En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 222/2004 de 6 de febrero, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2004, y con el fin de atender las necesidades de personal de la Administración Pública,
Este Ministerio, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública, acuerda convocar proceso selectivo para ingreso en el Cuerpo de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos con sujeción a las siguientes
Bases de convocatoria
1. Normas generales
1.1 Se convoca proceso selectivo para cubrir 41 plazas del Cuerpo de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos Código 0313 por el sistema general de acceso libre y 4 plazas por el sistema de promoción interna, de las comprendidas en el artículo 5 del Real Decreto 222/2004 de 6 de febrero, para los ministerios de Cultura, Educación y Ciencia, y Defensa.
La distribución por especialidades de las plazas convocadas es la siguiente:
Sección Archivos: 7 plazas por el turno libre.
Sección Bibliotecas:
21 plazas por el turno libre.
4 plazas por el turno de promoción interna.
Sección Museos: 13 plazas por el turno libre.
Del total de estas plazas se reservará 2 plazas de la Sección de Bibliotecas (turno libre) y 1 plaza de la Sección de Museos, para quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad con un grado de minusvalía igual o superior al 33 %.
Una vez cubiertas las plazas del cupo de reserva para personas con discapacidad, los aspirantes discapacitados que hayan superado el proceso selectivo sin obtener plaza por dicho cupo, podrán optar, en igualdad de condiciones, a las de acceso general.
Las plazas no cubiertas en el cupo de reserva para personas con discapacidad se acumularán a las de acceso general.
En el caso de que las plazas convocadas en la Sección de Bibliotecas por el sistema de promoción interna quedaran vacantes no podrán acumularse a las de la convocatoria de acceso libre, según lo establecido en el artículo 79 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo (Boletín Oficial del Estado de 15 de abril).
1.2 Los aspirantes por la Sección de Bibliotecas sólo podrán participar en uno de los dos sistemas: acceso libre o promoción interna.
1.3 El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de oposición para los aspirantes que se presenten por el turno de acceso libre y mediante el sistema de concurso-oposición para los aspirantes que se presenten por el turno de promoción interna, con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se especifican en el Anexo I.
Incluirá la superación de un curso selectivo. Para la realización de este curso selectivo, los aspirantes que hayan superado la fase de oposición y, en su caso, de concurso serán nombrados funcionarios en prácticas por la autoridad convocante.
1.4 El programa que ha de regir el proceso selectivo es el que figura como Anexo II a esta convocatoria.
1.5 El proceso selectivo se desarrollará de acuerdo con el siguiente calendario:
El primer ejercicio de la fase de oposición se iniciará antes del 27 de septiembre. La duración máxima de la fase de oposición será de 5 meses, contados a partir de la fecha de realización del primer ejercicio.
1.6 Concluido el proceso selectivo, los aspirantes que lo hubieran superado y que hayan acreditado cumplir los requisitos exigidos, serán nombrados funcionarios de carrera mediante resolución de la Secretaría General para la Administración Pública, que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», con indicación del destino adjudicado.
2. Requisitos de los candidatos
2.1 Para ser admitidos a la realización del proceso selectivo los aspirantes deberán poseer en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de la toma de posesión como funcionario de carrera los siguientes requisitos de participación:
2.1.1 Nacionalidad:
a) Ser español.
b) Ser nacional de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea o nacional de algún Estado al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y de los nacionales de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea, y cuando así lo prevea el correspondiente Tratado, el de los nacionales de algún Estado al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar sus descendientes y los de su cónyuge menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.
2.1.2 Edad: Tener dieciocho años de edad y no haber alcanzado la edad de jubilación.
2.1.3 Titulación: Estar en posesión o en condiciones de obtener el título Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o equivalente. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación.
2.1.4 Compatibilidad Funcional: No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.
2.1.5 Habilitación: No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones públicas.
Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.
Los aspirantes que concurran a la convocatoria de acceso por promoción interna deberán cumplir, además:
2.1.6 Pertenencia a Cuerpo: Pertenecer como funcionario de carrera a alguno de los Cuerpos o Escalas del Grupo C, incluidos en el ámbito de aplicación del artículo 1.1 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto; o a Cuerpos o Escalas Postales y de Telecomunicación, adscritos al grupo C y estar además destinados en la Administración General del Estado.
2.1.7 Antigüedad: Haber prestado servicios efectivos, durante al menos dos años, como funcionario de carrera en Cuerpos o Escalas del Grupo C, incluidos en el ámbito de aplicación del artículo 1.1 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto; o en Cuerpos o Escalas Postales y de Telecomunicación, adscritos al grupo C.
2.2 Los aspirantes que se presenten por el cupo de reserva para personas con discapacidad habrán de tener reconocida la condición legal de persona con discapacidad con un grado de minusvalía igual o superior al 33 %.
3. Solicitudes
3.1 Quienes deseen participar en este proceso selectivo deberán cumplimentar el modelo oficial de solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación de derechos de examen (modelo 790) que se facilitará gratuitamente en el Ministerio de Cultura, en el Centro de Información Administrativa del Ministerio de Administraciones Públicas, en la Dirección General de la Función Pública, en las Delegaciones y Sudelegaciones del Gobierno, en las representaciones diplomáticas y consulares de España en el extranjero y en la página de Internet www.map.es/servicios_al_ciudadano/empleo_público/procesos_selectivos
La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones del Anexo IV.
3.2 La presentación de solicitudes se realizará en el Registro del Ministerio de Cultura (Plaza del Rey, 1 28071-Madrid), o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» y se dirigirán al Subsecretario del Ministerio de Cultura. La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.
3.3 A la solicitud se acompañará:
Una fotocopia compulsada del Documento de Identidad o del pasaporte.
Los incluidos en el primer párrafo del apartado b) de la base 2.1.1 que residan en España, además de la fotocopia compulsada del correspondiente documento de identidad o pasaporte, una fotocopia de la tarjeta de residente comunitario o de familiar de residente comunitario en vigor o, en su caso, de la tarjeta temporal de residente comunitario o de trabajador comunitario fronterizo en vigor.
Los incluidos en el segundo párrafo del apartado b) de la base 2.1.1, además de la fotocopia compulsada del pasaporte, una fotocopia compulsada del visado y, en su caso, del resguardo de haber solicitado la correspondiente tarjeta o del resguardo de haber solicitado la exención de visado y la correspondiente tarjeta. De no haberse solicitado estos documentos deberán presentar los documentos expedidos por las autoridades competentes que acrediten el vínculo de parentesco y una declaración jurada o promesa del español o del nacional de la Unión Europea o del Estado al que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores con el que existe este vínculo, de que no está separado de derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho de que el aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.
Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios de Organismos Internacionales deberán acompañar a la solicitud las certificaciones de homologación o, con carácter excepcional, presentarlas al órgano de selección con antelación a la celebración de las correspondientes pruebas.
Los aspirantes con discapacidad con un grado de minusvalía igual o superior al 33% que soliciten adaptación de tiempo y/o medios deberán adjuntar Dictamen Técnico Facultativo emitido por el Órgano Técnico de Valoración que dictaminó el grado de minusvalía.
3.4 Los errores de hecho, materiales o aritméticos, que pudieran advertirse en la solicitud podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.
