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Documento BOE-A-2004-13023

Orden ECI/2303/2004, de 7 de junio, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala de Auxiliares de Investigación de los Organismos Públicos de Investigación.

Publicado en:
«BOE» núm. 168, de 13 de julio de 2004, páginas 25606 a 25610 (5 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-2004-13023

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 222/2004,

de 6 de febrero, por el que se aprueba la oferta de empleo público

para el año 2004, y con el fin de atender las necesidades de

personal de la Administración Pública,

Este Ministerio, en uso de las competencias que le están

atribuidas en el artículo 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de

Organización y Funcionamiento de la Administración General del

Estado, previo informe favorable de la Dirección General de la

Función Pública, acuerda convocar proceso selectivo para ingreso

en la Escala de Auxiliares de Investigación de los Organismos

Públicos de Investigación, con sujeción a las siguientes

Bases de convocatoria

1. Normas generales

1.1 Se convoca proceso selectivo para cubrir 26 plazas de

la Escala de Auxiliares de Investigación de los Organismos Públicos

de Investigación Código 5048 por el sistema general de acceso

libre.

Del total de estas plazas se reservará una para quienes tengan

la condición legal de personas con discapacidad con un grado

de minusvalía igual o superior al 33 por 100.

Una vez cubiertas las plazas del cupo de reserva para personas

con discapacidad, los aspirantes con discapacidad que hayan

superado el proceso selectivo sin obtener plaza por dicho cupo podrán

optar, en igualdad de condiciones, a las de acceso general.

Las plazas no cubiertas en el cupo de reserva para personas

con discapacidad se acumularán a las de acceso general.

La distribución por Organismos Públicos de Investigación de

las plazas convocadas es la siguiente:

Núm.

deplazasOrganismoPúblico deInvestigación

Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC). 8

Centro de Investigaciones Energéticas,

Medioambientales y Tecnológicas (CIEMAT) ....................... 5

Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria

y Alimentaria (INIA) ................................ 3

Instituto Español de Oceanografía (IEO) ............... 6

Instituto Geológico y Minero de España (IGME) ........ 3

Centro Español de Metrología ........................ 1

Núm.

de

plazas

Destino Localidad(provincia)

1 CSIC-Inst. H.a de la Ciencia "López

Piñero" ......................... Valencia.

1 CSIC-Inst. Biol. Mol. y Cel. Plantas

"P. Yúfera" ...................... Valencia.

1 CSIC-Inst. Ciencias Marinas.

Andalucía ............................ Puerto Real (Cádiz).

1 CSIC-Estación Exp. La Mayora ..... Algarrobo-Costa

(Málaga).

1 CSIC-Centro Astrobiología ......... Torrejón de Ardoz

(Madrid).

Núm.

de

plazas

Destino Localidad(provincia)

1 CSIC-Inst. Cerámica y Vidrio ....... Madrid.

1 CSIC-Inst. Productos Lácteos ...... Villaviciosa (Oviedo).

1 CSIC-Inst. Catálisis y

Petroleoquímica ............................ Madrid.

4 CIEMAT ........................... Madrid.

1 CIEMAT ........................... Lubia (Soria).

3 INIA-Subdirección Gral.

Investigación y Tecnología ............... Madrid.

1 IEO-Centro Oceanográfico ......... Vigo.

1 IEO-Centro Oceanográfico ......... Santander.

1 IEO-Centro Oceanográfico ......... Baleares (Palma de

Mallorca).

1 IEO-Centro Oceanográfico ......... Canarias (Sta. Cruz de

Tenerife).

1 IEO-Centro Oceanográfico ......... A Coruña.

1 IEO-Centro Oceanográfico ......... Murcia.

1 IGME-D. Hidrogeología y Aguas

Subterráneas ....................... Madrid.

1 IGME-D. Geología y Geofísica ...... Tres Cantos (Madrid).

1 IGME-D. Recursos Minerales ....... Tres Cantos (Madrid).

1 CEM .............................. Tres Cantos (Madrid).

1.2 El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de

oposición, con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se

especifican en el Anexo I.

1.3 El programa que ha de regir el proceso selectivo es el

que figura como Anexo II a esta convocatoria.

1.4 El proceso selectivo se desarrollará de acuerdo con el

siguiente calendario:

El primer ejercicio de la fase de oposición se iniciará antes

de la finalización del mes de octubre de 2004. La duración máxima

del proceso selectivo será de cuatro meses, contados a partir de

la fecha de realización del primer ejercicio.

1.5 Concluido el proceso selectivo, los aspirantes que lo

hubieran superado y que hayan acreditado cumplir los requisitos

exigidos, serán nombrados funcionarios de carrera mediante

resolución, que se publicará en el "Boletín Oficial del Estado", con

indicación del destino adjudicado.

2. Requisitos de los candidatos

2.1 Para ser admitidos a la realización del proceso selectivo

los aspirantes deberán poseer en el día de finalización del plazo

de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de

la toma de posesión como funcionario de carrera los siguientes

requisitos de participación:

2.1.1 Nacionalidad:

a) Ser español.

b) Ser nacional de alguno de los demás Estados miembros

de la Unión Europea o nacional de algún Estado al que en virtud

de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea

y ratificados por España sea de aplicación la libre circulación de

trabajadores.

También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad,

el cónyuge de los españoles y de los nacionales de alguno de

los demás Estados miembros de la Unión Europea, y cuando así

lo prevea el correspondiente Tratado, el de los nacionales de algún

Estado al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados

por la Unión Europea y ratificados por España sea de aplicación

la libre circulación de trabajadores, siempre que no estén

separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán

participar sus descendientes y los de su cónyuge, menores de

veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

2.1.2 Edad: Tener dieciocho años de edad y no haber

alcanzado la edad de jubilación.

2.1.3 Titulación: Estar en posesión o en condiciones de

obtener el título de Grado Escolar, Formación Profesional de primer

grado o equivalente. Se entenderá que un aspirante está en

condiciones de obtener cualquiera de los títulos indicados cuando

cumpla los requisitos académicos exigidos para la expedición

material de los mismos. En el caso de titulaciones obtenidas en

el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que

acredite su homologación.

2.1.4 Compatibilidad funcional: No padecer enfermedad ni

estar afectado por limitación física o psíquica incompatible con

el desempeño de las correspondientes funciones.

2.1.5 Habilitación: No haber sido separado, mediante

expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las

Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las

funciones públicas.

Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán

acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria

o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función

pública.

2.2 Los aspirantes que se presenten por el cupo de reserva

para personas con discapacidad habrán de tener reconocida la

condición legal de persona con discapacidad con un grado de

minusvalía igual o superior al 33 por 100.

3. Solicitudes

3.1 Quienes deseen participar en este proceso selectivo

deberán cumplimentar el modelo oficial de solicitud de admisión a

pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación de

derechos de examen (modelo 790) que se facilitará gratuitamente

en el Ministerio de Educación y Ciencia, en las sedes centrales

del Consejo Superior de Investigaciones Científicas, del Centro

de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas,

del Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y

Alimentaria, del Instituto Español de Oceanografía, del Instituto

Geológico y Minero de España y del Centro Español de Metrología,

en el Centro de Información Administrativa del Ministerio de

Administraciones Públicas, en la Dirección General de la Función

Pública, en las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno, en las

representaciones diplomáticas y consulares de España en el

extranjero y en la página de Internet www.map.es/seap/dgfp/dgfp.htm

La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones

del Anexo IV.

3.2 La presentación de solicitudes se realizará en el Registro

General del Centro de Investigaciones Energéticas,

Medioambientales y Tecnológicas (avenida Complutense, 22, 28040 Madrid),

o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992,

de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo

de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de

la fecha de publicación de esta convocatoria en el "Boletín Oficial

del Estado" y se dirigirán al Secretario General de Política Científica

y Tecnológica del Ministerio de Educación y Ciencia. La no

presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión

del aspirante.

Las solicitudes que se presenten a través de las oficinas de

Correos deberán ir en sobre abierto para ser fechadas y selladas

por el funcionario de Correos antes de ser certificadas.

3.3 A la solicitud se acompañará:

Una fotocopia compulsada del Documento de Identidad o del

pasaporte.

Los incluidos en el primer párrafo del apartado b) de la

base 2.1.1 que residan en España, además de la fotocopia

compulsada del correspondiente documento de identidad o pasaporte,

una fotocopia compulsada de la tarjeta de residente comunitario

o de familiar de residente comunitario en vigor o, en su caso,

de la tarjeta temporal de residente comunitario o de trabajador

comunitario fronterizo en vigor.

Los incluidos en el segundo párrafo del apartado b) de la

base 2.1.1, además de la fotocopia compulsada del pasaporte,

una fotocopia compulsada del visado y, en su caso, del resguardo

de haber solicitado la correspondiente tarjeta o del resguardo de

haber solicitado la exención de visado y la correspondiente tarjeta.

De no haberse solicitado estos documentos deberán presentar los

documentos expedidos por las autoridades competentes que

acrediten el vínculo de parentesco y una declaración jurada o promesa

del español o del nacional de la Unión Europea o del Estado al

que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores con el

que existe este vínculo, de que no está separado de derecho de

su cónyuge y, en su caso, del hecho de que el aspirante vive

a sus expensas o está a su cargo.

Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios de

Organismos Internacionales deberán acompañar a la solicitud las

certificaciones de homologación o, con carácter excepcional,

presentarlas al órgano de selección con antelación a la celebración

de las correspondientes pruebas.

Los aspirantes con discapacidad con un grado de minusvalía

igual o superior al 33% que soliciten adaptación de tiempo y/o

medios deberán adjuntar Dictamen Técnico Facultativo emitido

por el Órgano Técnico de Valoración que dictaminó el grado de

minusvalía.

3.4 Los errores de hecho, materiales o aritméticos, que

pudieran advertirse en la solicitud podrán subsanarse en cualquier

momento de oficio o a petición del interesado.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes la

Ministra de Educación y Ciencia dictará orden, en el plazo máximo

de un mes, declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos.

En dicha orden, que deberá publicarse en el "Boletín Oficial del

Estado", se indicarán los lugares en que se encuentren expuestas

al público las listas certificadas completas de aspirantes admitidos

y excluidos, señalándose un plazo de diez días hábiles para

subsanar el defecto que haya motivado la exclusión u omisión y

determinándose el lugar, fecha y hora de comienzo del primer ejercicio

de la oposición.

4.2 Contra la Resolución definitiva, que se hará pública en

los mismos lugares en los que hubiesen sido expuestas las listas

certificadas a que se refiere el apartado anterior, podrá

interponerse potestativamente recurso de reposición en el plazo de un

mes ante el mismo órgano que dictó la Resolución, o directamente

recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses

contados a partir del día siguiente al de su publicación, ante el órgano

competente del orden jurisdiccional contencioso-administrativo,

de acuerdo con lo previsto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,

de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley 29/1998, de 13

de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

4.3 No procederá la devolución de los derechos de examen

en los supuestos de exclusión por causa imputable a los aspirantes.

5. Tribunal

5.1 El Tribunal calificador de este proceso selectivo es el que

figura como Anexo III a esta convocatoria.

5.2 El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará

en todo momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de

noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas

y del Procedimiento Administrativo Común, y demás disposiciones

vigentes.

5.3 Los aspirantes podrán recusar a los miembros del

Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo 28

de la ley citada en la base anterior.

5.4 efectos de comunicaciones y demás incidencias, el

Tribunal tendrá su sede en el Centro de Investigaciones Energéticas,

Medioambientales y Tecnológicas, avenida Complutense, n.o 22,

28040 Madrid, teléfono (91) 3466475, dirección de correo

electrónico: fernando.molinaUciemat.es.

6. Desarrollo del proceso selectivo

6.1 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en

llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no

comparezcan.

6.2 Concluido cada uno de los ejercicios de la oposición, el

Tribunal hará públicas, en el lugar o lugares de su celebración

y en la sede del Tribunal, la relación de aspirantes que hayan

alcanzado el mínimo establecido para superarlo, con indicación

de la puntuación obtenida.

6.3 Una vez comenzado el proceso selectivo, los anuncios

de celebración de los restantes ejercicios se harán públicos con

doce horas de antelación, al menos, a la señalada para su inicio,

si se trata del mismo ejercicio, o con veinticuatro horas, si se

trata de uno nuevo. Estos anuncios se efectuarán, al menos, en

los locales donde se haya celebrado el anterior y en la sede del

Tribunal señalada en la base 5.4.

6.4 El Tribunal podrá requerir, en cualquier momento del

proceso selectivo, la acreditación de la identidad de los aspirantes.

Asimismo, si tuviera conocimiento de que alguno de los aspirantes

no cumple cualquiera de los requisitos exigidos en la convocatoria,

previa audiencia al interesado, deberá proponer su exclusión a

la autoridad convocante.

7. Superación del proceso selectivo

7.1 Finalizada la fase de oposición, el Tribunal hará pública

la relación de aprobados por orden de puntuación en los locales

en donde se haya celebrado la última prueba.

Dicha relación se elevará a la autoridad convocante, que la

publicará en el "Boletín Oficial del Estado", disponiendo los

aspirantes propuestos de un plazo de veinte días naturales, desde

la publicación en el "Boletín Oficial del Estado", para la

presentación de la documentación acreditativa de los requisitos exigidos

en la convocatoria.

7.2 No se podrá declarar superado el proceso selectivo a un

número de aspirantes superior al de plazas convocadas.

7.3 La adjudicación de los puestos a los aspirantes que

superen el proceso selectivo se efectuará según la petición de destino

de acuerdo con la puntuación total obtenida.

Los puestos de trabajo que vayan a ser ofrecidos como destino

y que impliquen la participación directa o indirecta en el ejercicio

del poder público y en las funciones que tienen por objeto la

salvaguardia de los intereses generales del Estado, quedarán

reservados a los aspirantes de nacionalidad española.

8. Norma final

Al presente proceso selectivo le serán de aplicación la

Ley 30/1984, de 2 de agosto ; el R.D. 364/1995, de 10 de marzo;

el resto de la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en

la presente convocatoria.

Contra la presente convocatoria, podrá interponerse, con

carácter potestativo, recurso de reposición ante la excelentísima señora

Ministra de Educación y Ciencia en el plazo de un mes desde

su publicación o bien recurso contencioso-administrativo, en el

plazo de dos meses desde su publicación, ante el órgano

jurisdiccional competente, de conformidad con lo dispuesto en la

Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo

Común, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la

Jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose, que en

caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer

recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto

expresamente o se haya producido la desestimación presunta del

mismo.

Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a

la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto

en la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Madrid 7 de junio de 2004.-La Ministra, P.D. (Orden

ECI/1217/2004, de 3 de mayo, BOE del 6), el Subsecretario,

Fernando Gurrea Casamayor.

Ilma. Sra. Subdirectora General de Administración de Recursos

Humanos y Sr Presidente del Tribunal Calificador.

ANEXO I

Descripción del proceso selectivo

Con carácter previo al inicio de la oposición, los aspirantes

que no posean la nacionalidad española y su conocimiento del

castellano no se deduzca de su origen, deberán acreditar el

conocimiento del castellano mediante la realización de una prueba,

en la que se comprobará que poseen un nivel adecuado de

comprensión y expresión oral y escrita en esta lengua.

Quedan eximidos de realizar esta prueba quienes estén en

posesión del Diploma superior de español como lengua extranjera

regulado por el Real Decreto 826/1988, de 20 de julio, modificado

por el Real Decreto 1/1992, de 10 de enero, o del certificado

de aptitud en español para extranjeros expedido por las escuelas

oficiales de idiomas. A tal efecto, deberán aportar, junto a la

solicitud, fotocopia compulsada de dicho diploma o del mencionado

certificado de aptitud. De no aportar esta documentación no

podrán ser declarados exentos y deberán, por tanto, realizar la

prueba a que se refiere el párrafo anterior.

La prueba de conocimiento del castellano para los aspirantes

que no posean la nacionalidad española se calificará como "apto"

o "no apto", siendo necesario obtener la valoración de "apto" para

realizar la oposición:

1. La oposición estará formada por los siguientes ejercicios:

Primer ejercicio: Este ejercicio, de carácter teórico, consistirá

en contestar por escrito a un cuestionario de 60 preguntas, tipo

test, con tres respuestas alternativas, sobre las materias que se

contienen en el programa que figura en el anexo II a esta

convocatoria, dirigido a apreciar la adecuación de los aspirantes para

el desempeño de las tareas propias de la Escala de Auxiliares

de Investigación de los Organismos Públicos de Investigación. Se

realizará en el tiempo máximo de una hora.

Segundo ejercicio: Consistirá en realizar, en el tiempo máximo

de una hora, un supuesto práctico a elegir entre tres propuestos

por el Tribunal, relacionados con el temario del programa que

figura en el anexo II a esta convocatoria y con las tareas propias

de la Escala de Auxiliares de Investigación de los Organismos

Públicos de Investigación.

Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios de

Organismos Internacionales estarán exentos de la realización de

aquellas pruebas que la Comisión Permanente de Homologación

considere que tienen por objeto acreditar conocimientos ya exigidos

para el desempeño de sus puestos de origen en el Organismo

Internacional correspondiente.

Se adoptarán las medidas precisas para que los aspirantes con

minusvalía gocen de similares condiciones que el resto de los

aspirantes en la realización de los ejercicios. En este sentido, para

las personas con minusvalía que así lo hagan constar en su

solicitud, se establecerán las adaptaciones posibles en tiempos y

medios para su realización.

2. Calificación de los ejercicios:

Primer ejercicio: Se calificará de 0 a 60 puntos. El Tribunal

fijará la puntuación mínima necesaria para acceder al segundo

ejercicio.

Todas las preguntas tendrán el mismo valor y las contestaciones

erróneas se penalizarán con el veinticinco por ciento de una

contestación.

Segundo ejercicio: Se otorgará una calificación máxima de 40

puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 20 puntos para

superar el ejercicio.

La calificación final de las pruebas selectivas vendrá

determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno

de los ejercicios.

En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la

mayor puntuación obtenida por los aspirantes en el segundo

ejercicio.

3. Lugar de celebración del proceso selectivo:

Todas las pruebas selectivas se celebrarán en Madrid.

Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios de

Organismos Internacionales estarán exentos de la realización de

aquellos ejercicios que la Comisión Permanente de Homologación

considere que tienen por objeto acreditar conocimientos ya exigidos

para el desempeño de sus puestos de origen en el Organismo

Internacional correspondiente.

Se adoptarán las medidas precisas para que los aspirantes con

discapacidad gocen de similares condiciones que el resto de los

aspirantes en la realización de los ejercicios. En este sentido, para

las personas con discapacidad que así lo hagan constar en su

solicitud, se establecerán las adaptaciones posibles en tiempos

y medios para su realización.

ANEXO II

Programa

Tema 1. La Constitución Española de 1978. Características.

Los principios constitucionales y los valores superiores.

Tema 2. Derechos y Deberes fundamentales.

Tema 3. Órganos Constitucionales: La Corona. Las Cortes

Generales. El Poder Judicial. El Poder Ejecutivo.

Tema 4. La Administración General del Estado: Órganos

Centrales y Territoriales. Organismos Públicos: Autónomos y

Entidades Públicas Empresariales.

Tema 5. Régimen Jurídico del personal al servicio de las

Administraciones Públicas. Funcionarios y personal laboral.

Tema 6. El Ministerio de Educación y Ciencia. Organización

y funciones. Los Organismos Públicos de Investigación.

Tema 7. La investigación científica y técnica. La Ley de

Fomento y Coordinación General de la Investigación científica y

técnica.

Tema 8. Buenas Prácticas de Laboratorio. Procedimientos

Normalizados de trabajo.

Tema 9. Conceptos básicos en materia de seguridad y

prevención de riesgos laborales. Especial consideración de la

seguridad en los laboratorios.

Tema 10. Magnitudes y Unidades: Longitud, masa y tiempo.

Tema 11. Magnitudes y Unidades: Temperatura y humedad.

Tema 12. Magnitudes y Unidades: Fuerza, presión y potencia.

Tema 13. Magnitudes y Unidades: Tensión Eléctrica.

Tema 14. Componentes Eléctricos. Elementos simples.

Tema 15. Componentes Electrónicos: Analógicos y digitales.

Tema 16. Aparatos de laboratorio: Balanzas, microscopios,

hornos, centrifugadoras, etc.

Tema 17. Técnicas y procedimientos de limpieza y

esterilización de material. Productos y equipos utilizados en limpieza,

desinfección y esterilización.

Tema 18. Toma y preparación de muestras. Técnicas de

conservación y preparación de muestras.

Tema 19. Ensayos Mecánicos: Tipos de ensayos y probetas.

Tema 20. Estructura de la Materia: Átomos y moléculas.

Tema 21. Elementos Químicos: Sistema periódico (metales

y no metales).

Tema 22. Disoluciones. Formas de calcular y expresar la

concentración de las disoluciones.

Tema 23. Análisis Químico. Conceptos generales de análisis

volumétrico y gravimétrico. Ensayos físicos, químicos y biológicos

de microorganismos.

Tema 24. Análisis instrumental. Métodos eléctricos, ópticos

y comatográficos.

Tema 25. La Célula. Estructura y función. Tipos de células.

Tema 26. Microbiología. Conceptos generales.

Microorganismos, bacterias, hongos y levaduras.

Tema 27. Contaminación ambiental: principales

contaminantes en suelo, aire y agua. Hidrogeología y Contaminación marina.

Tema 28. Animalarios. Invernaderos.

Tema 29. El Plancton: fito y zooplancton.

Tema 30. Elementos de hardware y software.

ANEXO III

Tribunal calificador

Tribunal Titular:

Presidente: Don Carlos Sancho Llerandi, E. Tit. Sup. de OO.AA.

Secretario: Don Guillermo Escribano Martínez, Subinspectores

de Trabajo y Seguridad.

Vocales: Doña M.a Teresa Requena Rolania, Científico Titular

CSIC ; don Francisco Javier Pro González, Esc. Titulados de

Escuelas Técnicas de Grado Medio de OO.AA MAPA ; don Fernando

de la Gándara García, Escala de Técnicos Facultativos Superiores

de OO.AA. del MAPA ; don Jesús Reyes Andrés, E. Tit. Superiores

OO.AA. MCYT, y doña Amparo Castellet Fernández, Escala de

Titulados de Escuelas Técnicas de Grado Medio del Ministerio

de Fomento.

Tribunal Suplente:

Presidente: Don Santiago del Barrio Martín, Escala

Investigadores Titulares de los OPIs. Secretaria: D.a Julia Sendino Muñoz,

Escala de Gestión de Empleo del INEM.

Vocales: Don Juan Carlos Bada Gancedo, Titulados S. Espec.

CSIC ; doña M.a Paz Gutiérrez Fernández, Esc. Titulados de

Escuelas Técnicas de Grado Medio de OO.AA MAPA ; don Pedro Herranz

Cano, Escala de Técnicos Facultativos Superiores de OO.AA. del

MAPA ; don Salustiano Ruiz González, Escala de Titulados de

Escuelas Técnicas de Grado Medio del Ministerio de Fomento,

y don José Montesinos Salmerón, Escala de Técnicos Especialistas

de Grado Medio de OPIs.

ANEXO IV

Instrucciones para cumplimentar la solicitud

Este apartado se rellenará según lo establecido en la solicitud

de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública

y liquidación de tasas de derechos de examen (modelo 790) y

en las siguientes instrucciones particulares.

En el recuadro 15, "Cuerpo o Escala", se consignará "Escala

de Auxiliares de Investigación de los Organismos Públicos de

Investigación".

En el recuadro 17, "Forma de acceso", se consignará "L" (acceso

libre).

En el recuadro 18, "Ministerio/Organo/Entidad convocante",

se consignará "Ministerio de Educación y Ciencia".

En el recuadro 19, se consignará la fecha del Boletín Oficial

del Estado en el que haya sido publicada la convocatoria.

En el recuadro 20, "Provincia de examen", se consignará

"Madrid".

En el recuadro 21, "Minusvalía", los aspirantes con

discapacidad podrán indicar el porcentaje de minusvalía que tengan

acreditado, y solicitar, expresándolo en el recuadro 23, las posibles

adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los

ejercicios en que esta adaptación sea necesaria.

Los aspirantes con un grado de minusvalía igual o superior

al 33 por 100 que deseen participar en el proceso selectivo por

el cupo de reserva para personas con discapacidad, deberán

indicarlo en el recuadro 22.

En el recuadro 24, "Títulos académicos oficiales", se consignará

la titulación académica que posea el aspirante.

En el recuadro 25, apartado A, se consignará "castellano".

El importe de la tasa por derechos de examen será de 9,57 euros.

El ingreso del importe correspondiente a los derechos de

examen se efectuará, junto con la presentación de la solicitud, en

cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las

que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación

tributaria. En la solicitud deberá constar que se ha realizado el

correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante validación

de la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso, a través

de certificación mecánica, o en su defecto, sello y firma autorizada

de la misma en el espacio reservado a estos efectos.

Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a

través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas

correspondientes. A las mismas se acompañará el comprobante

bancario de haber ingresado los derechos de examen en la cuenta

corriente número 0182-2370-44-0200203771, del Banco Bilbao

Vizcaya Argentaria, a nombre de "Tesoro Público. Ministerio de

Educación y Ciencia. Derechos de examen". El ingreso podrá

efectuarse directamente en cualquier oficina del Banco Bilbao Vizcaya

Argentaria o mediante transferencia desde cualquier entidad

bancaria.

Estarán exentas del pago de esta tasa:

a) Las personas con un grado de minusvalía igual o superior

al 33 por 100, debiendo acompañar a la solicitud certificado

acreditativo de tal condición.

b) Las personas que figurasen como demandantes de empleo

durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de la

convocatoria. Serán requisitos para el disfrute de la exención que,

en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo

adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa

justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión

profesionales y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en

cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional.

La certificación relativa a la condición de demandante de

empleo, con los requisitos señalados, se solicitará en la oficina

de los servicios públicos de empleo. En cuanto a la acreditación

de las rentas se realizará mediante una declaración jurada o

promesa escrita del solicitante. Ambos documentos deberán

acompañarse a la solicitud.

La falta de justificación del abono de los derechos de examen

o de encontrarse exento determinará la exclusión del aspirante.

En ningún caso la presentación y pago en las oficinas a que

se hace referencia supondrá la sustitución del trámite de

presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.

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