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Documento BOE-A-2004-12096

Orden JUS/2056/2004, de 14 de junio, por la que se otorgan destinos correspondientes al concurso de traslados de 3 de noviembre de 2003, por el que se ofertaban plazas vacantes y de nueva creación de Oficiales, Auxiliares y Agentes de la Administración de Justicia.

Publicado en:
«BOE» núm. 155, de 28 de junio de 2004, páginas 23633 a 23669 (37 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-2004-12096

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente instruido como consecuencia del concurso

de traslados convocado por Orden de 3 de noviembre de 2003

(B.O.E 2-12-2003), para cubrir plazas vacantes de Oficiales,

Auxiliares y Agentes de la Administración de Justicia,

Este Ministerio, de conformidad con lo dispuesto en los artículos

54, 55 y 57 del Real Decreto 249/1996, de 16 de febrero, por

el que se aprueba el Reglamento Orgánico de los Cuerpos de

Oficiales, Auxiliares y Agentes de la Administración de Justicia,

ha dispuesto:

Primero.-Hacer públicos los destinos que con carácter

definitivo han sido adjudicados a los funcionarios que han participado

en el concurso de traslados convocado por Orden de la fecha

mencionada anteriormente, que se corresponden con los

relacionados en el Anexo I de la Orden de convocatoria y sus

correspondientes resultas.

Segundo.-Excluir del concurso de traslados a los funcionarios

que en Anexo II se relacionan.

Tercero.-Declarar caducadas las instancias presentadas por

los participantes en el presente concurso que no han obtenido

destino, por lo que no serán tenidas en cuenta en futuros concursos

de traslados.

Cuarto.-Declarar desiertas las plazas no adjudicadas en el

presente concurso, salvo que se pretendan amortizar ante

modificación de la plantilla orgánica o reordenación de efectivos de un

Centro de Trabajo, por lo que se cubrirán por funcionarios de

nuevo ingreso.

Quinto.-Para los funcionarios que se encuentren en activo y

no reingresen en ninguno de los Cuerpos a que se refiere el

presente concurso, el cese deberá efectuarse en las fechas que a

continuación se indican: Auxiliares, el 1 de julio. Oficiales y

Agentes, el 9 de julio. La toma de posesión del nuevo destino obtenido

por concurso se producirá en los tres días naturales siguientes

al cese, si no hay cambio de localidad, o en los diez días naturales

siguientes, en caso contrario. El plazo posesorio será retribuido

por la Administración competente respecto a la plaza obtenida

en concurso.

Si la Orden comporta reingreso al servicio activo a la

Administración de Justicia en los Cuerpos de Oficiales, Auxiliares o

Agentes, el plazo posesorio deberá de computarse desde el 1 de

julio, si se reingresa en el Cuerpo de Auxiliares, y desde el 9

de julio, si se reingresa en el Cuerpo de Oficiales o de Agentes,

pero en el presente caso dicho plazo no resulta retribuido, ya

que se produce antes de formalizarse el reingreso en los cuerpos

de Oficiales, Auxiliares o Agentes y por tanto no puede ser

computado como de servicios efectivos.

En el caso de que los funcionarios reingresados por medio del

presente concurso se encontraran en activo en otro Cuerpo de

la Administración de Justicia y no quisieran que se interrumpiera

su relación de servicio con la Administración, bastará con que

tomen posesión en el nuevo Cuerpo, teniéndolos por cesados en

su antiguo destino con la fecha inmediatamente anterior a la de

su posesión en la nueva plaza de reingreso. Para ello, dada la

necesidad de contar con el tiempo indispensable para efectuar

la toma de posesión, podrán solicitar al Presidente, Juez, Fiscal

o Jefe del Organismo de su actual destino, un permiso retribuido

de un día si no hay cambio de localidad o de dos en caso contrario,

salvo aquellos casos que hayan de desplazarse a Canarias, Islas

Baleares o Ceuta y Melilla, en cuyo caso el permiso podrá ser

de hasta tres días (art. 66.1.g) del Reglamento Orgánico).

Por la Comunidad Autónoma competente, o la Gerencia

Territorial que corresponda, se les concederá la excedencia de oficio

en el cuerpo de procedencia si ésta se produce en un cuerpo al

servicio de la Administración de Justicia, en cuyo destino se les

tendrá por cesados con la fecha anterior a la de su posesión en

los cuerpos de Oficiales, Auxiliares o Agentes, al objeto de evitar

la interrupción en la percepción de sus haberes.

Los funcionarios interinos que actualmente ocupen las plazas

que han sido adjudicadas, cesarán como consecuencia de la

posesión del titular.

Sexto.-Se elimina la plaza de Auxiliar de la Administración

de Justicia, anunciada como vacante, en la Audiencia Provincial

de Badajoz, Sección 2.a, por estar la plantilla cubierta, ya que,

de lo contrario, en caso de adjudicarse, se rebasaría la plantilla

orgánica asignada a dicho órgano judicial y sería necesario realizar

una redistribución de efectivos, con lo que se causarían graves

perjuicios al funcionario que tuviera que ser trasladado de forma

forzosa de dicho puesto de trabajo.

Se elimina una plaza de resultas, de Auxiliar de la

Administración de Justicia, en la Fiscalía de León, dado que por Orden

JUS/967/2004, de 17 de marzo, se ejecuta la sentencia de

23-9-2003, dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo

de la Audiencia Nacional, por la cual se adjudica dicho puesto

de trabajo a D.a Blanca Isabel Mesa González, y en su virtud,

en caso de que no se retirara dicha plaza, se rebasaría la plantilla

orgánica asignada al aludido órgano judicial, con las

consecuencias desfavorables que se especifican en el apartado anterior.

Se eliminan todas las plazas de resultas de los puestos de

trabajo que se relacionan a continuación por motivo de redistribución

de efectivos, contemplado en el art. 52 del Reglamento Orgánico

de los Cuerpos de Oficiales, Auxiliares y Agentes de la

Administración de Justicia, aprobado por Real Decreto 249/96, de

16 de febrero:

Oficiales: Instituto de Medicina Legal de Zaragoza.-1 plaza de

resultas.

Oficiales: Decanato de Zaragoza.-10 plazas de resultas.

Auxiliares: T.S.J. Sala Contencioso-Administrativo de

Zaragoza.-11 plazas de resultas.

Auxiliares: Aud. Prov. Secc. 5.a de Zaragoza.-5 plazas de resultas.

Auxiliares: Instituto de Medicina Legal de Zaragoza.-3 plazas

de resultas.

Auxiliares: Jzdo. Instruc. n.o 3 de Zaragoza.-5 plazas de resultas.

Auxiliares: Jzdo. de lo Penal n.o 5 de Zaragoza.-4 plazas de

resultas.

Auxiliares: Jzdo. de lo Social n.o 4 de Zaragoza.-4 plazas de

resultas.

Auxiliares: Jzdo. de Vigilancia Penitenciaria de Zaragoza.-4

plazas de resultas.

Séptimo.-Habiéndose publicado los Reales Decretos

420/2004, de 12 de marzo (BOE 31-3-04), 46/2004, de 19 de

enero (BOE 20-1-2004) y 1495/2003, de 28 de noviembre

(BOE 29-11-2003), por los que se establecía la separación de

jurisdicciones de Primera Instancia y Juzgados de Instrucción en

los partidos judiciales de Fuenlabrada, Eivissa y Cartagena,

respectivamente, todos aquellos funcionarios que participaron en el

concurso y que han obtenido destino definitivo en alguno de los

Juzgados de Primera Instancia e Instrucción de cualquiera de

dichas localidades, se entenderá destinados a los órganos

judiciales con la jurisdicción establecida en dichos Reales Decretos.

Octavo.-Contra la presente Orden podrá interponerse recurso

potestativo de reposición ante el Ministerio de Justicia, en el plazo

de un mes, o Contencioso-Administrativo ante los Juzgados

Centrales de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses

contados desde el día siguiente a su publicación en el Boletín

Oficial del Estado.

Madrid, 14 de junio de 2004.-El Ministro, P. D. (Orden

JUS/1825/2003, de 26 de junio, BOE de 3 de julio), el Secretario

de Estado de Justicia, Luis López Guerra.

Ilmo. Sr. Director General de Relaciones con la Admón. de Justicia.

ANEXO II

Relación definitiva de excluidos

Ámbito: Resto de España

38552784 AGUILERA PEREZ, NATIVIDAD ........... 2

24207946 CAMACHO ROLDAN, FRANCISCO MARIO. 1

52825083 CANO BELTRAN, ANTONIA ............... 1

24300866 CEBRIAN MARTINEZ, ANTONIO .......... 10

28937736 DIAZ DONCEL, DIEGO .................... 1

51411927 DOMINGUEZ HERNANDEZ, FRANCISCO .. 1

34869835 FLORES PAZ, PAULINO ................... 4

48426850 GARCIA MARTINEZ, MERCEDES .......... 1

47053019 GARCIA MARTINEZ, ANA MILAGROS ..... 1

1937208 GASCO ALTABA, DANIEL ................. 1

32753668 GOMEZ PENAS, M.a CONCEPCION ........ 1 y 2

3439053 GOMEZ VALILLA, LUIS ANGEL ............ 4

2203592 HUERTA BARTOLOME, GUADALUPE ..... 1

29068616 IBAÑEZ VARELA, CONCEPCION .......... 1

44253892 MARTIN GOMEZ, ANA CARMEN .......... 1

16800389 MARTIN ULIBARRI, M.a TERESA .......... 1

74339629 MONDEJAR PIQUERAS, MANUEL JOSE ... 1

50955389 MORENO CALAMA, M.a MAR ............. 1

72091370 MUELA MIGUEL, MARIANA ............... 1

33400604 MUÑOZ VIZQUERT, JOSE ANTONIO ...... 2

22996377 PEREZ CORTES, CATALINA .............. 1

24298925 PEREZ JUAREZ, ANA MARIA .............. 1

46310313 PEREZ MONZON, ISAIAS ................. 1

22550479 POZO SERRANO, TERESA ................ 1

42952862 REUS BARCELO, FRANCISCA MARIA ..... 10

9762241 SAINT-MARC GUTIERREZ, JAVIER ........ 1

24224965 TORO GONZALEZ, MANUEL .............. 4

2532369 UMPIERREZ RODRIGUEZ, PATRICIA ...... 1

33973172 VACAS SANTIAGO, TEODORA ........... 10

43402153 VALDES BARBA, NORBERTO ............. 1

71008959 VALDES GARCIA, ANGEL ................. 1

Códigos de exclusión:

1. No llevar un año en su anterior destino (Base Segunda. 1)

2. Presentación instancia fuera de plazo (Base Cuarta. 1, 2,

3 y 4)

3. Renuncia dentro del plazo (Base Cuarta.7)

4. Por haber participado para dos Cuerpos (Base Cuarta.6)

5. Por solicitar únicamente plazas a resultas.

6. Por no haber especificado el literal del destino en la

solicitud.

7. Por no condicionar correctamente según base 5.a de la

convocatoria.

8. Por solicitar destino en la plaza que ocupa de forma

definitiva.

9. Por estar incurso en alguna de las situaciones previstas

en el art. 57 d), e) y f) del R.O.

10. Por haber cambiado de situación administrativa, haberse

jubilado o fallecido.

11. Por no haber tomado posesión en su puesto de trabajo

por motivo de licencia por razón de enfermedad (art. 75 del R.O).

12. Por no pertenecer a ningún Cuerpo correspondiente al

concurso 9-2003-2, ni como activo ni como excedente.

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