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Documento BOE-A-2004-17915

Resolución de 28 de septiembre de 2004, de la Secretaría General Técnica, por la que se da publicidad al Convenio Específico 2004, que desarrolla el Protocolo General suscrito entre el Instituto de la Mujer y la Ciudad de Melilla, sobre cooperación en programas y actuaciones dirigidos específicamente a las mujeres.

Publicado en:
«BOE» núm. 251, de 18 de octubre de 2004, páginas 34722 a 34725 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-2004-17915

TEXTO ORIGINAL

Suscrito el Convenio Específico 2004, que desarrolla el Protocolo General suscrito entre el Instituto de la Mujer y la Ciudad de Melilla, sobre cooperación en programas y actuaciones dirigidos específicamente a las mujeres, y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto dos del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del citado Convenio, que figura como Anexo de esta Resolución.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Madrid, 28 de septiembre de 2004.–El Secretario General Técnico, Francisco González de Lena Álvarez.

ANEXO
Convenio Específico 2004, que desarrolla el Protocolo General suscrito entre el Instituto de la Mujer y la Ciudad de Melilla, sobre cooperación en programas y actuaciones dirigidos específicamente a las mujeres

Se reúnen:

De una parte: D. Juan José Imbroda Ortiz, Presidente de la Asamblea de la Ciudad de Melilla, nombrado por Real Decreto 734//2003, de 16 junio (BOE n.º 144 de 17 junio de 2003), en nombre y representación de la Administración citada Ciudad.

De otra parte: D.ª Rosa María Peris Cervera, Directora General del Instituto de la Mujer (Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales), nombrada mediante Real Decreto 1291/2004, de 21 de mayo (BOE n.º 124, de 22 de mayo de 2004), en nombre y representación del citado Organismo Autónomo (Ley 16/1983, de 24 de octubre, Real Decreto 758/1996, de 5 de mayo, Real Decreto 839/1996, de 10 de mayo, Real Decreto 774/1997, 30 de mayo, Real Decreto 292/2003, de 7 de marzo) y, en virtud de lo establecido en el artículo 6.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, según redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la anterior.

Ambas partes se reconocen mutua capacidad para obligarse y convenir

MANIFIESTAN

Primero.

Que el presente convenio específico se fundamenta en el Protocolo General suscrito, el 28 de mayo de 1999, para llevar a cabo, conjuntamente, programas y actuaciones dirigidos a las mujeres, entre el Instituto de la Mujer y la Asamblea de la Ciudad de Melilla.

Segundo.

Que, de conformidad con lo establecido en la cláusula segunda del Protocolo General suscrito el 28 de mayo de 1999, los programas que se llevarán a cabo, en el ejercicio de 2004, y que se reflejan en el presente convenio específico, son conformes con la propuesta elaborada por la Comisión de Seguimiento, en reunión celebrada el día 12 de febrero de 2004.

Tercero.

Ambas partes declaran que, para la realización de los programas contenidos en el presente convenio específico, existe crédito suficiente para el presente ejercicio económico en la Ley de Presupuestos Generales del Estado y en los presupuestos de la Ciudad de Melilla.

Cuarto.

Que el artículo 6, apartado uno, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificado por la Ley de 13 de enero de 1999, habilita a la Administración General de Estado y a los Órganos de Gobierno de las Comunidades Autónomas, para celebrar convenios de colaboración entre sí, y en el ámbito de sus respectivas competencias; y el artículo 3, apartado uno, letra c), del Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, excluye, del ámbito de aplicación de la ley citada, los convenios de colaboración que celebre la Administración General del Estado o sus Organismos Autónomos con las Comunidades Autónomas.

Consecuentemente, la Administración General del Estado, a través del Organismo Autónomo Instituto de la Mujer, y la Ciudad de Melilla, a través de la Consejería de Educación, Juventud y Mujer (Viceconsejería de la Mujer), están habilitadas para la suscripción de este convenio específico, el cual quedará fuera del ámbito de aplicación de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, excepto para la resolución de las dudas y de las lagunas que pudieran presentarse, en cuyo caso serán de aplicación los principios del Real Decreto Legislativo 2/2000.

