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Documento BOE-A-2004-17916

Resolución de 28 de septiembre de 2004, de la Secretaría General Técnica, por la que se da publicidad al Convenio Específico 2004, que desarrolla el Convenio de Colaboración suscrito entre el Instituto de la Mujer y el Instituto Canario de la Mujer, sobre cooperación en programas y actuaciones dirigidos específicamente a las mujeres.

Publicado en:
«BOE» núm. 251, de 18 de octubre de 2004, páginas 34725 a 34727 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-2004-17916

TEXTO ORIGINAL

Suscrito el Convenio Específico 2004, que desarrolla el Convenio de Colaboración entre el Instituto de la Mujer y el Instituto Canario de la Mujer, sobre cooperación en programas y actuaciones dirigidos específicamente a las mujeres, y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto dos del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del citado Convenio, que figura como Anexo de esta Resolución.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Madrid, a 28 de septiembre de 2004.–El Secretario General Técnico, Francisco González de Lena Álvarez.

ANEXO
Convenio específico 2004, que desarrolla el Convenio de colaboración suscrito entre el Instituto de la Mujer y el Instituto Canario de la Mujer, sobre cooperación en programas y actuaciones dirigidas específicamente a las mujeres

SE REÚNEN

De una parte: D.ª Rosa María Peris Cervera, Directora General del Instituto de la Mujer (Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales), nombrada mediante Real Decreto 1291/2004, de 21 de mayo (BOE n.º 124, de 22 de mayo de 2004), en nombre y representación del citado Organismo Autónomo (Ley 16/1983, de 24 de octubre; Real Decreto 758/1996, de 5 de mayo; Real Decreto 839/1996, de 10 de mayo; Real Decreto 774/1997, de 30 de mayo; Real Decreto 292/2003, de 7 de marzo) y, en virtud de lo establecido en el artículo 6.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, según redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la anterior.

Y de otra: D.ª Noelia García Leal, en calidad de Directora del Instituto Canario de la Mujer, actuando en nombre y representación de este organismo, en virtud de las competencias que le confiere el artículo 8.2.h) de la Ley 1/1994, de 13 de enero, sobre la creación del Instituto Canario de la Mujer (BOC número 10, de 24.1.94) y en relación con el Decreto 204/2003, de 23 de julio, por el que se le nombra Directora del mismo, para lo cual manifiesta estar debidamente facultada.

Ambas partes se reconocen mutua capacidad para obligarse y convenir, y

MANIFIESTAN

Primero.

Que el presente convenio específico se fundamenta en el convenio de colaboración suscrito, el 19 de julio de 1992, para llevar a cabo, conjuntamente, programas y actuaciones, dirigidas a las mujeres, entre el Instituto de la Mujer y el Instituto Canario de la Mujer, como organismos competentes en materia de políticas para las mujeres.

Segundo.

Que, de conformidad con lo establecido en la cláusula segunda del convenio de colaboración suscrito el 19 de julio de 1992, los programas que se llevarán a cabo, en el ejercicio de 2004 y que se reflejan en el presente convenio específico, son conformes con la propuesta elaborada por la Comisión de Seguimiento, en reunión celebrada el día 13 de febrero de 2004.

Tercero.

Ambas partes declaran que, para la realización de los programas contenidos en el presente convenio específico, existe crédito suficiente para el presente ejercicio económico en la Ley de Presupuestos Generales del Estado y en la Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Cuarto.

Que el artículo 6, apartado uno, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, habilita a la Administración General del Estado y a los Órganos de Gobierno de las Comunidades Autónomas, para celebrar convenios de colaboración entre sí, y en el ámbito de sus respectivas competencias; y el artículo 3, apartado uno, letra c), del Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, excluye, del ámbito de aplicación de la ley citada, los convenios de colaboración que celebre la Administración General del Estado o sus Organismos Autónomos con las Comunidades Autónomas.

Consecuentemente, la Administración General del Estado, a través del Organismo Autónomo Instituto de la Mujer, y la Administración Autonómica de las Islas Canarias, están habilitadas para la suscripción de este convenio específico, el cual quedará fuera del ámbito de aplicación del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, excepto para la resolución de las dudas y de las lagunas que pudieran presentarse, en cuyo caso serán de aplicación los principios de dicho Real Decreto Legislativo.

