Con el fin de atender las necesidades de personal laboral en
la Universidad, y en cumplimiento de lo dispuesto en el R.D.
223/1988, de 14 de marzo (Animales. Protección de los utilizados
para experimentación y otros fines científicos), este Rectorado,
en uso de las competencias conferidas por el artículo 35 de los
Estatutos de esta Universidad, aprobados por Real Decreto
1287/1985 de 25 de junio (BOE de 31 de julio), y por el artículo
20, en relación con el artículo 2.2 e), de la Ley Orgánica 6/2001,
de 21 de diciembre de Universidades,
Ha resuelto, de conformidad con lo dispuesto en el Capítulo VII
del Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Universidad
Nacional de Educación a Distancia, y una vez finalizados los
procedimientos de concurso de traslado y de promoción interna, ha
resuelto convocar pruebas selectivas de acceso libre, de acuerdo
con lo previsto en el artículo 20 del citado convenio, para cubrir
una plaza vacante en la plantilla de personal laboral de acuerdo
con las siguientes:
Bases de la convocatoria
1. Normas generales
1.1 Se convocan pruebas selectivas mediante el sistema de
concurso-oposición libre para la cobertura de una plaza de:
Titulado Superior G-I (Licenciado en Veterinaria, a tiempo
parcial) en la Facultad de Psicología.
1.2 La realización de estas pruebas se ajustará a lo establecido
en la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma
de la Función Pública, modificada por Ley 23/1988, de 28 de
julio, R.D. 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba
el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la
Administración del Estado y de Provisión de Puestos de trabajo
y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la
Administración General del Estado, y en el Convenio Colectivo del
Personal Laboral de la Universidad Nacional de Educación a Distancia
y demás normativa concordante.
1.3 El procedimiento de selección de los aspirantes constará
de una fase de concurso y otra de oposición con las valoraciones,
pruebas y puntuaciones que se especifican en el Anexo I.
1.4 Las pruebas de la fase de oposición comenzarán a partir
del mes de abril, determinándose en la Resolución que se indica
en la base Cuarta, el lugar de celebración y fecha de comienzo
de la mencionada prueba.
1.5 El seleccionado para cubrir la plaza vacante deberá dar
cumplimiento a lo dispuesto en la Ley 53/1984, de 26 de
diciembre y en el Real Decreto 598/1985 de 30 de abril, en materia
de incompatibilidades.
2. Requisitos de los candidatos
2.1 Para ser admitidos a la realización de las pruebas
selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
2.1.1 Relativos a la nacionalidad. Podrán participar en las
pruebas:
a) Los españoles.
b) Los nacionales de un Estado miembro de la Unión Europea,
los nacionales del Reino de Noruega, y los nacionales de la
República de Islandia.
También podrán participar el cónyuge, descendientes y
descendientes del cónyuge, de los españoles y de los nacionales de
países miembros de la Unión Europea, de Noruega o de Islandia,
siempre que no estén separados de derecho, menores de veintiún
años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.
c) Quienes no estando incluidos en los anteriores apartados
a) y b), se encuentren en España en situación de residencia
temporal, quienes se encuentren en situación de residencia
permanente, quienes se encuentren en situación de autorización para
residir y trabajar, así como los refugiados.
2.1.2 Tener cumplidos dieciocho años de edad.
2.1.3 No padecer enfermedad ni estar afectado por
limitaciones físicas o psíquicas que sean incompatibles con el
desempeño de las correspondientes funciones.
2.1.4 No haber sido separado del servicio de cualquiera de
las Administraciones Públicas mediante expediente o despido
disciplinario, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de sus
funciones. Los aspirantes que no posean la nacionalidad española,
no deberán estar sometidos a sanción disciplinaria o condena
penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.
2.1.5 Estar en posesión del título de Licenciado en
Veterinaria. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá
estarse en posesión de la documentación que acredite su
homologación.
2.2 Los requisitos enumerados deberán cumplirse el día de
finalización del plazo de presentación de solicitudes, y mantenerse
hasta la firma del contrato.
3. Solicitudes
3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas
deberán hacerlo constar mediante instancia en el modelo que
figura como Anexo II.
El modelo de solicitud se facilitará en las Unidades de Atención
al Público de la Universidad Nacional de Educación a Distancia,
sitas en la calle Bravo Murillo número 38, Pabellón de Gobierno
(Ciudad Universitaria s/n), y en la calle Senda del Rey s/n (Puente
de los Franceses). También será válida la solicitud realizada en
fotocopia del Anexo II que se publica con esta convocatoria.
3.2 Los aspirantes que posean nacionalidad española
acompañarán a su solicitud una fotocopia del carnet de identidad.
Los aspirantes incluidos en el apartado b) de la base 2.1.1
anterior que residan en España deberán presentar una fotocopia
compulsada del correspondiente documento de identidad o
pasaporte y de la tarjeta de residente comunitario o de familiar de
residente comunitario en vigor o, en su caso, de la tarjeta temporal
de residente comunitario o de trabajador comunitario fronterizo
en vigor. Los que no residan en España, bien por residir en el
extranjero o por encontrarse en España en régimen de estancia,
deberán presentar una fotocopia compulsada del documento de
identidad o pasaporte.
Los familiares de los anteriores deberán presentar dos
fotocopias compulsadas del pasaporte, del visado y, en su caso, del
resguardo de haber solicitado la exención del visado y la
correspondiente tarjeta. De no haberse solicitado estos documentos
deberán presentar los documentos expedidos por las autoridades
competentes que acrediten el vínculo de parentesco y una
declaración jurada o promesa del español o del nacional de la Unión
Europea, de Noruega o de Islandia con el que existe este vínculo,
de que no estar separado de derecho de su cónyuge y, en su
caso, del hecho de que el aspirante vive a sus expensas o está
a su cargo.
Los aspirantes a los que se refiere el apartado c) de la base
2.1.1 deberán presentar una fotocopia compulsada del Pasaporte
en vigor, así como una fotocopia del correspondiente permiso de
residencia, o de trabajo y de residencia.
3.3 En la tramitación de sus solicitudes, los aspirantes
tendrán en cuenta lo siguiente:
a) Las solicitudes se dirigirán a la Excma. Sra. Rectora Mgfca.
de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, en el plazo
de veinte días naturales, contados a partir del siguiente a la
publicación en el "Boletín Oficial del Estado" de esta convocatoria.
b) La presentación de solicitudes podrá realizarse en el
Registro General de la Universidad Nacional de Educación a Distancia
o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
3.4 Los derechos de examen serán de 24 euros y se ingresarán
en la cuenta de la Universidad Nacional de Educación a Distancia
número 0049-0001-54-2211438387, del Banco Santander
Central Hispano, realizando el ingreso en concepto de abono de
derechos de examen de la convocatoria del concurso-oposición libre
para acceder a una plaza vacante de Titulado Superior G-I de
Licenciado en Veterinaria en la Facultad de Psicología. A la
solicitud de participación deberá adjuntarse el resguardo original de
transferencia o ingreso, o cuando se haya realizado el pago por
otro medio (banca electrónica, internet.) certificado de la entidad
bancaria que justifique la operación realizada.
En ningún caso, el abono de los derechos de examen supondrá
sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de
la solicitud. La no acreditación del pago de los derechos de examen
determinará la exclusión del aspirante.
Ello no obstante, estarán exentas del pago de los derechos
de examen las personas con discapacidad igual o superior al 33%,
adjuntando certificado correspondiente a la solicitud, así como
quienes figurasen como demandantes de empleo durante un mes,
como mínimo, antes de la fecha de esta convocatoria, siempre
y cuando carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual,
al salario mínimo interprofesional y no hubieran rechazado oferta
de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar, en
acciones de promoción, formación o reconversión profesionales. La
certificación relativa a la condición de demandante de empleo,
con los requisitos previstos en la Ley, se solicitará de la
correspondiente oficina del INEM. En cuanto a la acreditación de las
rentas, se realizará con una declaración jurada o promesa escrita
del aspirante. Ambos documentos deberán acompañarse a la
instancia de participación.
A efectos de valoración de la fase de concurso, los aspirantes
deberán declarar en su solicitud los méritos a tener en cuenta
por el Tribunal calificador, según lo previsto en el baremo que
figura como Anexo I de la presente Resolución.
Los méritos declarados deberán acreditarse únicamente por
los aspirantes que superen la fase de oposición, mediante
certificado expedido por el Servicio de Personal correspondiente, en
el modelo que figura como Anexo V de esta convocatoria.
Dicha acreditación se realizará en la forma prevista en el
baremo, y en el plazo que determine el Tribunal.
3.5 Los aspirantes que padezcan alguna discapacidad
deberán indicarlo en el recuadro número 14 de la solicitud y podrán
solicitar, en su caso, las posibles adaptaciones de tiempo y medios
para la realización de los ejercicios, en los casos en que dicha
adaptación sea necesaria, utilizando para ello el recuadro número
15 de la solicitud.
4. Admisión de aspirantes
4.1 Expirado el plazo de presentación de instancias, la Excma
y Magfca Sra. Rectora de la Universidad Nacional de Educación
a Distancia dictará Resolución en el plazo de un mes, que se
publicará en el "Boletín Oficial del Estado", en la que se declarará
aprobada la lista de admitidos, se publicará la de excluidos,
especificando la causa de exclusión y si ésta es o no subsanable, y
se expresará el lugar, la fecha y la hora de comienzo del ejercicio
de la fase de oposición.
4.2 Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez
días, contados a partir del día siguiente al de la publicación de
la Resolución señalada en el punto anterior, para poder subsanar
el defecto que haya motivado la exclusión, caso de que aquél
sea subsanable.
5. Tribunal Calificador
5.1 El Tribunal Calificador de estas pruebas es el que figuran
como Anexo III a esta convocatoria.
5.2 Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el
Tribunal con asistencia, al menos, de la mayoría absoluta de sus
miembros, titulares o suplentes.
5.3 Durante el desarrollo de las pruebas selectivas, el Tribunal
resolverá todas las dudas que pudieran surgir en la aplicación
de estas bases, así como lo que deba hacerse en los casos no
previstos.
5.4 El Tribunal adoptará las medidas precisas para garantizar
que los ejercicios escritos que no deban ser leídos ante él, sean
corregidos sin conocer la identidad de los aspirantes.
5.5 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, los
Tribunales tendrán su sede en la Universidad Nacional de
Educación a Distancia, calle Bravo Murillo, 38, 5.a planta, tfno.:
91-398-75-44.
5.6 Los Tribunales que actúen en estas pruebas selectivas
tendrán la categoría primera, conforme a lo dispuesto en el artículo
30 del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo.
6. Desarrollo de los ejercicios
6.1 El orden de actuación de los opositores se iniciará
alfabéticamente por el primero de la letra "X "de conformidad con
lo establecido en la Resolución de la Secretaría de Estado para
la Administración Pública de 10 de marzo de 2003 ("Boletín Oficial
del Estado" del 14 de marzo) por la que se publica el resultado
del sorteo celebrado el día 10 de marzo.
6.2 En cualquier momento, los aspirantes podrán ser
requeridos por miembros del Tribunal con el fin de acreditar su
identidad.
6.3 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en
único llamamiento, siendo excluidos de la oposición quienes no
comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor, debidamente
justificados y discrecionalmente apreciados por el Tribunal.
6.4 Por Resolución del Rectorado que se publicará en el
"Boletín Oficial del Estado" se fijará la fecha, lugar y hora de
celebración del primer ejercicio.
6.5 La publicación del anuncio de celebración del segundo
ejercicio se efectuará por el Tribunal en los locales donde se haya
celebrado el anterior, publicándose, asimismo, la relación de
aprobados en dicho ejercicio, así como en la sede de los Tribunales
señalada en la base 5.5 y por cualesquiera otros medios si se
juzga conveniente para facilitar su máxima divulgación con
veinticuatro horas, al menos, de antelación a la señalada para la
iniciación del mismo.
6.6 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal
tuviere conocimiento de que alguno de los aspirantes no posee
la totalidad de los requisitos exigidos por la presente convocatoria,
previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión al
Rectorado de la Universidad, comunicándole, asimismo, las
inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la
solicitud de admisión a las pruebas selectivas, a los efectos
procedentes.
7. Relación de aprobados y presentación de documentos
7.1 Concluidas las pruebas, el Tribunal calificador hará
pública en los tablones de anuncios de la Universidad el nombre de
los aspirantes que han superado el concurso-oposición.
7.2 En caso de empate en la puntuación final obtenida por
los aspirantes, el orden de prelación vendrá determinado por la
conseguida en la fase de oposición. En caso de persistir el empate,
se resolverá atendiendo a la puntuación obtenida en el apartado
1.1 de la fase de concurso y, en última instancia, se tendrá en
cuenta los apellidos de los opositores, dirimiéndose el empate
en favor del primero, a partir de la letra X.
7.3 Con carácter previo a la formalización del contrato deberá
el aspirante, en un plazo de veinte días naturales, a contar desde
el siguiente a la publicación del nombre del aspirante aprobado
señalada en la base 7.1, justificar adecuadamente los requisitos
o condiciones exigidos en la base segunda de esta convocatoria,
presentando la siguiente documentación acreditativa:
a) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado
mediante expediente disciplinario de cualquiera de las
Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de
las funciones públicas, mediante sentencia firme.
Los aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán
presentar, además de la declaración relativa al Estado español,
declaración jurada o promesa de no estar sometidos a sanción
disciplinaria o condena penal que impida en su Estado el acceso
a la función pública, según el modelo que figura como Anexo VI
de esta convocatoria.
b) Certificado acreditativo de no padecer enfermedad ni
limitaciones físicas o psíquicas que le imposibiliten para el desempeño
de sus funciones, expedido por el facultativo de medicina general
de la Seguridad Social que corresponda al interesado. En caso
de que éste esté acogido a cualquier régimen de la Seguridad
Social se expedirá en los Servicios Provinciales del Ministerio de
Sanidad y Consumo o en los organismos correspondientes de las
Comunidades Autónomas.
c) Fotocopia compulsada del título de Licenciado en
Veterinaria. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero
documentación que acredite su homologación.
d) Dos fotocopias del documento nacional de identidad
o, en su caso, la documentación correspondiente, referida en la
base 3.2.
Los aspirantes incluidos en el apartado b), de la base 2.1.1
de la convocatoria que no residan en España deberán presentar
fotocopia compulsada del resguardo de haber solicitado la tarjeta
de residencia comunitaria, en el caso de que no la hubiesen tenido
que aportar en el momento de presentar la solicitud de
participación.
Si dentro del plazo indicado y, salvo los casos de fuerza mayor,
no presentasen la documentación acreditativa a que se refieren
los párrafos anteriores o de la misma se desprenda que no se
reúnen los requisitos exigidos, o en el supuesto de que la
Administración en cualquier momento del proceso compruebe que el
interesado no reúne todas las condiciones exigidas en la
convocatoria no podrá ser contratado, quedando anuladas todas sus
actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiera
podido incurrir por falsedad en su instancia o documentación.
8. Formalización de contratos e incorporación
8.1 El Rectorado de la Universidad procederá posteriormente
a la formalización del contrato del aspirante que hubiera superado
el concurso-oposición objeto de la convocatoria.
Dicho trámite se verificará en el plazo máximo de quince días
hábiles, desde que finalice el plazo señalado para presentar
documentación (base 7.3). La formalización del contrato supondrá la
toma de posesión de su puesto por el trabajador.
Hasta tanto se formalice el contrato, el aspirante no tendrá
derecho a percepción económica alguna.
8.2 En el momento de la formalización del contrato, el
trabajador dará cumplimiento a lo dispuesto en la Ley 53/1984,
de 26 de diciembre, y en el Real Decreto 598/1985, de 30 de
abril, en materia de incompatibilidades.
9. Norma final
9.1 Los aspirantes, por el hecho de participar en las presentes
pruebas selectivas, se someten a las bases de esta convocatoria
y su desarrollo y a las decisiones que adopte el Tribunal, sin
perjuicio de las reclamaciones pertinentes. El Tribunal se halla
facultado para resolver las dudas que se presenten en todo lo no previsto
en las bases, así como la adopción de los acuerdos necesarios
para el buen orden de las pruebas selectivas.
9.2 Contra la presente Resolución, que agota la vía
administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición
ante la Excelentísima y Magnífica Señora Rectora de esta
Universidad, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente
a su publicación, o recurso contencioso-administrativo, ante los
Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo
de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación.
Madrid, 21 de marzo de 2003.-La Rectora, María Araceli Maciá
Antón.
ANEXO I
Valoración de méritos y ejercicios
1. Fase de concurso
Los méritos estarán siempre referidos a la fecha de finalización
del plazo de presentación de solicitudes.
La valoración de los méritos se realizará de la forma siguiente:
1.1 Trabajo realizado.
Se valorará teniendo en cuenta el tiempo de permanencia en
el puesto o puestos de trabajo considerando la mayor o menor
similitud de las funciones desempeñadas, con el trabajo a
desarrollar en las plazas convocadas. La puntuación máxima por este
concepto será de 12 puntos que corresponderá tanto a funciones
realizadas en la misma área de actividad, como a funciones
realizadas en otras áreas de actividad de la UNED, o de otras
Administraciones Públicas. La puntuación se asignará conforme a la
siguiente valoración por cada mes trabajado:
0,1 puntos por cada mes en la misma área.
0,04 puntos por cada mes en distinta área.
Las distintas áreas se relacionan en el Anexo VII de la presente
convocatoria.
1.2 Antigüedad.
Se computará por tiempo de servicios. La puntuación máxima
por este concepto será de 12 puntos, que se atribuirán por la
antigüedad, valorada en meses, de servicios prestados a la UNED
o a otras Administraciones Públicas, asignándose la siguiente
puntuación:
0,1 puntos por cada mes de antigüedad en la UNED.
0,04 puntos por cada mes en otras Administraciones Públicas.
1.3 Formación.
Se valorarán los Cursos de formación y perfeccionamiento
relacionados con el área de actividad de la plaza que se convoca,
impartidos por Organismos e Instituciones oficiales dependientes
de las Administraciones públicas. Los referidos cursos, que podrán
ser valorados con un máximo de 6 puntos, se puntuarán del
siguiente modo:
De hasta 20 horas de duración: 0,3 puntos.
De 20 a 30 horas de duración: 0,6 puntos.
De 31 a más de 70 horas de duración: 1,2 puntos.
De 71 a 150 horas de duración, o más de cuatro meses: 2,4
puntos.
De 151 a 300 horas de duración o más de seis meses: 4,2
puntos.
De 301 o más horas de duración o un/os curso/s académicos:
6 puntos.
Los cursos de formación y perfeccionamiento se acreditarán
mediante presentación de fotocopia debidamente cotejada de la
certificación, título o diploma correspondiente.
2. Fase de oposición
Consistirá en tres ejercicios eliminatorios:
Primer ejercicio: Tendrá dos partes consecutivas. La primera
parte del ejercicio consistirá en la resolución por escrito, en un
tiempo máximo de una hora, de un cuestionario tipo test de 30
preguntas, con cuatro alternativas de respuesta, de las cuales sólo
una será la correcta, sobre los temas que figuran en el Anexo III
de la Convocatoria. La segunda parte del ejercicio consistirá en
la exposición escrita, en un tiempo máximo de una hora, de un
tema del Programa Específico que figura en el Anexo III, de entre
dos que resulten de un sorteo que realice el Tribunal.
Segundo ejercicio: Consistirá en resolver dos supuestos
prácticos referidos al Programa Específico que figura en el Anexo III
de entre cuatro propuestos por el Tribunal.
Los aspirantes dispondrán de una hora para desarrollar por
escrito este ejercicio.
Tercer ejercicio: Consistirá en la elaboración y defensa de un
proyecto de actuación, propuesto por el Tribunal, relativo a alguna
de las tareas derivadas de las funciones que se detallan en el
Perfil de la Convocatoria. La duración, tanto de la elaboración
como de la defensa del proyecto, será fijada por el Tribunal en
el momento de la publicación de los resultados del segundo
ejercicio. El Tribunal facilitará los recursos básicos para realizar el
ejercicio, sin perjuicio de que los aspirantes puedan llevar consigo
los recursos que estimen oportunos, cuyo uso deberá ser
autorizado por el Tribunal.
Calificación de los ejercicios: La calificación máxima a obtener
será de 70 puntos, que se distribuirán del siguiente modo:
Primer ejercicio: La primera parte tendrá una puntuación
máxima de 20 puntos. Las respuestas erróneas tendrán una
penalización equivalente a un tercio de cada contestación correcta. Las
respuestas en blanco no penalizarán. La segunda parte se calificará
con un máximo de 10 puntos.
Segundo ejercicio: El Tribunal puntuará de 0 a 15 puntos cada
uno de los supuestos prácticos y la calificación del ejercicio será
la media de las puntuaciones obtenidas en los mismos. Una
calificación de 0 puntos en uno de los supuestos conllevaría la misma
calificación en el ejercicio.
Tercer ejercicio: Se calificará con un máximo de 10 puntos.
La calificación de la fase de oposición vendrá determinada por
la suma de las calificaciones obtenidas en los tres ejercicios.
Calificación de los ejercicios: el Tribunal fijará la puntuación
mínima necesaria para superar cada uno de los ejercicios.
ANEXO II (Ver imagen página 15148)
ANEXO III
Tribunal
Titulares:
Presidente: Dña. M.a Teresa Mendiguchía, Vicegerenta de
Coordinación Administrativa de la Uned.
Vocales: Por la Gerencia:
Dña. M.a del Carmen Fernández Criado, Directora del Gabinete
Veterinario de la Universidad Autónoma de Madrid.
Dña. Agueda del Abril Alonso, Directora del Departamento de
Psicobiología de la Uned.
Por el Comité de Empresa:
D. Jesús M.a Bocho Gascón, Analista de Sistemas de la Uned.
D. José Luis de la Calle Muñoz, Realizador de la Uned.
Secretario: Dña. M.a. Antonia González Díez, Jefa del Servicio
de Presupuestos y Sistemas de Uned.
Suplentes:
Presidente: D. Felipe Martínez González, Jefe del Departamento
de Recursos Humanos de la Uned.
Vocales: Por la Gerencia:
D. José Orellana Muriana, Director Veterinario del Centro de
Experimentación Animal de la Universidad de Alcalá de Henares.
D. Emilio Ambrosio Flores, Catedrático del Departamento de
Psicobiología de la UNED.
Por el Comité de Empresa:
D.a Pilar Izquierdo Jiménez, Ordenanza de la Uned.
D. Juan Francisco Chamorro Pérez, Ordenanza de la Uned.
Secretaria: Dña. Paloma Isla Álvarez de Tejera, Jefe del Servicio
de Infraestructura de la Uned.
ANEXO IV
Temario Plaza Titulado Superior Grupo-I (Licenciado
en Veterinaria a tiempo parcial)
Parte general:
1. Constitución Española de 1978: Estructura y contenido.
Los derechos fundamentales y las libertades públicas. Garantía
y suspensión de los derechos y libertades.
2. La Ley Orgánica de Universidades. Especial referencia al
Título X: Personal de Administración y Servicios.
3. La Universidad Nacional de Educación a Distancia. Los
Estatutos de la Universidad. Especial referencia al Personal de
Administración y Servicios.
4. El Procedimiento Administrativo Común. Clases de
interesados en el procedimiento. Iniciación, Ordenación e Instrucción.
Formas de finalización del procedimiento administrativo. Especial
referencia al silencio administrativo. La revisión de oficio de los
actos de la administración. Los recursos administrativos. El recurso
contencioso-administrativo.
5. El Estatuto de los Trabajadores. Derechos y deberes
laborales básicos. Derechos y deberes del contrato. Participación de
los trabajadores en la empresa: Órganos de representación. El
derecho de reunión. La libertad sindical.
6. El Convenio Colectivo del Personal Laboral de la UNED.
7. Incompatibilidades del Personal al servicio de las
Administraciones Públicas: La Ley 53/1984, de 26 de noviembre.
Parte específica:
1. Instalaciones para animales de laboratorio I. Aspectos
generales. Distribución por áreas. Tipos de establecimientos.
2. Instalaciones para animales de laboratorio II. Tipos de
áreas y locales de servicio. Salas para animales de experimentación
de pequeño tamaño. Condiciones ambientales.
3. Instalaciones para animales de laboratorio III. Barreras y
zonas protegidas.
4. Instalaciones para animales de laboratorio IV. Condiciones
de asepsia del Animalario. Desinfección y desinsectación.
Residuos.
5. Nutrición y alimentación del animal de laboratorio.
Tratamientos del alimento. Piensos para animales de laboratorio.
Dietas especiales y experimentales. Agua.
6. Estudios de nutrición. Métodos de alimentación. Control
sanitario de la alimentación: normativa vigente. Conservación y
control de calidad de las dietas.