Quinto.

Que, para el cumplimiento de los fines de interés general y social cuya consecución tiene encomendada la Administración General del Estado, el Instituto de la Mujer del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales tiene interés y se hace necesaria la colaboración con la Administración de la Ciudad de Melilla, a través de la Consejería de Educación, Juventud y Mujer (Viceconsejería de la Mujer), para desarrollar los proyectos que más adelante se reseñan.

Por todo lo manifestado, y en virtud de lo dispuesto en el artículo seis de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y de la cláusula segunda del convenio suscrito el día 28 de mayo de 1999, ambas partes acuerdan suscribir el presente convenio específico, que se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.

La Administración General del Estado y la Administración de la Ciudad de Melilla realizarán, en 2004, los siguientes programas seleccionados de común acuerdo:

1. Estancias de tiempo libre para mujeres solas con hijas y/o hijos menores, exclusivamente a su cargo

Como en años anteriores, el Instituto de la Mujer efectuará la convocatoria de plazas para participar en el programa de estancias de tiempo libre, dirigido a mujeres solas con hijas y/o hijos menores, exclusivamente a su cargo, en situación de precariedad económica y social, que se realizará en el segundo semestre de 2004.

El programa consiste en la estancia de las beneficiarlas, acompañadas por sus hijas y/o hijos, en un hotel de una localidad costera, durante diez días, en régimen de pensión completa, con actividades complementarias, tanto para las madres como para sus hijas/os.

Se lleva a cabo en colaboración con los Organismos de Igualdad de las Comunidades Autónomas, incluida la Ciudad de Melilla, a través de la Consejería de Educación, Juventud y Mujer (Viceconsejería de la Mujer).

1.1 La Administración General del Estado, a través del Instituto de la Mujer, realiza:

La convocatoria para la concesión de las estancias de tiempo libre, a través de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

La prestación de los servicios de alojamiento, manutención, póliza de seguro, cóctel de clausura y transporte al mismo, por medio de un contrato con una empresa especializada, a través de concurso público.

La gestión del suministro de diverso material de propaganda, relacionado con el programa.

La resolución de concesión de las plazas convocadas, a propuesta de la Ciudad de Melilla, a través de la Consejería de Educación, Juventud y Mujer (Viceconsejería de la Mujer).

1.2 La Administración de la Ciudad de Melilla, a través de la Consejería de Educación, Juventud y Mujer (Viceconsejería de la Mujer), realiza:

La difusión de la convocatoria entre las mujeres residentes en su territorio.

La recepción y baremación de solicitudes.

La contratación del medio de transporte necesario para el traslado de las personas beneficiarías y de las monitoras, desde su residencia habitual, hasta la localidad donde se realiza el programa.

La contratación de las monitoras.

La propuesta de concesión a las beneficiarías, a través de la Comisión correspondiente, para elevarla a la Directora General del Instituto de la Mujer, con, al menos, siete días de antelación a la fecha del inicio de las estancias.

La elaboración de una memoria de las estancias, al finalizar el programa, en un plazo máximo de dos meses.

1.3 Condiciones económicas:

El Instituto de la Mujer, por medio de la asistencia técnica de la empresa adjudicataria del contrato, se hace cargo, directamente, de los gastos de alojamiento, manutención, póliza de seguro, cóctel de clausura y transporte, en autocar, al cóctel, si procediera desplazarse, de las mujeres, de las/ los menores y las monitoras de todas las Comunidades Autónomas que participan en el programa. El importe total de licitación, por estos conceptos, asciende a quinientos quince mil novecientos cincuenta y dos euros con sesenta y tres céntimos (515.952,63 €).

La Administración de la Ciudad de Melilla, a través de la Consejería de Educación, Juventud y Mujer (Viceconsejería de la Mujer), se hace cargo, por su parte, de los gastos de transporte por el traslado de las personas beneficiarías y de las/los monitoras/es de esta Comunidad Autónoma, desde el lugar de procedencia al destino y viceversa, material para actividades y el pago de las monitoras, con un presupuesto de seis mil euros (6.000,00 €). Los gastos que sobrepasen la cantidad presupuestada por los mismos conceptos son por cuenta la Ciudad de Melilla.

A las personas beneficiarías, se les entregará diverso material divulgativo, relacionado con el programa. Este servicio y el traslado de dicho material a los hoteles donde están hospedadas las beneficiarías lo contrata, directamente, el Instituto de la Mujer. Del importe total del gasto de este concepto, el Instituto de la Mujer aportará la cantidad de once mil euros (11.000,00 €). Por su parte, la Ciudad de Melilla, a través de la Consejería de Educación, Juventud y Mujer (Viceconsejería de la Mujer), aportará, por este concepto, la cantidad de trescientos sesenta y un euros (361,00 €).

Las cantidades correspondientes que aporta cada organismo serán abonadas, directamente, a la empresa suministradora.

2. Formación para mujeres

2.1 Acciones.

Como en años anteriores, el Instituto de la Mujer va a promover acciones formativas, dirigidas a colectivos de mujeres y a profesionales de diversos sectores, durante el presente ejercicio, para cuyo desarrollo se cuenta con la colaboración de los organismos de igualdad de las Comunidades Autónomas, incluida la Ciudad de Melilla.

2.2 Objetivos.

Los objetivos que se pretenden conseguir, con la realización de este programa, son, entre otros: mejorar la cualificación, adaptar la formación a las necesidades del mercado de trabajo, diversificar la formación y proporcionar formación especializada.

2.3 Cursos.

Dentro de este programa, se llevarán a cabo los cursos dirigidos a mujeres desempleadas (NOVA), cuyo objetivo, entre otros, consiste en facilitar su inserción laboral, adaptando la formación a las necesidades del mercado de trabajo.

2.4 Organización.

Ambas partes colaborarán con los medios personales, materiales y financieros necesarios para la celebración de los cursos.

2.5 Condiciones económicas.

El Instituto de la Mujer, a través de la asistencia técnica de las empresas adjudicatarias de los contratos, por medio de concurso público, se hace cargo, directamente, de los gastos de la organización y ejecución de los cursos del punto 2.3 impartidos a todas las beneficiarlas residentes en las Comunidades Autónomas que participan en el programa, entre las que se encuentra la Ciudad de Melilla. El importe total de licitación ha ascendido a un millón cuatrocientos un mil setecientos setenta euros (1.401.770,00 €), páralos cursos del punto 2.3.

3. Actividades para mujeres

Para continuar con el trabajo de sensibilización, iniciado en ejercicios anteriores, ambas organismos participarán en la realización de diversos actos dirigidos a la población, en general, y, a las mujeres, en particular, de la Ciudad de Melilla.

3.1 Objetivos.

Los objetivos que se pretenden conseguir, con el desarrollo de este programa, consisten, entre otros, en sensibilizar a la población en general, sobre todo a las mujeres, a través de su participación en los actos, de la necesidad que hay de propiciar la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres en todos los ámbitos y erradicar la violencia doméstica, para conseguir una sociedad más justa.

3.2 Acciones.

Con el fin de conseguir estos objetivos, está prevista la celebración de las siguientes actividades:

V Exposición Melilla, Mujer y Arte.

Ciclo Cinematográfico.

IV Certamen de relatos cortos «Encarna León».

IV Concurso de pintura.

I Premio «Carmen Goes» por la contribución periodística a la concienciación en la igualdad de sexos.

Campaña de sensibilización contra la violencia de género.

Campaña de sensibilización del reparto de las tareas domésticas. Corresponsabilidad familiar.

3.3 Organización.

Ambas partes aportarán los medios personales, materiales y financieros necesarios para la realización del programa.

