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Documento BOE-A-2004-15699

Resolución de 8 de julio de 2004, de la Dirección General de Política Energética y minas por la que se inscribe a la Federación de Asociaciones Empresariales de Fontanería, Gas, Calefacción, Climatización, Mantenimiento y afines de la Comunidad Autónoma Andaluza (FRAEF) en el Registro Especial de Entidades para la Formación de Instaladores de Gas.

Publicado en:
«BOE» núm. 211, de 1 de septiembre de 2004, páginas 30403 a 30404 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Referencia:
BOE-A-2004-15699

TEXTO ORIGINAL

La Federación de Asociaciones Empresariales de Fontanería, Gas, Calefacción, Climatización, Mantenimiento y afines de la Comunidad Autónoma Andaluza (FRAEF) ha solicitado, a través de esta Dirección General, ser inscrita en el Registro Especial de Entidades para la Formación de Instaladores de Gas, de conformidad con lo establecido en el Capítulo III de la Instrucción sobre Instaladores Autorizados de Gas y Empresas Instaladoras, aprobada por Orden del Ministerio de Industria y Energía de 17 de diciembre de 1985 (B.O.E. de 9 de enero de 1986).

Vista la solicitud presentada y demás documentación complementaria y la Orden Ministerial de 17 de diciembre de 1985,

Esta Dirección General, teniendo en cuenta el informe favorable emitido por la Dirección General de Industria, Energía y Minas, de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresas de la Junta de Andalucía, ha resuelto:

Inscribir a la Federación de Asociaciones Empresariales de Fontanería, Gas, Calefacción, Climatización, Mantenimiento y afines de la Comunidad Autónoma Andaluza, en el Registro Especial de Entidades para la Formación de Instaladores de Gas, existente en esta Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio de Economía, con arreglo a las siguientes condiciones:

Primera.

El ámbito geográfico territorial de actuación para la impartición de los cursos de instaladores de gas, de categorías IG-I, IG-II, IG-III e IG-IV a que se refiere esta inscripción, estará limitado a la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Segunda.

Cada uno de los cursos teórico-prácticos para la formación de instaladores de gas que vaya a impartir la Federación de Asociaciones Empresariales de Fontanería, Gas, Calefacción, Climatización, Mantenimiento y afines de la Comunidad Autónoma Andaluza deberá ser autorizado previamente por los Órganos Territoriales competentes.

Tercera.

La Federación de Asociaciones Empresariales de Fontanería, Gas, Calefacción, Climatización, Mantenimiento y afines de la Comunidad Autónoma Andaluza deberá presentar anualmente en los Organismos Territoriales competentes y en la Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, una memoria de actuaciones de conformidad con lo previsto en el Capítulo III de la citada Instrucción sobre Instaladores Autorizados de Gas y Empresas Instaladoras.

Cuarta.

La inscripción a que se refiere la presente Resolución tendrá un plazo de vigencia de tres años, pudiendo el interesado solicitar la prórroga de dicho plazo dentro de los seis meses anteriores a la finalización del mismo.

Madrid, 8 de julio de 2004.–El Director general, Jorge Sanz Oliva.

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