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En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 222/2004,
de 6 de febrero, ("Boletín Oficial del Estado" del día 7) por el
que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2004,
y con el fin de atender las necesidades de personal de la
Administración Pública.
Este Ministerio, en uso de las competencias que le están
atribuidas por el Artículo 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de
Organización y Funcionamiento de la Administración General del
Estado, previo informe favorable de la Dirección General de la
Función Pública, acuerda convocar proceso selectivo para acceso
al Cuerpo de Ingenieros Técnicos de Arsenales de la Armada,
con sujeción a las siguientes:
Bases de convocatoria
1. Normas Generales
1.1 Se convoca proceso selectivo para cubrir 2 plazas, del
Cuerpo de Ingenieros Técnicos de Arsenales de la Armada,
Código 0406, por el sistema de promoción interna.
El conjunto de plazas ofertado se distribuye por áreas de
especialización en la forma en que se relaciona a continuación:
Especialidad Totalplazas
Químico de Laboratorio ............................ 1
Construcciones Metálicas .......................... 1
Total.......................................... 2
1.2 El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de
concurso-oposición, con las valoraciones, ejercicios y
puntuaciones que se especifican en el Anexo I.
1.3 El programa que ha de regir las pruebas selectivas es
el que figura como Anexo II a esta convocatoria.
1.4 El proceso selectivo se desarrollará de acuerdo con el
siguiente calendario:
El primer ejercicio de la fase de oposición se iniciará en el
plazo máximo de dos meses contados desde la finalización del
plazo de presentación de solicitudes. La duración máxima del
proceso selectivo será de cuatro meses, contados a partir de la fecha
de realización del primer ejercicio.
1.5 Concluido proceso selectivo, los aspirantes que lo
hubieran superado y que hayan acreditado cumplir los requisitos
exigidos, serán nombrados funcionarios de carrera mediante
resolución de la Secretaría General para la Administración Pública,
que se publicará en el "Boletín Oficial del Estado", con indicación
del destino adjudicado.
2. Requisitos de los candidatos
2.1 Para ser admitidos a la realización del proceso selectivo
los aspirantes deberán poseer en el día de finalización del plazo
de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de
la toma de posesión como funcionario de carrera los siguientes
requisitos de participación:
2.1.1 Nacionalidad: Ser español.
2.1.2 Edad: No haber alcanzado la edad de jubilación.
2.1.3 Pertenencia a Cuerpo: Pertenecer como funcionario de
carrera a alguno de los Cuerpos o Escalas del grupo C, incluidos
en el ámbito de aplicación del artículo 1.1 de la Ley 30/1984,
de 2 de agosto, o a Cuerpos o Escalas Postales y de
Telecomunicación adscritos al mencionado grupo C, y estar además
destinados en la Administración General del Estado.
2.1.4 Antigüedad: Haber prestado servicios efectivos, durante
al menos dos años, como funcionario de carrera en Cuerpos o
Escalas del grupo C, incluidos en el ámbito de aplicación del
artículo 1.1 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, o en Cuerpos o
Escalas Postales y de Telecomunicación adscritos al grupo C.
2.1.5 Titulación: Estar en posesión o en condiciones de
obtener el título de Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico,
Arquitecto Técnico, o equivalente. En el caso de titulaciones obtenidas
en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que
acredite su homologación.
2.1.6 Compatibilidad funcional: No padecer enfermedad ni
estar afectado por limitación física o psíquica incompatible con
el desempeño de las correspondientes funciones.
2.1.7 Habilitación: No haber sido separado, mediante
expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las
Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las
funciones públicas.
3. Solicitudes
3.1 Quienes deseen participar en este proceso selectivo
deberán cumplimentar el modelo oficial de solicitud de admisión a
pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación de
derechos de examen (modelo 790) que se facilitará gratuitamente
en el Ministerio de Defensa (Paseo de la Castellana 109), en el
Centro de Información Administrativa del Ministerio de
Administraciones Públicas, en la Dirección General de la Función Pública,
en las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno, en las
representaciones diplomáticas y consulares de España en el extranjero
y en la página de Internet www.map.es/serviciospalpciudadano/
empleoppublico/procesospselectivos.
La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones
del Anexo IV.
3.2 La presentación de solicitudes se realizará en el Registro
General del Ministerio de Defensa o en la forma establecida en
el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, en el plazo de veinte días naturales
contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de
esta convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado", y se dirigirán
al Subsecretario del Ministerio de Defensa. La no presentación
de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del
aspirante.
