambos documentos deberán acompañarse a la instancia de participación.
Los méritos declarados para la valoración de la fase de concurso, deberán acreditarse únicamente por los aspirantes que superen la fase de oposición, mediante certificado expedido por el Servicio de Personal correspondiente, en el modelo que figura como Anexo V de esta convocatoria.
Dicha acreditación se realizará en la forma prevista en el baremo (anexo I), y en el plazo que determine el Tribunal.
3.5 Los aspirantes que padezcan alguna discapacidad deberán indicarlo en el recuadro número 14 de la solicitud y podrán solicitar, en su caso, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios, en los casos en que dicha adaptación sea necesaria, utilizando para ello el recuadro número 15 de la solicitud.
4. Admisión de aspirantes
4.1 Expirado el plazo de presentación de instancias, la Rectora de la Universidad Nacional de Educación a Distancia dictará Resolución en el plazo de un mes, que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», en la que se declarará aprobada la lista de admitidos, se publicará la de excluidos, especificando la causa de exclusión y si ésta es o no subsanable, y se expresará el lugar, la fecha y la hora de comienzo del ejercicio de la fase de oposición.
4.2 Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la Resolución señalada en el punto anterior, para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión, caso de que aquél sea subsanable.
5. Tribunal Calificador
5.1 El Tribunal Calificador de estas pruebas es el que figura como anexo III a esta convocatoria.
5.2 Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el Tribunal con asistencia, al menos, de la mayoría absoluta de sus miembros, titulares o suplentes.
5.3 Durante el desarrollo de las pruebas selectivas, el Tribunal resolverá todas las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas bases, así como lo que deba hacerse en los casos no previstos.
5.4 El Tribunal adoptará las medidas precisas para garantizar que los ejercicios escritos que no deban ser leídos ante él, sean corregidos sin conocer la identidad de los aspirantes.
5.5 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, los Tribunales tendrán su sede en la Universidad Nacional de Educación a Distancia, calle Bravo Murillo, 38, 5.ª planta, teléfono: 91 398 75 44.
5.6 Los Tribunales que actúen en estas pruebas selectivas tendrán la categoría Tercera conforme a lo dispuesto en el artículo 30 de Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre Indemnizaciones por razón de Servicio.
6. Desarrollo de los ejercicios
6.1 El orden de actuación de los opositores se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra «S» de conformidad con lo establecido en la Resolución de la Secretaría de Estado para la Administración Pública de 29 de enero de 2004 («Boletín Oficial del Estado» del 6 de febrero).
6.2 En cualquier momento, los aspirantes podrán ser requeridos por miembros del Tribunal con el fin de acreditar su identidad.
6.3 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en único llamamiento, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor, debidamente justificados y discrecionalmente apreciados por el Tribunal.
6.4 Por Resolución del Rectorado que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» se fijará la fecha, lugar y hora de celebración del primer ejercicio.
6.5 La publicación del anuncio de celebración del segundo ejercicio se efectuará por el Tribunal en los locales donde se haya celebrado el anterior, publicándose, asimismo, la relación de aprobados en dicho ejercicio, así como en la sede de los Tribunales señalada en la base 5.5 y por cualesquiera otros medios si se juzga conveniente para facilitar su máxima divulgación con veinticuatro horas, al menos, de antelación a la señalada para la iniciación del mismo.
6.6 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal tuviere conocimiento de que alguno de los aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos por la presente convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión al Rectorado de la Universidad, comunicándole, asimismo, las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas, a los efectos procedentes.
7. Relación de aprobados y presentación de documentos
7.1 Concluidas las pruebas, el Tribunal calificador hará pública en los tablones de anuncios de la Universidad el nombre del aspirante que ha superado el concurso-oposición.
7.2 En caso de empate en la puntuación final obtenida por los aspirantes, el orden de prelación vendrá determinado por la conseguida en la fase de oposición. En caso de persistir el empate, se resolverá atendiendo a la puntuación obtenida en el apartado 1.1 de la fase de concurso y, en última instancia, se tendrá en cuenta los apellidos de los opositores, dirimiéndose el empate en favor del primero, a partir de la letra «S».
7.3 Con carácter previo a la formalización del contrato deberá el aspirante, en un plazo de veinte días naturales, a contar desde el siguiente a la publicación del nombre del aspirante aprobado señalada en la base 7.1, justificar adecuadamente los requisitos o condiciones exigidos en la base segunda de esta convocatoria, presentando la siguiente documentación acreditativa:
a) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones públicas, mediante sentencia firme.
Los aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán presentar, además de la declaración relativa al Estado español, declaración jurada o promesa de no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado el acceso a la función pública, según el modelo que figura como anexo VI de esta convocatoria.
b) Certificado acreditativo de no padecer enfermedad ni limitaciones físicas o psíquicas que le imposibiliten para el desempeño de sus funciones, expedido por el facultativo de medicina general de la Seguridad Social que corresponda al interesado. En caso de que éste esté acogido a cualquier régimen de la Seguridad Social se expedirá en los Servicios Provinciales del Ministerio de
Sanidad y Consumo o en los organismos correspondientes de las Comunidades Autónomas.
c) Fotocopia compulsada del título de Formación Profesional de 1.er grado o equivalente. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero documentación que acredite su homologación.
d) Fotocopia del documento nacional de identidad o, en su caso, la documentación correspondiente, referida en la base 3.2.
Los aspirantes incluidos en el apartado b), de la base 2.1.1 de la convocatoria que no residan en España deberán presentar fotocopia compulsada del resguardo de haber solicitado la tarjeta de residencia comunitaria, en el caso de que no la hubiesen tenido que aportar en el momento de presentar la solicitud de participación.
Si dentro del plazo indicado y, salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación acreditativa a que se refieren los párrafos anteriores o de la misma se desprenda que no se reúnen los requisitos exigidos, o en el supuesto de que la Administración en cualquier momento del proceso compruebe que el interesado no reúne todas las condiciones exigidas en la convocatoria no podrá ser contratado, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiera podido incurrir por falsedad en su instancia o documentación.
8. Formalización de contratos e incorporación
8.1 El Rectorado de la Universidad procederá posteriormente a la formalización del contrato del aspirante que hubiera superado el concurso-oposición objeto de la convocatoria.
Dicho trámite se verificará en el plazo máximo de quince días hábiles desde que finalice el plazo señalado para presentar documentación (base 7.3). La formalización del contrato supondrá la toma de posesión de su puesto por el trabajador.
Hasta tanto se formalice el contrato, el aspirante no tendrá derecho a percepción económica alguna.
8.2 En el momento de la formalización de el contrato, el trabajador dará cumplimiento a lo dispuesto en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, y en el Real Decreto 598/1985, de 30 de abril, en materia de incompatibilidades.
9. Norma final
9.1 Los aspirantes, por el hecho de participar en las presentes pruebas selectivas, se someten a las bases de esta convocatoria y su desarrollo y a las decisiones que adopte el Tribunal, sin perjuicio de las reclamaciones pertinentes. El Tribunal se halla facultado para resolver las dudas que se presenten en todo lo no previsto en las bases, así como la adopción de los acuerdos necesarios para el buen orden de las pruebas selectivas.
9.2 Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición, ante la Excma. y Magfca. Sra. Rectora de esta Universidad, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación o recurso contencioso-administrativo ante Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación.
Madrid, 16 de marzo de 2004.‒La Rectora, María Araceli Maciá Antón.
Fase de concurso
Los méritos estarán siempre referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
La valoración de los méritos se realizará de la forma siguiente:
1.1 Trabajo realizado. Se valorará teniendo en cuenta el tiempo de permanencia en el puesto o puestos de trabajo considerando la mayor o menor similitud de las funciones desempeñadas, con el trabajo a desarrollar en las plazas convocadas. La puntuación máxima por este concepto será de 12 puntos que corresponderá tanto a funciones realizadas en la misma área de actividad, como a funciones realizadas en otras áreas de actividad de la UNED, o de otras Administraciones Públicas. La puntuación se asignará conforme a la siguiente valoración por cada mes trabajado:
0,1 puntos por cada mes en la misma área.
0,04 puntos por cada mes en distinta área.
Las distintas áreas se relacionan en el anexo VII de la presente convocatoria.
1.2 Antigüedad. Se computará por tiempo de servicios. La puntuación máxima por este concepto será de 12 puntos, que se atribuirán por la antigüedad, valorada en meses, de servicios prestados a la UNED o a otras Administraciones Públicas, asignándose la siguiente puntuación:
0,1 puntos por cada mes de antigüedad en la UNED.
0,04 puntos por cada mes en otras Administraciones Públicas.
1.3 Formación. Se valorarán los Cursos de formación y perfeccionamiento relacionados con el área de actividad de la plaza que se convoca, impartidos por Organismos e Instituciones oficiales dependientes de las Administraciones públicas. Los referidos cursos, que podrán ser valorados con un máximo de 6 puntos, se puntuarán del siguiente modo:
De hasta 20 horas de duración: 0,3 puntos.
De 20 a 30 horas de duración: 0,6 puntos.
De 31 a más de 70 horas de duración: 1,2 puntos.
De 71 a 150 horas de duración, o más de cuatro meses: 2,4 puntos.