4. Admisión de aspirantes
4.1 Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, la autoridad convocante, dictará orden, en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos. En dicha orden, que deberá publicarse en el «Boletín Oficial del Estado», se indicarán los lugares en que se encuentren expuestas al público las listas certificadas completas de aspirantes admitidos y excluidos, señalándose un plazo de diez días hábiles para subsanar el defecto que haya motivado la exclusión u omisión y determinándose el lugar, fecha y hora de comienzo del primer ejercicio de la oposición.
4.2 Finalizado dicho plazo, en el caso de que se hubieran producido modificaciones, éstas se expondrán en los mismos lugares en que lo fueron las relaciones iniciales.
4.3 No procederá la devolución de los derechos de examen en los supuestos de exclusión por causa imputable a los aspirantes.
5. Tribunales
5.1 Los Tribunales calificadores de este proceso selectivo son los que figuran en el Anexo III a esta convocatoria.
5.2 El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y demás disposiciones vigentes.
5.3 Los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo 28 de la ley citada en la base anterior.
5.4 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, los Tribunales tendrán su sede en los siguientes lugares:
Sección Archivos: Subdirección General de los Archivos Estatales. Plaza del Rey 1, Madrid 28004. Tel. 917017264. E-Mail: archivos.estatalesUdglabr.mcu.es
Sección Bibliotecas: Subdirección General de Coordinación Bibliotecaria, Plaza del Rey 1, Madrid-28004. Tel. 917017137. E-Mail: martinez.condeUdglab.mcu.es
Sección Museos: Museo del Traje, Avda. Juan de Herrera n.º 2 Madrid 28040. Tel 915497150. E-Mail: carmen.perezUm-na.mcu.es
6. Desarrollo del proceso selectivo
6.1 El orden de actuación de los aspirantes en la fase de oposición se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra S, según lo establecido en la Resolución de la Secretaria de Estado para la Administración Pública de 29 de enero de 2004 (Boletín Oficial del Estado de 6 de febrero).
6.2 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan.
6.3 Concluido cada uno de los ejercicios de la oposición, el Tribunal hará públicas, en el lugar o lugares de su celebración y en la sede del Tribunal, la relación de aspirantes que hayan alcanzado el mínimo establecido para superarlo, con indicación de la puntuación obtenida.
6.4 Una vez comenzado el proceso selectivo, los anuncios de celebración de los restantes ejercicios se harán públicos con doce horas de antelación, al menos, a la señalada para su inicio, si se trata del mismo ejercicio, o con veinticuatro horas, si se trata de uno nuevo. Estos anuncios se efectuarán, al menos, en los locales donde se haya celebrado el anterior y en la sede del Tribunal señalada en la base 5.4.
6.5 Finalizada la fase de oposición, los aspirantes de la Sección de Bibliotecas que participen por el turno de promoción interna y que la hubieran superado dispondrán de un plazo de veinte días naturales para presentar en el Registro del Ministerio de Cultura (Plaza del Rey, 1 28071-Madrid) o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, una certificación expedida por los servicios de personal de los Ministerios u Organismos donde presten o, en su caso, hayan prestado sus servicios, según modelo que figura como Anexo V. La no presentación de la certificación en el plazo señalado supondrá la no valoración al aspirante de la fase de concurso.
6.6 El Tribunal calificador de la Sección de Bibliotecas publicará en el lugar o lugares de la celebración de la fase de oposición y en la sede del Tribunal, la relación que contenga la valoración provisional de méritos de la fase de concurso, con indicación de la puntuación obtenida en cada mérito y la total. Los aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles a partir del siguiente al de la publicación de dicha relación, para efectuar las alegaciones pertinentes. Finalizado dicho plazo el Tribunal publicará la relación con la valoración definitiva de la fase de concurso.
6.7 El Tribunal podrá requerir, en cualquier momento del proceso selectivo, la acreditación de la identidad de los aspirantes. Asimismo, si tuviera conocimiento de que alguno de los aspirantes no cumple cualquiera de los requisitos exigidos en la convocatoria, previa audiencia al interesado, deberá proponer su exclusión a la autoridad convocante.
7. Superación del proceso selectivo
7.1 Finalizada la fase de oposición, en el caso de los participantes por el turno libre, y las fases de oposición y de concurso, en el caso de los participantes por el turno de promoción interna, los Tribunales harán pública la relación de aprobados por orden de puntuación en los locales en donde se haya celebrado la última prueba.
Dicha relación se elevará a la autoridad convocante, que la publicará en el «Boletín Oficial del Estado», disponiendo los aspirantes propuestos de un plazo de veinte días naturales, desde la publicación en el «Boletín Oficial del Estado», para la presentación de la documentación acreditativa de los requisitos exigidos en la convocatoria.
Los aspirantes que no presenten dicha documentación en el plazo indicado no serán nombrados funcionarios en prácticas para la realización del curso selectivo.
7.2 No se podrá declarar superado el proceso selectivo a un número de aspirantes superior al de plazas convocadas en cada uno de los sistemas de acceso y en cada Sección.
7.3 La adjudicación de los puestos a los aspirantes que superen el proceso selectivo en ambas convocatorias y dentro de cada Sección se efectuará según la petición de destino de acuerdo con la puntuación total obtenida.
Los aspirantes de la Sección de Bibliotecas aprobados en la convocatoria de promoción interna no podrán solicitar que se les adjudique destino en el puesto que vinieran desempeñando con carácter definitivo o mediante adscripción provisional, de conformidad con lo establecido en el artículo 78 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.
Los puestos de trabajo que vayan a ser ofrecidos como destino y que impliquen la participación directa o indirecta en el ejercicio del poder público y en las funciones que tienen por objeto la salvaguardia de los intereses generales del Estado, quedarán reservados a los aspirantes de nacionalidad española.
8. Norma final
Al presente proceso selectivo le serán de aplicación la Ley 30/1984, de 2 de agosto; el R.D. 364/1995, de 10 de marzo; el resto de la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en la presente convocatoria.
Contra la presente convocatoria, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la Excelentísima Sra. Ministra de Cultura en el plazo de un mes desde su publicación o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante el órgano jurisdiccional competente, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose, que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.
Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
Madrid, 7 de mayo de 2004.
CALVO POYATO
Ilmos. Sres. Subsecretario del Ministerio de Cultura y Presidentes de los Tribunales Calificadores.
Sección Archivos
1. La fase de oposición constará de tres ejercicios eliminatorios y un cuarto voluntario.
Primer ejercicio: Consistirá en el desarrollo por escrito de tres temas, seleccionados por sorteo por el Tribunal, en presencia de los aspirantes, de entre los que componen el programa que figura en el Anexo II, debiendo corresponder cada tema a cada uno de los tres grupos en que está dividido el temario.
El ejercicio deberá ser leído por los aspirantes en sesión pública ante el Tribunal, que valorará la formación general y la puesta al día, la claridad y orden en las ideas, la aportación personal de los aspirantes y facilidad de expresión.
El tiempo máximo para el desarrollo por escrito de este ejercicio será de tres horas.
Calificación: Se calificará de cero a diez puntos cada uno de los dos temas pertenecientes al temario de «Historia de las Instituciones» y de «Archivística, y de cero a cinco el tema perteneciente al temario de «Derecho y Administración», siendo eliminados los opositores que no obtengan un mínimo de cinco puntos por cada tema de los dos primeros casos, y dos puntos y medio en el tercero. Aquellos aspirantes que obtengan una calificación de diecinueve o más estarán exentos de realizar este ejercicio en la siguiente convocatoria, siempre que este primer ejercicio tenga similar contenido y las mismas características.