Quinto.

Que, para el cumplimiento de los fines de interés general y social cuya consecución tiene encomendada la Administración General del Estado, el Instituto de la Mujer del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales tiene interés y se hace necesaria la colaboración con el Instituto Canario de la Mujer, para desarrollar los programas que más adelante se reseñan.

Por todo lo manifestado, y en virtud de lo dispuesto en el artículo seis de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y de la cláusula segunda del convenio suscrito el día 28 de julio de 1990, ambas partes acuerdan suscribir el presente convenio específico, que se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.

La Administración General del Estado y la Comunidad Autónoma de Canarias realizarán, en 2004, los siguientes programas, seleccionados de común acuerdo:

1. Cursos de formación.

1.1 Acciones. Como en años anteriores, el Instituto de la Mujer va a promover acciones formativas, dirigidas a colectivos de mujeres y a profesionales de diversos sectores, durante el presente ejercicio, para cuyo desarrollo se cuenta con la colaboración de los organismos de igualdad de las Comunidades Autónomas, incluido el Instituto Canario de la Mujer.

1.2 Objetivos. Los objetivos que se pretenden conseguir, con la realización de este programa, son, entre otros: mejorar la cualificación, adaptar la formación a las necesidades del mercado de trabajo, diversificar la formación y proporcionar formación especializada.

1.3 Cursos. Dentro de este programa, se llevarán a cabo cursos dirigidos a mujeres desempleadas (NOVA), cuyo objetivo, entre otros, consiste en facilitar su inserción laboral, adaptando la formación a las necesidades del mercado de trabajo.

1.4 Organización. Ambas partes aportarán los medios personales, materiales y financieros necesarios para la celebración de los cursos.

1.5 Condiciones económicas. El Instituto de la Mujer, a través de la asistencia técnica de las empresas adjudicatarias de los contratos, por medio de concurso público, se hace cargo, directamente, de los gastos de la organización y ejecución de los cursos del apartado a) impartidos a todas las beneficiarias residentes en las Comunidades Autónomas que participan en el programa, entre las que se encuentra la Comunidad Autónoma de Canarias. El importe total de licitación ha ascendido a un millón cuatrocientos un mil setecientos setenta euros (1.401.770.€),para los cursos del apartado 1.3.

Por su parte, el Instituto Canario de la Mujer, colaborará en la difusión y coordinación de las acciones del programa que se ejecutan en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Canarias.

2. Programa «relaciona». El Instituto de la Mujer va a promover, en el presente ejercicio, el proyecto «Relaciona», en colaboración con los organismos de igualdad de las Comunidades Autónomas, incluido el Instituto Canario de la Mujer. Este proyecto se enmarca en el Plan de Acción contra la Violencia Doméstica.

Se trata de un proyecto de prevención de la violencia de género, desde el ámbito escolar, dirigido al profesorado.

Los objetivos que se pretenden conseguir, con la realización de este programa, son:

Analizar las situaciones de violencia que se producen en los centros educativos desde una perspectiva de género.

Reflexionar sobre la importancia de la práctica docente en este tema y sobre los modelos y los valores que se asocian a la masculinidad y a la feminidad.

Dar importancia a la relación y a la convivencia escolar.

Ambas partes aportarán los medios personales, materiales y financieros necesarios para la celebración del proyecto.

Para llevar a cabo este programa, el Instituto de la Mujer aportará la cantidad global de treinta mil euros (30.000,00 €), que será distribuida, proporcionalmente, por las Comunidades Autónomas que participen en el programa. Los gastos que se deriven de la organización y ejecución del programa, en la Comunidad Autónoma de Canarias, serán abonados por el Instituto de la Mujer.

Por su parte, el Instituto Canario de la Mujer realizará la difusión y coordinación de las acciones del programa que se ejecuten en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Canarias.

