Antecedentes de hecho
Primero.--La empresa Estudio de Ingeniería y Control S. L. ha sido acreditada por ENAC, Entidad Nacional de Acreditación, en fecha de 17 de septiembre de 2004 como Entidad de Inspección tipo A, según los criterios recogidos en la norma UNE EN 45004-95, para la realización de inspecciones en el área de Instalaciones Eléctricas, tal y como consta en el Certificado de Acreditación número 97/EI180. Segundo.-Con fecha de 7 de octubre de 2004, D. Javier Fernández Sánchez en nombre y representación de Estudio de Ingeniería, Inspección y Control S. L., con domicilio social en C/ Paralela número 301, Talavera de la Reina (Toledo), presenta solicitud para la autorización de actuación como Organismo de Control, en el ámbito reglamentario de Instalaciones Eléctricas.
Fundamentos de Derecho
Primero.-Esta Dirección General de Industria y Energía es el Órgano competente para resolver sobre la presente solicitud, de conformidad a lo establecido en el artículo 9 del Decreto 89/2004, de 11 de mayo, por el que se aprueba la estructura orgánica y las competencias de la Consejería de Industria y Tecnología. Segundo.-La documentación presentada por Estudio de Ingeniería, Inspección y Control S. L. acredita que la empresa cumple con las exigencias establecidas en el artículo 43.3 del Real Decreto 2200/1995, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Infraestructura de Calidad y Seguridad Industrial, así como las previstas en la Orden de 16 de Junio de 1998, de la Consejería de Industria y Trabajo (actualmente Consejería de Industria y Tecnología), por la que se regula la actuación en Castilla-La Mancha de los Organismos de Control. Vistos los preceptos legales citados y demás legislación concordante,
Esta Dirección General de Industria y Energía resuelve autorizar a la empresa Estudio de Ingeniería, Inspección y Control S. L., para actuar como Organismo de Control para las actividades comprendidas en los ámbitos reglamentarios siguientes: Instalaciones eléctricas: Condiciones de esta autorización: 1. De conformidad a lo dispuesto en el artículo 43.4 del Real Decreto 2200/1995, de 28 de Diciembre, la presente autorización mantendrá su vigencia mientras permanezca en vigor la acreditación número 97/EI180 otorgada por la Entidad Nacional de Acreditación, pudiendo ser suspendida o revocada, además de en los casos contemplados en la legislación vigente, cuando lo sea la citada acreditación. Se deberá presentar anualmente ante la Dirección General de Industria y Energía una copia cotejada del informe de seguimiento realizado por la Entidad Nacional de Acreditación.
2. La presente autorización queda limitada a las actuaciones reglamentarias de carácter industrial enmarcadas en los reglamentos y normativas técnicas especificadas en el documento de acreditación y su anexo técnico. 3. Adicionalmente, y para la actuación en los campos reglamentarios autorizados dentro del ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, queda supeditada al cumplimiento de los requisitos establecidos por la Consejería de Industria y Tecnología. 4. Cualquier modificación de las condiciones o requisitos que sirvieron de base para el otorgamiento de la presente autorización deberán ser comunicada de forma inmediata a la Dirección General de Industria y Energía, acompañando de la documentación acreditativa correspondiente. 5. Anualmente deberá presentarse ante la Dirección General de Industria y Energía, original o copia compulsada de la renovación del seguro de responsabilidad civil actualizado, de acuerdo a lo previsto en el artículo 43.d) del Real Decreto 2200/1995, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Infraestructura de Calidad y Seguridad Industrial, en caso contrario se procederá a la revocación de la autorización.
La presente Resolución no pone fin a la vía administrativa, y contra la misma podrá interponerse Recurso de Alzada ante la Consejería de Industria y Tecnología, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su notificación, según los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero. Toledo, 8 de octubre de 2004.-El Director General, José Manuel Martínez García.
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