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Documento BOE-A-2004-21227

Orden SCO/4138/2004, de 30 de noviembre, por la que se convoca proceso selectivo para el acceso, por promoción interna, en la Escala de Especialista Técnico de Organismos Autónomos, especialidad de Sanidad y Consumo.

Publicado en:
«BOE» núm. 303, de 17 de diciembre de 2004, páginas 41268 a 41272 (5 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Sanidad y Consumo
Referencia:
BOE-A-2004-21227

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 222/2004, de 6 de febrero, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para el año 2004 y con el fin de atender las necesidades de personal de la Administración Pública. Este Ministerio, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública, acuerda convocar proceso selectivo para acceso a la Escala de Especialista Técnico de Organismos Autónomos, especialidad de Sanidad y Consumo, con sujeción a las siguientes

Bases de convocatoria

1. Normas generales

1.1 Se convoca proceso selectivo para el acceso a 16 plazas en la Escala de Especialista Técnico de Organismos Autónomos, especialidad de Sanidad y Consumo, Grupo C, Código 5010 por el sistema de promoción interna.

Del total de las plazas, 9 plazas corresponden al Area de conocimiento de Seguridad Alimentaria y están adscritas al Centro Nacional de Alimentación (Majadahonda-Madrid) dependiente de la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y 7 corresponden al Área de conocimiento de Medicamentos y Productos Sanitarios y están adscritas a la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios. Los aspirantes sólo podrán participar en una de las Areas previstas en esta base. 1.2 El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de concurso-oposición, con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se especifican en el Anexo I. 1.3 El programa que ha de regir el proceso selectivo es el que figura como Anexo II a esta convocatoria, distribuido por áreas de conocimiento. 1.4 El proceso selectivo se desarrollará de acuerdo con el siguiente calendario:

El primer ejercicio de la fase de oposición se iniciará antes del 31 de marzo de 2005. La duración máxima del proceso selectivo será de seis meses, contados a partir de la fecha de realización del primer ejercicio. 1.5 Los aspirantes que hubieran superado las pruebas selectivas, pero, al no reunir los méritos suficientes, no resulten aprobados en el presente proceso selectivo, quedarán exentos de la realización de las pruebas en la siguiente convocatoria de promoción interna.

1.6 Concluido el proceso selectivo, los aspirantes que lo hubieran superado y que hayan acreditado cumplir los requisitos exigidos, serán nombrados funcionarios de carrera en la Escala de Especialista Técnico de Organismos Autónomos, especialidad de Sanidad y Consumo, Grupo C mediante Resolución de la Secretaría General para la Administración Pública, que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado».

2. Requisitos de los candidatos

2.1 Para ser admitidos a la realización del proceso selectivo los aspirantes deberán poseer en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de la toma de posesión como funcionario de carrera los siguientes requisitos de participación: 2.1.1 Edad: No haber alcanzado la edad de jubilación.

2.1.2 Pertenencia a Cuerpo: Pertenecer como funcionario de carrera a alguno de los Cuerpos o Escalas del Grupo D, incluidos en el ámbito de aplicación del art. 1.1 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, o a Cuerpos o Escalas Postales y de Telecomunicación, adscritos al Grupo D y estar además destinados en la Administración General del Estado. 2.1.3 Antigüedad: Haber prestado servicios efectivos, durante al menos dos años, como funcionario de carrera en Cuerpos o Escalas del Grupo D incluidos en el ámbito de aplicación del artículo 1.1 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto o en Cuerpos o Escalas Postales y de Telecomunicación, adscritos al grupo D. 2.1.4 Titulación: Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Bachiller, Formación Profesional de segundo grado o equivalente. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación. Aquellos funcionarios que carezcan de la titulación requerida, podrán participar en este proceso selectivo siempre que tengan una antigüedad de diez años en la Escala del Grupo D anteriormente indicada. También podrán participar aquellos funcionarios que, careciendo de la titulación exigida, no alcancen los diez años mencionados siempre que acrediten al menos cinco años y hayan superado el curso específico a que se refiere la disposición adicional novena del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo. 2.1.5 Compatibilidad funcional: No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones. 2.1.6 Habilitación: No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones públicas.

3. Solicitudes

3.1 Quienes deseen participar en este proceso selectivo deberán cumplimentar el modelo oficial de solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación de derechos de examen (modelo 790) que se facilitará gratuitamente en el Ministerio de Sanidad y Consumo, en la Agencia Española de Seguridad Alimentaria, en la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios, en el Centro de Información Administrativa del Ministerio de Administraciones Públicas, en la Dirección General de la Función Pública, en las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno y en las representaciones diplomáticas y consulares de España en el extranjero y en la página de Internet www.map.es/servicios al ciudadano/empleo publico/procesos selectivos.

La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones del Anexo IV. 3.2 La presentación de solicitudes se realizará en el Registro General de la Agencia Española de Seguridad Alimentaria, en el Registro General de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios, en el Registro General del Ministerio de Sanidad y Consumo o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» y se dirigirán al Secretario General de la Agencia Española de Seguridad Alimentaria o al Secretario General de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios, según el Area de conocimiento al que se presenten. La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante. 3.3 A la solicitud se acompañará una fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad o del pasaporte. 3.4 Los errores de hecho, materiales o aritméticos, que pudieran advertirse en la solicitud podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, la Ministra de Sanidad y Consumo dictará Orden Ministerial en el plazo máximo de un mes declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos. En dicha Orden, que deberá publicarse en el «Boletín Oficial del Estado», se indicarán los lugares en que se encuentren expuestas al público las listas certificadas completas de aspirantes admitidos y excluidos, señalándose un plazo de diez días hábiles para subsanar el defecto que haya motivado la exclusión u omisión y determinándose el lugar, fecha y hora de comienzo del primer ejercicio de la oposición.

4.2 Finalizado dicho plazo, en el caso de que se hubieran producido modificaciones, éstas se expondrán en los mismos lugares en que lo fueron las relaciones iniciales. 4.3 No procederá la devolución de los derechos de examen en los supuestos de exclusión por causa imputable a los aspirantes.

5. Tribunal

5.1 El Tribunal calificador de este proceso selectivo es el que figura como Anexo III a esta convocatoria.

5.2 El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y demás disposiciones vigentes. 5.3 Los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo 28 de la ley citada en la base anterior. 5.4 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal del Área de conocimiento de Seguridad Alimentaria tendrá su sede en la Agencia Española de Seguridad Alimentaria, c/ Alcalá, 56, 28014 Madrid, teléfono 913380131, correo electrónico Imajan@msc.es y el del Área de conocimiento de Medicamentos y Productos Sanitarios en la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios en la carretera de Pozuelo a Majadahonda, km. 2,200, teléfono 915967701 dirección de correo electrónico rpalop@agemed.es

6. Desarrollo del proceso selectivo

6.1 El orden de actuación de los aspirantes en la fase de oposición se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra «S» según lo establecido en la Resolución de la Secretaria de Estado para la Administración Pública de 29 de enero de 2004 (Boletín Oficial del Estado de 6 de febrero).

6.2 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan. 6.3 El Tribunal adoptará las medidas necesarias para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición que sean escritos y no deban ser leídos ante el órgano de selección, sean corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes. El Tribunal podrá excluir a aquellos opositores en cuyas hojas de examen figuren nombres, rasgos, marcas o signos que permitan conocer la identidad de los mismos. 6.4 Concluido el ejercicio de la oposición, el Tribunal hará públicas en el lugar o lugares de su celebración y en la sede del Tribunal, la relación de aspirantes que hayan alcanzado el mínimo establecido para superarlo, con indicación de la puntuación obtenida. 6.5 Una vez comenzado el proceso selectivo, los anuncios de celebración de los restantes ejercicios, se harán públicos con doce horas de antelación, al menos, a la señalada para su inicio, si se trata del mismo ejercicio, o con veinticuatro horas, si se trata de uno nuevo. Estos anuncios se efectuarán, al menos, en los locales donde se haya celebrado el anterior y en la sede del Tribunal señalada en la base 5.4. 6.6 Finalizada la fase de oposición, los aspirantes que la hubieran superado dispondrán de un plazo de veinte días naturales para presentar en el Registro General del Ministerio de Sanidad y Consumo, en los Registros de la Agencia Española de Seguridad Alimentaria o de Medicamentos y Productos Sanitarios, o en la forma establecida en el art. 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, una certificación expedida por los Servicios de Personal de los Ministerios u Organismos donde presten o, en su caso, hayan prestado sus servicios, según Modelo que figura como Anexo V. La no presentación de la certificación en el plazo señalado supondrá la no valoración al aspirante de la fase de concurso. 6.7 El Tribunal calificador publicará en el lugar o lugares de la celebración de la fase de oposición y en la sede del Tribunal, la relación que contenga la valoración provisional de méritos de la fase de concurso, con indicación de la puntuación obtenida en cada mérito y la total. Los aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles a partir del siguiente al de la publicación de dicha relación, para efectuar las alegaciones que estimen pertinentes. Finalizado dicho plazo el Tribunal publicará la relación con la valoración definitiva de la fase de concurso. 6.8 El Tribunal podrá requerir, en cualquier momento del proceso selectivo, la acreditación de la identidad de los aspirantes. Asimismo, si tuviera conocimiento de que alguno de los aspirantes no cumple cualquiera de los requisitos exigidos en la convocatoria, previa audiencia al interesado, deberá proponer su exclusión a la autoridad convocante.

7. Superación del proceso selectivo

7.1 Finalizada la fase de concurso y de oposición, el Tribunal hará pública la relación de aprobados por orden de puntuación de mayor a menor en los locales en donde se haya celebrado la última prueba.

7.2 Dicha relación se elevará a la autoridad convocante, que la publicará en el «Boletín Oficial del Estado», disponiendo los aspirantes propuestos de un plazo de veinte días naturales, desde la publicación en el «Boletín Oficial del Estado», para la presentación de la documentación acreditativa de los requisitos exigidos en la convocatoria. 7.3 No se podrá declarar superado el proceso selectivo a un número de aspirantes superior al de plazas convocadas.

8. Norma final

Al presente proceso selectivo le serán de aplicación la Ley 30/1984, de 2 de agosto; el Real Decreto. 364/1995, de 10 de marzo; el resto de la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en la presente convocatoria.

Contra la presente convocatoria, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la Excma. Sra. Ministra de Sanidad y Consumo en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación o bien, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación, ante el órgano jurisdiccional competente, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose, que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Madrid, 30 de noviembre de 2004.-La Ministra, P. D. (Orden SCO/2475/2004, de 8 de julio, BOE del 23), el Subsecretario, Fernando Puig de la Bellacasa y Aguirre.

Ilmo. Sr. Subsecretario del Ministerio de Sanidad y Consumo, Ilma. Sra. Presidenta de la Agencia Española de Seguridad Alimentaria e Ilma. Sra. Directora de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios.

ANEXO I

Descripción del proceso selectivo

1. Fase de oposición

Primer ejercicio: Consistirá en contestar por escrito un cuestionario de 70 preguntas sobre las materias del temario que figura como Anexo II a esta convocatoria. El tiempo máximo para su realización será de 90 minutos. Se calificará de 0 a 50 puntos, siendo necesario obtener 25 puntos para acceder al segundo ejercicio.

Segundo ejercicio: Consistirá en resolver por escrito, en un plazo máximo de una hora, un supuesto práctico elegido por el opositor de entre dos propuestos por el Tribunal, relacionados con el temario que figura en el Anexo II de esta convocatoria. Este supuesto contendrá un cuestionario con quince preguntas. Se calificará de 0 a 50 puntos, siendo necesario obtener 25 puntos para superarlo. Los cuestionarios de ambos ejercicios estarán compuestos por preguntas con respuestas múltiples, siendo sólo una de ellas correcta. La calificación final de esta fase de oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios siendo necesario alcanzar, como mínimo, 50 puntos para tener por superada la fase de oposición.

2. Fase de concurso

En esta fase, se valorarán los siguientes méritos: Antigüedad: Se valorará la antigüedad del funcionario, referida a la fecha de publicación de esta convocatoria, en Cuerpos o Escalas incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, a razón de 0,80 puntos por cada año completo de servicios, hasta un máximo de 12 puntos.

Grado Personal consolidado: Según el grado personal consolidado a la fecha de publicación de la presente convocatoria, se otorgará la siguiente puntuación:

Grado 12 o inferior: 6 puntos.

Grado 13: 7 puntos. Grado 14: 8 puntos. Grado 15: 9 puntos. Grado 16: 10 puntos. Grado 17: 11 puntos. Grado 18: 12 puntos.

Titulación académica: Por estar en posesión de una titulación académica superior a la exigida en la convocatoria, se otorgará una puntuación de 5 puntos por Grado Medio, Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico, Formación Profesional de tercer grado o equivalente. Por titulación de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o equivalente se otorgarán 10 puntos.

Trabajo desarrollado: Se valorarán los servicios prestados en puestos de trabajo de Auxiliares de Investigación en Laboratorio adscritos a los Organismos Autónomos del Ministerio de Sanidad y Consumo: Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios, a razón de 1 punto por cada año completo de servicios. Los servicios prestados en puestos de otros Laboratorios de la Administración General del Estado se valorarán a razón de 0,50 puntos por cada año completo de servicios. La puntuación máxima de este apartado no podrá superar los 15 puntos.

3. Calificación final

La calificación final vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso y de oposición.

En caso de empate el orden de prelación se establecerá atendiendo a los siguientes criterios:

1.º Por la mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio de la fase de oposición.

2.º Por la mayor puntuación obtenida en el primer ejercicio de la fase de oposición. 3.º Por la puntuación otorgada a la antigüedad en la fase de concurso. 4.º Por la puntuación otorgada al trabajo desarrollado en la fase de concurso. 5º. Por la puntuación otorgada al grado personal en la fase de concurso. 6.º Por la puntuación obtenida en el nivel de titulación académica poseída.

ANEXO II

Programas

Área de conocimiento Seguridad Alimentaria

Tema 1. Organización Mundial de la Salud. Estructura y funciones.

Tema 2. Ministerio de Sanidad y Consumo. Estructura. Tema 3. La Ley General de Sanidad. Tema 4. La Agencia Española de Seguridad Alimentaria. Ley de creación y Estatuto. Estructura, funciones y objetivos. Tema 5. Legislación nacional en materia alimentaria. La Comisión Interministerial para la Ordenación Alimentaria (CIOA). Tema 6. Requerimientos legales de tomas de muestras. Tema 7. Legislación de la Unión Europea en materia alimentaria. Tema 8. Bases de Datos de legislación alimentaria, accesos en línea. Tema 9. Descripción de laboratorio, servicios y material básico. Material fungible. Tipos. Utilización según técnicas. Tema 10. Preparación del material. Limpieza y conservación. Tema 11. Destrucción del material usado y eliminación de residuos. Tema 12. Toma de muestras. Puntos a considerar en la recepción de muestras en el laboratorio. Su registro y almacenamiento. Preparación de las muestras. Datos de interés sanitario en la recepción de las muestras. Tema 13. Higiene y seguridad en el trabajo de laboratorio. Normas. Prevención de accidentes. Medidas a adoptar en caso de accidentes. Identificación de símbolos de peligro. Bioseguridad. Tema 14. La calidad de los ensayos de laboratorio. Tema 15. Métodos de análisis básicos utilizados en el laboratorio. Tema 16. Constitución de la materia: Estructura atómica y molecular. Sistema periódico de los elementos. Concepto de valencia. Formulaciones básicas. Tema 17. Estado de la materia: cambios de estado. Fusión y solidificación, evaporación y ebullición. Sublimación y condensación. Destilación. Tema 18. Método de medidas elementales en el laboratorio. Unidades de longitud, peso, volumen, y dimensiones equivalentes. Tema 19. La célula. Morfología. Tema 20. Principios inmediatos: Proteínas, Grasas e Hidratos de Carbono.

Área de conocimiento de Medicamentos y Productos Sanitarios

Tema 1. Organización Mundial de la Salud. Estructura y funciones.

Tema 2. Ministerio de Sanidad y Consumo. Estructura Tema 3. La Ley General de Sanidad. Tema 4. La Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios. Ley de creación y estatuto. Estructura, funciones y objetivos. Tema 5. Legislación de la Unión Europea en materia de medicamentos Tema 6. Normas y buenas prácticas de trabajo en los laboratorios. Nociones básicas de manipulación de materias y materiales en el laboratorio. Normas de Seguridad y Prevención de riesgos. Tema 7. Riesgos específicos de exposición a agentes biológicos. Normas y métodos de radioprotección en el laboratorio de Biología. Tema 8. Elementos químicos, abundancia natural, isótopos y elementos artificiales. Materiales estructurales. Metales y aleaciones. Los materiales desde el punto de vista de su comportamiento eléctrico. Tema 9. Estructura y función de la célula procariótica y eucariótica. Tema 10. Bioquímica de los alimentos: carbohidratos, lípidos, proteínas y aditivos alimentarios. Tema 11. Química de soluciones. Tipos y propiedades. Preparación de reactivos y soluciones. Molaridad. Normalidad. Ácidos y bases. Concepto de pH. Tema 12. El Sistema Internacional de Medidas. Técnicas de calibración de instrumentos de laboratorio. Tema 13. Gravimetría: Aspectos prácticos de la gravimetría. Instrumental y fuentes de error. Tema 14. Centrifugación. Tema 15. Microscopia. Tema 16. Técnicas espectroscópicas. Tema 17. Técnicas radiactivas. Tema 18. Procedimientos y técnicas utilizadas en la preparación de cultivos y otros reactivos en el laboratorio de Biología. Tema 19. Procedimientos relacionados con experimentación animal en fisiología y farmacología. Tema 20. Procedimientos y técnicas utilizadas en la síntesis química.

ANEXO III

Tribunales calificadores

Los Tribunales podrán disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para todos o alguno de los ejercicios.

Área de conocimiento de Seguridad Alimentaria

Tribunal titular: Presidente: Don Fernando Tovar Hernández, Cuerpo Nacional Veterinario, Grupo A.

Vocales:

Don Pedro Burdaspal Pérez, Escala Técnica de Gestión de OO.AA., Grupo A.

Doña Henny Hooghuis de Korver, Cuerpo Nacional Veterinario, Grupo A. Doña María Carmen Blanco Vidal, Escala Técnica de Gestión de OO.AA., Grupo A. Doña Lourdes Majan Martínez, Cuerpo de Gestión de la Administración de la Seguridad Social, Grupo B. (actuará como Secretaria)

Tribunal suplente:

Presidente: Don José Juan Sánchez Saez, Escala Técnica de Gestión de OO.AA., Grupo A.

Vocales:

Doña Ana Ortiz Gutierrez, Cuerpo de Profesores Titulares de Universidad, Grupo A.

Doña Rosario Carretero Martín, Escala Técnica de Gestión de OO.AA., Grupo A. Don Joaquín Antonio Berenguer Soler, Escala Técnica de Gestión de OO.AA., Grupo A. Doña Ana M. Navarro García, Cuerpo de Gestión de la Administración Civil del Estado, Grupo B. (actuará como Secretaria).

Área de conocimiento de Medicamentos y Productos Sanitarios

Tribunal Titular: Presidente: Doña María del Val Diez Rodrigálvarez, Escala Técnica de Gestión de OO. AA., Especialidad de Sanidad y Consumo, Grupo A.

Vocales:

Don Ramón Palop Baixauli, Escala Técnica de Gestión de OO. AA., Especialidad de Sanidad y Consumo, Grupo A (actuará como Secretario).

Doña Adela Velásquez Carvajal, Cuerpo de Farmacéuticos de la Sanidad Nacional, Grupo A. Don Francisco Salmerón García, Escala Técnica de Gestión de OO. AA., Especialidad de Sanidad y Consumo, Grupo A. Doña Ana Martín-González Hernán, Escala Técnica de Gestión de OO. AA., Especialidad de Sanidad y Consumo, Grupo A.

Tribunal Suplente:

Presidente: Doña María Teresa Millán Rusillo, Cuerpo de Farmacéuticos de la Sanidad Nacional, Grupo A.

Vocales:

Don José Félix Olalla Marañón, Escala de Farmacéuticos Inspectores del Cuerpo de Inspección Sanitaria de la Administración de la Seguridad Social, Grupo A, (actuará como Secretario).

Don Juan Carlos Nuño Escamilla, Escala Técnica de Gestión de OO. AA., Especialidad de Sanidad y Consumo, Grupo A. Doña Concepción Alonso Verduras, Escala Técnica de Gestión de OO. AA., Especialidad de Sanidad y Consumo, Grupo A. Doña Esperanza Porqueras Alcubilla, Escala Técnica de Gestión de OO. AA., Especialidad de Sanidad y Consumo, Grupo A.

ANEXO IV

Instrucciones para cumplimentar la solicitud Este apartado se rellenará según lo establecido en la solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación de tasas de derechos de examen (modelo 790) y en las siguientes instrucciones particulares.

En el recuadro 15, «Cuerpo o Escala», se consignará «Escala de Especialista Técnico de Organismos Autónomos, especialidad de Sanidad y Consumo» En el recuadro 16, «Especialidad, área o asignatura», se consignará el Area de conocimiento por el que se participa. En el recuadro 17, «Forma de acceso», se consignará «Promoción Interna» En el recuadro 18, «Ministerio/Órgano/Entidad convocante», se consignará «Sanidad y Consumo» En el recuadro 19, se consignará la fecha del Boletín Oficial del Estado en el que haya sido publicada la convocatoria. En el recuadro 20, «Provincia de examen», se consignará «Madrid» En el recuadro 21, «Minusvalía», los aspirantes con discapacidad podrán indicar el porcentaje de minusvalía que tengan acreditado, y solicitar, expresándolo en el recuadro 23, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria. En el recuadro 24, «Títulos académicos oficiales», se consignará de las siguientes opciones, el dígito que corresponda, de acuerdo con la titulación académica que posea el aspirante. Dígito «1»: Título de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o equivalente. Dígito «2»: Título de Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o equivalente. Dígito «3»: Título de Bachiller Superior, Bachillerato Unificado Polivalente, Título de Bachiller-LOGSE, Formación Profesional de Segundo Grado o equivalente, o tener aprobadas pruebas de acceso a la Universidad para mayores de 25 años. Dígito «4»: Antigüedad superior a diez años. Dígito «5»: Curso específico de la Disposición Adicional Novena del Real Decreto 364/1995 y cinco años de antigüedad.

En el recuadro 25, apartado A, se consignará «AESA», en el apartado B, se consignará «AEM-PS» y en el apartado C, se consignará «Otros Organismos», según cuál sea el Departamento u Organismo donde esté destinado el aspirante.

El importe de la tasa por derechos de examen será de 12,76 € El ingreso del importe correspondiente a los derechos de examen se efectuará, junto con la presentación de la solicitud, en cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación tributaria. En la solicitud deberá constar que se ha realizado el correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante validación de la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso, a través de certificación mecánica, o en su defecto, sello y firma autorizada de la misma en el espacio reservado a estos efectos. Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes. A las mismas se acompañará el comprobante bancario de haber ingresado los derechos de examen en la cuenta corriente número 01829071020200000827 del Banco BBVA a nombre de «Tesoro Público. Ministerio de Sanidad y Consumo, Derechos de examen». El ingreso podrá efectuarse directamente en cualquier oficina del Banco BBVA mediante transferencia desde cualquier entidad bancaria. Estarán exentas del pago de esta tasa:

a) Las personas con un grado de minusvalía igual o superior al 33 %, debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición.

b) Las personas que figurasen como demandantes de empleo durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de la convocatoria. Serán requisitos para el disfrute de la exención que, en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional. La certificación relativa a la condición de demandante de empleo, con los requisitos señalados, se solicitará en la oficina de los servicios públicos de empleo. En cuanto a la acreditación de las rentas se realizará mediante una declaración jurada o promesa escrita del solicitante. Ambos documentos deberán acompañarse a la solicitud.

La falta de justificación del abono de los derechos de examen o de encontrarse exento determinará la exclusión del aspirante.

En ningún caso la presentación y pago en las oficinas a que se hace referencia supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.

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