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Documento BOE-A-2004-21713

Resolución de 14 de diciembre de 2004, del Consejo Económico y Social, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso como personal laboral, Jefe de Departamento, de la Dirección de Programación de la Acción Exterior y Relaciones Internacionales.

Publicado en:
«BOE» núm. 312, de 28 de diciembre de 2004, páginas 42053 a 42058 (6 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-2004-21713

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 222/2004, de 6 de febrero, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2004, y con el fin de atender las necesidades de personal de la Administración Pública, el Consejo Económico y Social, convoca proceso selectivo, con sujeción a las siguientes

Bases de convocatoria

1. Normas generales

1.1 Se convoca proceso selectivo para cubrir una plaza de la categoría de Jefe de Departamento de la Dirección de Programación de la Acción Exterior y Relaciones Internacionales del Consejo Económico y Social, por el sistema general de acceso libre.

1.2 El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de concurso-oposición, con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se especifican en el Anexo I. 1.3 La descripción de la plaza se detalla en el Anexo II A de esta convocatoria. 1.4 Concluido el proceso selectivo, el primer aspirante de entre los que lo hubieran superado, al que se refiere la base 7.1 de esta convocatoria, será contratado con carácter fijo.

2. Requisitos de los candidatos

2.1 Para ser admitidos a la realización del proceso selectivo los aspirantes deberán poseer en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de la formalización del contrato de trabajo los siguientes requisitos de participación: 2.1.1 Nacionalidad: a) Ser español.

b) Ser nacional de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea o nacional de algún Estado al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España sea de aplicación la libre circulación de trabajadores. También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y de los nacionales de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea y, cuando así lo prevea el correspondiente Tratado, el de los nacionales de algún Estado al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar sus descendientes y los de su cónyuge, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas. c) Asimismo, podrán participar quienes no estando incluidos en los párrafos anteriores se encuentren en España en situación de legalidad, siendo titulares de un documento que les habilite a residir y a poder acceder sin limitaciones al mercado laboral. En consecuencia, podrán participar quienes se encuentren en situación de residencia temporal, quienes se encuentren en situación de residencia permanente, quienes se encuentren en situación de autorización para residir y trabajar, así como los refugiados.

2.1.2 Capacidad legal: Tener capacidad para contratar la prestación de su trabajo, de acuerdo con lo previsto en el artículo 7 del Estatuto de los Trabajadores.

2.1.3 Titulación: Estar en posesión o en condiciones de obtener el título que se señala en el Anexo II A. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación. 2.1.4 Compatibilidad funcional: No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones. 2.1.5 Habilitación: No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones públicas.

Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

3. Solicitudes

3.1 Quienes deseen participar en este proceso selectivo deberán cumplimentar el modelo de solicitud de admisión a pruebas selectivas que figura en el Anexo IV.

3.2 La presentación de solicitudes se realizará en el Registro General del Consejo Económico y Social (c/ Huertas, 73, 28014 Madrid), de 9,00 a 14,00 y de 16,30 a 18,30 horas, de lunes a viernes, o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación del anuncio de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» y se dirigirán al Presidente del Consejo Económico y Social. La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante. 3.3 A la solicitud se acompañará:

Una fotocopia compulsada del Documento de Identidad o del pasaporte.

