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Documento BOE-A-2004-4486

Resolución de 19 de febrero de 2004, de la Universidad Pablo de Olavide, por la que se convoca a concurso de acceso una plaza de Cuerpos Docentes Universitarios.

Publicado en:
«BOE» núm. 61, de 11 de marzo de 2004, páginas 11121 a 11128 (8 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2004-4486

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 6/2001,

de 21 de diciembre, de Universidades ; el Real Decreto 774/2002,

de 26 de julio, por el que se regula el sistema de habilitación

nacional para el acceso a Cuerpos de Funcionarios Docentes

Universitarios y el régimen de los concursos de acceso respectivos

y el Reglamento para los concursos de acceso a cuerpos de

Funcionarios Docentes Universitarios de la Universidad Pablo de

Olavide, de Sevilla,

Este Rectorado ha resuelto convocar a concurso de acceso la

plaza de Cuerpos Docentes Universitarios que se relaciona en el

anexo I de la presente Resolución, de acuerdo con las siguientes

bases:

1. Legislación

Dichos concursos se regirán por lo dispuesto en la Ley

Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre ("Boletín Oficial del Estado"

de 24 de diciembre) ; el Real Decreto 774/2002, de 26 de julio

("Boletín Oficial del Estado" de 7 de agosto) ; el Reglamento para

los concursos de acceso a cuerpos de Funcionarios Docentes

Universitarios de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla y en

lo no previsto por la Legislación General de Funcionarios Civiles

del Estado, así como por la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,

de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común.

2. Requisitos de los candidatos

2.1 Para ser admitido a los citados concursos se requieren

los siguientes requisitos generales:

2.1.1 Ser español o nacional de un Estado miembro de la

Unión Europea o nacional de aquellos Estados a los que, en virtud

de Tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y

ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de

trabajadores, en los términos en que ésta se halle definida en

el Tratado constitutivo de la Unión Europea.

2.1.2 No haber cumplido los setenta años de edad.

2.1.3 No haber sido separado, mediante expediente

disciplinario, del servicio de la Administración del Estado o de la

Administración Autónoma, Institucional o Local, ni hallarse inhabilitado

para el ejercicio de las funciones públicas. En el caso de nacional

de los demás Estados miembros de la Unión Europea o nacional

de aquellos Estados a los que, en virtud de Tratados

Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España,

sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en los

términos en que ésta se halle definida en el Tratado constitutivo

de la Unión Europea, no estar sometido a sanción disciplinaria

o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función

pública.

2.1.4 No padecer enfermedad ni defecto físico o psíquico que

impida el desempeño de las funciones correspondientes a Profesor

de Universidad.

2.2 Además los candidatos deberán cumplir con el requisito

de estar habilitado para el cuerpo y área, según la plaza convocada

(Anexo I) o ser funcionario del correspondiente cuerpo y área de

conocimiento, o de cuerpos docentes universitarios de iguales o

superiores categorías y misma área de conocimiento, todo ello

en los términos regulados en el artículo 15 del Real

Decreto 774/2002, de 26 de julio.

2.3 Todos los requisitos enumerados en la base 2.1 y 2.2

deberán poseerse en el día de la finalización del plazo de

presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la

toma de posesión como funcionario de carrera.

3. Solicitudes

Quienes deseen tomar parte en los concursos de acceso

remitirán la correspondiente solicitud al Excmo. y Magfco. Sr. Rector

de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, carretera de Utrera

Km. 1, C.P. 41013, Sevilla, por cualquiera de los procedimientos

establecidos en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo

de quince días hábiles, a partir del día siguiente a la publicación

oficial de esta convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado",

mediante instancia debidamente cumplimentada, según el modelo

que se acompaña como anexo II, junto con los siguientes

documentos que acrediten que reúnen los requisitos para participar

en el concurso de acceso:

a) Fotocopia compulsada del documento nacional de

identidad, pasaporte o tarjeta de identidad.

b) Certificaciones en las que se acredite el cumplimiento de

los requisitos específicos que señala la base 2.2 para participar

en el concurso de acceso.

Los aspirantes deberán abonar a la Universidad Pablo de

Olavide, de Sevilla, la cantidad de 31 euros en concepto de derechos

de examen. El ingreso deberá efectuarse en el Banco Santander

Central Hispano, en la cuenta 0049-5048-50.2616135233,

abierta en esa entidad a nombre de "Universidad Pablo de Olavide.

Ingresos Diversos", haciéndose constar los siguientes datos:

nombre y apellidos del interesado, n.o de orden de la plaza a la que

concursa, n.o de documento: 009, referencia 1: 001 y referencia 2:

D.N.I./N.I.F./Pasaporte.

A la instancia-currículum deberá adjuntarse el justificante

acreditativo original del pago de los derechos. La falta de pago de

estos derechos durante el plazo de presentación de instancias no

es subsanable y determinará la exclusión del aspirante.

En ningún caso la realización del ingreso supondrá sustitución

del trámite de presentación en tiempo y forma de la solicitud.

4. Admisión de aspirantes

Finalizado el plazo anterior, la Universidad notificará a los

firmantes la relación provisional de admitidos y excluidos del

concurso, con indicación del motivo de la exclusión, en su caso, y

advirtiendo al interesado que de no subsanarlo en el plazo

improrrogable de diez días hábiles se le declarará decaído en su

derecho. Contra la resolución que finalmente recaiga se podrá

interponer recurso en los términos previstos en los artículos 107

y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común.

5. Comisiones

5.1 La composición de las Comisiones es la que figura en

el anexo I de esta convocatoria.

Respecto a la constitución de la misma, ausencia de alguno

de sus miembros, adopción de acuerdos, asistencias e

indemnizaciones, se estará en lo establecido en el Reglamento para los

Concursos de Acceso a Cuerpos de Funcionarios Docentes

Universitarios de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla.

5.2 La Comisión deberá constituirse dentro del plazo máximo

de tres meses desde la publicación de la convocatoria del concurso

de acceso en el Boletín Oficial del Estado, por lo que el Presidente,

previa consulta a los restantes miembros de la misma, dictará

una resolución, que deberá ser notificada a todos los interesados

con una antelación mínima de quince días naturales, respecto

de la fecha del acto para el que se le cita, convocando a:

a) Todos los miembros titulares de la Comisión y, en su caso,

a los suplentes necesarios para efectuar el acto de constitución

de la misma y proceder, a continuación, a fijar y hacer públicos

los criterios que se utilizarán para la valoración de los concursantes

en adecuación a las especificaciones de la plaza establecidas en

la convocatoria. En la notificación se indicará el día, hora, y lugar

previsto para el acto de constitución.

b) Todos los aspirantes admitidos a participar en el concurso,

para realizar el acto de presentación de los concursantes, y con

señalamiento del día, hora y lugar de celebración de dicho acto ;

a estos efectos, el plazo entre la fecha prevista para el acto de

constitución de la Comisión y la fecha señalada para el acto de

presentación no podrá exceder de dos días hábiles.

Transcurrido el plazo previsto en este apartado sin que se haya

constituido la Comisión, el Presidente titular quedará sustituido

a todos los efectos por el Presidente suplente.

6. Acto de presentación

En el acto de presentación, que será público, los concursantes

entregarán al Presidente de la Comisión la siguiente

documentación:

a) Currículum vitae (Modelo currículum vitae en anexo III),

por triplicado, y un ejemplar de las publicaciones y documentos

acreditativos de lo consignado en el mismo.

b) Proyecto docente, por triplicado, que el candidato se

propone desarrollar de serle adjudicada la plaza a la que concursa ;

dicho proyecto se ajustará a las especificaciones establecidas por

la Universidad en la convocatoria.

c) Excepto para los concursos a plaza de profesor Titular de

Escuelas Universitarias, proyecto de investigación, por triplicado,

que el candidato se propone desarrollar de serle adjudicada la

plaza a la que concursa ; dicho proyecto se ajustará a las

especificaciones establecidas por la Universidad en la convocatoria.

Los documentos anteriores permanecerán depositados durante

un plazo de dos meses desde la fecha de la propuesta de la

Comisión, salvo que se interponga algún recurso, en cuyo caso el

depósito continuará hasta que haya resolución firme.

Transcurridos seis meses adicionales sin que el interesado

hubiera retirado dicha documentación, la Universidad podrá

disponer su destrucción.

En este acto de presentación los concursantes recibirán cuantas

instrucciones sobre la celebración de la prueba deban

comunicárseles. Así mismo, se determinará, mediante sorteo, el orden

de actuación de los concursantes y se fijará el lugar, fecha y hora

del comienzo de la prueba, que no podrá tener lugar antes de

transcurridas 24 horas desde este acto de presentación. Sin

embargo, los concursantes podrán renunciar a este plazo.

La prueba comenzará dentro del plazo de quince días naturales,

a contar desde el día del acto de presentación.

En el mismo acto el Presidente de la Comisión hará público

el plazo fijado por aquella para que cualquier concursante pueda

examinar la documentación presentada por los restantes

concursantes con anterioridad al inicio de la prueba.

Los concursantes o la Universidad Pablo de Olavide podrán

solicitar de los entes públicos y privados en los que aquellos

presten, o hayan prestado sus servicios, la emisión de un informe

individualizado sobre la actividad desarrollada por los candidatos

y su rendimiento, el cual será remitido directamente a la Comisión.

Así mismo, la Comisión por unanimidad podrá recabar informes

de especialistas sobre los méritos alegados por los concursantes.

Respecto a los informes solicitados por los concursantes, la

Comisión los valorará únicamente en el caso de que consten en

su poder antes del comienzo de la prueba.

En cualquier caso, los informes no tendrán carácter vinculante

y se adjuntarán al acta del concurso.

7. Desarrollo de la prueba

La prueba será pública y consistirá en un debate acerca de

los méritos del concursante alegados en su historial profesional,

académico, docente e investigador, así como sobre el proyecto

docente presentado y, en su caso, también el de investigación.

La concreción de dicha prueba la realizará la Comisión en el

acto de presentación.

Seguidamente la Comisión podrá debatir con cada concursante,

durante un tiempo máximo de dos horas, sobre sus méritos

alegados, proyecto docente presentado y, en su caso, también de

investigación.

En caso de comparecer un único candidato, la Comisión por

unanimidad podrá eximirlo de la exposición oral de la prueba.

Finalizada la prueba, la Comisión deliberará y cada uno de

sus miembros emitirá un voto con informe razonado sobre la

valoración cuantificada que le merece cada uno de los concursantes,

ajustándose a los criterios aprobados por la Comisión. En caso

de unanimidad, dichos informes podrán sustituirse por un informe

único y razonado de la Comisión.

8. Propuesta de la Comisión

De conformidad con los informes de la Comisión se efectuará

la propuesta de provisión de plaza o plazas en el plazo máximo

de treinta días hábiles a partir de la fecha de comienzo de la

prueba. A estos efectos la Comisión hará pública su propuesta

explicitando el voto de cada uno de sus miembros, y relacionando

los candidatos por orden de preferencia para su nombramiento.

Para realizar su propuesta la Comisión deberá atenerse a los

presupuestos contemplados en el art. 8.2 del Reglamento para los

Concursos de Acceso a cuerpos de Funcionarios Docentes

Universitarios de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla.

Los candidatos podrán solicitar en la Secretaría General de

la Universidad certificación de la valoración razonada que cada

uno de los miembros de la Comisión emitió sobre sus méritos

o, en su caso, del informe único de la Comisión.