3.3 A la solicitud se acompañará:
Una fotocopia del Documento Nacional de Identidad o del
pasaporte.
Los aspirantes con discapacidad con un grado de minusvalía
igual o superior al 33 por ciento que soliciten adaptación de tiempo
y/o medios deberán adjuntar Dictamen Técnico Facultativo
emitido por el Órgano Técnico de Valoración que dictaminó el grado
de minusvalía.
3.4 Los errores de hecho, materiales o aritméticos, que
pudieran advertirse en la solicitud podrán subsanarse en cualquier
momento de oficio o a petición del interesado.
3.5 Ningún aspirante podrá concurrir a más de un área de
especialización de las señaladas en la base 1.1 de esta
convocatoria.
4. Admisión de aspirantes
4.1 Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, el
Director General de Personal del Ministerio de Defensa, dictará
resolución, en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada
la lista de admitidos y excluidos. En dicha resolución, que deberá
publicarse en el "Boletín Oficial del Estado", se indicarán los
lugares en que se encuentren expuestas al público las listas certificadas
completas de aspirantes admitidos y excluidos, señalándose un
plazo de diez días hábiles para subsanar el defecto que haya
motivado la exclusión u omisión y determinándose el lugar, fecha y
hora de comienzo del primer ejercicio de la fase de oposición.
4.2 Finalizado dicho plazo, en el caso de que se hubieran
producido modificaciones, éstas se expondrán en los mismos
lugares en que lo fueron las relaciones iniciales.
4.3 No procederá la devolución de los derechos de examen
en los supuestos de exclusión por causa imputable a los aspirantes.
5. Tribunal
5.1 El Tribunal calificador de estas pruebas es el que figura
como Anexo III a esta convocatoria.
5.2 El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará
en todo momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común y demás disposiciones
vigentes.
5.3 Los aspirantes podrán recusar a los miembros del
Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo
28 de la ley citada en la base anterior.
5.4 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el
Tribunal tendrá su sede en la Dirección de Gestión de Personal,
Cuartel General de la Armada, C/ Montalbán, número 2, 28071 Madrid,
teléfono 91.379.50.00, extensión 24234 o 24233.
6. Desarrollo del proceso selectivo
6.1 El orden de actuación de los aspirantes en la fase de
oposición se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra S,
según lo establecido en la Resolución de la Secretaria de Estado
para la Administración Pública de 29 de enero de 2004 (Boletín
Oficial del Estado del 6 de febrero).
6.2 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en
llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no
comparezcan.
6.3 Concluido cada uno de los ejercicios de la oposición, el
Tribunal hará públicas, en el lugar o lugares de su celebración
y en la sede del Tribunal, la relación de aspirantes que hayan
alcanzado el mínimo establecido para superarlo, con indicación
de la puntuación obtenida.
6.4 Una vez comenzado el proceso selectivo, los anuncios
de celebración de los restantes ejercicios se harán públicos con
doce horas de antelación, al menos, a la señalada para su inicio,
si se trata del mismo ejercicio, o con veinticuatro horas, si se
trata de uno nuevo. Estos anuncios se efectuarán, al menos, en
los locales donde se haya celebrado el anterior y en la sede del
tribunal señalada en la base 5.4.
6.5 Finalizada la fase de oposición, los aspirantes que la
hubieran superado dispondrán de un plazo de veinte días naturales
para presentar en el Registro General del Ministerio de Defensa
(Paseo de la Castellana 109), o en la forma establecida en el
artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, una certificación expedida por los servicios
de personal de los Ministerios u Organismos donde presten o,
en su caso, hayan prestado sus servicios, según modelo que figura
como Anexo V. Igualmente deberán presentar justificación de
todos los méritos que deban ser objeto de valoración. La no
presentación de la certificación en el plazo señalado supondrá la
no valoración al aspirante de la fase de concurso.
6.6 El Tribunal calificador publicará en el lugar o lugares
de la celebración de la fase de oposición y en la sede del Tribunal,
la relación que contenga la valoración provisional de méritos de
la fase de concurso, con indicación de la puntuación obtenida
en cada mérito y la total. Los aspirantes dispondrán de un plazo
de diez días hábiles a partir del siguiente al de la publicación
de dicha relación, para efectuar las alegaciones pertinentes.
