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Documento BOE-A-2004-3000

Resolución de 5 de febrero de 2004, de la Subsecretaría, por la que se hace pública la lista de aspirantes aprobados en las fases de oposición y de concurso de las pruebas selectivas para ingreso, por promoción interna, en el Cuerpo de Ingenieros de Montes, convocadas por Orden MAM/1359/2003, de 14 de mayo.

Publicado en:
«BOE» núm. 42, de 18 de febrero de 2004, páginas 7693 a 7693 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2004-3000

TEXTO ORIGINAL

Finalizadas las fases de oposición y de concurso de las pruebas

selectivas para ingreso, por promoción interna, en el Cuerpo de

Ingenieros de Montes, convocadas por Orden MAM/1359/2003,

de 14 de mayo (B.O.E. del 30),

Esta Subsecretaría ha resuelto:

Primero.-Hacer pública, de conformidad con lo dispuesto en

la base 7.3 de la convocatoria, la lista de los aspirantes aprobados,

por orden de puntuación obtenida y con indicación del documento

nacional de identidad o pasaporte y del sistema de acceso, que

se relacionan en el Anexo I de esta resolución.

Segundo.-Los aspirantes aprobados, que figuran en el anexo I

adjunto, dispondrán de un plazo de veinte días naturales desde

la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" de esta Resolución,

para presentar, en el Registro General del Ministerio de Medio

Ambiente o bien en la forma establecida en el artículo 38.4 de

la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de

las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo

Común, los siguientes documentos:

1. Fotocopia compulsada del documento nacional de

identidad o pasaporte.

2. Fotocopia compulsada del título exigido en la convocatoria

o certificación académica que acredite haber realizado todos los

estudios para la obtención del mismo.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá

presentarse fotocopia compulsada de la documentación que

acredite su homologación.

3. Declaración jurada o promesa de no haber sido separado

mediante expediente disciplinario de ninguna Administración

Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones

públicas, según el modelo que figura como Anexo II.

4. Certificado médico oficial que acredite no padecer

enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica

incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.

5. Asimismo, deberán formular opción para la percepción de

la remuneración que deseen percibir durante su condición de

funcionarios en prácticas. Dicha opción deberá ser formulada

igualmente por quienes invoquen su condición de personal laboral o

funcionario interino, de conformidad con lo previsto en el R.D.

456/1986, de 10 de febrero, modificado por R.D. 213/2003, de

21 de febrero.

Tercero.-Quienes dentro del plazo fijado y salvo casos de

fuerza mayor debidamente acreditados, no presentaran la

documentación, o del examen de la misma se dedujera que carecen de

alguno de los requisitos señalados en la base 2, no podrán ser

nombrados funcionarios y quedarán anuladas sus actuaciones, sin

perjuicio de la responsabilidad en que hubiesen incurrido por

falsedad en la solicitud inicial.

Cuarto.-Por orden de la autoridad convocante, se procederá

al nombramiento de funcionarios en prácticas, en la que se

determinará la fecha en que empezará a surtir efectos dicho

nombramiento.

Estos funcionarios deberán superar el curso selectivo o período

de prácticas determinado en la convocatoria.

Los aspirantes que no superen el curso selectivo o período

de prácticas perderán el derecho a ser nombrados funcionarios

de carrera mediante resolución motivada por la autoridad

convocante. Quienes no pudieran realizar el curso selectivo o período

de prácticas por causas de fuerza mayor debidamente justificada

y apreciada por la Administración, podrán efectuarlo con

posterioridad, intercalándose en el lugar correspondiente a la

puntuación obtenida.

Quinto.-La petición de destinos por parte de los aspirantes

aprobados deberá realizarse previa oferta de los mismos y una

vez finalizado el período de prácticas.

Los aspirantes podrán solicitar que se les adjudique destino

en el puesto de trabajo que vinieran desempeñando con carácter

definitivo o mediante adscripción provisional, de conformidad con

los artículos 26 y 78 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.

La opción de permanecer en el puesto de trabajo que se viniera

desempeñando, en el caso de que dicho puesto radique en

Administraciones Públicas distintas de la del Estado, se someterá a

lo que estas Administraciones convengan al respecto, y, en todo

caso, la adjudicación de destinos se efectuará por los órganos

competentes de estas Administraciones Públicas.

Madrid, 5 de febrero de 2004.-La Subsecretaria, P.D.

(Resolución 06.11.96, BOE del 18), el Subdirector general de

Recursos Humanos, José Sáenz González.

Subdirección General de Recursos Humanos.

ANEXO I

Relación de aspirantes aprobados en las fases de oposición

y de concurso de las pruebas selectivas para ingreso en el

Cuerpo de Ingenieros de Montes (Orden MAM/1359/2003, de

14 de mayo, BOE del 30)

Sistema de promoción interna

N.o

deorden Apellidosynombre D.N.I. Puntuación

total

1 Calle Sánchez, Feliciano ......... 5.360.492 65,53

ANEXO II

Don/Doña .................................................,

con domicilio en ...............................................,

y documento nacional de identidad número .....................,

declara bajo juramento o promesa, a efectos de ser nombrado

funcionario/a del Cuerpo/Escala ................................

que no ha sido separado/a del servicio de ninguna de las

Administraciones Públicas y que no se halla inhabilitado/a para el

ejercicio de las funciones públicas.

En ............, a ............ de ............ de 200. . .

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