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Documento BOE-A-2004-15006

Resolución de 9 de julio de 2004, de la Secretaría General para la Prevención de la Contaminación y del Cambio Climático, sobre la evaluación de impacto ambiental del proyecto Modernización de regadíos de la comunidad de regantes de Lasesa. Embalse de Lastanosa en Sariñena (Huesca), promovido por la Sociedad Estatal de Infraestructuras Agrarias Nordeste.

Publicado en:
«BOE» núm. 194, de 12 de agosto de 2004, páginas 29006 a 29006 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2004-15006

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de evaluación de impacto ambiental, modificado por la Ley 6/2001, de 8 de mayo, y el Reglamento de ejecución aprobado por Real Decreto 1131/1988, de 30 de septiembre, establecen que los proyectos públicos o privados, consistentes en la realización de las obras, instalaciones o de cualquier actividad comprendida en el Anexo II de este Real Decreto legislativo sólo deberán someterse a una evaluación de impacto ambiental en la forma prevista en esta disposición, cuando así lo decida el órgano ambiental en cada caso.

El proyecto Modernización de regadíos de la Comunidad de Regantes de Sasesa. Embalse de Lastanosa en el T.M. de Sariñena (Huesca), se encuentra comprendido en el apartado c del Grupo 1 del Anexo II de la Ley 6/2001 antes referida.

El proyecto tiene por objeto regular los actuales sistemas de riego por aspersión de 9.600 ha mediante la instalación de un equipo de impulsión que bombearía agua desde la acequia de Pertusa hasta un embalse de 9,85 hm3 originado por la construcción de una presa de materiales sueltos y 41 m de altura.

Considerando los criterios de selección contemplados en el Anexo III de la Ley 6/2001, los informes favorables del Departamento de Medio Ambiente y el Departamento de Educación del Gobierno de Aragón y analizada la totalidad del expediente, no se deduce la posible existencia de impactos ambientales adversos significativos. Por lo tanto, en virtud del artículo 1.2 de la precitada Ley, la Secretaria General para la Prevención de la Contaminación y del Cambio Climático, a la vista del informe emitido por la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental de fecha 9 de julio de 2004, resuelve que no es necesario someter al procedimiento de evaluación de impacto ambiental el proyecto Modernización del regadío de la Comunidad de Regantes de Lasesa. Embalse de Lastanosa en el T.M. de Sariñena (Huesca).

No obstante, el promotor deberá tener en consideración las observaciones realizadas por los Departamentos precitados del Gobierno de Aragón durante la construcción y explotación de las instalaciones definidas en proyecto. Así mismo el promotor deberá remitir a esta Secretaría General el Programa de Vigilancia Ambiental que deberá observarse durante la construcción de las obras y explotación de la presa. En dicho Programa se describirán el tipo de informes y la frecuencia y período de su emisión, así como la definición y justificación de los indicadores utilizados para valorar la eficacia de de las medidas protectoras y correctoras así como la evolución de los impactos residuales y del medio ambiente.

Madrid, 9 de julio de 2004.–El Secretario General, Arturo Gonzalo Aizpiri.

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