3.4 Condiciones económicas.

Para la ejecución del programa, el presupuesto total asciende a la cantidad de treinta mil euros (30.000,00 €), de los cuales, el Instituto de la Mujer aportará la cantidad de ocho mil cuatrocientos euros (8.400,00 €) y la Ciudad de Melilla, a través de la Consejería de Educación, Juventud y Mujer (Viceconsejería de la Mujer), aportará la cantidad de veintiún mil seiscientos euros (21.600,00 €).

Ambas cantidades servirán, conjuntamente, para cubrir los gastos de dirección, organización, gestión, difusión y seguimiento del programa.

4. Equipamiento del Centro de la Mujer

4.1 Acciones y objetivos.

Ambos organismos colaborarán, conjuntamente, en la dotación del equipamiento necesario para el buen funcionamiento del Centro de la Mujer de Melilla. Este Centro albergará las instalaciones de la Viceconsejería de la Mujer, así como el Centro de Información y Asesoramiento a la Mujer.

4.2 Organización.

Corresponderá a la Ciudad de Melilla, a través de la Consejería de Educación, Juventud y Mujer (Viceconsejería de la Mujer), la contratación para la dotación del equipamiento.

Ambas partes aportarán los medios personales, materiales y financieros necesarios para la realización del programa.

4.3 Condiciones económicas.

El costo total asciende a veinticuatro mil euros (24.000,00 €), de los cuales, el Instituto de la Mujer aportará la cantidad de dieciséis mil ochocientos euros (16.800,00 €), correspondiendo a la Ciudad de Melilla, a través de la Consejería de Educación, Juventud y Mujer (Viceconsejería de la Mujer), la cantidad de siete mil doscientos euros (7.200,00 €).

Ambas cantidades servirán, conjuntamente, para cubrir los gastos de dirección, organización, gestión, difusión y seguimiento del programa.

5. Programa de Prevención de la Violencia y Educación en los Cen tros Escolares

5.1 Acciones y objetivos.

Ambos organismos realizarán, conjuntamente, determinadas acciones encaminadas a prevenir la violencia, dentro y fuera del ámbito educativo, tanto en centros escolares de infantil y primaria, como de secundaria. Estas acciones se llevarán a cabo a través de talleres coeducativos, sobre todo entre el alumnado de los últimos cursos de secundaria.

5.2 Organización.

La Ciudad de Melilla, a través de la Consejería de Educación, Juventud y Mujer (Viceconsejería de la Mujer), realizará, en el ejercicio 2004, la gestión de los expedientes de gasto oportunos para la adecuada ejecución del programa.

Ambas partes pondrán la infraestructura, los medios humanos, materiales y técnicos necesarios para la realización del programa.

5.3 Condiciones económicas.

El costo total asciende a doce mil euros (12.000,00 €), de los cuales, el Instituto de la Mujer aportará la cantidad de tres mil euros (3.000,00 €), correspondiendo a la Ciudad de Melilla, a través de la Consejería de Educación, Juventud y Mujer (Viceconsejería de la Mujer), la cantidad de nueve mil euros (9.000,00 €).

Ambas cantidades servirán, conjuntamente, para cubrir los gastos de dirección, organización, gestión, difusión y seguimiento del programa.

6. Programa de conciliación de la vida laboral y familiar para mujeres con cargas familiares

6.1 Acciones y objetivos.

Al igual que en años anteriores, ambos organismos colaborarán, conjuntamente, en la realización del Programa de conciliación de la vida laboral y familiar para mujeres con cargas familiares, que está dirigido a la población en general, aunque sus beneficiarios más directos son aquellos núcleos familiares que tengan hijas y/o hijos con edades comprendidas entre 0 y 10 años.

El objetivo fundamental que se pretende conseguir es avanzar en las medidas propuestas para el desarrollo de la Ley 39/99, para que la mujer de Melilla pueda compatibilizar la vida laboral con la familiar.

6.2 Organización.

Este programa será ejecutado mediante un convenio de colaboración, a suscribir con una entidad sin ánimo de lucro, con experiencia en este campo.

Ambas partes pondrán la infraestructura, los medios humanos, materiales y técnicos necesarios para la realización del programa.

6.3 Condiciones económicas.

El costo total asciende a sesenta mil euros (60.000,00 €), de los cuales, el Instituto de la Mujer aportará la cantidad de seis mil seiscientos treinta y dos euros (6.632,00 €), correspondiendo a la Ciudad de Melilla, a través de la Consejería de Educación, Juventud y Mujer (Viceconsejería de la Mujer), la cantidad de cincuenta y tres mil trescientos sesenta y ocho euros (53.368,00 €).

Ambas cantidades servirán, conjuntamente, para cubrir los gastos de dirección, organización, gestión, difusión y seguimiento del programa.

7. Programa de educación para la salud

7.1 Acciones y objetivos.

Ambos organismos colaborarán, conjuntamente, en la realización de este programa que pretende llegar a todos los colectivos de mujeres de Melilla, a través de charlas, cursos y jornadas impartidas por profesionales en la materia (cooperativa de matronas, psicólogos, sindicatos) en los que se abordarán temas como la salud laboral, sexualidad, control emocional, menopausia, masaje infantil para bebés, etc.

7.2 Organización.

La Ciudad de Melilla, a través de la Consejería de Educación, Juventud y Mujer (Viceconsejería de la Mujer), realizará, en el ejercicio 2004, la gestión de los expedientes de gasto oportunos para la adecuada ejecución del programa.

Ambas partes pondrán la infraestructura, los medios humanos, materiales y técnicos necesarios para la realización del programa.

7.3 Condiciones económicas.

El costo total asciende a veinticuatro mil euros (24.000,00 €), de los cuales, el Instituto de la Mujer aportará la cantidad de tres mil euros (3.000,00 €), correspondiendo a la Ciudad de Melilla, a través de la Consejería de Educación, Juventud y Mujer (Viceconsejería de la Mujer), la cantidad de veintiún mil euros (21.000,00 €).

Ambas cantidades servirán, conjuntamente, para cubrir los gastos de dirección, organización, gestión, difusión y seguimiento del programa.

8. Programa relaciona

El Instituto de la Mujer va a promover, en el presente ejercicio, el proyecto «Relaciona», en colaboración con los organismos de igualdad de las Comunidades Autónomas, incluida la Consejería de Educación, Juventud y Mujer de la Ciudad de Melilla. Este proyecto se enmarca en el Plan de Acción contra la violencia doméstica.

Se trata de un proyecto de prevención de la violencia de género desde el ámbito escolar, dirigido al profesorado.

Los objetivos que se pretenden conseguir, con la realización de este programa, son:

Analizar las situaciones de violencia que se producen en los centros educativos, desde una perspectiva de género.

Reflexionar sobre la importancia de la práctica docente en este tema y sobre los modelos y los valores que se asocian a la masculinidad y a la feminidad.

Dar importancia a la relación y a la convivencia escolar.

Ambas partes aportarán los medios personales, materiales y financieros necesarios para la celebración del proyecto.

Para llevar a cabo este programa, el Instituto de la Mujer aportará la cantidad global de treinta mil euros (30.000,00 €), que será distribuida, proporcionalmente, por las Comunidades Autónomas que participen en el programa. Los gastos que se deriven de la organización y ejecución del programa en la Ciudad de Melilla serán abonados por el Instituto de la Mujer.

Por su parte, la Ciudad de Melilla, a través de la Consejería de Educación, Juventud y Mujer (Viceconsejería de la Mujer), cubrirá los gastos de difusión y coordinación de las acciones del programa que se ejecuten en el ámbito territorial de la Ciudad de Melilla.

Segunda.

En el caso de que el costo total de los programas con números comprendidos entre el 3 y el 7, ambos inclusive, fuera superior al estipulado, el Instituto de la Mujer únicamente aportará la cantidad a que se obliga en cada programa o, si el coste total fuera inferior al estipulado, la baja repercutirá, proporcionalmente, en las cantidades que corresponde aportar a ambos organismos.

Tercera.

Todas las cantidades que corresponda aportar al Instituto de la Mujer serán abonadas a la firma del presente convenio específico.

La Ciudad de Melilla, a través de la Consejería de Educación, Juventud y Mujer (Viceconsejería de la Mujer), deberá acreditar que el importe total de los programas con números comprendidos entre el 3 y el 7, ambos inclusive, reseñados en la cláusula segunda, ha sido destinado al cumplimiento de su objeto, mediante certificado del/de la Interventor/a de la Ciudad Autónoma, y reintegrar el sobrante, si procediera, antes del día 30 de diciembre de 2004.

Cuarta.

Las cantidades que corresponda aportar al Instituto de la Mujer serán imputadas, con cargo al presupuesto de gastos del organismo para 2004, a las aplicaciones presupuestarias siguientes:

Programas 3, 5, 6 y 7: 19.105.323B.226.10.

Programas 1, 2 y 8: 19.105.323B.227.06.

Programa 4: 19.105.323 B.751.

Todas las cantidades que corresponda aportar a la Ciudad de Melilla, a través de la Consejería de Educación, Juventud y Mujer (Viceconsejería de la Mujer), serán imputadas, con cargo al presupuesto de gastos del organismo para 2004, a las siguientes aplicaciones presupuestarias:

Programas 1 al 8: «Área de Mujer» 1432302226.

Quinta.

En todo el material impreso, así como en la difusión que se haga de los programas, deberá constar la colaboración de ambos organismos y figurar expresamente sus logotipos.

Sexta.

El seguimiento de los programas, tal y como establece la cláusula cuarta del convenio marco vigente, corresponderá a la Comisión de Seguimiento.

Además, la Ciudad de Melilla, a través de la Consejería de Educación, Juventud y Mujer (Viceconsejería de la Mujer), se compromete a entregar, al Instituto de la Mujer, una memoria de las actividades realizadas en la ejecución del convenio.

Séptima.

El presente convenio específico surtirá efectos a partir de su firma y tendrá vigencia hasta el cumplimiento de su objeto y de las obligaciones de cada una de las partes, incluida la obligación de la acreditación económica de los programas, por parte de la Ciudad de Melilla, a través de la Consejería de Educación, Juventud y Mujer (Viceconsejería de la Mujer). Si fuera necesario, se podrá solicitar una prórroga para el plazo de justificación del mismo.

Octava.

El incumplimiento de las cláusulas del presente convenio, por cualquiera de las partes, será causa de su extinción, sin perjuicio de lo establecido en la cláusula siguiente.

El incumplimiento, por parte del Instituto de la Mujer, determinará, para éste, el pago de los daños y perjuicios, que, por tal causa, se irroguen a la otra parte. El incumplimiento, por parte de la Ciudad de Melilla, a través de la Consejería de Educación, Juventud y Mujer (Viceconsejería de la Mujer), determinará, para ésta, la obligación de restituir, al Instituto de la Mujer, las cantidades que se hubieran percibido injustificadamente y la de indemnizar los daños y perjuicios ocasionados.

En ambos casos, se respetarán los derechos adquiridos, por terceros, de buena fe.

También será causa de resolución el mutuo acuerdo y la imposibilidad sobrevenida de cumplir las actividades descritas.

Novena.

Este convenio tiene naturaleza administrativa; se regirá por las estipulaciones en él contenidas y, en lo no previsto en éstas, así como para la resolución de las dudas que pudieran presentarse, por los principios del Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.

Dada la naturaleza jurídico-administrativa de este Convenio, el orden jurisdiccional contencioso-administrativo será el competente para resolver las cuestiones litigiosas que pudieran suscitarse entre las partes, durante la ejecución del mismo.

Y, estando conformes ambas partes con el contenido del presente documento, lo firman por duplicado y a un solo efecto, en el lugar y fecha arriba indicados.

En Madrid, a 30 de julio de 2004.–El Presidente de la Asamblea de Melilla, don Juan José Imbroda Ortiz.–La Directora General del Instituto de la Mujer, doña Rosa María Peris Cervera.

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