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Documento BOE-A-2003-9322

Resolución de 7 de abril de 2003, del Organismo Autónomo Parques Nacionales, por la que se convoca el Premio de Publicaciones sobre Parques Nacionales para el año 2003.

Publicado en:
«BOE» núm. 109, de 7 de mayo de 2003, páginas 17372 a 17373 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2003-9322

TEXTO ORIGINAL

La Orden MAM/2049/2002, de 2 de agosto, establecía las bases reguladoras de los premios de publicaciones sobre parques nacionales, en sus modalidades de trabajos encuadrados en alguna de las series del programa editorial del Organismo Autónomo, premio Pedro Pidal y Bernardo de Quirós, y trabajos literarios de narrativa en prosa de libre creación, premio Eduardo Hernández Pacheco. La Orden incluía la convocatoria de dichos premios para el año 2002 y establecía para las convocatorias posteriores una periodicidad anual, a través de una Resolución del Presidente del Organismo Autónomo Parques Nacionales.

Dado el interés que la convocatoria de los premios tiene para la difusión de los valores de los espacios integrados en la Red de Parques Nacionales y la importancia de su conservación, se considera necesaria la continuidad de la iniciativa, y es por ello que apruebo la siguiente resolución:

Primero.

En aplicación de la Orden MAM/2049/2002, de 2 de agosto, por la que se establecen las bases reguladoras de los premios de publicaciones sobre Parques Nacionales se ha resuelto convocar dicho premio de publicaciones para el año 2003.

Segundo.

El premio constará de dos modalidades, Premio Pidal y Bernaldo de Quirós, para trabajos encuadrados en alguna de las series del Programa Editorial de Parques Nacionales: técnica, jurídica, antropológica, histórica y de educación ambiental.

Premio Eduardo Hernández Pacheco, para trabajos literarios de narrativa en prosa de libre creación.

Tercero.

Cada una de las modalidades estará dotada con 18.000 euros y con un diploma acreditativo y una escultura conmemorativa. Se podrán conceder menciones especiales a otros trabajos presentados que tengan la suficiente calidad.

Cuarto. Solicitudes.

1. Podrán concurrir a los premios las personas físicas que así lo deseen, presentando los trabajos escritos en cualquiera de las lenguas españolas. En cualquier caso se acompañará una copia del trabajo en castellano.

2. Los trabajos serán inéditos, no habrán sido presentados a ningún otro premio que se encuentre pendiente de resolución y no tendrán sus autores cedidos a terceros los derechos de reproducción.

3. La solicitud se presentará en sobre cerrado, en el plazo de sesenta días desde la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del Estado, en el Registro General del Organismo Autónomo Parques Nacionales (Gran Vía de San Francisco 4, Madrid) o en los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

4. La documentación que se incluirá en el sobre será la siguiente:

Dos originales mecanografiados a doble espacio, por medios mecánicos o electrónicos sobre papel DIN-A4. No deberán incluir ningún tipo de identificación de autor o autores.

Un sobre cerrado en cuyo exterior figurará exclusivamente el título y el premio al que se presenta. En el interior figurará el nombre completo del autor o autores, copia del documento nacional de identidad o del pasaporte, dirección completa y teléfono de contacto, así como la declaración de no incumplir ninguno de los requisitos requeridos.

Quinto.

El Jurado para esta convocatoria estará integrado por los siguientes miembros:

Presidente: el Presidente del Organismo Autónomo Parques Nacionales.

Vocales: doña Inés González Doncel, Don Basilio Rada Martínez, Don Eduardo Martínez de Pisón y Don José Antonio Corraliza Rodríguez.

Secretario: don Benigno Asensio Nistal.

Sexto.

La valoración de los trabajos presentados se llevará a cabo de acuerdo con los criterios que se establecen a continuación:

Calidad técnica o literaria.

Contribución al conocimiento de la Red de Parques Nacionales.

Divulgación de la importancia que para la sociedad tienen los parques nacionales españoles.

Contribución al fomento del desarrollo sostenible en el entorno de los parques nacionales.

Séptimo.

Los gastos derivados de la presente convocatoria se imputarán al presupuesto del Organismo Autónomo Parques Nacionales para el año 2003, aplicación presupuestaria 227.06.

Madrid, 7 de abril de 2003.‒El Presidente, Juan del Álamo Jiménez.

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