Finalizado dicho plazo el Tribunal publicará la relación con la
valoración definitiva de la fase de concurso.
6.7 El Tribunal podrá requerir, en cualquier momento del
proceso selectivo, la acreditación de la identidad de los aspirantes.
Asimismo, si tuviera conocimiento de que alguno de los aspirantes
no cumple cualquiera de los requisitos exigidos en la convocatoria,
previa audiencia al interesado, deberá proponer su exclusión a
la autoridad convocante.
7. Superación del proceso selectivo
7.1 Finalizadas las fases de oposición y de concurso, el
Tribunal hará pública la relación de aprobados por orden de
puntuación por cada especialidad, en el lugar o lugares de celebración
del último ejercicio, en la sede del Tribunal y en aquellos otros
que estime oportunos.
Dicha relación se elevará al Director General de Personal del
Ministerio de Defensa, que la publicará en el "Boletín Oficial del
Estado", disponiendo los aspirantes propuestos de un plazo de
veinte días naturales, desde la citada publicación, para la
presentación de la documentación acreditativa de los requisitos
exigidos en la convocatoria.
Los aspirantes que no presenten dicha documentación en el
plazo indicado no serán nombrados funcionarios de carrera.
7.2 No se podrá declarar superado el proceso selectivo a un
número de aspirantes superior al de plazas convocadas en cada
especialidad.
7.3 La adjudicación de los puestos a los aspirantes que
superen el proceso selectivo se efectuará dentro de cada especialidad,
de acuerdo con la puntuación total obtenida, y en su caso, según
la petición de destino, a la vista de los puestos ofertados.
8. Norma final
Al presente proceso selectivo le serán de aplicación la
Ley 30/1984, de 2 de agosto ; el Real Decreto 364/1995, de 10
de marzo ; el resto de la legislación vigente en la materia y lo
dispuesto en la presente convocatoria.
Contra la presente convocatoria, podrá interponerse, con
carácter potestativo, recurso de reposición ante el ilustrísimo señor
Director General de Personal en el plazo de un mes desde su
publicación o bien recurso contencioso - administrativo, en el plazo
de dos meses desde su publicación, ante el órgano jurisdiccional
competente, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley
29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso
- Administrativa, significándose, que en caso de interponer recurso
de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso -
administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya
producido la desestimación presunta del mismo.
Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a
la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto
en la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
Madrid, 3 de junio de 2004.-P.D. (Orden DEF/1612/2004,
de 1 de junio, BOE del 2), el Director General de Personal, Luis
Roca Ramírez.
Ilmo. Sr. Presidente del Tribunal Calificador.
ANEXO I
Descripción del proceso selectivo
El proceso selectivo constará de dos fases, fase de oposición
y fase de concurso.
1. La oposición estará formada por los siguientes ejercicios:
Primer ejercicio: Consistirá en contestar por escrito a un
cuestionario de preguntas múltiples relacionado con la especialidad
a la que se oposite, con una duración de noventa minutos.
Segundo ejercicio: Consistirá en la resolución de problemas
relacionados con la especialidad, con una duración de tres horas.
Tercer ejercicio: Constará de una prueba de conocimiento del
idioma inglés, consistente en la traducción directa de un texto
sin diccionario, para lo cual el aspirante dispondrá de una hora,
y en una práctica de conversación oral, para lo que se dispondrá
de treinta minutos.
Las dos primeras pruebas serán eliminatorias, y la tercera
puntuable, pero no eliminatoria.
Los ejercicios de la oposición se calificarán de la siguiente
manera:
Primer ejercicio: Se otorgará una calificación máxima de 30
puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 15 puntos para
superarlo.
Segundo ejercicio: Se otorgará una calificación máxima de 50
puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 25 puntos para
superarlo.
Tercer ejercicio: Se otorgará una calificación de cero a 20
puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 10 puntos para que
este ejercicio sea puntuado.
Todas las preguntas tendrán el mismo valor, penalizándose
con el 25 por 100 del valor de una contestación aquellas que
sean erróneas.
La puntuación final de la fase de oposición vendrá determinada
por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los
ejercicios.
