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Documento BOE-A-2004-17910

Resolución de 23 de septiembre de 2004, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se ordena dar publicidad a la addenda del Convenio entre el Consejo Superior de Deportes y la Comunidad Autónoma de Canarias, para la realización del Censo de Instalaciones Deportivas.

Publicado en:
«BOE» núm. 251, de 18 de octubre de 2004, páginas 34718 a 34719 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-2004-17910

TEXTO ORIGINAL

Suscrita con fecha 4 de mayo de 2004 la Addenda de modificación del Convenio entre el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte-Consejo Superior de Deportes y La Comunidad Autónoma de la Canarias para la realización del Censo de Instalaciones Deportivas en su ámbito Territorial.

Esta Secretaría de Estado-Presidencia del Consejo Superior de Deporte, en cumplimiento de lo dispuesto en la normativa vigente, ha dispuesto que se publique en el Boletín Oficial del Estado el texto del Convenio que se adjunta.

Madrid, 23 de septiembre de 2004.–El Secretario de Estado-Presidente del Consejo Superior de Deportes, Jaime Lissavetzky Diez.

ADDENDA DE MODIFICACIÓN DEL CONVENIO ENTRE EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE-CONSEJO SUPERIOR DE DEPORTES Y LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS PARA LA REALIZACIÓN DEL CENSO DE INSTALACIONES DEPORTIVAS EN SU ÁMBITO TERRITORIAL

REUNIDOS

De una parte, el Excmo. Sr. D. Jaime Lissavetzky Diez, Secretario de Estado-Presidente del Consejo Superior de Deportes, en virtud del nombramiento efectuado mediante Real Decreto 649/2004, de 19 de abril, y en ejercicio de la competencia que le confiere su cargo,

Y de otra parte, el Excmo. Sr. D. José Miguel Ruano León, Consejero de Educación, Cultura y Deportes de la Comunidad Autónoma de Canarias, en nombre y representación de la citada Comunidad y en uso de las facultades que le confiere los artículos 16 y 29 K de la Ley Territorial 14/1990, de 26 de Julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias.

En virtud de las competencias que a ambas partes les confiere su cargo y reconociéndose mutuamente poderes y facultades suficientes para formalizar el presente documento.

EXPONEN

1. Que con fecha 22 de abril de 1996, el Consejo Superior de Deportes, organismo autónomo del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte (anteriormente, Ministerio de Educación y Ciencia) y la Comunidad Autónoma de Canarias firmaron un Convenio para la realización del Censo Nacional de Instalaciones Deportivas en el ámbito territorial de Canarias.

2. En la Comisión Mixta de seguimiento del referido Convenio celebrada el día 23 de mayo de 2003, se puso de manifiesto la necesidad de proceder a la actualización de los datos, dado el tiempo transcurrido desde su elaboración.

3. La actualización del Censo constará de los siguientes trabajos:

Desarrollo de una Aplicación Informática.

Realización de un Trabajo de Campo.

Estudio, análisis y divulgación de los datos.

Establecimiento del Control Externo de Calidad.

4. El desarrollo de la Aplicación Informática, que gestionará la base de datos, está incluido en el Plan de Acción INFO XXI, (Proyecto PIS- TA-CNID) dedicado al desarrollo de la administración electrónica y promovido y coordinado por el Ministerio de Ciencia y Tecnología. La contratación y financiación de la misma, que asciende a 769.080 €, serán asumidos por el Ministerio indicado, en base al Convenio de colaboración de fecha 1 de julio de 2003, suscrito con el Consejo Superior de Deportes.

5. El resto de los trabajos indicados serán ejecutados por las instituciones firmantes, según los acuerdos que se establecen a continuación, y su financiación al 50%, tal como establece el Convenio.

En atención a lo expuesto, ambas partes

ACUERDAN

1. Que se realice la actualización del Censo Nacional de Instalaciones Deportivas en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Canarias.

2. El Trabajo de Campo será contratado por la Comunidad Autónoma de Canarias, siendo el contenido del Pliego de Prescripciones Técnicas el aprobado por el grupo de usuarios creado a tal fin y que será el mismo para todas las Comunidades Autónomas. El Estudio, Análisis y Divulgación de los Datos y el Control Externo de Calidad serán contratados por el Consejo Superior de Deportes (CSD).

3. La ejecución del Trabajo de Campo se efectuará coordinadamente con la ejecución del desarrollo de la aplicación informática, debiendo estar terminado en el último trimestre del año 2004.

4. En base al número de instalaciones deportivas y de espacios deportivos estimados en 5.270 y 11.270, respectivamente, el coste y su financiación, en euros, es el siguiente:

  Trabajo de Campo Estudio, Análisis y Divulgación Datos

Control

Externo

Calidad

Total

C.S.D. (50%).

C. A. Canarias (50%).

84.669,55

84.669,55

8.466,95

8.466,95

6.773,56

6.773,56

99.910,07

99.910,07

   Total. 169.339,1 16.933,9 13.547,12 199.820,14

5. Que en base a la estimación anterior, el CSD transferirá a la C.A. de Canarias 84.669,55 €, que corresponde al 50% del referido coste del Trabajo de Campo. La C.A. de Canarias transferirá 15.240,51 €, que corresponde al 50% del coste estimado del Control Externo de Calidad y del Estudio, Análisis y Divulgación de los Datos.

6. Que ambas partes asumirán las variaciones que sobre el coste estimado se puedan producir, igualmente, al 50%.

7. Que antes de la aprobación de la adjudicación de los expedientes de contratación deberán de remitirse los siguientes documentos:

a) Certificación por órgano competente de que en los Presupuestos del año 2004 y del año 2005, se han incluido créditos destinado a financiar el Censo por importe de 50.000,00 € y 49.910,07 €respectivamente.

b) Remisión del acuerdo o resolución de aprobación de la financiación por el órgano competente y de los documentos contables correspondientes.

8. Ambas Administraciones aportarán los documentos justificativos del gasto realizado en la ejecución de los contratos cuya tramitación les corresponde, para la determinación de la financiación definitiva.

9. Para posteriores actualizaciones y revisiones la Comunidad Autónoma de Canarias establecerá los mecanismos necesarios para recabar las altas/bajas/modificaciones que afecten a su base de datos, la validación de las mismas y su inscripción instantánea en la base de datos de la Comunidad Autónoma y del Consejo Superior de Deportes. Las actuaciones necesarias para su realización serán fijadas en el seno de la Comisión Mixta creada en el presente convenio.

Y en prueba de conformidad con su contenido se firma el presente Convenio, por triplicado ejemplar, en Madrid, a 4 de mayo de 2004.–El Secretario de Estado-Presidente del Consejo Superior de Deportes, Jaime Lissavetzky Diez.–El Consejero de Educación, Cultura y Deportes, de la Comunidad Autónoma de Canarias, José Miguel Ruano León.

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