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Documento BOE-A-2004-3113

Resolución de 4 de febrero de 2004, de la Universidad de Granada, por la que se convoca concurso-oposición libre para cubrir una plaza de personal laboral, vacante en el Servicio de Prevención de Riesgos.

Publicado en:
«BOE» núm. 43, de 19 de febrero de 2004, páginas 7983 a 7988 (6 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2004-3113

TEXTO ORIGINAL

Este Rectorado, en uso de las competencias que le están

atribuidas en el artículo 48 apartado "N" de los Estatutos de esta

Universidad, publicados por Decreto 325/2003, de 25 de

noviembre, del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía en el Boletín

Oficial de la Junta de Andalucía número 236, de 9 de diciembre

de 2003, dentro del marco de lo dispuesto en el artículo 2.2 e)

de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades,

ha resuelto convocar, para su provisión mediante el sistema de

concurso-oposición libre, 1 plaza de Personal Laboral fijo, dotada

presupuestariamente y que se halla vacante en la plantilla de esta

Universidad, con sujeción a las bases que a continuación se

reproducen y que han sido elaboradas por la Gerencia previo acuerdo

con el Comité de Empresa.

Bases de convocatoria

1. Normas Generales

1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir 1 plaza de

Personal Laboral con la categoría de Titulado de Grado Medio

de Servicios Técnicos de Apoyo a la Docencia e Investigación

del Servicio General de Investigación (Ayudante Técnico

Sanitario/Diplomado Universitario de Enfermería de Empresa, Grupo II),

vacante en esta Universidad, mediante el procedimiento de

concurso-oposición libre.

1.2 La realización de estas pruebas selectivas se ajustará a

lo establecido en la Ley 30/1984, de 2 de Agosto de Medidas

para la Reforma de la Función Pública (B.O.E. N.o 185 de 3 de

Agosto 1984) modificada por la Ley 23/1988, de 28 de Julio

(B.O.E. n.o 181 de 29 de Julio), en los artículos 4 y 29 del Real

Decreto 364/95 de 10 de marzo por el que se aprueba el

Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la

Administración del Estado (B.O.E. n.o 85 de 10 de abril de 1995),

en el vigente Convenio Colectivo de Trabajo de ámbito

interprovincial del Personal Laboral de las Universidades Andaluzas

(B.O.J.A. N.o 98 de 30 de junio de 1994), Reglamento del Personal

de Administración y Servicios de la Universidad de Granada y

a las normas de esta Resolución.

1.3 El procedimiento de selección de los aspirantes constará

de las siguientes fases:

Fase de Oposición y Fase de Concurso, con las valoraciones,

pruebas y puntuaciones que se especifican en el anexo I de esta

convocatoria.

1.4 Las pruebas selectivas se desarrollarán quedando

garantizada, en todo momento, la igualdad de condiciones de los

candidatos y el respeto a los principios constitucionales de publicidad,

capacidad y mérito con arreglo al siguiente calendario:

El primer ejercicio no se iniciará antes del día 15 de abril de

2004. La fecha, hora y lugar en que se realizará el mismo se

fijarán en la Resolución del Rectorado en que se apruebe la lista

de admitidos y excluidos.

1.5 Tras la publicación de las listas de aprobados se creará

una lista de sustituciones en la que figurarán relacionados, por

orden de calificación, aquellos que habiendo superado la fase de

oposición, obtuvieron tras la aplicación del concurso una nota

inferior a la del aspirante seleccionado.

1.6 Las funciones que, con carácter general, corresponden

a las plazas en relación con la Categoría y Grupo que se convoca,

así como la jornada de trabajo y horario de la misma, se ajustarán

a lo que determine el Convenio Colectivo del Personal Laboral

de las Universidades Andaluzas.

1.7 Las retribuciones y demás derechos de contenido

económico se ajustarán a lo que determina el citado Convenio

Colectivo y demás normas de carácter general en materia de

retribuciones de personal laboral al servicio de las Administraciones

Públicas.

1.8 El desempeño de las plazas convocadas quedará sometido

a la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades

del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas (B.O.E.

n.o 4, de 4 de enero de 1985).

2. Requisitos de los Candidatos

2.1 Para ser admitido a la realización de las pruebas

selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Tener cumplidos los dieciocho años de edad y no haber

alcanzado la edad de jubilación legalmente establecida.

b) Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión

Europea o nacional de aquellos Estados a los que, en virtud de

tratados internacionales, celebrados por la Unión Europea y

ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de

trabajadores en los términos en que ésta se halle definida en el

Tratado Constitutivo de la Unión Europea y extranjeros de

conformidad con la normativa aplicable.

c) Estar en posesión del Título de Diplomado Universitario

o equivalente, referente a la categoría profesional correspondiente

a la plaza que se convoca, y de la especialidad de Enfermería

de Empresa, de conformidad con lo establecido en el R.D. 39/1997

de 17 de enero, en su artículo 37.3, y con funciones establecidas

en la Ley General de Sanidad, Ley de Prevención de Riesgos

Laborales (31/1995) artículos 22 y 31 y Reglamento de los Servicios

de Prevención (R.D. 3997) capítulos VI y VII, o estar en

condiciones de obtenerlos en la fecha en que termine el plazo de

presentación de solicitudes.

d) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación

física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las

funciones propias de la plaza objeto de esta convocatoria. Quienes

tengan la condición de minusválido, reconocida por el I.A.S.S.,

deberán tener catalogada la minusvalía, acreditando su

compatibilidad con las funciones de la plaza a la que aspiran.

2.2 Los requisitos establecidos en la base 2.1. deberán

poseerse el día de la finalización del plazo de presentación de

solicitudes y gozar de los mismos hasta la firma del contrato como

Personal Laboral.

3. Solicitudes

3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas

deberán hacerlo constar en instancia que se acompaña como

Anexo III a esta convocatoria y que será facilitada gratuitamente

en el Servicio de Personal de la Universidad de Granada, Edificio

Santa Lucía, c/ Santa Lucía, n.o 2 (Granada). A la instancia se

acompañarán dos fotocopias del documento nacional de identidad.

3.2 La presentación de solicitudes (ejemplares 1 y 2 del

modelo de solicitud), se hará en el Registro General de la Universidad,

o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992,

de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E.

n.o 285, de 27 de noviembre de 1992) modificada por la Ley

4/1999, de 13 de enero (B.O.E. n.o 12, de 14 de enero), en

el plazo de veinte días naturales contados a partir del siguiente

al de la publicación de la presente convocatoria en el "Boletín

Oficial del Estado", y se dirigirán al Excelentísimo Señor Rector

Magnífico de la Universidad de Granada.

3.3 Los aspirantes con minusvalías deberán indicar, en la

casilla dispuesta para ello, las posibles adaptaciones de tiempo y

medios que requieran para la realización del ejercicio de la

presente convocatoria.

3.4 Los derechos de examen serán de 22 euros y se ingresarán

en la cuenta corriente n.o 0101745629 de la Caja General de

Ahorros de Granada (cod. 2031), oficina principal de Granada,

abierta a nombre de "Pruebas Selectivas de Acceso a la Universidad

de Granada", bien directamente o mediante transferencia bancaria

a dicha cuenta. En la solicitud deberá figurar el sello del

mencionado Banco, acreditativo del pago de los derechos, o ir

acompañada del resguardo acreditativo de la transferencia, cuya falta

determinará la exclusión del aspirante. En ningún caso la

presentación y pago en el Banco supondrá sustitución del trámite

de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud ante el Órgano

expresado anteriormente.

3.5 La justificación documental de los méritos que los

aspirantes quieran hacer valer en la fase de concurso deberán ser

aportados en el plazo improrrogable de diez días naturales,

contados a partir del siguiente al de la publicación, en el tablón de

anuncios del Servicio de Personal, de las listas de aprobados de

la fase de oposición.

3.6 Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan

hechos constar en su solicitud, pudiendo demandar su

modificación mediante escrito motivado, dentro del plazo establecido

para la presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo, no

se admitirá ninguna petición de esta naturaleza.

3.7 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán

subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Expirado el plazo de presentación de instancias, el Rector

de la Universidad de Granada dictará Resolución en el plazo

máximo de un mes, que se publicará en el Boletín Oficial de la Junta

de Andalucía y en el Tablón de Anuncios del Servicio de Personal

de esta Universidad y en la que además de declarar aprobada

la lista de admitidos y excluidos se recogerá el lugar y la fecha

de comienzo de los ejercicios, así como la relación de los aspirantes

excluidos con indicación de las causas de exclusión. En la lista

deberá constar, en todo caso, los apellidos, nombre y número

de documento nacional de identidad.

4.2 Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez

días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación

de la Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía,

para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión.

4.3 De conformidad con lo establecido en el art. 27.5 de

la Ley 8/1989, de 13 de abril de Tasas y Precios Públicos,

procederá la devolución de las tasas que se hubieran exigido, cuando

la actividad no se hubiese realizado por causas no imputables

al obligado al pago.

5. Tribunal Calificador

5.1 El Tribunal calificador, de estas pruebas estará formado

por los miembros que se especifican en el anexo IV de esta

Resolución.

5.2 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de

intervenir cuando concurran las circunstancias previstas en el art. 28.2

de la Ley 30/92 de 26 de Noviembre, de Régimen Jurídico de

las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo

Común.

Los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal

cuando concurran las circunstancias previstas en el punto anterior.

5.3 Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas,

la autoridad convocante publicará en el Boletín Oficial de la Junta

de Andalucía, en su caso, Resolución por la que se nombre a

los nuevos miembros del Tribunal que habrán de sustituir a los

que hayan perdido su condición por alguna de las causas previstas

en la base anterior.

5.4 El Tribunal Calificador adoptará las medidas precisas en

aquellos casos en que resulten necesarias, de forma que los

aspirantes con minusvalía gocen de similares condiciones para la

realización de los ejercicios que el resto de los participantes ; en este

sentido se establecerán, para las personas con minusvalía que

lo soliciten, las adaptaciones posibles en tiempo y medios para

su realización.

5.5 En ningún caso el Tribunal podrá aprobar ni declarar

que han superado las pruebas selectivas un número superior de

aspirantes que el de plazas convocadas. Cualquier propuesta de

aprobados que contravenga lo establecido será nula de pleno

derecho.

6. Desarrollo de los ejercicios

6.1 En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los

opositores para que acrediten su identidad.

6.2 Los aspirantes serán convocados para la realización de

los ejercicios en llamamiento único, siendo excluidos de la

oposición quienes no comparezcan, salvo en los casos debidamente

justificados y libremente apreciados por el Tribunal.

6.3 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal

tuviere conocimiento de que alguno de los aspirantes no posee

la totalidad de los requisitos exigidos en la presente convocatoria,

previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión al

Rector de la Universidad de Granada, comunicándole asimismo

las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la

solicitud de admisión a las pruebas selectivas, a los efectos

procedentes. Esta Resolución pondrá fin a la vía administrativa,

pudiendo el interesado interponer potestativamente, recurso de

reposición ante el Rector o bien recurso

contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia

de Andalucía.

7. Listas de aprobados

7.1 Finalizada la fase de concurso, el Tribunal hará pública

la lista de los aspirantes que han superado el concurso-oposición,

por orden de puntuación obtenida.

7.2 La puntuación total se obtendrá de la forma establecida

en el anexo I de esta convocatoria.

7.3 La lista de aprobados no podrá superar el número de

plazas convocadas, siendo nula de pleno derecho cualquier

actuación en sentido contrario, de acuerdo con lo establecido en el

artículo 18 de la Ley 30/1984.

7.4 Dicha relación se publicará en el Servicio de Personal,

en el lugar de celebración del ejercicio y en el Rectorado de esta

Universidad.

7.5 El Presidente del Tribunal enviará al Rector de la

Universidad de Granada copia certificada de la lista de puntuaciones

obtenidas por los aspirantes tras la aplicación de la fase de

concurso, especificando la propuesta de contratación a favor del

candidato que haya obtenido la mayor puntuación.

8. Presentación de documentos y firma de contratos

8.1 En el plazo de veinte días naturales a contar desde la

publicación en el Rectorado de la Universidad de las relaciones

de aprobados a que se refiere la base anterior, el opositor que

figuren en las mismas, deberá presentar en el Servicio de Personal

de esta Universidad, los siguientes documentos:

a) Certificado médico oficial acreditativo de no padecer

enfermedad ni defecto físico que imposibilite para el servicio.

b) Fotocopia debidamente compulsada del Título o

documento que le ha facultado participar en el concurso-oposición.

c) Los aspirantes que hayan hecho valer su condición de

minusválidos deberán presentar certificación del Organismo

competente de la Consejería de Trabajo y Seguridad Social que acredite

tal condición, e igualmente deberán presentar certificación de los

citados Órganos de la Administración sanitaria acreditativo de la

compatibilidad con el desempeño de tareas y funciones

correspondientes.

8.2 Será requisito indispensable para la firma del contrato

como personal laboral fijo, superar el reconocimiento previo a

que hace referencia el apartado a) del punto anterior.

8.3 Quienes dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza

mayor, no presentaren la documentación o, del examen de la

misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados

en la base 2.1, no podrán obtener la condición de personal laboral

fijo y quedarán anuladas las actuaciones, sin perjuicio de la

responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud

inicial.

8.4 En el contrato que se suscriba se fijará el período de

prueba que determina el Convenio Colectivo y tendrá los efectos

que el ordenamiento jurídico laboral dispone.

9. Norma final

9.1 Los aspirantes, por el hecho de participar en este

concurso-oposición, se someten a las bases de esta convocatoria y

su desarrollo y las decisiones que adopte el Tribunal, sin perjuicio

de las reclamaciones pertinentes. El Tribunal está facultado para

resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos

necesarios para el buen orden de las pruebas selectivas en todo lo

no previsto en las bases, así como para su interpretación.

9.2 La convocatoria y sus bases y cuantos actos

administrativos se deriven de ella y de las actuaciones del Tribunal, podrán

ser impugnados por los interesados en los casos y en la forma

establecidos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, pudiendo interponer contra la presente

Resolución, potestativamente, recurso de reposición ante este

Rectorado en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la

publicación de la Resolución o bien recurso

contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente

a la publicación de esta convocatoria, ante el Juzgado de lo

Contencioso Administrativo de Granada, conforme a lo dispuesto en

el artículo 116.1 de la mencionada Ley.

Granada, 4 de febrero de 2004.-El Rector, David Aguilar Peña.

BAREMO

1. Antigüedad en la Universidad de Granada: 1,5 puntos por

año o fracción mensual que corresponda (máximo 10 puntos).

2. Haber superado pruebas selectivas para el acceso a la

categoría convocada: 0,5 puntos por prueba (máximo 1 punto).

3. Cursos de perfeccionamiento: Impartidos u homologados

por Organismos Oficiales y relacionados con la categoría a cubrir

(máximo 4 puntos):

Hasta 15 horas: 0,2 puntos.

Hasta 30 horas: 0,4 puntos.

Hasta 50 horas: 0,7 puntos.

Hasta 75 horas: 1,1 puntos.

Hasta 100 horas: 1,6 puntos.

Hasta 150 horas: 2,5 puntos.

Más de 150 horas: 3 puntos.

Aquellos cursos en los que no conste el número de horas se

valorarán con 0,1 puntos.

4. Titulación académica. Máximo 2 puntos.

Se valorará la diferencia entre la máxima titulación presentada

y la necesaria para acceder al grupo al que se aspira.

Bachiller Superior o equivalente: 1 punto.

Diplomado o equivalente: 1,5 puntos.

Licenciado o equivalente: 2 puntos.

5. Experiencia profesional. Máximo 10 puntos.

2 puntos/año o fracción proporcional correspondiente en la

Administración.

1 punto/año o fracción proporcional correspondiente fuera de

la Administración.

6. Parados. Máximo 2 puntos.

Sin hijos: 1 punto.

Con hijos: 2 puntos

7. Por familiares con minusvalía superior al 33% a su cargo.

Máximo 1 punto.

0,5 puntos por cada familiar.

ANEXO I

A) Fase de oposición

Primer ejercicio.-En el tiempo máximo de dos horas los

aspirantes contestarán un cuestionario que versará sobre aspectos

del programa que se acompaña como Anexo II. Se calificará de

0 a 17 puntos, tendrá carácter eliminatorio y será necesario

obtener 8,5 puntos para superarlo.

Segundo ejercicio.-Consistirá en el desarrollo de un ejercicio

teórico-práctico en el tiempo que el Tribunal estime oportuno y

que versará sobre los aspectos del programa que se acompaña

como Anexo II. Dicho ejercicio se calificará de 0 a 34 puntos,

tendrá carácter eliminatorio y será necesario obtener 17 puntos

para superarlo.

Entrevista personal.-Los aspirantes deberán presentar y

defender una Memoria descriptiva del puesto al que aspiran.

El Tribunal podrá hacerles cuantas preguntas estime

convenientes referentes a dicho puesto. Se calificará de 0 a 9 puntos.

B) Fase de concurso

Finalizada la fase de oposición tendrá lugar la fase de concurso.

Tan sólo participarán en esta fase aquellos aspirantes que hayan

superado la fase de oposición. La valoración de estos méritos

se realizará de conformidad con el baremo que se acompaña a

esta convocatoria. En ningún caso los puntos obtenidos en esta

fase podrán ser computados para superar los ejercicios de la fase

de oposición.

Para que el Tribunal valore los méritos alegados, será requisito

necesario e imprescindible que los aspirantes aporten la

justificación documental de los méritos que quieran hacer valer en la

fase de concurso. Estos documentos justificativos deberán ser

aportados en el plazo improrrogable de diez días naturales, contados

a partir del siguiente al de la publicación de las listas de aquellos

que han superado la fase de oposición, y los mismos se presentarán

en el Registro General de la Universidad.

Aquellos aspirantes que en el plazo anteriormente mencionado,

no presenten los documentos acreditativos y salvo causas de fuerza

mayor libremente apreciadas por el Tribunal, no podrán ser objeto

de valoración alguna en la fase de concurso.

Para la valoración de los méritos alegados el Tribunal tomará

para su cómputo como fecha límite, en su caso, la de finalización

del plazo de presentación de las solicitudes de participación en

las presentes pruebas selectivas.

C) Valoración final

La valoración final del proceso selectivo vendrá dada por la

suma de las puntuaciones obtenidas en ambas fases (oposición

y concurso), no pudiendo resultar aprobados, tras la suma de ellas,

un número mayor de personas que el total de plazas convocadas.

En caso de igualdad en la puntuación total, una vez sumadas

las fases de concurso y oposición, se dará prioridad al aspirante

que mayor puntuación hubiera obtenido en la fase de oposición ;

en caso de persistir la igualdad, ésta se resolverá por sorteo entre

los aspirantes igualados.

ANEXO II

Programa

1. La Salud y la Salud Pública en España. El concepto de

la Salud: Evolución Histórica y los enfoques actuales. Los

determinantes de la salud y los indicadores de medida del estado de

salud en una población. Organización general del sistema sanitario

en España y Andalucía.

2. La Salud Pública y la Salud Laboral. Salud Laboral:

Concepto. Evolución histórica. La Organización de la Salud Laboral

en España. Funciones de la Administración Sanitaria en materia

de Salud Laboral. Relación entre Salud y Trabajo. Disciplinas

preventivas.

3. Estatutos de la Universidad de Granada.

4. Ley de Prevención de Riesgos Laborales (Ley 31/95).

Reglamento de los Servicios de Prevención (R.D. 39/97).

5. Estructuras implicadas en la salud laboral. Acuerdo marco

interterritorial en materia de Salud Laboral.

6. Funciones DUE de empresa. Documentación relacionada

con el servicio de salud laboral.

7. Vigilancia de la Salud. Protocolos específicos.

Enfermedades profesionales.

8. Introducción a la toxicología industrial. Gases y vapores

irritantes y asfixiantes.

9. Toxicología industrial de los metales pesados, pesticidas

y disolventes.

10. Los Plaguicidas. Concepto. Aplicaciones. Tipos.

Reglamentación. Equipos de protección individual en la aplicación de

plaguicidas.

11. Dermatosis profesionales de causa mecánica,

física/química y biológica. Cáncer cutáneo profesional.

12. Clasificación de enfermedades reumáticas. Artropatías

crónicas inflamatorias.

13. Síndrome artrósico. Raquiálgia. Osteoporosis.

Reumatismo de partes blandas.

14. Pruebas funcionales en salud laboral: espirometría,

audiometría, ECG, capacidad visual.

15. La Estadística descriptiva. Variables cualitativas y

cuantitativas: Discretas y Continuas. Las escalas de medición.

16. Resumen de datos en tablas de frecuencias.

Representaciones gráficas: Objetivo. Diagramas de barras. Histogramas.

17. El método estadístico: Población y Muestra. Métodos de

Muestreo. Medidas de distribución de frecuencias o parámetros

que resumen una distribución.

18. Probabilidad. Teorema de Bayes. Sensibilidad y

Especificidad de pruebas diagnósticas. Valores predictivos positivos y

negativos.

19. Concepto y Uso de la Epidemiología. Introducción,

evolución histórica. Fines de la Epidemiología. El Método

Epidemiológico. Clasificación de los estudios epidemiológicos. Las fuentes

de información en Salud Laboral.

20. Concepto de Seguridad en el trabajo. Concepto de

accidente de trabajo. Importancia social y económica. Causas de los

accidentes de trabajo. Factores técnicos y humanos. Inspecciones

de seguridad. Notificación y Registro de accidentes. Indicadores.

Investigación de accidentes.

21. Normativa básica de Seguridad en los lugares de trabajo.

Las normas de seguridad y señalización (R.D. 485/97 y 486/97).

22. El Riesgo de Incendio y Explosiones. Conceptos Básicos.

Planes de emergencia y evacuación.

23. Concepto de Higiene Industrial. Objetivos de la Higiene

Industrial. Partes de la Higiene Industrial. Tipos de contaminantes

y Clasificación de Riesgos. Valores Límites. Actuación sobre el

medio e individuo (Protección Individual).

24. Los contaminantes físicos: El Ruido. Conceptos Básicos.

Problemas Termohigrométricos. Conceptos Básicos. Las

Condiciones ambientales en los lugares de trabajo, según el Real Decreto

486/97 de 14 de Abril.

25. Radiaciones ionizantes y no ionizantes. Bases Físicas.

Aplicaciones. Factores de Riesgos. Radiología. Protección

Radiológica. Legislación.

26. Los riesgos biológicos y los accidentes biológicos. Los

agentes biológicos. Clasificación. La protección contra los riesgos

biológicos. Reglamentación (R.D. 664/97).

27. Concepto de Ergonomía. Definición y Objetivos. Sistema

Hombre-Máquina. Ciencias Relacionadas con la Ergonomía. El ser

humano y su entorno. El Diseño del puesto de trabajo.

Generalidades. Pantallas de visualización de datos (R.D. 488/97).

28. La calidad del aire en los espacios interiores. Síndrome

del edificio enfermo. Ambiente térmico.

29. El trabajo físico: Los esfuerzos, las posturas, los

movimientos repetitivos y sus patologías (R.D. 487/97 sobre

manipulación manual de cargas). La alimentación y el trabajo.

30. Factores Psicosociales en el Trabajo. Estrés Laboral.

31. Descripción y análisis de los puestos de trabajo.

Evaluación General de Riesgos. Conceptos Básicos.

ANEXO III (Ver imagen página 7987)

ANEXO IV

Tribunal calificador

Tribunal titular:

Presidente: Ilmo. Sr. don José Jiménez Benavides, Profesor

Titular de Escuela Universitaria y Gerente de la Universidad de

Granada.

Vocales:

Doña Reyes Rodríguez Tapioles, personal laboral con la

categoría de Titulado Superior de Servicios Técnicos de Apoyo a la

Docencia e Investigación del Servicio General de Investigación

de esta Universidad, nombrada por el Rector.

Don Juan Muros Ladrón de Guevara, personal laboral con la

categoría de Titulado de Grado Medio de Servicios Técnicos de

Apoyo a la Docencia e Investigación del Servicio General de

Investigación de esta Universidad, nombrado por el Rector.

Don Javier Machado Santiago, personal laboral con la categoría

de Titulado Superior de Servicios Técnicos de Apoyo a la Docencia

e Investigación del Servicio General de Investigación de esta

Universidad, designado por el Comité de Empresa.

Don Santiago Pecete Villalba, personal laboral con la categoría

de Titulado de Grado Medio de Deportes de esta Universidad,

designado por el Comité de Empresa.

Secretario: Don Javier Lay Fernández, funcionario de la Escala

Administrativa, adscrito al Servicio de Personal.

Tribunal suplente:

Presidente: Don Antonio L. Cobo Mariscal, Técnico Especialista

de Administración y Asesor PAS Laboral de la Universidad de

Granada.

Vocales:

Don Pedro Espinosa Hidalgo, Profesor Titular de Universidad

y Director de Gabinete de Prevención y Calidad Ambiental,

nombrado por el Rector.

Don Francisco Sicilia Gutiérrez, personal laboral con la

categoría de Titulado de Grado Superior de esta Universidad,

nombrado por el Rector.

Don Juan Miguel García Leiva, personal laboral con la categoría

de Técnico Especialista de Laboratorio, designado por el Comité

de Empresa.

Don Elías García Rodríguez, personal laboral con la categoría

de Titulado Superior de Servicios Técnicos de Apoyo a la Docencia

e Investigación del Servicio General de Investigación de esta

Universidad, designado por el Comité de Empresa.

Secretaria: Doña Magdalena Mir Gámez, funcionaria de la

Escala Administrativa, adscrita al Servicio de Personal.

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