3. Estancias de tiempo libre para mujeres solas con hijas y/o hijos menores, exclusivamente a su cargo. Como en años anteriores, el Instituto de la Mujer efectuará la convocatoria de plazas para participar en el programa de estancias de tiempo libre, dirigido a mujeres solas con hijas y/o hijos menores, exclusivamente a su cargo, en situación de precariedad económica y social, que se realizará en el segundo semestre de 2004.

El programa consiste en la estancia de las beneficiarias acompañadas por sus hijas y/o hijos en un hotel de una localidad costera, durante diez días, en régimen de pensión completa, con actividades complementarias, tanto para las madres como para sus hijas/os.

Se lleva a cabo en colaboración con los Organismos de Igualdad de las Comunidades Autónomas, incluido el Instituto Canario de la Mujer.

1.1 La Administración General del Estado, a través del Instituto de la Mujer, realiza:

La convocatoria para la concesión de las plazas de estancias de tiempo libre, a través de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

La prestación de los servicios de alojamiento, manutención, póliza de seguro, cóctel de clausura y transporte al mismo, por medio de un contrato con una empresa especializada, a través de concurso público.

La gestión del suministro de diverso material de propaganda, relacionado con el programa.

La resolución de concesión de las plazas convocadas, a propuesta del Instituto Canario de la Mujer.

1.2 El Instituto Canario de la Mujer realiza:

La difusión de la convocatoria entre las mujeres residentes en su territorio.

La recepción y baremación de las solicitudes.

La contratación del medio de transporte necesario para el traslado de las personas beneficiarias y de las monitoras, desde su residencia habitual, hasta la localidad donde se realiza el programa.

La contratación de las monitoras.

La propuesta de concesión a las beneficiarias, a través de la Comisión correspondiente, para elevarla a la Directora General del Instituto de la Mujer, con, al menos, siete días de antelación a la fecha del inicio de las estancias.

La elaboración de una memoria de las estancias, al finalizar el programa, en un plazo máximo de dos meses.

1.3 Condiciones económicas:

El Instituto de la Mujer, por medio de la asistencia técnica de la empresa adjudicataria del contrato, se hace cargo, directamente, de los gastos de alojamiento, manutención, póliza de seguro, cóctel de clausura y transporte, en autocar, al cóctel, si procediera desplazarse, de las mujeres, de las/los menores y las monitoras de todas las Comunidades Autónomas que participan en el programa. El importe total de licitación, por estos conceptos, asciende a quinientos quince mil novecientos cincuenta y dos euros con sesenta y tres céntimos (515.952,63 €).

El Instituto Canario de la Mujer se hace cargo, por su parte, de los gastos de transporte por el traslado de las personas beneficiarias y de las/los monitoras/es de esta Comunidad Autónoma, desde el lugar de procedencia al destino y viceversa, material para actividades y el pago de las monitoras, con un importe de trece mil quinientos cuarenta y cinco euros con cincuenta y dos céntimos (13.545,52 €). Los gastos que sobrepasen la cantidad presupuestada por los mismos conceptos son por cuenta del Instituto Canario de la Mujer.

A las personas beneficiarias se les entregará diverso material divulgativo, relacionado con el programa. Este servicio y el traslado de dicho material a los hoteles donde estén hospedadas las beneficiarias lo contrata, directamente, el Instituto de la Mujer. Del importe total del gasto de este concepto, el Instituto de la Mujer aportará la cantidad de once mil euros (11.000,00 €). Por su parte, el Instituto Canario de la Mujer aportará, por este concepto, la cantidad de trescientos cincuenta euros (350,00 €).

Las cantidades correspondientes que aporta cada organismo serán abonadas, directamente, a la empresa suministradora.

4. Acondicionamiento y equipamiento de centros para mujeres.

4.1 Acciones. Ambas partes seguirán colaborando en el equipamiento y acondicionamiento de los Centros para mujeres, titularidad de la Comunidad Autónoma Canaria.

4.2 Objetivos. El objetivo fundamental que se pretende conseguir, con la realización de este programa, consiste en mejorar la capacidad de la Comunidad Autónoma para responder a las necesidades de información, atención y orientación especializada de las mujeres.

4.3 Organización. El Instituto de la Mujer (Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales), para el buen funcionamiento del programa, supervisará la ejecución del mismo y facilitará los estudios, informes y personal técnico que disponga, cuando sea requerido.

El Instituto Canario de la Mujer realizará, en el año 2004, la gestión de los expedientes de gasto oportunos para la adecuada ejecución del programa.

Ambas partes aportarán los medios personales, materiales y técnicos necesarios para la realización del programa.

4.4 Condiciones económicas. El coste total para la realización del programa asciende a trece mil ochocientos veinte euros (13.820,00 €), de los cuales, el Instituto de la Mujer aportará la cantidad de doce mil veinte euros (12.020,00 €) y el Instituto Canario de la Mujer aportará la cantidad de mil ochocientos euros (1.800,00 €). Ambas cantidades servirán, conjuntamente, para cubrir los gastos que se deriven de la ejecución del programa.

5. Celebración del III encuentro regional de servicios, municipales e insulares, de información y orientación para mujeres víctimas de violencia de género.

5.1 Acciones. Ambas partes colaborarán, conjuntamente, en la celebración del III Encuentro Regional de Servicios, municipales e insulares, de Información y Orientación para Mujeres víctimas de violencia de género.

5.2 Objetivos. Con este Encuentro Regional, se trata de crear un espacio de reflexión y debate para el conocimiento de experiencias de atención e intervención, en materia de violencia de género, y, específicamente, para:

Establecer un foro de encuentro y reflexión entre los servicios municipales e insulares de información y asesoramiento a las mujeres y el Instituto Canario de la Mujer, sobre los procedimientos y actuaciones ante la violencia de género.

Presentar experiencias de buenas prácticas, desarrolladas desde estos servicios, en materia de violencia de género.

Estudiar propuestas de actuación para mejorar la eficacia en las actuaciones y la calidad de los servicios en materia de violencia de género.

5.3 Organización. El Instituto de la Mujer (Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales), para el buen funcionamiento del programa, supervisará la ejecución del mismo y facilitará los estudios, informes y personal técnico que disponga, cuando sea requerido.

El Instituo Canario de la Mujer realizará, en el año 2004, la gestión de los expedientes de gasto oportunos para la adecuada ejecución del programa.

Ambas partes aportarán los medios personales, materiales y técnioos necesarios para la realización del programa.

5.4 Condiciones económicas. El coste total para la realización del programa asciende a veinticuatro mil cuarenta euros (24.040,00 €), de los cuales, el Instituto de la Mujer aportará la cantidad de dieciocho mil veinte euros (18.020,00 €) y el Instituto Canario de la Mujer aportará la cantidad de seis mil veinte euros (6.020,00 €). Ambas cantidades servirán, conjuntamente, para cubrir los gastos que se deriven de la ejecución del programa.

6. Reimpresión de publicaciones. El Instituto de la Mujer autoriza, al Instituto Canario de la Mujer, la reimpresión de las publicaciones del Organismo, siempre y cuando se realice sin ánimo de lucro y persiguiendo, únicamente, fines divulgativos, educativos o de interés social.

El Instituto de la Mujer, autorizado por el autor/a o autores/as para la cesión de los derechos de explotación de la obra a favor de terceros, no se responsabilizará, en ningún caso, del pago por el uso de los posibles derechos de autoría y se desentiende de las acciones legales que pudieran derivarse de la reimpresión y distribución.

Asimismo, el material objeto de reimpresión será reproducido íntegramente, sin alteración del texto original ni de sus ilustraciones, sin eliminar o añadir ningún fragmento de otros textos o ilustraciones. Es obligada la reproducción exacta del logotipo del Instituto de la Mujer (Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales) en todo el material que se reproduzca y lo contenga, pudiendo incluir el logotipo del Instituto Canario de la Mujer.

Para llevar a cabo la reimpresión, el Instituto de la Mujer facilitará contactos sobre los fotolitos originales, cuyo importe correrá a cargo del Instituto Canario de la Mujer, que lo abonará directamente a la empresa de artes gráficas que realice dicho trabajo.

El Instituto Canario de la Mujer, si en el presente ejercicio desea realizar más de una impresión de los títulos solicitados, deberá comunicarlo por escrito al Instituto de la Mujer.

Segunda.

En el caso de que el costo total de los programas cuyos números están comprendidos entre el 4 y el 5, ambos inclusive, fuera superior al estipulado, el Instituto de la Mujer únicamente aportará la cantidad a que se obliga en cada programa o, si el coste total fuera inferior al estipulado, la baja repercutirá, proporcionalmente, en las cantidades que corresponde aportar a ambos organismos.

Tercera.

Todas las cantidades que corresponda aportar al Instituto de la Mujer serán abonadas a la firma del presente convenio específico.

El Instituto Canario de la Mujer deberá acreditar que el importe total de los programas reseñados en la cláusula segunda, ha sido destinado al cumplimiento de su objeto, mediante certificado del/de la Interventor/a del Organismo, y reintegrar el sobrante, si procediera, antes del día 30 de diciembre de 2004.

Cuarta.

Las cantidades que corresponde aportar al Instituto de la Mujer serán imputadas, con cargo al presupuesto de gastos del organismo para 2004, a las siguientes aplicaciones presupuestarias:

Programa n.º 5: 19.105.323B.226.10.

Programas n.º 1, 2 y 3: 19.105.323B.227.06.

Programa n.º 4: 19.105.323B.751.

Todas las cantidades que corresponde aportar al Instituto Canario de la Mujer serán imputadas, con cargo al presupuesto de gastos del organismo para 2004, a las siguientes aplicaciones presupuestarias:

Programa n.º 4: 23.01.323B.626.00.

Programas n.º 3 y 5: 23.01.323B.226.06.

Quinta.

En todo el material impreso, así como en la difusión que se haga de los programas, deberá constar la colaboración de ambos organismos y figurar expresamente sus logotipos.

Sexta.

El seguimiento de los programas, tal y como establece la cláusula cuarta del convenio marco vigente, corresponderá a la Comisión de Seguimiento.

Además, el Instituto Canario de la Mujer se compromete a entregar, al Instituto de la Mujer, una memoria de las actividades realizadas en la ejecución del convenio.

Séptima.

El presente convenio específico surtirá efectos a partir de su firma y tendrá vigencia hasta el cumplimiento de su objeto y de las obligaciones de cada una de las partes, incluida la obligación de la acreditación económica de los programas por parte el Instituto Canario de la Mujer. Si fuera necesario se podrá solicitar una prórroga para el plazo de justificación del mismo.

Octava.

El incumplimiento de las cláusulas del presente convenio, por cualquiera de las partes, será causa de su extinción, sin perjuicio de lo establecido en la cláusula siguiente.

El incumplimiento, por parte del Instituto de la Mujer, determinará, para éste, el pago de los daños y perjuicios, que, por tal causa, se irroguen a la otra parte. El incumplimiento, por el Instituto Canario de la Mujer, determinará, para éste, la obligación de restituir, al Instituto de la Mujer, las cantidades que se hubieran percibido injustificadamente y la de indemnizar los daños y perjuicios ocasionados.

En ambos casos, se respetarán los derechos adquiridos, por terceros, de buena fe.

También será causa de resolución el mutuo acuerdo y la imposibilidad sobrevenida de cumplir las actividades descritas.

Novena.

Este convenio tiene naturaleza administrativa; se regirá por las estipulaciones en él contenidas y, en lo no previsto en éstas, así como para la resolución de las dudas que pudieran presentarse, por los principios del Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.

Dada la naturaleza jurídico-administrativa de este Convenio, el orden jurisdiccional contencioso-administrativo será el competente para resolver las cuestiones litigiosas que pudieran suscitarse entre las partes, durante la ejecución del mismo.

Y, estando conformes ambas partes con el contenido del presente documento, lo firman por duplicado y a un solo efecto, en el lugar y fecha anteriormente indicados.

En Madrid, a 29 de julio de 2004.–La Directora General del Instituto de la Mujer, D.ª Rosa María Peris Cervera.–La Directora General del Instituto Canario de la Mujer, D.ª Noelia García Leal.

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