Segundo ejercicio: Consistirá en el desarrollo por escrito de dos supuestos prácticos iguales para todos los opositores:
Primero: El opositor desarrollará un supuesto, seleccionado por sorteo por el Tribunal en presencia de los aspirantes, entre:
a) Descripción y análisis documental de uno o varios documentos de los siglos XV al XVIII.
b) Descripción y análisis del procedimiento administrativo de un expediente de los siglos XIX ó XX.
Segundo: Realización de un supuesto práctico que versará sobre cuestiones relacionadas con el temario de Archivística, a partir de los datos proporcionados por el Tribunal: Control de la documentación, organización, descripción, difusión y accesibilidad documental.
La duración máxima del ejercicio será de cuatro horas y, posteriormente, deberá ser leído ante el Tribunal, que podrá dialogar con el opositor durante un período máximo de quince minutos sobre cuestiones relacionadas con los supuestos desarrollados.
Calificación: Se calificará cada supuesto del segundo ejercicio de cero a diez puntos, siendo eliminados los opositores que no obtengan un mínimo de cinco puntos por cada supuesto.
Tercer ejercicio: Consistirá en una prueba sobre un idioma extranjero (inglés o francés) en el que el opositor realizará por escrito, en castellano, un resumen de un texto de carácter profesional no superior a 15 páginas, pudiendo utilizar diccionario. El resumen será leído posteriormente ante el Tribunal, que podrá hacer preguntas sobre el mismo al opositor.
El idioma elegido por el opositor se hará constar en el apartado 25.B) del modelo de instancia.
El tiempo máximo para el desarrollo de este ejercicio será de dos horas.
Calificación: Se calificará de cero a diez puntos, siendo eliminados los opositores que no obtengan un mínimo de cinco puntos.
Cuarto ejercicio: Consistirá en una prueba voluntaria de traducción, con diccionario, de un texto máximo de 800 palabras en cualquiera de las lenguas oficiales de la Unión Europea, que no haya sido elegida por el opositor en el ejercicio obligatorio, o en lengua latina; siempre que, previamente, lo hayan hecho constar en la solicitud: apartado 25.C).
El tiempo máximo para el desarrollo de este ejercicio será de dos horas y treinta minutos.
Calificación: Se calificará de cero a cinco puntos. El opositor que no alcance dos puntos y medio no obtendrá ninguna puntuación.
2. Curso Selectivo. La segunda fase del proceso selectivo consistirá en un curso selectivo de hasta seis meses de duración, dedicado fundamentalmente a completar los conocimientos necesarios para el futuro ejercicio profesional.
El curso se iniciará en el plazo máximo de tres meses a partir de la finalización del plazo de presentación de documentos a que hace referencia la base 7.1.
La Dirección General del Libro, Archivos y Bibliotecas, vistos los informes que emitan las unidades donde se haya realizado este período, y recabado de dichas unidades o de las personas responsables del curso las aclaraciones precisas sobre la actuación y aprovechamiento de los funcionarios en prácticas, calificará dicho período de «apto» o «no apto», siendo necesario obtener la calificación de «apto» para superar esta fase del proceso selectivo.
Quienes no superen el curso selectivo, perderán el derecho a su nombramiento como funcionarios de carrera, por resolución motivada de la autoridad convocante.
3. Calificación final. La calificación final vendrá determinada por la suma total de las calificaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios de la fase de oposición.
En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida por los aspirantes en el primer ejercicio. En caso de persistir el empate, a la mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio, y, en caso de persistir a la mayor puntuación obtenida en el tercer ejercicio.
Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios de Organismos Internacionales estarán exentos de la realización de aquellas pruebas que la Comisión Permanente de Homologación considere que tienen por objeto acreditar conocimientos ya exigidos para el desempeño de sus puestos de origen en el Organismo Internacional correspondiente.
Se adoptarán las medidas precisas para que los aspirantes con minusvalía gocen de similares condiciones que el resto de los aspirantes en la realización de los ejercicios. En este sentido, para las personas con minusvalía que así lo hagan constar en su solicitud, se establecerán las adaptaciones posibles en tiempos y medios para su realización.
Sección Bibliotecas
1. La fase de oposición estará formada por los siguientes ejercicios eliminatorios:
Primer ejercicio:
Turno libre: Consistirá en el desarrollo por escrito de cuatro temas, seleccionados por sorteo por el Tribunal en presencia de los aspirantes, de entre los que componen el programa que figura en el ANEXO II de esta convocatoria, debiendo corresponder cada tema a cada uno de los cuatro grupos en que está dividido el temario.
El tiempo máximo para el desarrollo por escrito de este ejercicio será de cuatro horas.
El ejercicio deberá ser leído por los aspirantes, en sesión pública ante el Tribunal, que valorará la formación general, la claridad y orden de ideas, la aportación personal del aspirante y la facilidad de expresión.
Calificación: se calificará de cero a diez puntos por tema, siendo eliminados los opositores que no obtengan un mínimo de cinco puntos por tema. La puntuación máxima será de cuarenta puntos, debiendo obtener una mínima de veinte para superarlo.
Promoción interna: Consistirá en el desarrollo por escrito de tres temas, seleccionados por sorteo por el Tribunal en presencia de los aspirantes, de los siguientes apartados que forman parte del programa que figura en el Anexo II de esta convocatoria: «Biblioteconomía», «Bibliografía y Documentación» e «Historia del Libro y las Bibliotecas», debiendo corresponder cada tema a cada uno de los tres apartados citados.
El tiempo máximo para el desarrollo por escrito de este ejercicio será de tres horas.
El ejercicio deberá ser leído por los aspirantes, en sesión pública ante el Tribunal, que valorará la formación general, la claridad y orden de ideas, la aportación personal del aspirante y la facilidad de expresión.
Calificación: se calificará de cero a quince puntos cada uno de los temas correspondientes a lo apartados de «Biblioteconomía» y «Bibliografía y Documentación», siendo eliminados los opositores que no obtengan un mínimo de siete puntos y medio por tema. Se calificará de cero a diez puntos el tema correspondiente al apartado «Historia del Libro y las Bibliotecas», siendo eliminados los opositores que no obtengan un mínimo de cinco puntos. La puntuación máxima será de cuarenta puntos, debiendo obtener una mínima de veinte para superarlo.
Segundo ejercicio (Turno libre y promoción interna): Consistirá en la redacción del asiento bibliográfico en formato IBERMARC, con clasificación decimal universal y asignación de encabezamiento de materias, de cinco publicaciones (dos monografías, una publicación periódica, un vídeo y una grabación sonora) iguales para todos los opositores. La catalogación se hará de acuerdo con el esquema para un segundo nivel de detalles.
Se facilitarán a los opositores una plantilla base del formato así como las publicaciones oportunas o las correspondientes fotocopias de las mismas, necesarias para poder realizar este ejercicio.
Los opositores podrán utilizar las Reglas de catalogación, el Formato IBERMARC, la Clasificación Decimal Universal y Lista de encabezamientos de materia para bibliotecas públicas vigentes.
El tiempo máximo para el desarrollo de este ejercicio será de tres horas.
Calificación: se calificará de cero a diez puntos por cada asiento bibliográfico completo, siendo eliminados los opositores que no obtengan un mínimo de cinco puntos por asiento bibliográfico. La puntuación máxima será de 50 puntos, debiendo obtener una mínima de 25 para superarlo.
Tercer ejercicio (Turno libre y promoción interna): Consistirá en la traducción, con diccionario, de un texto no inferior a 300 palabras, en inglés, francés, alemán o italiano, relativo a bibliotecas.
El tiempo máximo para el desarrollo de este ejercicio será de dos horas.
El idioma elegido por el opositor se hará constar en el apartado 25 B), del modelo de instancia.
Calificación: se calificará de cero a diez puntos, siendo eliminados los opositores que no obtengan un mínimo de cinco puntos.
La puntuación de la fase de oposición vendrá determinada por la suma total de las calificaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios.
2. Fase de concurso: En esta fase, que no tendrá carácter eliminatorio y que sólo se aplicará a quienes participando por el turno de promoción interna hayan superado la fase de oposición, se valorarán hasta un máximo de 20 puntos los siguientes méritos referidos a la fecha de publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
2.1 Antigüedad: Por los servicios efectivos prestados en cualquier Cuerpo o Escala del Grupo C de los incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 30/1984 de 30 de Agosto (art. 1.1), de acuerdo con la siguiente progresión:
1 año: 1 punto.
2 años: 1,5 puntos.
3 años: 2 puntos.
4 años: 2,5 puntos.
5 años o más: 3 puntos.
2.2 Grado personal consolidado: Según el grado personal que se tenga consolidado y formalizado a través de acuerdo de reconocimiento de grado por la autoridad competente el día publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, se otorgará la siguiente puntuación:
Hasta el grado 14 inclusive: 2,5 puntos.
Por cada unidad de grado que exceda de 14: 0,25 hasta un máximo de 4 puntos.
2.3 Trabajo desarrollado: Según el nivel del complemento de destino correspondiente al puesto de trabajo que se ocupa el día de la publicación de esta convocatoria, se otorgará la siguiente puntuación:
Hasta el nivel 14 inclusive: 5 puntos.
Por cada unidad de nivel que exceda de 14: 0.50 puntos hasta un máximo de 8. Las valoraciones efectuadas en este apartado no podrán ser modificadas por futuras reclasificaciones de nivel, con independencia de sus efectos económicos.
2.4 Cursos de formación: Los cursos de formación relacionados con las funciones que desempeñarán en el Cuerpo de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos (Sección Bibliotecas), acreditados por el funcionario, se valorarán por el Tribunal con 0,5 puntos cada uno. La puntuación máxima que se podrá obtener por este apartado será de 5 puntos.
La certificación de los méritos deberá realizarse según el modelo incluido como Anexo V a esta convocatoria.
3. Curso selectivo: Los funcionarios en prácticas habrán de superar con aprovechamiento un curso selectivo de formación, que será de carácter teórico-práctico de hasta seis meses de duración, dedicado fundamentalmente a completar los conocimientos necesarios para el futuro ejercicio profesional.
El curso se iniciará en el plazo máximo de tres meses contados a partir de la finalización del plazo de presentación de documentos a que hace referencia la base 7.1.
La Dirección General del Libro, Archivos y Bibliotecas, vistos los informes que emitan las unidades donde se haya realizado el curso selectivo, y recabado de dichas unidades o de las personas responsables del curso las aclaraciones precisas sobre la actuación y aprovechamiento de los funcionarios en prácticas, calificará dicho período de «Apto» o «No apto». Será necesario obtener la calificación de «Apto» para superarlo.
Quienes no superen el curso selectivo, perderán el derecho a su nombramiento como funcionarios de carrera, por resolución motivada de la autoridad convocante.
4. Calificación final: Para los aspirantes por el sistema general de acceso libre la calificación final corresponderá a la de la fase de oposición. En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación alcanzada en el primer ejercicio, o en su caso en los sucesivos.
Para los aspirantes por el sistema de promoción interna la calificación final vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso y en la de oposición. En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en la fase de oposición.
Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios de Organismos Internacionales estarán exentos de la realización de aquellas pruebas que la Comisión Permanente de Homologación considere que tienen por objeto acreditar conocimientos ya exigidos para el desempeño de sus puestos de origen en el Organismo Internacional correspondiente.
Se adoptarán las medidas precisas para que los aspirantes con minusvalía gocen de similares condiciones que el resto de los aspirantes en la realización de los ejercicios. En este sentido, para las personas con minusvalía que así lo hagan constar en su solicitud, se establecerán las adaptaciones posibles en tiempos y medios para su realización.
Sección Museos
1. La fase de oposición constará de tres ejercicios eliminatorios y un cuarto no eliminatorio:
Primer ejercicio: Consistirá en el desarrollo por escrito de dos temas entre los cuatro seleccionados a iniciativa del Tribunal de entre los que componen el programa que figura en el anexo II, debiendo corresponder los temas a desarrollar por el opositor del siguiente modo:
Un primer tema, entre los dos elegidos por el Tribunal del apartado «Museología».
Un segundo tema, entre los dos elegidos por el Tribunal del apartado «Legislación».
El Título de los temas corresponde íntegramente al enunciado que aparece en el programa del Anexo II.
Los aspirantes tendrán un tiempo máximo de tres horas para la realización de este ejercicio.
Dicho ejercicio será posteriormente leído ante el Tribunal en sesión pública convocada al efecto. El Tribunal valorará la formación general, la claridad y orden de las ideas, la aportación personal de los aspirantes y la facilidad de expresión.
Calificación: Se calificará de cero a diez puntos cada uno de los temas, siendo necesario obtener un mínimo de cinco puntos en cada uno de ellos. La puntuación máxima será de veinte puntos. Aquellos aspirantes que obtengan una calificación de quince puntos o más estarán exentos de realizar este ejercicio en la siguiente convocatoria, siempre que este primer ejercicio tenga similar contenido y las mismas características.
Segundo ejercicio: Consistirá en el desarrollo por escrito de dos temas entre los cuatro seleccionados por sorteo por el Tribunal, en presencia de los aspirantes, de entre los que componen el apartado «Etnología, Antropología, Arqueología y Bellas Artes».
Los aspirantes tendrán un tiempo máximo de tres horas para la realización de este ejercicio, que será posteriormente leído ante el Tribunal en sesión pública convocada a tal efecto. El Tribunal valorará la formación general, la claridad y orden de las ideas, la aportación personal y la facilidad de expresión y exposición de los aspirantes.
Calificación: Se calificará de cero a diez puntos cada uno de los temas, siendo necesario obtener un mínimo de cinco puntos por cada uno de ellos. La puntuación máxima será de 20 puntos.
Tercer ejercicio: Consistirá en la cumplimentación del Libro de Registro y de las fichas de inventario correspondientes a seis piezas elegidas de un total de nueve seleccionadas por el Tribunal entre las materias incluidas en el apartado 3 del temario (tres de etnología, tres de arqueología y tres de Bellas Artes), teniendo el opositor que elegir, al menos dos de cada especialidad.
El opositor trabajará sobre la documentación facilitada por el Tribunal.
El ejercicio deberá ser leído en sesión pública convocada al efecto.
El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de cuatro horas.
Calificación: El ejercicio se calificará de cero a doce puntos, siendo necesario obtener un punto como mínimo en cada una de las piezas, siendo eliminados los aspirantes que no obtengan un mínimo de 6 puntos.
Cuarto ejercicio: Consistirá en una prueba que no tendrá carácter eliminatorio sobre un idioma extranjero escogido por el aspirante entre los oficiales de cualquiera de los países que integran la Unión Europea, y que hará constar en el apartado 25 B) de la solicitud. El aspirante deberá realizar por escrito un resumen en castellano de un texto de carácter profesional que propondrá el Tribunal, para lo cual dispondrá de dos horas. Para la realización de este ejercicio el aspirante podrá utilizar diccionario. Dicho ejercicio será posteriormente leído en sesión pública convocada al efecto.
Calificación: el ejercicio se calificará de cero a cuatro puntos, que serán añadidos a la calificación final de los ejercicios eliminatorios.
2. Curso Selectivo: La segunda fase del proceso selectivo consistirá en un Curso Selectivo, que será organizado por la subdirección General de Museos Estatales.
El carácter selectivo del curso exigirá la superación por los aspirantes de unas pruebas sobre casos prácticos propuestos en relación con las áreas básicas de formación que se impartan.
La duración del curso selectivo será de tres meses, en régimen de estancia en Organismo Público y se iniciará en el plazo máximo de tres meses contados a partir de la fecha de finalización de presentación de documentos a que hace referencia la base 7.1. Una parte del mismo se realizará en régimen de estancia en unidades de la Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales o Museos Estatales, como período de prácticas.
La Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales, vistos los informes que emitan las unidades donde se haya realizado este período, y recabado de dichas unidades o personas las aclaraciones precisas sobre la actuación y aprovechamiento de los funcionarios en prácticas, calificará dicho período de «apto» o «no apto», siendo necesario obtener la calificación de «apto» para superar esta fase del proceso selectivo.
Los aspirantes que no superen el curso selectivo perderán el derecho a su nombramiento como funcionarios de carrera, mediante resolución motivada de la autoridad convocante, a propuesta del órgano responsable de la evaluación del curso selectivo.
Quienes no superen el curso selectivo y tengan superados los tres ejercicios eliminatorios de la fase de oposición con al menos el 55 por 100 de la puntuación máxima global quedarán exentos de la práctica de los mismos en la convocatoria inmediatamente siguiente, computándoles una puntuación equivalente a la obtenida, siempre y cuando sean idénticos en contenido y puntuación.
3. Calificación final: La calificación final vendrá determinada por la suma total de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios de la fase de oposición (tres eliminatorios y el cuarto ejercicio no eliminatorio). En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida por los aspirantes en el segundo ejercicio; en caso de persistir el empate, a la mayor puntuación obtenida en el tercer ejercicio; y de persistir éste, a la mayor puntuación obtenida en el primer ejercicio.
Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios de Organismos Internacionales estarán exentos de la realización de aquellas pruebas que la Comisión Permanente de Homologación considere que tienen por objeto acreditar conocimientos ya exigidos para el desempeño de sus puestos de origen en el Organismo Internacional correspondiente.
Se adoptarán las medidas precisas para que los aspirantes con minusvalía gocen de similares condiciones que el resto de los aspirantes en la realización de los ejercicios. En este sentido, para las personas con minusvalía que así lo hagan constar en su solicitud, se establecerán las adaptaciones posibles en tiempos y medios para su realización.
Sección Archivos
1. Historia de las Instituciones.
1.1 La Cancillería Castellano-Leonesa. Organización y tipología diplomática.
1.2 La Cancillería Catalano-Aragonesa. Organización y tipología diplomática.
1.3 La Administración Pública en la Edad Media. Historia y fuentes.
1.4 La Administración Central en la Edad Moderna. Historia y fuentes.
1.5 La Administración de Justicia en la Edad Moderna. Historia y fuentes.
1.6 La Hacienda Pública y el sistema fiscal en la Edad Moderna. Historia y fuentes.
1.7 La Administración Territorial y Local en la Edad Moderna. Historia y fuentes.
1.8 La Administración del territorio indiano. Instituciones centrales: Historia y fuentes.
1.9 La Administración del territorio indiano. Instituciones territoriales y locales: Historia y fuentes.
1.10 Las Cortes en la Edad Moderna. Historia y fuentes.
1.11 El constitucionalismo español. Historia y fuentes.
1.12 La desamortización. Historia y repercusión en los archivos españoles.
1.13 La Administración Central en la Edad Contemporánea. Historia y fuentes.
1.14 La Administración de Justicia en la Edad Contemporánea. Historia y fuentes.
1.15 La Hacienda Pública y el sistema fiscal en la Edad Contemporánea. Historia y fuentes.
1.16 La Administración Territorial y Local en la Edad Contemporánea. Historia y fuentes.
1.17 La Institución Notarial. Evolución histórica y fuentes.
1.18 La organización territorial y jerárquica de la Iglesia española. Evolución histórica y fuentes.
1.19 La organización señorial y mayorazgos. Evolución histórica y fuentes.
1.20 Los partidos políticos y las organizaciones sindicales en la España contemporánea.
1.21 Las instituciones de Beneficencia en España. Historia y fuentes.
1.22 Las relaciones exteriores de España en la Edad Moderna y Contemporánea. Historia y fuentes.
1.23 La agricultura y la ganadería. Historia y fuentes.
1.24 La industria y el comercio. Historia y fuentes.
1.25 Los Ejércitos en la España Moderna. Historia y fuentes.
1.26 Los Ejércitos en la España contemporánea. Historia y fuentes.
1.27 El gobierno interior del estado. Seguridad interior y orden público. Historia y fuentes.
1.28 La Educación en España. Historia y fuentes.
1.29 La Inquisición. Historia y fuentes.
1.30 Monacato y Clero regular en España. Historia y fuentes.
1.31 La Guerra Civil y el Franquismo. Historia y fuentes.
1.32 Los archivos familiares y personales. Historia y fuentes.
2. Archivística:
2.1 Concepto de archivo. Evolución histórica de la archivística.
2.2 El principio de procedencia y la teoría de las edades de los documentos.
2.3 Funcionamiento general de los archivos y funciones básicas del archivero.
2.4 La administración española de los archivos. El Ministerio de Cultura y la Dirección General del Libro, Archivos y Bibliotecas. Las Comunidades Autónomas y sus competencias en materia de archivos.
2.5 El sistema archivístico español.
2.6 Los archivos de la Administración Central. Archivos de los Ministerios y el Archivo General de la Administración de Alcalá de Henares.
2.7 Los archivos Generales del Estado.
2.8 Los archivos de las Reales Chancillerías. Los archivos históricos regionales.
2.9 Los Archivos Históricos Provinciales.
2.10 Los archivos de la Administración Local: Archivos de las Diputaciones y archivos municipales.
2.11 Los archivos eclesiásticos, familiares y económicos.
2.12 Los archivos militares españoles.
2.13 Organismos internacionales en materia de archivos.
2.14 La identificación de los fondos. El cuadro de clasificación.
2.15 La valoración. Instrumentos resultantes y consecuencias prácticas. Selección y expurgo.
2.16 Transferencias y control de la documentación. Entradas y salidas de documentos de los archivos.
2.17 Descripción de fondos.
2.18 La normalización en la descripción archivística: normas ISAD (G) e ISAAR (CPF).
2.19 Difusión y accesibilidad documental. Aspectos legales.
2.20 La difusión. El servicio a la Administración y a los ciudadanos. Servicios educativos y culturales.
2.21 Lenguajes documentales. Tesauros.
2.22 Reproducción de documentos. Técnicas y funciones archivísticas.
2.23 La informática aplicada a los archivos. El proyecto de Archivos Españoles en Red.
2.24 Tratamiento y conservación de documentos audiovisuales.
2.25 Los documentos electrónicos.
3. Derecho y Administración:
3.1 La Constitución Española de 1978: Elaboración. Estructura. Valores y Principios. Reforma.
3.2 Los derechos y deberes fundamentales. Sus garantías constitucionales. La suspensión de los derechos y libertades.
3.3 El Tribunal Constitucional. El Defensor del Pueblo.
3.4 La Corona. Sucesión, Regencia y Tutela. Las funciones constitucionales del Rey. El refrendo de los actos del Rey.
3.5 Las Cortes Generales. El Congreso de los Diputados y el Senado: Composición, elección y funciones. Funcionamiento de las Cámaras, órganos y Estatuto de sus miembros.
3.6 El procedimiento legislativo. Leyes orgánicas y ordinarias. Legislación delegada. Decretos-leyes. Tratados internacionales.
3.7 El Gobierno. Composición. Organización. Funciones. El procedimiento de investidura. La moción de censura. La cuestión de confianza.
3.8 El Poder Judicial. El Consejo General del Poder Judicial. La Administración de Justicia. El Ministerio Fiscal.
3.9 La Organización territorial del Estado. Comunidades Autónomas y Administración Local. Distribución de competencias y coordinación entre las distintas Administraciones públicas.
3.10 La Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español. El Patrimonio Documental y Bibliográfico. Los archivos, bibliotecas y museos. La declaración de bienes de interés cultural. La protección de los bienes muebles e inmuebles. Las medidas de fomento.
3.11 Los reales Decretos 111/1986, de 10 de enero, de desarrollo parcial de la Ley del Patrimonio Histórico Español, y 64/1994, de 21 de enero, por el que se modifica el Real Decreto 111/1986. Los órganos colegiados. Los instrumentos administrativos. La transmisión y explotación de los bienes integrantes del Patrimonio Histórico.
3.12 Las fuentes del derecho administrativo. La Constitución. La Ley. El Reglamento y los límites de la potestad reglamentaria.
3.13 La legalidad administrativa. El acto administrativo. Los recursos administrativos. El recurso contencioso-administrativo.
3.14 Evolución histórica de la legislación sobre procedimiento administrativo en España. El procedimiento administrativo: Concepto, principios generales y fases del procedimiento.
3.15 El personal al servicio de las Administraciones Públicas. Clasificación y características. Normativa.
3.16 El régimen jurídico de la función pública estatal. Situaciones administrativas. Derechos y Deberes. Incompatibilidades. El régimen disciplinario. Perdida de la condición de funcionario.
3.17 Los Presupuestos Generales del Estado y el ciclo presupuestario.
3.18 Sistema Institucional de la Unión Europea.
Sección Bibliotecas
1. Biblioteconomía:
1.1 Concepto de biblioteca. Tipos de bibliotecas y su función. Perspectivas de futuro.
1.2 Las bibliotecas nacionales. Conceptos, funciones y servicios. Situación en España. La Conferencia de Directores de Bibliotecas Nacionales (CDNL).
1.3 Las bibliotecas públicas. Conceptos, funciones y servicios. Situación en España.
1.4 Las bibliotecas universitarias. Conceptos, funciones y servicios. Situación en España. REBIUN.
1.5 Las bibliotecas especializadas. Conceptos, funciones y servicios. Situación en España.
1.6 Proceso técnico: selección y adquisición de libros y otros materiales. Criterios, fuentes y métodos para la constitución y el mantenimiento de la colección. Norma ISO 11799 para almacenamiento de la Colección Bibliográfica.
1.7 Gestión de la colección: Organización de los depósitos. Reconocimiento del estado de la colección. Medidas de prevención y corrección de agentes degradantes de la colección.
1.8 La catalogación. Elaboración, normalización y mantenimiento de catálogos. La catalogación cooperativa. La iniciativa ICABS.
1.9 Los formatos MARC. Los formatos IBERMARC.
1.10 Los lenguajes de marcado aplicados a los registros bibliográficos. MARC XML DTD; MARC XML Schema.
1.11 Análisis de la estructura de la información bibliográfica: las ISBD, las GARR y los FRBR. Las Reglas de Catalogación españolas.
1.12 Principales tipos de clasificación bibliográfica. Clasificaciones sistemáticas y alfabéticas. La clasificación decimal universal.
1.13 La biblioteca híbrida. Desarrollo y mantenimiento.
1.14 Los servicios virtuales de la biblioteca. Desarrollo y mantenimiento. Referencias internacionales. Situación en España.
1.15 La biblioteca digital. Desarrollo y mantenimiento. Situación en España.
1.16 La biblioteca digital: panorama internacional. La Digital Library Federation. Los estándares de la Library of Congress. El Comité de Asuntos Digitales (CDI) de la Conferencia de Directores de Bibliotecas Nacionales (CDNL).
1.17 Formación de usuarios. Servicios de extensión bibliotecaria.
1.18 Análisis de la estructura de la información de los fondos y localizaciones: Z39.83, ISO 10.324. Los formatos MARC 21 y UNIMARC para fondos y localizaciones.
1.19 Preservación y conservación de los materiales bibliográficos: encuadernación, restauración, microfilmación, digitalización, etc. Norma ISO 14416.
1.20 La cooperación bibliotecaria en España en la actualidad. Organismos, mecanismos, programas y proyectos.
1.21 La difusión. Apertura hacia los ciudadanos. Servicios educativos y culturales. Uso de la WWW y el correo electrónico. Los Portales de las bibliotecas.
1.22 Evaluación de los procesos y los servicios bibliotecarios. Norma ISO 11620.
1.23 Sistemas integrados de automatización de bibliotecas. Situación actual y tendencias de futuro.
1.24 Construcción y equipamiento de bibliotecas
1.25 Organizaciones internacionales al servicio de las bibliotecas: UNESCO, IFLA, ISO, etc.
2. Bibliografía y Documentación:
2.1 Bibliometría. Concepto, Función y Crítica.
2.2 Definición y objetivos de la bibliografía. Teoría y técnica.
2.3 Evolución histórica de la bibliografía.
2.4 La normalización de la identificación bibliográfica. El ISBN, el ISSN y otros números internacionales. Identificadores permanentes: DOI, RDF.
2.5 Estado actual de la bibliografía en el mundo. Impacto de las tecnologías de la información y de la comunicación.
2.6 Bibliografía de bibliografías.
2.7 Bibliografías nacionales.
2.8 Bibliografías de publicaciones periódicas.
2.9 Bibliografías de publicaciones oficiales.
2.10 Bibliografía y fuentes de información sobre recursos electrónicos.
2.11 El libro infantil. Obras de referencia y bibliografías.
2.12 Análisis documental. Indización. Resúmenes.
2.13 Lenguajes documentales. Los tesauros: creación y mantenimiento. ISO 2788.
2.14 Recursos sobre bibliotecas en la World Wide Web.
2.15 El diseño, desarrollo, mantenimiento y explotación de las bases de datos en España. Aspectos éticos, jurídicos y legales.
2.16 Los catálogos colectivos en España en la actualidad.
2.17 Las tecnologías de la información y su aplicación a los procesos bibliotecarios.
2.18 Automatización de bibliotecas. Diseño, desarrollo, implantación y mantenimiento.
2.19 La biblioteca digital: proyectos de ámbito nacional e internacional. La Digital Library Federation.
2.20 Internet y la WWW: estado actual y perspectivas de futuro.
2.21 La Ontología y la web semántica: recomendaciones del W3C.
2.22 La búsqueda y la recuperación normalizada de la información bibliográfica: Z39.50 y Z39.50 International Next Generation (ZING).
2.23 El acceso a la información en la red: los metadatos: la Dublin Core Metadata Initiative.
3. Historia del libro y las bibliotecas:
3.1 El libro y las bibliotecas en la antigüedad.
3.2 El libro en la Edad Media.
3.3 Las bibliotecas en la Edad Media.
3.4 Invención y difusión de la imprenta. Los incunables.
3.5 La imprenta en España durante el siglo XV.
3.6 El libro en el siglo XVI.
3.7 Las bibliotecas en el siglo XVI.
3.8 El libro en el siglo XVII.
3.9 Las bibliotecas en el siglo XVII.
3.10 La imprenta industrial: avances tecnológicos a partir de los siglos XVIII y XIX.
3.11 Las bibliotecas en el siglo XX.
3.12 El libro y la edición en el siglo XX.
3.13 Perspectivas de la edición en el siglo XXI. Libros bajo demanda, eBooks, etc. La edición electrónica.
3.14 La industria editorial y el comercio del libro en España en la actualidad.
3.15 El patrimonio bibliográfico español. Legislación.
3.16 La propiedad intelectual en España.
4. Administración y Legislación:
4.1 La Constitución Española.
4.2 Organización territorial del Estado español. Las Comunidades Autónomas y la Administración Local.
4.3 Jefatura del Estado. Poderes legislativo, ejecutivo y judicial.
4.4 Las fuentes del derecho administrativo. La Constitución. La Ley. El Reglamento y los límites de la potestad reglamentaria.
4.5 La legalidad administrativa. El acto administrativo. Los recursos administrativos. El recurso contencioso-administrativo.
4.6 Las competencias del Estado en materia de cultura. Estructura organizativa del Ministerio de Cultura en relación con el libro, archivos y bibliotecas.
4.7 Estructura organizativa y competencias en materia de bibliotecas en la Administración de las Comunidades Autónomas y en la Administración Local.
4.8 La legislación bibliotecaria en España.
4.9 El personal al servicio de las Administraciones Públicas. Clasificación y características. Normativa.
4.10 Los Presupuestos de las Administraciones Públicas en España. Los Presupuestos Generales del Estado y el ciclo presupuestario.
4.11 El sistema institucional comunitario: el Consejo, la Comisión, el Parlamento Europeo, el Tribunal de Justicia y el Tribunal de Cuentas.
Sección Museos
1. Museología:
1.1 El concepto del Museo.
1.2 Historia de los Museos en España.
1.3 Tipología de museos. Museos de titularidad estatal. Sistema Español de Museos. La Junta Superior de Museos.
1.4 El museo como responsable de la conservación del patrimonio histórico.
1.5 La concepción espacial del museo. Sus áreas y características. Bases para el proyecto arquitectónico.
1.6 Museología y Museografía. Definición y evolución.
1.7 Plan museológico y programa museográfico. Criterios para su elaboración.
1.8 La exposición permanente. Nuevos criterios en la instalación museográfica.
1.9 Exposiciones temporales. Definición, gestión y organización.
1.10 Organización interna del museo. El profesional de museos.
1.11 El sistema de documentación en el museo.
1.12 Los fondos museográficos. Régimen jurídico, formas de ingreso y tipos de movimiento.
1.13 El público en el museo. Sistemas de evaluación.
1.14 La seguridad en el museo.
1.15 La conservación en el museo. Conservación preventiva y criterios para la restauración.
1.16 Acción cultural y educativa en los museos.
2. Legislación:
2.1 La Constitución Española. Antecedentes. Estructura. Los Principios Constitucionales.
2.2 Derechos Fundamentales y libertades públicas. Su protección y garantía.
2.3 La organización territorial del Estado: Comunidades Autónomas, Provincia y Municipios.
2.4 La reforma constitucional. El Tribunal Constitucional.
2.5 La Ley de Régimen Jurídico y Procedimiento Administrativo Común. Derechos de los ciudadanos.
2.6 El Procedimiento administrativo: concepto, naturaleza, caracteres y fases.
2.7 Los actos jurídicos de la administración: públicos y privados. Acto administrativo: concepto, elementos y clases.
2.8 Los contratos de las Administraciones Públicas. Principios generales. Tipos de contratos y sus características.
2.9 La legislación española sobre el Patrimonio Histórico Española. Antecedentes y situación actual. La distribución de competencias en materia de cultura.
2.10 Normativa estatal y autonómica en materia de museos. El Reglamento de Museos de titularidad estatal y el Sistema Español de Museos.
2.11 Niveles de protección jurídica del patrimonio histórico. Su régimen jurídico.
2.12 Regímenes especiales de protección.
2.13 El tráfico de bienes culturales: movilidad y traslado geográfico de los bienes culturales dentro del territorio nacional; importación, exportación. Tráfico jurídico: transacciones y cambio de propiedad de los bienes culturales. La garantía del Estado.
2.14 Modos de adquisición de bienes culturales: oferta directa de venta; derechos de tanteo y retracto; subastas en el extranjero; oferta de venta irrevocable (exportación definitiva); exportación ilícita; decomiso; donaciones; legados y herencias; expropiación forzosa; dación en pago de impuestos; apremio sobre el patrimonio; hallazgos casuales; permuta; premios; usucapión; recolección; producción propia y cambio por adscripción.
2.15 Medidas de fomento. Infracciones y sanciones administrativas en la legislación sobre el Patrimonio Histórico. Los delitos penales sobre el Patrimonio Histórico. La labor de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado en defensa del Patrimonio Histórico Español.
2.16 Tratamiento del Patrimonio Histórico en la Unión Europea. Acuerdos y Tratados internacionales sobre protección del Patrimonio Histórico suscritos por España.
3. Etnología, Antropología, Arqueología y Bellas Artes:
3.1 Metodología del trabajo de campo en Antropología.
3.2 Historia de los estudios de Etnología y folklore en España.
3.3 Antropología del género.
3.4 El concepto de religiosidad popular.
3.5 Indumentaria tradicional en Andalucía.
3.6 Instrumentos musicales populares en España.
3.7 La vivienda tradicional española.
3.8 Antropología de la fiesta: la fiesta del fuego en España.
3.9 Amuletos y protectores en la joyería popular española.
3.10 Juegos y juguetes en la tradición cultural española.
3.11 Mobiliario popular en España.
3.12 El arte pastoril.
3.13 Sistemas y procedimientos de datación en arqueología. Corrientes actuales en la investigación arqueológica.
3.14 El Paleolítico Superior en el norte peninsular.
3.15 La cerámica griega.
3.16 La escultura ibérica.
3.17 Los vidrios romanos.
3.18 El retrato romano en España.
3.19 La orfebrería visigoda.
3.20 Motivos decorativos hispano musulmanes.
3.21 Arte y cultura material Inca.
3.22 Iconografía religiosa azteca. Códices
3.23 Cultura material hispano sefardí.
3.24 Iconografía en el arte medieval.
3.25 La pintura hispano flamenca.
3.26 El Greco.
3.27 La escultura española en el siglo XVI.
3.28 La pintura barroca en España (I): Velázquez.
3.29 La pintura barroca en España (II): Zurbarán, Ribera, Murillo. Otras escuelas.
3.30 La escultura española en el siglo XVII.
3.31 Goya y su época.
3.32 Neoclasicismo y Romanticismo en la pintura española del siglo XIX.
3.33 Joaquín Sorolla.
3.34 Maestros de la pintura española en el siglo XX (I): Pablo Picasso.
3.35 Maestros de la pintura española en el siglo XX (II): Dalí, Miró, Juan Gris.
3.36 Cerámica de Talavera, Puente del Arzobispo.
3.37 Cerámica de Alcora y Manises.
3.38 La platería civil en España.
3.39 Mobiliario español siglo XVI al XIX.
3.40 Numismática como fuente de la historia.
3.41 El dibujo en España.
3.42 Armas blancas reglamentarias españolas.
3.43 Armas de fuego reglamentarias española.
3.44 Metodología de la arqueología subacuática. El Centro Nacional de Investigaciones Arqueológicas Submarinas.
Sección Archivos
Tribunal Titular:
Presidente: Don Eduardo Gómez-Llera García-Nava. Cuerpo Facultativo de Archiveros, Bibliotecarios y Arqueólogos.
Secretario: Don Juan Manuel Gómez Cano. Escala de Gestión de Empleo del INEM.
Vocales:
Doña Teresa Engenios Martín. Cuerpo Facultativo de Archiveros, Bibliotecarios y Arqueólogos.
Don Pablo Herradon Llorente. Cuerpo de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos.
Don Miguel Angel Esparza Torres. Cuerpo de Profesores Titulares de Universidad.
Tribunal Suplente:
Presidenta: Doña Beatriz Franco Espiño. Cuerpo Facultativo de Archiveros, Bibliotecarios y Arqueólogos.
Secretario: Don Javier Lázaro Merino. Escala de Gestión de Empleo del INEM.
Vocales:
Doña Teresa Martín Ayuso. Cuerpo Facultativo de Archiveros, Bibliotecarios y Arqueólogos.
Doña Angela Herrero Lorca. Cuerpo de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos.
Doña Pilar Azcárate Aguilar-Amat. Cuerpo de Profesores Titulares de Universidad.
Sección Bibliotecas
Tribunal Titular:
Presidenta: Doña Ana Herrero-Botas Vigil. Cuerpo Facultativo de Archiveros, Bibliotecarios y Arqueólogos.
Secretario: Don Angel Feliz de la Iglesia. Cuerpo de Gestión de la Administración Civil del Estado.
Vocales:
Don Fernando de la Fuente Arranz. Cuerpo Facultativo de Archiveros, Bibliotecarios y Arqueólogos.
Doña M.ª Luisa Hermida Corchón. Cuerpo de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos.
Doña M.ª del Mar Rebollo Abbad. Cuerpo de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos.
Tribunal Suplente:
Presidenta: Doña Elena Martinez Oyarzabal. Cuerpo Facultativo de Archiveros, Bibliotecarios y Arqueólogos.
Secretaria: Doña Soledad Estadella González. Cuerpo de Gestión de la Administración Civil del Estado.
Vocales:
Doña Alicia Garcia Medina. Cuerpo Facultativo de Archiveros, Bibliotecarios y Arqueólogos.
Doña M.ª José Rucio Zamorano. Cuerpo de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos.
Doña M.ª José Saldaña Fernandez. Cuerpo de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos.
Sección Museos
Tribunal titular:
Presidenta: Doña Carmen Pérez de Andrés. Cuerpo Facultativo de Conservadores de Museos.
Secretaria: Doña Iria Losada Baltar. Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado.
Vocales:
Doña M.ª Luisa Menéndez Robles. Cuerpo Facultativo de Conservadores de Museos.
Don Feliciano Novoa Portela. Cuerpo de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos.
Doña Mercedes Rodríguez Collado. Cuerpo de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos.
Tribunal Suplente:
Presidenta: Doña Ana Carmen Lavín Berdonces. Cuerpo Facultativo de Conservadores de Museos.
Secretaria: Doña Elisa de Cabo de Vega. Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado.
Vocales:
Doña Ángeles del Egido Rodríguez. Cuerpo Facultativo de Conservadores de Museos.
Doña Isabel Sánchez Arias. Cuerpo de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos.
Doña Carolina Aguado. Cuerpo de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos.
El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para todos o alguno de los ejercicios.
Este apartado se rellenará según lo establecido en la solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación de tasas de derechos de examen (modelo 790) y en las siguientes instrucciones particulares:
En el recuadro 15, «Cuerpo o Escala», se consignará «Cuerpo de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos».
En el recuadro 16, «Especialidad, área o asignatura», se consignará Archivos, Bibliotecas o Museos según proceda».
En el recuadro 17, «Forma de acceso», se consignará «L», en el caso de que se acceda por el sistema de Acceso Libre, o «P», si se accede por el sistema de Promoción Interna.
En el recuadro 18, «Ministerio/Órgano/Entidad convocante», se consignará «Ministerio de Cultura».
En el recuadro 19, se consignará la fecha del Boletín Oficial del Estado en el que haya sido publicada la convocatoria.
En el recuadro 20, «Provincia de examen», se consignará «Madrid».
En el recuadro 21, «Minusvalía», los aspirantes con discapacidad podrán indicar el porcentaje de minusvalía que tengan acreditado, y solicitar, expresándolo en el recuadro 23, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria.
Los aspirantes con grado de minusvalía igual o superior al 33 por 100 que deseen participar en las pruebas selectivas por el cupo de reserva de discapacitados, deberán indicarlo en el recuadro 22.
En el recuadro 24, «Títulos académicos oficiales», se consignará la titulación que se posea para poder participar en virtud de lo señalado en la base 2.1.3.
En el recuadro 25, apartado A, se consignará la sección «Archivos», «Bibliotecas « o «Museos» por la que opte el aspirante; en el apartado B, se consignará el idioma elegido por el aspirante de los indicados en el anexo I de cada sección para la realización del correspondiente ejercicio de la fase de oposición. Los aspirantes de la sección de Archivos que deseen realizar el cuarto ejercicio de la fase de oposición, harán constar el idioma elegido para el mismo en el apartado C.
El importe de la tasa por derechos de examen será de 19,14 euros para los aspirantes que participen en las pruebas mediante el sistema general de acceso libre y de 9,57 euros para los aspirantes que participen mediante el sistema de promoción interna.
El ingreso del importe correspondiente a los derechos de examen se efectuará, junto con la presentación de la solicitud, en cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación tributaria. En la solicitud deberá constar que se ha realizado el correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante validación de la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso, a través de certificación mecánica, o en su defecto, sello y firma autorizada de la misma en el espacio reservado a estos efectos.
Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes. A las mismas se acompañará el comprobante bancario de haber ingresado los derechos de examen en la cuenta corriente número 0104-0301-28-0302-037799 del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria a nombre de «Tesoro Público. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte Derechos de examen». El ingreso podrá efectuarse directamente en cualquier oficina del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria mediante transferencia desde cualquier entidad bancaria.
Estarán exentas del pago de esta tasa:
a) Las personas con grado de minusvalía igual o superior al 33 por 100, debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición.
b) Las personas que figurasen como demandantes de empleo durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de la convocatoria. Serán requisitos para el disfrute de la exención que, en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional.
La certificación relativa a la condición de demandante de empleo, con los requisitos señalados, se solicitará en la oficina de los servicios públicos de empleo. En cuanto a la acreditación de las rentas se realizará mediante una declaración jurada o promesa escrita del solicitante. Ambos documentos deberán acompañarse a la solicitud.
La falta de justificación del abono de los derechos de examen o de encontrarse exento determinará la exclusión del aspirante.
En ningún caso la presentación y pago en las oficinas a que se hace referencia supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid