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Documento BOE-A-2004-5895

Resolución de 8 de marzo de 2004, de la Dirección General de Trabajo, por la que se dispone la inscripción en el registro y publicación del Acta de 19 de enero de 2004 de actualización de las tablas salariales para el año 2003 del Convenio Colectivo para las empresas de Publicidad.

Publicado en:
«BOE» núm. 79, de 1 de abril de 2004, páginas 13882 a 13883 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-2004-5895
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2004/03/08/(2)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto del acta de fecha 19 de enero de 2004 donde se recogen los acuerdos de actualización de las tablas salariales para el año 2003 del Convenio Colectivo para las empresas de Publicidad (Código de Convenio n.º 9904225), que fue suscrito de una parte por las Asociaciones Empresariales AGEP, AEPE, FNEP-GREMI, FNEP y ACP en representación de las empresas del sector y de otra por las Organizaciones Sindicales CC.OO. y U.G.T. en representación de los trabajadores del mismo, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Trabajo, resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción de los citados Acuerdos en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 8 de marzo de 2004.–La Directora general, Soledad Córdova Garrido.

ACTA DE LA REUNIÓN DE LA COMISION NEGOCIADORA DEL CONVENIO COLECTIVO NACIONAL DE TRABAJO PARA LAS EMPRESAS DE PUBLICIDAD

En Madrid, siendo las 10.15 horas del día 19 de Enero de 2004, se reúne en la Sala de Juntas de la Asociación General de Empresas de Publicidad (Gran Vía Núm. 57) la Comisión anteriormente reflejada, asistiendo a la misma:

Por la parte Social:

D.ª Mercedes Rodríguez Torrejón (CC.OO).

D. Juan Manuel del Campo Vera (CC.OO).

D. Constantino Fernández Martínez (CC.OO

D. Carlos Ponce Domínguez (UGT).

D. Luis Cornejo López (UGT).

Por la parte Empresarial:

D. Ángel del Pino Merino (AGEP).

D. Gregorio Rayón Gil (AEPE).

D. Jordi Ventura Boleda (FNEP)-(GREMI)

D. José de Cominges Guío(FNEP).

D. Carlos Rubio de Miguel (ACP).

Secretario de las Comisión: D. José Antonio Lombardo Navarro (AGEP).

Se inicia la sesión con la aprobación del Acta de la reunión anterior, por parte de los asistentes.

Las Partes acuerdan actualizar la Tabla Salarial del 2002 para el ejercicio 2003, una vez publicado por el Instituto Nacional de Estadística, el IPC correspondiente al ejercicio y que ha quedado establecido en el 2,6%.

El incremento acordado por las Partes para el año 2003 en la reunión del pasado día 2 de Diciembre, se estableció en el IPC real del ejercicio (2,6%) mas (1,5%), arrojando el resultado total el 4,1% de aumento sobre las tablas salariales del año 2002.

La Tabla Salarial resultante de dicho incremento, es la definitiva para el 2003, debiendo proceder a su regulación en el primer trimestre de 2004.

Se adjunta Tabla Salarial definitiva para el ejercicio 2003 con el incremento del 4,1%.

Tabla salarial definitiva 2003

 

Salario mensual 2003

Euros

Salario anual 2003

Euros

Nivel 1. 1.029,13 15.436,95
Nivel 2. 914,84 13.722,60
Nivel 3. 871,72 13.075,80
Nivel 4. 866,92 13.003,80
Nivel 5. 863,85 12.957,75
Nivel 6. 807,48 12.112,20
Nivel 7. 801,40 12.021,00
Nivel 8. 741,98 11.129,70
Nivel 9. 724,69 10.870,35
Nivel 10. 721,89 10.828,35
Nivel 11. 680,66 10.209,90
Nivel 12. 666,32 9.994,80
Nivel 13. 573,19 8.597,85

Y no habiendo mas asuntos que tratar, se cierra la sesión a las 13.00 del día anteriormente señalado.

Y para que así conste, firman el presente Acta.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 08/03/2004
  • Fecha de publicación: 01/04/2004
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (Ref. BOE-A-1995-7730).
    • Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo (Ref. BOE-A-1981-12841).
  • EN RELACIÓN con el Convenio publicado por Resolución de 4 de febrero de 2002 (Ref. BOE-A-2002-3485).
Materias
  • Agencias de publicidad
  • Convenios colectivos

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