Los incluidos en el primer párrafo del apartado b) de la base 2.1.1 que residan en España, además de la fotocopia compulsada del correspondiente documento de identidad o pasaporte, una fotocopia compulsada de la tarjeta de residente comunitario o de familiar de residente comunitario en vigor o, en su caso, de la tarjeta temporal de residente comunitario o de trabajador comunitario fronterizo en vigor. Los incluidos en el segundo párrafo del apartado b) de la base 2.1.1, además de la fotocopia compulsada del pasaporte, una fotocopia compulsada del visado y, en su caso, del resguardo de haber solicitado la correspondiente tarjeta o del resguardo de haber solicitado la exención de visado y la correspondiente tarjeta. De no haberse solicitado estos documentos deberán presentar los documentos expedidos por las autoridades competentes que acrediten el vínculo de parentesco y una declaración jurada o promesa del español o del nacional de la Unión Europea o del Estado al que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores con el que existe este vínculo, de que no está separado de derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho de que el aspirante vive a sus expensas o está a su cargo. Los incluidos en el apartado c) de la base 2.1.1, además de la fotocopia compulsada del Pasaporte en vigor, una fotocopia compulsada del correspondiente permiso de residencia, o de trabajo y de residencia. Los aspirantes con discapacidad con un grado de minusvalía igual o superior al 33% que soliciten adaptación de tiempo y/o medios deberán adjuntar Dictamen Técnico Facultativo emitido por el Órgano Técnico de Valoración que dictaminó el grado de minusvalía. Currículum vitae en el que consten, debidamente acreditados, que se cumplen los requisitos establecidos y que se reúnen los méritos que son objeto de valoración en la fase de concurso, que se recogen en el Anexo I.

3.4 Los errores de hecho, materiales o aritméticos que pudieran advertirse en la solicitud podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, el Presidente del Consejo Económico y Social dictará Resolución, en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos. En dicha Resolución, que deberá publicarse en el Boletín Oficial del Estado, se indicarán los lugares en que se encuentren expuestas al público las listas certificadas completas de aspirantes admitidos y excluidos, señalándose un plazo de diez días hábiles para subsanar el defecto que haya motivado la exclusión u omisión.

4.2 Finalizado dicho plazo, en el caso de que se hubieran producido modificaciones, éstas se expondrán en los mismos lugares en que lo fueron las relaciones iniciales.

5. Tribunal

5.1 El Tribunal calificador de este proceso selectivo es el que figura como Anexo III a esta convocatoria.

5.2 El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y demás disposiciones vigentes. 5.3 Los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley citada en la base anterior. 5.4 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el Consejo Económico y Social, calle Huertas, n.º 73, 28014 Madrid, teléfono 91 4290018.

6. Desarrollo del proceso selectivo

6.1 El proceso selectivo se realizara en una fase de concurso de méritos, una fase de oposición y, en su caso, una fase de entrevista, según figura en el anexo I.

6.2 Los resultados de la fase de concurso, de la fase de oposición y, en su caso, de la entrevista, así como la puntuación final del proceso selectivo serán hechos públicos en el tablón de anuncios y en la página web del Consejo Económico y Social (www.ces.es). 6.3 Los aspirantes dispondrán de un plazo de 10 días hábiles, a partir del siguiente al de la publicación de la puntuación de la fase de concurso, para efectuar las alegaciones pertinentes. Finalizado dicho plazo y resueltas las alegaciones, el Tribunal publicará la relación con las valoraciones definitivas de esta fase. 6.4 Los anuncios de celebración del ejercicio de la fase de oposición y de la entrevista se harán públicos en la sede del Consejo Económico y Social, y serán comunicados a los candidatos admitidos a realizarlos con una antelación, al menos, de 24 horas. 6.5 El Tribunal podrá requerir, en cualquier momento del proceso selectivo, la acreditación de la identidad de los aspirantes. Asimismo, si tuviera conocimiento de que alguno de los aspirantes no cumple cualquiera de los requisitos exigidos en la convocatoria, previa audiencia al interesado, deberá proponer su exclusión a la autoridad convocante.

7. Superación del proceso selectivo

7.1 Finalizado el proceso selectivo el Presidente del Tribunal elevará a la autoridad convocante la relación de aspirantes que hayan obtenido, al menos, la calificación mínima exigida para superar el proceso selectivo por orden de puntuación.

7.2 Solo se podrá formalizar el contrato con el primer aspirante de la relación a la que se refiere la base 7.1, disponiendo dicho aspirante de un plazo de veinte días naturales para la presentación de la documentación necesaria para la formalización del contrato. 7.3 El aspirante contratado tendrá que superar un período de prueba de seis meses durante el cual la Dirección de Programación de la Acción Exterior y Relaciones Internacionales evaluará el correcto desempeño del puesto de trabajo. 7.4 En el caso de que el candidato no presente la documentación correspondiente en el plazo establecido, no cumpla los requisitos exigidos, renuncie, o la certificación emitida por la Dirección de Programación de la Acción Exterior y Relaciones Internacionales sobre el correcto desempeño del puesto de trabajo durante el periodo de prueba sea desfavorable, el puesto se adjudicará al siguiente candidato de la relación a la que se refiere la base 7.1.

8. Lista de reserva

8.1 Los aspirantes que integran la relación a la que se refiere la base 7.1, excepto el aspirante contratado, constituirán la lista de reserva.

8.2 La lista de reserva conservará el orden de prelación resultante de las puntuaciones obtenidas en el proceso selectivo, y tiene una vigencia de 18 meses desde su publicación, salvo que antes se publiquen nuevas relaciones que la sustituyan. 8.3 Si una vez formalizado el contrato a que se refiere la base 7.3, el aspirante contratado cesa o renuncia durante el periodo de prueba, dejando el puesto vacante, se podrá sustituir por el siguiente candidato de la lista, y si éste renuncia o no comparece sin alegar causa justificada perderá su puesto en la relación y pasará a ocupar el último lugar de la misma, realizándose el llamamiento al siguiente de la lista, y así sucesivamente. Se consideran causas justificadas para la no comparecencia: estar en periodo de licencia por maternidad; padecer una enfermedad, que deberá ser justificada; cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público o personal; mantener una relación de empleo de carácter temporal; y razones de fuerza mayor apreciadas, en su caso, por la Administración. 8.5 Si durante el periodo de vigencia de la lista de reserva, se produce una vacante de la misma categoría, área funcional y especialidad señaladas en el anexo II A, que haya de ser cubierta con carácter temporal o de interinidad, aquélla se podrá cubrir siguiendo el procedimiento descrito en la base 8.3 en cuanto al orden de llamamiento de los candidatos. En todo lo demás, se estará a lo dispuesto en la Instrucción conjunta de las Secretarías de Estado para la Administración Pública y Gastos sobre procedimiento de autorización de contratos de personal laboral y nombramiento de funcionaros interinos, de 5 de mayo de 2002.

9. Norma final

Al presente proceso selectivo le serán de aplicación la Ley 30/1984, de 2 de agosto; el resto de la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en la presente convocatoria.

Contra la presente convocatoria podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el excelentísimo señor Presidente del Consejo Económico y Social en el plazo de un mes desde su publicación o bien recurso contencioso -administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante el órgano jurisdiccional competente, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose, que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Madrid, 14 de diciembre de 2004.-El Presidente, Jaime Montalvo Correa.

ANEXO I Descripción del proceso selectivo

1. Proceso de selección

1.1 El proceso de selección constará de las siguientes fases: A) Concurso.

B) Oposición. C) Entrevista.

1.2 Fase de concurso

1.2.1 La fase de concurso será obligatoria y tendrá carácter eliminatorio. En esta fase se valorarán los siguientes méritos: Experiencia profesional en puestos de trabajo relacionados con las tareas y funciones propias del puesto.

Posesión de titulación académica que esté directamente relacionada con las tareas y funciones del puesto. Publicaciones y trabajos de investigación de los candidatos que estén relacionadas con los cometidos, funciones y tareas del puesto de trabajo para el que se selecciona. Otros méritos a valorar por el tribunal.

1.2.2 La valoración de la fase de concurso será realizada de conformidad con los baremos que se señalan en el apartado 2.1. de este anexo I. 1.3 Fase de Oposición:

La fase de Oposición constará de tres ejercicios, los dos primeros de carácter teórico, y el tercero de carácter práctico, y una prueba de idioma, todos ellos de carácter eliminatorio: 1.3.1 Primer ejercicio: El primer ejercicio consistirá en desarrollar por escrito, en un tiempo máximo de dos horas, un tema general, a escoger entre dos propuestos por el Tribunal, de actualidad política, económica o social de España y/o del ámbito internacional.

1.3.2 Segundo ejercicio:

Consistirá en exponer oralmente, en sesión pública ante el Tribunal, durante un tiempo máximo de una hora, tres temas del programa que figura en el anexo IIB de esta convocatoria. Uno de los temas, deberá ser del grupo de materias comprendidas entre los cinco primeros temas del programa. Los otros dos temas deberán ser del grupo de materias comprendidas entre los temas 6 y 25, ambos inclusive. Los temas serán extraídos al azar por el Tribunal en presencia de los aspirantes.

Los opositores dispondrán de 30 minutos para preparación de este ejercicio, sin que puedan consultar ninguna clase de textos o apuntes. Durante la exposición, podrán utilizar el guión que, en su caso, hayan realizado durante el referido tiempo de preparación. Finalizada la intervención, el Tribunal podrá dialogar con el opositor durante un periodo máximo de quince minutos sobre aspectos de los temas que ha desarrollado.

1.3.3. Tercer ejercicio:

El tercer ejercicio, de carácter práctico, consistirá en realizar por escrito un comentario analítico y crítico del texto de un Convenio o Tratado Internacional ratificado por España o de cualquier otro texto o documento libremente elegidos por el Tribunal, en lengua castellana, y que será dado a conocer a los aspirantes en el momento mismo del ejercicio.

Los opositores dispondrán de dos horas para realizar el ejercicio, durante cuya realización podrán consultar los materiales que consideren pertinentes y que aporten para la ocasión.

1.3.4 Prueba de idioma:

Consistirá en realizar por escrito dos traducciones directas al castellano, de sendos textos redactados en inglés y francés, sin diccionario, durante el tiempo máximo de dos horas.

1.3.5 Las pruebas correspondientes a los ejercicios primero y tercero y la prueba de idioma, serán leídas públicamente por los opositores ante el Tribunal, que los calificará valorando los conocimientos, la claridad y orden de ideas, la calidad de expresión escrita, el rigor analítico y la sistemática, así como su forma de presentación y exposición.

1.3.6 La valoración de la fase de oposición será realizada de conformidad con los criterios que se señalan en el apartado 2.2. de este anexo I. 1.3.7 Se adoptarán las medidas precisas para que los aspirantes con minusvalía gocen de similares condiciones que el resto de los aspirantes en la realización de los ejercicios. En este sentido, para las personas con minusvalía que así lo hagan constar en su solicitud, se establecerán las adaptaciones posibles en tiempo y medios para su realización.

1.4 Entrevista:

Los candidatos que hubieran superado las dos fases anteriores podrán ser convocados a una entrevista que versará sobre la trayectoria académica, la trayectoria profesional, la adaptación a las competencias del puesto de trabajo, los méritos alegados y la prueba realizada. Con este propósito, el tribunal podrá requerir del candidato la exposición y desarrollo de alguna cuestión referente a su experiencia profesional en las materias abordadas en la fase de oposición.

2. Valoración

2.1 Fase de concurso: La fase de concurso se calificará de cero a catorce puntos, siendo necesario obtener un mínimo de siete para superarla, y se realizará según los siguientes baremos: La experiencia profesional en puestos de trabajo directamente relacionados con las tareas y funciones propias del puesto será valorada hasta un máximo de 9,8 puntos, atendiendo a los siguientes criterios: 1,88 puntos por cada año de servicios prestados desempeñando funciones análogas a las de la plaza convocada en empresas privadas, instituciones similares y en Entidades de Derecho Público distintas a la Administración General del Estado.

2,25 puntos por cada año de servicios prestados desempeñando funciones análogas a las de la plaza convocada en la Administración General del Estado y los organismos públicos vinculados o dependientes de ella. La posesión de titulaciones académicas relacionadas con las tareas y funciones del puesto se valorarán hasta un máximo de 1,5 puntos:

Título de Doctor: 0,50 puntos.

Licenciatura en Ciencias Políticas: 0,25 puntos. Licenciatura en Derecho: 0,25 puntos. Licenciatura en Sociología: 0,25 puntos. Licenciatura en CC Económicas y Empresariales o Economía: 0,25 puntos. Las publicaciones y trabajos de investigación que estén relacionadas con los cometidos, funciones y tareas del puesto de trabajo se valorarán hasta un máximo de 1,7 puntos.

Por cada libro publicado, acreditado mediante la identificación ISBN: 0,18 puntos.

Por cada artículo: 0,12 puntos. Por cada proyecto de investigación: 0,12 puntos. Por ponencias o comunicaciones en jornadas, congresos, etc: 0,12 puntos.

Otros méritos a valorar por el tribunal. Estos méritos tendrán una valoración máxima de 1,0 puntos:

Por cada idioma distinto a inglés y francés: 0,2 puntos

Por realización de otros cursos específicos en materias relacionadas con los cometidos y funciones del puesto: 0,4 puntos como máximo

2.2 Fase de Oposición:

2.2.1 Los ejercicios primero, segundo y tercero de la fase de oposición se calificarán de cero a diez puntos, siendo necesario obtener, como mínimo, cinco puntos para superar cada ejercicio.

2.2.2 La prueba de idioma se calificará de cero a seis puntos cada uno las partes de que consta dicha prueba, siendo necesario para aprobar obtener, como mínimo, tres puntos, en cada una de las partes. 2.2.3 La calificación final de la Oposición vendrá determinada por la suma de puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios y de la prueba de idiomas.

2.3 Entrevista:

La máxima puntuación otorgable al candidato en la fase de entrevista será de dos puntos, siendo necesario obtener un punto como mínimo para superarla.

2.4 Valoración final:

2.4.1 La calificación final vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada una de las fases de que consta este proceso selectivo.

2.4.2 En caso de empate, el orden se establecerá en primer lugar, teniendo en cuenta la mayor puntuación obtenida por los aspirantes en la fase de Oposición del proceso selectivo. Si persistiera el empate a puntos, éste se dirimirá atendiendo a la mayor puntuación en el segundo ejercicio. Finalmente, se dirimirá el nuevo empate teniendo en cuenta las puntuaciones obtenidas en la prueba de idiomas.

ANEXO II A Descripción de la plaza convocada

Categoría: Jefe de Departamento

Área Funcional: Dirección de Programación de la Acción Exterior y Relaciones Internacionales.

Especialidad: Análisis y Evaluación de Proyectos y Actividades.

Número de plazas: 1. Titulación: Licenciatura en CC Políticas, Derecho, Sociología, CC Económicas y Empresariales o Economía. Funciones y tareas principales:

Análisis y valoración inicial de los proyectos que se desarrollan en el marco de la Acción Exterior y las Relaciones Internacionales del Consejo Económico y Social, así como su seguimiento y posterior evaluación.

Diseño, dirección y ejecución de proyectos en el área de cooperación exterior del Consejo Económico y Social. Realización de informes y tareas de apoyo a los Órganos Colegiados, Comités y Comisiones de Trabajo del Consejo Económico y Social.

Retribuciones: 38.803 € de sueldo anual y un complemento variable en función del cumplimiento de objetivos y el desempeño del puesto de trabajo.

ANEXO II B Programa

Tema 1. La Constitución española de 1978: estructura y contenido. Derechos y deberes fundamentales. El Tribunal Constitucional. Las Cortes Generales. El Gobierno. La Jefatura del Estado. El Tribunal de Cuentas. El Poder Judicial. Tema 2. La Administración General del Estado. Organos Centrales: El Consejo de Ministros. El Presidente del Gobierno. Los Ministros. El Consejo de Ministros. Organos territoriales. Tema 3. Los organismos públicos. Creación, modificación y extinción. Los organismos autónomos. Las entidades públicas empresariales. Tema 4. La administración consultiva. El Consejo de Estado. El Consejo Económico y Social: composición, funciones y funcionamiento. Tema 5. La Unión Europea. El Tratado de la Unión Europea. Las instituciones comunitarias. Las políticas comunitarias. Relación entre el Derecho comunitario y el ordenamiento jurídico español. Tema 6. Los Tratados Internacionales. Clases. La Convención de Viena de 1969 y el proceso de celebración de los Tratados Internacionales. Tema 7. Los Organos del Estado encargados de las Relaciones Internacionales: órganos centrales, misiones especiales y delegaciones en órganos y conferencias internacionales. Las misiones diplomáticas. Las oficinas consulares. Tema 8. Derecho Internacional de los Derechos Humanos. Declaraciones, convenios y mecanismos de promoción y protección. Tema 9. Las Naciones Unidas. Fines y principios. Estructura orgánica y modo de funcionamiento. Las Resoluciones de Naciones Unidas. Tema 10. Organizaciones Internacionales de participación limitada (I): El Consejo de Europa, La Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa. La Organización de Cooperación y Desarrollo Económicos. Tema 11. Organizaciones Internacionales de participación limitada (II): La Organización de Estados Americanos, La Organización de la Unidad Africana. La liga de Estados Arabes. Tema 12. El Fondo Monetario Internacional y el Grupo del Banco Mundial: estructura y funcionamiento. Tema 13. El comercio exterior de España: estructura. Los instrumentos públicos de fomento de las exportaciones. Las inversiones españolas en el exterior. Tema 14. Economía del desarrollo. Problemas derivados de las desigualdades estructurales entre los países. Los problemas de la deuda externa. Tema 15. Instituciones y procesos actuales de cooperación e integración económicas en América, en Africa y en Asia. Tema 16. La política exterior de España (I): Las grandes lineas. Elaboración, dirección y ejecución de la política exterior de España. Principales formas de control. Tema 17. La política exterior de España (II). El ámbito europeo y atlántico. La dimensión americana. Política hacia Iberoamérica. La Conferencia Iberoamericana. Tema 18. La política exterior de España (III). El ámbito del Mediterráneo y del Norte de Africa. Las relaciones exteriores de España en Africa subsahariana, Asia y El Pacífico. Tema 19. La política exterior de España (IV). Presencia y acción de España en los foros y organismos de ámbito universal Tema 20. La política española de cooperación para el desarrollo. Regulación jurídica. Organos competentes. La Agencia Española de Cooperación Internacional. Tema 21. La cooperación española con Iberoamérica. El sistema de cooperación de la Conferencia Iberoamericana. Tema 22. Estructuras sociales y sistemas políticos en Iberoamérica, en los países árabes y el mundo islámico y en el Africa subsahariana. Tema 23. El diálogo social en los países de Iberoamérica y en el Magreb: características principales y órganos a través de los cuales se desarrolla. Tema 24. Las Relaciones internacionales de la Unión Europea. Funcionamiento. Instituciones competentes. Regulación. Tema 25. Los Acuerdos y Convenios Internacionales de la Unión Europea: principales características y su tipología.

ANEXO III Tribunal calificador

Tribunal Titular

Presidente: D.ª Carmen Aguilera Lucio-Villegas, Directora de Relaciones Institucionales y Publicaciones.

Vocales:

D.ª M.ª Cruz Rodríguez del Cerro, Directora del Gabinete del Presidente.

D.ª Laura Montero Romero, Directora del Gabinete del Secretario General. D. Pablo Gil de la Cruz, Coordinador del Área de Proyectos y Actividades. D. Jorge Carbajo Centeno, Presidente del Comité de Empresa.

Secretario (con voz y sin voto):

D. Francisco Martínez López, Jefe de la Unidad de Personal.

Tribunal Suplente

Presidente: D. Rodolfo Gutiérrez Palacios, Director del Área de Estudios y Análisis.

Vocales:

D. Fernando Martínez Rodríguez, Jefe de Departamento del Área de Estudios y Análisis.

D.ª Yolanda López Mazuelas, Directora de Área de la Gerencia. D.ª Nuria Moreno Manzanaro, Jefa de Departamento del Área de Estudios y Análisis. D. Fernando García de Cortázar Nebreda, Miembro del Comité de Empresa.

Secretaria (con voz y sin voto):

D.ª Ana Vázquez Losada, Asesora Especializada.

1.3 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para todos o alguno de los ejercicios.

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