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Documento BOE-A-2004-18153

Resolución de 20 de septiembre de 2004, del Centro Español de Metrología, por la que se concede la aprobación de modelo del contador estático trifásico en conexión directa de energía eléctrica activa en corriente alterna marca "SdC", modelo LM300, fabricado y presentado por la entidad S.D.C., "Sistemas de Contagem de Electricidade, Água e Gás, LDA".

Publicado en:
«BOE» núm. 255, de 22 de octubre de 2004, páginas 35107 a 35107 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Referencia:
BOE-A-2004-18153

TEXTO ORIGINAL

Vista la petición presentada por la Entidad S.D.C., «Sistemas de Contagem de Electricidade, Água e Gás, LDA», con sede en Rua da Indústria, n.º 175, 4770-160, Jesufrei, Portugal, en solicitud de Aprobación de Modelo del Contador estático trifásico en conexión directa de energía eléctrica activa en corriente alterna, clase 1, doble aislamiento, un 1.000 % de sobrecargabilidad, 10 (100) A, 230 V, 50 Hz, marca SdC, modelo LM300, en sus versiones: LM306 Contador estático multitarifa, LM316 - Contador estático multitarifa, con control de potencia integrado y LM356 - Contador estático multitarifa, con control de potencia integrado y comunicaciones PLC; el Centro Español de Metrología, en virtud de lo dispuesto en la Ley 3/1985, de 18 de marzo, de Metrología; la Ley 31/1990, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1991; el Real Decreto 553/2004, de 17 de abril, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales; el Real Decreto 1554/2004, de 25 de junio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio; el Real Decreto 1616/1985, de 11 de septiembre y la Orden de 18 de febrero de 2000 por la que se regula el control metrológico del Estado sobre los contadores estáticos de energía eléctrica activa en corriente alterna, clases 1 y 2, ha resuelto:

Primero.

Conceder la Aprobación de Modelo por un plazo de validez de 10 años, a partir de la fecha de publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado», a favor de la Entidad S.D.C., «Sistemas de Contagem de Electricidade, Água e Gás, LDA», del contador estático trifásico en conexión directa de energía eléctrica activa en corriente alterna, clase 1, marca «SdC», modelo LM300, en sus versiones:

LM306-Contador estático multitarifa.

LM316-Contador estático multitarifa, con control de potencia integrado.

LM356-Contador estático multitarifa, con control de potencia integrado y comunicaciones PLC.

Características metrológicas del instrumento:

Clase 1, doble aislamiento, un 1.000 % de sobrecargabilidad, 10 (100) A, 230 V, 50 Hz.

Segundo.

El signo de aprobación de modelo asignado será:

Imagen: /datos/imagenes/disp/2004/255/18153_12416607_image1.png

Tercero.

Los instrumentos correspondientes a la Aprobación de Modelo a que se refiere esta Resolución llevarán las siguientes inscripciones de identificación:

La razón social o la marca del fabricante y, cuando sea necesario, el lugar de fabricación.

La designación del modelo y las indicaciones relativas a su aprobación.

El número de fases y el número de conductores del circuito al que puede conectarse.

El número de serie y año de fabricación.

La tensión eléctrica de referencia.

La intensidad de corriente eléctrica de base y la intensidad de corriente eléctrica máxima.

La frecuencia de referencia.

La constante del contador.

El índice de clase del contador.

El símbolo de doble cuadrado Imagen: /datos/imagenes/disp/2004/255/18153_12416607_image2.png para contadores con envolvente aislante de clase de protección II.

Cuarto.

Para garantizar un correcto funcionamiento de los instrumentos se procederá a su precintado una vez realizada la verificación primitiva, según se describe y representa en la memoria y planos que sirvieron de base para su estudio por el Centro Español de Metrología, así como en el Anexo Técnico al Certificado de Aprobación de Modelo.

Quinto.

Los instrumentos correspondientes a la Aprobación de Modelo a que se refiere esta Resolución deberán cumplir todos los requisitos establecidos en el Certificado de Aprobación de Modelo y en el Anexo Técnico al Certificado de Aprobación de Modelo.

Sexto.

Próximo a caducar el plazo de validez de esta Aprobación de Modelo, el titular de la misma podrá solicitar, si lo desea, la correspondiente prórroga.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación, ante el mismo órgano que lo ha dictado, o directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el órgano judicial competente, de acuerdo con lo establecido en Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Tres Cantos, 20 de septiembre de 2004.–El Presidente, P. D. (Resolución de 21 de julio de 2004), el Secretario General de Industria, Joan Trullén Thomás.

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