2. Fase de concurso:
Se valorarán los siguientes méritos.
a) Antigüedad: La antigüedad del funcionario en Cuerpos o
Escalas incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 30/1984,
de 2 de agosto, a que se refiere la base 2.1.3, se valorará teniendo
en cuenta los servicios prestados o reconocidos al amparo de la
Ley 70/1978, de 26 de diciembre, hasta la fecha de publicación
de esta convocatoria, asignándose a cada año completo de
servicios efectivos un punto, hasta un máximo de 31 puntos.
b) Grado personal consolidado: Según el grado personal que
tenga consolidado el día de la publicación de la presente
convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, y formalizado como
tal a través del acuerdo de reconocimiento de grado por la
Autoridad competente, se otorgará la siguiente puntuación:
Grado 14: 11 puntos.
Grado 15-16: 13 puntos.
Grado 17-18: 14 puntos.
Grado 19-20: 15 puntos.
Grado 21-22: 16 puntos.
c) Trabajo desarrollado: Según el nivel del complemento de
destino correspondiente al puesto de trabajo que se ocupe en
la Administración General del Estado el día de publicación de
esta convocatoria, se otorgará la siguiente puntuación:
Nivel 14: 7 puntos.
Nivel 15: 8 puntos.
Nivel 16: 9 puntos.
Nivel 17: 10 puntos.
Nivel 18: 11 puntos.
Nivel 19: 12 puntos.
Nivel 20 en adelante: 13 puntos.
La valoración efectuada en este apartado no podrá ser
modificada por futuras reclasificaciones de nivel con independencia
de los efectos económicos de las mismas.
A los funcionarios que se encuentren en situación de excedencia
por cuidado de hijos, se les valorará el nivel del puesto reservado
en la Administración General del Estado u Órganos
Constitucionales, y a los funcionarios en situación de servicios especiales
con derecho a reserva de puesto en la Administración General
del Estado y Órganos Constitucionales, el nivel de puesto de
trabajo en que les correspondería efectuar el reingreso.
A los funcionarios en comisión de servicios se les valorará el
nivel de complemento de destino de su puesto de origen, y a
los funcionarios en adscripción provisional se les valorará el nivel
correspondiente al grado que tengan consolidado o, si no lo
tuvieran, el nivel mínimo del grupo C.
d) Por estar en posesión de titulación académica igual o
superior a la exigida para ingreso en Cuerpos o Escalas del grupo B,
en el artículo 25 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, 3 puntos.
e) Cursos realizados: Por los cursos realizados hasta la fecha
de publicación de esta convocatoria relacionados con el área de
especialización a la que se opte, a juicio del Tribunal, hasta dos
puntos, a razón de 0'50 por cada uno.
f) Por pertenecer a los siguientes Cuerpos se otorgarán diez
puntos:
Cuerpo de Maestros de Arsenales de la Armada (código 0416).
Escala de Cartógrafos de la Armada a extinguir (código 0417).
La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada
por la suma de las puntuaciones obtenidas en las fases de concurso
y oposición.
En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a los
siguientes criterios:
1. La mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio.
2. La mayor puntuación obtenida en el primer ejercicio.
3. La mayor puntuación alcanzada en antigüedad.
4. La mayor puntuación otorgada al trabajo desarrollado.
5. La mayor puntuación otorgada al grado personal
consolidado.
Se adoptarán las medidas precisas para que los aspirantes con
discapacidad gocen de similares condiciones que el resto de los
aspirantes en la realización de los ejercicios. En este sentido, para
las personas con discapacidad que así lo hagan constar en su
solicitud, se establecerán las adaptaciones posibles en tiempos
y medios para su realización.
ANEXO II
Programa
Temas comunes: Organización y funcionamiento
de la Administración General del Estado
Tema 1. La Administración General del Estado. Órganos
superiores de la Administración General del Estado. Órganos
territoriales de la Administración General del Estado.
Tema 2. El ordenamiento jurídico administrativo. Fuentes. La
Constitución. La Ley. Sus clases. Los tratados internacionales.
Tema 3. Los actos jurídicos de la Administración Pública:
públicos y privados. El acto administrativo: concepto, elementos
y clases. La eficacia de los actos administrativos.
Tema 4. El Procedimiento Administrativo. Concepto,
naturaleza y caracterización. El Procedimiento Administrativo Común.
Sus clases.
Tema 5. Régimen jurídico de los funcionarios públicos.
Derechos y deberes de los funcionarios públicos. Régimen de
incompatibilidades.
Tema 6. La administración institucional. Los organismos
públicos. Los organismos autónomos. Las entidades públicas
empresariales. Régimen jurídico. Entidades excluidas de la
regulación general.
Tema 7. El control de las Administraciones Públicas.
Principios comunes. Requisitos necesarios para la celebración de los
contratos. Perfección, formalización y extinción de los contratos.
Actuaciones administrativas. Formas de adjudicación de los
contratos.
Tema 8. Los contratos regulados por la Ley de Contratos del
Estado. Tipos. Características generales.
Especialidad: Química de Laboratorio
Tema 9. Teoría Atómica y Molécula. Leyes fundamentales de
la Química.
Tema 10. Estructura del Átomo. El núcleo atómico.
Tema 11. Estados de la materia. Propiedades de los gases.
Tema 12. Propiedades de los líquidos y sólidos.
Tema 13. Disoluciones. Propiedades.
Tema 14. Sistema periódico. Propiedades periódicas.
Tema 15. El enlace químico.
Tema 16. Reacciones químicas. Equilibrio químico.
Estequiometría velocidad de reacción.
Tema 17. Equilibrio iónico.
Tema 18. Ácido base.
Tema 19. Solubilidad.
Tema 20. Oxidación-Reducción.
Tema 21. Reacciones Nucleares.
Tema 22. Formulación Química Inorgánica.
Tema 23. Formulación Química Orgánica.
Tema 24. Elementos no metálicos: carbono, nitrógeno,
oxigeno y azufre.
Tema 25. Procesos de la química inorgánica básica.
Tema 26. Enlace de carbono. Cadenas carbonadas. Isomería.
Tema 27. Hidrocarburos saturados.
Tema 28. Hidrocarburos aromáticos y heterociclos.
Tema 29. Funciones oxigenadas: alcoholes, aldehídos, ácidos
y esteres.
Tema 30. Funciones nitrogenadas: aminas, amidas y nitrilos.
Tema 31. Química del petróleo.
Tema 32. Materiales y operaciones básicas de laboratorio.
Tema 33. Análisis químico cualitativo de cationes.
Tema 34. Análisis químico cualitativo de aniones.
Tema 35. Análisis orgánico elemental.
Tema 36. Análisis químico de funciones orgánicas.
Tema 37. Análisis cuantitativo.
Tema 38. Acidimetrías y alcalinometrías.
Tema 39. Volumetrías de precipitación y de formación de
complejos.
Tema 40. Volumetrías de oxidación-reducción.
Tema 41. Análisis metalográfico.
Tema 42. Análisis bromatológico y clínico.
Tema 43. Espectrofotometría ultravioleta y visible.
Tema 44. Espectrofotometría de infrarrojo.
Tema 45. Espectroscopia de absorción atómica.
Tema 46. Espectroscopia de resonancia magnética nuclear.
Tema 47. Polarimetría.
Tema 48. Espectrometría de masas.
Tema 49. Potenciometría.
Tema 50. Conductometría.
Tema 51. Electro gravimetría.
Tema 52. Culombimetría.
Tema 53. Cromatografía: capa fina y electroforesis.
Tema 54. Cromatografía de gases y líquidos.
Tema 55. Instrumentación y control. Medida de temperatura,
presión, viscosidad, nivel y humedad.
Tema 56. Termoquímica.
Tema 57. Explosivos iniciadores.
Tema 58. Explosivos rompedores (altos explosivos).
Tema 59. Nitrocelulosa.
Tema 60. Nitroglicerina.
Tema 61. Pólvoras de simple base.
Tema 62. Pólvoras de doble base.
Tema 63. Pólvoras insensibles.
Tema 64. Propulsantes líquidos.
Tema 65. Propulsantes compuestos.
Tema 66. Estabilidad química de las pólvoras.
Tema 67. Macromoléculas. Polímeros de adición y
condensación.
Tema 68. Adhesivos. Ensayos.
Tema 69. Diagrama de equilibrio hierro-carbonato.
Tema 70. Aceros.
Tema 71. Tratamientos mecánicos.
Tema 72. Tratamientos térmicos.
Tema 73. Tratamientos superficiales.
Tema 74. Ensayos mecánicos. Ensayos de tracción y dureza.
Tema 75. Aleaciones de cobre. Latones. Aleaciones de
aluminio.
Especialidad: Construcciones Metálicas
Tema 9. Dibujo técnico industrial.
Tema 10. Cortes y secciones.
Tema 11. Acotación.
Tema 12. Conos (conocidad, convergencia, inclinación).
Cálculos generales.
Tema 13. Sistemas de roscas, representaciones
especificaciones y cálculos.
Tema 14. Acabados superficiales, rugosidad, signos y
representación.
Tema 15. Sistemas de tolerancias y ajustes.
Tema 16. Cálculos y representación de ajustes.
Tema 17. Tolerancias geométricas.
Tema 18. Normalización. Objeto, ventajas y normas.
Tema 19. Metrología. Medir, comparar, verificar, elementos
utilizados.
Tema 20. Trazado.
Tema 21. Limado.
Tema 22. Taladrado.
Tema 23. Aserrado.
Tema 24. Brochado.
Tema 25. Rasqueado.
Tema 26. Conocimiento de la materia.
Tema 27. Clasificación y designación de los materiales.
Tema 28. Propiedades y ensayos de los materiales.
Tema 29. Metalografía.
Tema 30. Tratamientos térmicos de los aceros.
Tema 31. Tratamientos termoquímicos.
Tema 32. Control de la temperatura en los tratamientos
térmicos.
Tema 33. Introducción a la resistencia de materiales.
Tema 34. Aleaciones especiales.
Tema 35. Conformación de materiales sin arranque de viruta,
operaciones y procedimientos.
Tema 36. Curvado, estirado, extrusionado, trefilado.
Generalidades.
Tema 37. Prensas, troqueles y estampas.
Tema 38. Condiciones y características de los metales y
aleaciones empleadas.
Tema 39. Plegado, enderezado, embutido forjado.
Generalidades.
Tema 40. Fundamentos del corte y punzonado. Generalidades.
Tema 41. Muelles, clases representación y acotación.
Tema 42. Mecanismos elementos de transmisión de mando.
Relación de transmisión.
Tema 43. Hidráulica aplicada. Principios fundamentales.
Tema 44. Neumática aplicada. Principios fundamentales
Tema 45. Automoción de máquinas herramientas. Control
numérico.
Tema 46. Perfiles laminados, férricos y no férricos.
Tema 47. Representación convencional de perfiles.
Tema 48. Elementos de unión. Generalidades.
Tema 49. Representación gráfica de soldaduras.
Tema 50. Posiciones de soldar UNE14009.
Tema 51. Soldadura blanda.
Tema 52. Soldadura dura.
Tema 53. Soldadura por fusión con soplete.
Tema 54. Soldadura eléctrica.
Tema 55. Soldadura por resistencia.
Tema 56. Métodos especiales de soldadura.
Tema 57. Conocimientos de tuberías comerciales. Accesorios
para tuberías.
Tema 58. Accesorios para tuberías.
Tema 59. Presiones de pruebas y de trabajo.
Tema 60. Trazado y desarrollo de tubos y cuerpos especiales.
Tema 61. Trazado de estructuras metálicas. Generalidades.
Tema 62. Muelas abrasivas.
Tema 63. Útiles y máquinas para la utilización de muelas
abrasivas.
Tema 64. Tecnología del corte de los materiales.
Tema 65. Máquinas herramientas. Principios fundamentales.
Generalidades.
Tema 66. Mecanismos del torno y herramientas. Tornos
especiales.
Tema 67. Mecanismos de la fresadora, herramientas y
trabajos en fresadora.
Tema 68. Procedimientos y cálculos.
Tema 69. Descripción de la rectificadora universal, plana y
afiladora.
Tema 70. Procesos de mecanizado en el rectificado y
velocidad de corte.
Tema 71. Trabajos especiales, rectificadora de perfiles y
lapeado.
Tema 72. Seguridad e higiene en el trabajo.
Tema 73. Salud laboral y calidad de vida.
Tema 74. Factores de riesgo: físicos, químicos, biológicos y
organizativos
Tema 75. Medidas de prevención y protección.
ANEXO III
Tribunal calificador
Tribunal titular:
Presidente: D. Raimundo Paredes Quijano, Coronel del Cuerpo
de Intendencia de la Armada.
Secretario: D. Ricardo Fonticoba Abrodes, Alférez de Fragata
del Cuerpo de Especialistas de la Armada.
Vocales:
D. Eduardo Alfredo Braña Estevez, Capitán de Corbeta del
Cuerpo de Ingenieros de la Armada.
D. Juan Felipe López Merenciano, Teniente de Navío del
Cuerpo de Ingenieros de la Armada.
D. Hilario García Herranz, Comandante Auditor.
Tribunal suplente:
Presidente: D. Luis Delgado Moreno, Teniente Coronel del
Cuerpo de Intendencia de la Armada.
Secretario: D. Francisco Javier Sieres Pérez, Capitán de Fragata
del Cuerpo de Ingenieros de la Armada.
Vocales:
D. Jesús Jabalera Abad, Alférez de Navío del Cuerpo de
Especialistas de la Armada.
D. Cristóbal Colón Gómez, Comandante del Cuerpo de
Intendencia de la Armada.
D. Ricardo Galdón Brugarolas, Comandante Auditor.
El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de
asesores especialistas para todas o alguna de las pruebas.
ANEXO IV
Instrucciones para cumplimentar la solicitud
Este apartado se rellenará según lo establecido en la solicitud
de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública
y liquidación de tasas de derechos de examen (modelo 790) y
en las siguientes instrucciones particulares:
En el recuadro 15, "Cuerpo o Escala", se consignará: Cuerpo
de Ingenieros Técnicos de Arsenales de la Armada ; código: 0406.
En el recuadro 16, "Especialidad, área o asignatura", se
consignará la especialidad concreta a la que desea presentarse. No
es necesario indicar código.
En el recuadro 17, "Forma de acceso", se consignará la letra
mayúscula "P" (promoción interna).
En el recuadro 18, "Ministerio/Organo/Entidad convocante" se
consignará: Ministerio de Defensa. No es necesario señalar código.
En el recuadro 19, se consignará la fecha del Boletín Oficial
del Estado en el que haya sido publicada la convocatoria.
El recuadro 20, "Provincia de examen", no es necesario su
cumplimentación.
En el recuadro 21, "Minusvalía": los aspirantes con
discapacidad podrán indicar el porcentaje de minusvalía que tengan
acreditado, y solicitar, expresándolo en el recuadro 23, las posibles
adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los
ejercicios en que esta adaptación sea necesaria.
En el recuadro 24, "Títulos académicos oficiales" se hará
constar la titulación que se posee para participar en estas pruebas,
de acuerdo con lo señalado en la base 2.1.5 de esta convocatoria.
En el recuadro A) del epígrafe 25, datos a consignar según
la base de la convocatoria, se indicará el Cuerpo o Escala de
pertenencia del aspirante según se indica en la base 2.1.3.
El importe de la tasa por derechos de examen será de 9,57
euros.
El ingreso del importe correspondiente a los derechos de
examen se efectuará, junto con la presentación de la solicitud, en
cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las
que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación
tributaria. En la solicitud deberá constar que se ha realizado el
correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante validación
de la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso, a través
de certificación mecánica, o en su defecto, sello y firma autorizada
de la misma en el espacio reservado a estos efectos.
Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a
través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas
correspondientes. A las mismas se acompañará el comprobante
bancario de haber ingresado los derechos de examen en la cuenta
corriente número 0182/2370/48/0201503641 del Banco Bilbao
Vizcaya Argentaria, Sociedad Anónima, sucursal 2370, con
domicilio en calle de Alcalá número 16 de Madrid, a nombre de "Tesoro
Público. Ministerio de Defensa. Cuenta restringida para la
recaudación de tasas en el extranjero. Tasa 14020. Derechos de
examen". El ingreso podrá efectuarse directamente en cualquier
oficina del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, Sociedad Anónima,
mediante transferencia desde cualquier entidad bancaria, siendo
preciso que quede claro ante la entidad destinataria de la
transferencia que el destino de la tasa es el pago de los derechos de
examen.
Estarán exentas del pago de esta tasa:
a) Las personas con un grado de minusvalía igual o superior
al 33 por 100, debiendo acompañar a la solicitud certificado
acreditativo de tal condición.
b) Las personas que figurasen como demandantes de empleo
durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de la
convocatoria. Serán requisitos para el disfrute de la exención que,
en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo
adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa
justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión
profesionales y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en
cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional.
La certificación relativa a la condición de demandante de
empleo, con los requisitos señalados, se solicitará en la oficina
de los servicios públicos de empleo. En cuanto a la acreditación
de las rentas se realizará mediante una declaración jurada o
promesa escrita del solicitante. Ambos documentos deberán
acompañarse a la solicitud.
La falta de justificación del abono de los derechos de examen
determinará la exclusión del aspirante.
En ningún caso la presentación y pago en las oficinas a que
se hace referencia supondrá la sustitución del trámite de
presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.
ANEXO V (Ver imagen página 21438)
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid