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Documento BOE-A-2004-11113

Orden TAS/1799/2004, de 26 de mayo, por la que se deja sin efecto la Orden TAS/3856/2003, de 26 de diciembre, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puestos de trabajo en la Intervención General de la Seguridad Social.

Publicado en:
«BOE» núm. 144, de 15 de junio de 2004, páginas 21640 a 21640 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-2004-11113

TEXTO ORIGINAL

Por Orden TAS/3856/2003, de 26 de febrero, publicada en

el "Boletín Oficial del Estado" n.o 19 del día 22 de enero, se

convocó concurso específico para la provisión de puestos de trabajo

en la Intervención General de la Seguridad Social.

Mediante Resolución de la Comisión Ejecutiva de la

Interministerial de Retribuciones, de fecha 31 de marzo de 2004, se

ha aprobado la nueva Relación de Puestos de Trabajo de la

Intervención General de la Seguridad Social, resultando modificados

gran parte de los puestos ofertados en lo que respecta a requisitos

y condiciones de participación, con efectos de 1 de julio de 2003.

Dicha modificación afecta, según cada caso, a la denominación

del puesto de trabajo, al nivel, al grupo de adscripción y al

complemento específico.

Por otra parte, también se han visto afectadas las condiciones

de los puestos de muchos de los participantes, que lo hacían desde

la condición de funcionarios adscritos a la Intervención General

de la Seguridad Social.

Todo ello motiva la necesidad de revisar nuevamente el baremo

de todos esos puestos, así como considerar tanto las expectativas

de los concursantes que han participado como de aquéllos otros

que lo hubieran hecho.

Por todo ello, considerando que la continuación de dicho

concurso vulnera los derechos y las expectativas tanto de los

participantes como del resto de funcionarios, este Ministerio de

Trabajo y Asuntos Sociales, ha dispuesto dejar sin efecto la Orden

TAS/3856/2003, de 26 de febrero, al objeto de proceder al estudio

de una nueva convocatoria que considere las modificaciones

producidas.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa,

podrá interponerse recurso Contencioso-Administrativo en el plazo

de dos meses, desde el día siguiente al de su publicación en el

"Boletín Oficial del Estado", ante el Juzgado Central de lo

Contencioso-Administrativo que corresponda, según lo dispuesto en

el artículo 9 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de

aquella Jurisdicción o, potestativamente y con carácter previo,

recurso de Reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano

que la dictó (artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, redacción

dada por la Ley 4/1999).

Madrid, 26 de mayo de 2004.-El Ministro, P. D. (O.M. de

26 de junio de 1997, B.O.E. del 27), el Secretario de Estado

de la Seguridad Social, Octavio Granado Martínez.

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