De 151 a 300 horas de duración o más de seis meses: 4,2 puntos.
De 301 o más horas de duración o un/os curso/s académicos: 6 puntos.
Los cursos de formación y perfeccionamiento se acreditarán mediante presentación de fotocopia debidamente cotejada de la certificación, título o diploma correspondiente. No será necesaria dicha acreditación cuando los cursos hayan sido impartidos en la UNED dentro de los Planes de Formación del PAS.
Fase de oposición
La fase de oposición consistirá en la realización de dos ejercicios eliminatorios:
Primer ejercicio: Consistirá en una prueba teórica, con 60 preguntas (breves y/o de tipo test) tanto teóricas como de cálculo con respuestas alternativas, de las cuales sólo una será correcta, sobre el contenido del temario que se acompaña como Anexo IV. El tiempo máximo para realizarlo será de 2 horas. Este ejercicio se calificará de 0 a 30 puntos.
Las preguntas contestadas erróneamente se penalizarán en una cuantía igual a un tercio del valor que se otorgue a una pregunta contestada correctamente.
Segundo ejercicio: Consistirá en una prueba práctica, en el que se deberán realizar y resolver una serie de casos prácticos de laboratorio. Este ejercicio se calificará de 0 a 40 puntos. El tiempo máximo para realizarlo será de 4 horas.
Calificación de los ejercicios: El Tribunal fijará la puntuación mínima necesaria para superar cada uno de los ejercicios.
Titulares:
Presidente: Doña María Roca Bernal, Jefe del Servicio de Personal.
Vocales:
Por la Gerencia: Don Mariano Rodríguez-Avial Llardent, Catedrático de Mecánica de Medios Continuos y Teoría de Estructuras; Don Segundo Barroso Herrero, Profesor Titular de Ciencias de los Materiales e Ingeniería Metalúrgica.
Por el Comité de Empresa: Don Carlos Diego Álvarez Palma, Oficial de Oficios Distribución Medios Impresos; Don Roberto Guerra Martín, Técnico Especialista de Jardinería.
Secretaria: Doña Goyi Rey Gutiérrez, Jefa de Sección de PAS.
Suplentes:
Presidente: Don Aurelio Pascual Cuesta, Jefe del Servicio de Ordenación Académica.
Vocales:
Por la Gerencia: Don Juan José Benito Muñoz, Catedrático de Mecánica de Medios Continuos y Teoría de Estructuras; Don Antonio González-Alberto García, Profesor Titular de Escuela Universitaria de Medios Continuos y Teoría de Estructuras.
Por el Comité de Empresa: Don Antonio Castro Téllez, Mozo de Servicios; Doña Aurora Fernández García, Oficial de Oficios de Biblioteca.
Secretaria: Doña Isabel Talaván Palomo, Jefe de Sección de Selectividad.
Parte general:
1. Constitución Española de 1978: Estructura y contenido. Los derechos fundamentales y las libertades públicas. Garantía y suspensión de los derechos y libertades.
2. La Ley Orgánica de Universidades. Especial referencia al título X: Personal de Administración y Servicios.
3. La Universidad Nacional de Educación a Distancia. Los Estatutos de la Universidad. Especial referencia al Personal de Administración y Servicios.
4. El Estatuto de los Trabajadores. Derechos y deberes laborales básicos. Derechos y deberes del contrato. Participación de los trabajadores en la empresa: Órganos de representación. El derecho de reunión. La libertad sindical.
5. El Convenio Colectivo del Personal Laboral de la UNED.
6. Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas: La Ley 53/1984, de 26 de noviembre.
Parte específica:
1. Propiedades de los materiales metálicos.
2. Propiedades de los materiales cerámicos.
3. Propiedades de los materiales poliméricos.
4. Propiedades de los materiales compuestos.
5. Propiedades mecánicas de los materiales metálicos y no metálicos. Elasticidad, plasticidad y rotura.
6. Máquinas de ensayo del laboratorio de Resistencia de Materiales.
7. Preparación de probetas.
8. Ejecución y resultados de los ensayos mecánicos.
9. Instrumentación y Medida.
10. Fuentes de alimentación y generación de funciones.
Don/Doña............................................ con domicilio en...............................................................................
y documento de identidad /pasaporte / visado / permiso de residencia número...................................................
declara bajo juramento o promete, a efectos de ser contratado/a laboral fijo en la categoría.................................
de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, que no ha sido separado/a del servicio de ninguna de las Administraciones Públicas españolas, que no se halla inhabilitado/a para el ejercicio de las funciones públicas en España y que no se halla sometido/a a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado el acceso a la función pública.
En............., a...... de............. de 2004
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid