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Documento BOE-A-2004-18526

Orden EHA/3498/2004, de 24 de septiembre, de autorización de la cesión general de cartera de seguros de Capre Caja Previsora de Seguros, S.A., a favor de Aresa Seguros Generales, S.A.

Publicado en:
«BOE» núm. 261, de 29 de octubre de 2004, páginas 35849 a 35849 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-2004-18526

TEXTO ORIGINAL

Las entidades Capre Caja Previsora de Seguros, S.A. y Aresa Seguros Generales, S.A., han presentado ante la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones solicitud de autorización administrativa para llevar a cabo la cesión general de la cartera de seguros de la primera sociedad, a favor de Aresa Seguros Generales, S.A.

De la documentación que se adjunta a la solicitud formulada se desprende que las citadas entidades han dado cumplimiento a los requisitos establecidos en el artículo 22 de la Ley 30/1995, de 8 noviembre, de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, y 70 del Reglamento que la desarrolla.

En consecuencia, a propuesta de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones he resuelto:

Primero.

Autorizar la cesión general de la cartera de seguros de la entidad Capre Caja Previsora de Seguros, S.A., a la entidad Aresa Seguros Generales, S.A.

Segundo.

Revocar la autorización administrativa para el ejercicio de la actividad aseguradora en la modalidad de asistencia sanitaria del ramo de enfermedad y en el ramo de decesos, a la entidad Capre Caja Previsora de Seguros, S.A.

Contra la presente Orden Ministerial, que pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo previsto en el artículo 109 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y disposición adicional decimoquinta de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, se podrá interponer con carácter potestativo recurso de reposición, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la notificación de la misma, de acuerdo con los artículos 116 y 117 de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre. Asimismo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso- Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente a su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 11.1.a), 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Madrid, 24 de septiembre de 2004.−El Ministro, P.D. (Orden EHA/1112/2004, de 28 de abril, y Orden ECO/2498/2002, de 3 de octubre, B.O.E. 10-10-2002), el Secretario de Estado de Economía, David Vegara Figueras.

Ilmo. Sr. Director General de Seguros y Fondos de Pensiones.

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