Contra la propuesta de la Comisión los candidatos podrán

presentar reclamación ante el Rector, en el plazo máximo de diez

días, que será valorada por la Comisión de Reclamaciones a que

se refiere el artículo 18 del R. D. 774/2002, de 26 de julio.

Admitida a trámite la reclamación se suspenderán los nombramientos

hasta su resolución definitiva.

9. Nombramientos

Los candidatos propuestos para la provisión de las plazas

deberán presentar en el Registro General de la Universidad Pablo

de Olavide, de Sevilla, en el plazo de 20 días siguientes al de

concluir la actuación de la Comisión, por cualquiera de los medios

señalados en el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de

las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo

Común, los documentos que acrediten reunir los requisitos del

artículo 5 del Real Decreto 774/2002 y además:

a) Certificado médico oficial de no padecer enfermedad ni

defecto físico o psíquico que le incapacite para el desempeño de

las funciones correspondientes a Profesor de Universidad.

b) Declaración jurada de no haber sido separado de la

Administración del Estado, Institucional o Local, ni de las

Administraciones de las Comunidades Autónomas, en virtud de expediente

disciplinario, y de no hallarse inhabilitado para el ejercicio de

la función pública. En el caso de nacional de los demás Estados

miembros de la Unión Europea o nacional de aquellos Estados

a los que, en virtud de Tratados Internacionales celebrados por

la Unión Europea y ratificados por España sea de aplicación la

libre circulación de trabajadores en los términos en que ésta se

halla definida en el Tratado constitutivo de la Unión Europea,

declaración jurada de no estar sometido a sanción disciplinaria

o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función

pública.

Los que tuvieran la condición de funcionarios públicos de

carrera estarán exentos de justificar tales documentos y requisitos,

debiendo presentar certificación del Ministerio u organismo del

que dependan, acreditativa de su condición de funcionarios y de

cuantas circunstancias consten en su hoja de servicios.

Contra la presente Resolución Rectoral podrá interponerse por

los interesados recurso Contencioso Administrativo en el plazo

de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su

publicación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, de

conformidad con el artículo 8.3 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,

reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (B.O.E.

de 14 de julio), sin perjuicio de que alternativamente se pueda

presentar recurso de reposición contra esta Resolución, en el plazo

de un mes, ante el mismo órgano que la dicta, en cuyo caso no

cabrá interponer el recurso Contencioso-Administrativo

anteriormente citado en tanto recaiga resolución expresa o presunta del

recurso de reposición, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos

116 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de

Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999,

de 13 de enero de 1999 (B.O.E. de 14 de enero).

Sevilla, 19 de febrero de 2004.-El Rector accidental, Juan

Fernández Valverde.

ANEXO I

Profesores Titulares de Universidad

Clase de convocatoria: Concurso de acceso

Plaza número 2/2003

Departamento: Humanidades.

Área de conocimiento: "Geografía Humana".

Actividad a realizar: Docencia e Investigación en Ordenación

del Territorio y Medio Ambiente. Urbanismo.

Número de plazas: Una.

Comisión titular:

Presidente: Don Antonio López Ontiveros, Catedrático de

Universidad de la Universidad de Córdoba.

Vocal: Doña Josefina Cruz Villalón, Catedrática de Universidad

de la Universidad de Sevilla.

Secretario: Don Juan Luis Suárez de Vivero, Profesor Titular

de Universidad de la Universidad de Sevilla.

Comisión suplente:

Presidente: Don Juan Romero González, Catedrático de

Universidad de la Universidad de Valencia.

Vocal: Don Miguel Ángel Troitiño Vinuesa, Catedrático de

Universidad de la Universidad Complutense de Madrid.

Secretaria: Doña Inmaculada Caravaca Barroso, Profesora

Titular de Universidad de la Universidad de Sevilla.

SIGUEN ANEXOS (Ver imágenes páginas 11124 a 11128)

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