7. El animal de laboratorio y la experimentación animal.
Definición. Significación. Clasificación según su categoría sanitaria
y genética.
8. Modelos experimentales I. Roedores: rata, ratón.:
Características anatómicas y fisiológicas. Descripción de las principales
especies. Reglas de nomenclatura internacional.
9. Modelos experimentales II (Lagomorfos): cobayo, conejo:
Características anatómicas y fisiológicas. Descripción de las
principales especies.
10. Modelos experimentales III. Aves. Palomas, codornices,
gallinas: Características anatómicas y fisiológicas. Descripción de
las principales especies.
11. Modelos experimentales IV. Anfibios y peces:
Características anatómicas y fisiológicas. Descripción de las principales
especies.
12. Modelos experimentales IV. Primates no humanos.
Descripción de las principales especies, estabulación, alimentación.
13. Calidad del animal de laboratorio. Procedencia.
Identificación y registro. Certificados sanitarios exigidos en la normativa
vigente para la recepción de animales experimentales. Informes
sanitarios requeridos para intercambiar animales o muestras de
los mismos con otros estabularios o laboratorios dentro y fuera
del territorio nacional. Aclimatación y Cuarentena.
14. Control sanitario de los animales de experimentación:
Monitorización sanitaria según las recomendaciones de FELASA
para bacteriología, virología parasitología y micosis.
15. Estandarización genética de los animales de laboratorio.
Reproducción y cría. Apareamiento natural, reproducción in vitro,
inseminación artificial. Vigilancia de la gestación. Técnicas de
conservación de gametos y embriones.
16. Selección animal. Caracterización de la población y
factores que la condicionan. Selección natural. Selección artificial.
17. Legislación nacional vigente sobre mantenimiento,
manipulación y experimentación con animales de laboratorio.
Legislación europea sobre mantenimiento, manipulación y
experimentación con animales de laboratorio.
18. Ética en la experimentación animal. Normativa sobre
Comités Éticos de Experimentación Animal.
19. Estrés y Bienestar animal. Reconocimiento del dolor en
los principales animales de experimentación.
20. Comportamiento animal.
21. Patología de los animales de laboratorio (I). Tipos
esenciales de enfermedades infecciosas. Manifestaciones clínicas,
signos y síntomas.
22. Enfermedades bacterianas y víricas que afectan al aparato
respiratorio.
23. Enfermedades bacteriana víricas y parasitarias que
afectan al aparato digestivo.
24. Enfermedades bacterianas víricas y parasitarias que
afectan a los tegumentos externos.
25. Enfermedades bacterianas víricas y parasitarias que
afectan al sistema nervioso central.
26. Enfermedades de etiología no infecciosa. Congénitas,
inmunológicas, nutricionales, otras.
27. Patologías dominantes y emergentes en los animales de
experimentación. Enfermedades de los animales de investigación
de declaración obligatoria.
28. Animales de laboratorio y salud pública I: zoonosis y
alergias.
29. Animales de laboratorio y salud pública II: riesgos en
el trabajo con animales de laboratorio. Bioseguridad, concepto,
niveles: Legislación española.
30. Tecnología experimental I. Técnicas de necropsia. Toma
de muestras para estudios bacteriológicos, virológicos,
parasitarios y anatomo-patológicos. Vías de inoculación y administración.
31. Tecnología experimental II. Sedación, Analgesia y
Anestesia. Tipos de sedantes y anestésicos aplicados según el modelo
experimental. Vías de administración de anestésicos y fármacos.
32. Tecnología experimental III. Procesos quirúrgicos
menores, preparación prequirúrgica. Eutanasia.
33. Métodos alternativos. Características y aplicación. Regla
de las 3R's.
34. Calidad en instalaciones de experimentación animal.
35. Gestión de recursos humanos en experimentación.
ANEXO V (Ver imagen página 15150)
ANEXO VI
Don/Doña ........................................................................................................................,
con domicilio en ......................................................................................................................,
y documento de identidad / pasaporte / visado / permiso de residencia número ....................., declara bajo juramento o promete, a efectos de ser contratado/a del servicio de ninguna de las Administraciones Públicas españolas, que no se halla inhabilitado/a para el ejercicio de las funciones públicas en España y que no se halla sometido a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado el acceso a la función pública.
En ........................ a ...... de ........................ de 2003
ANEXO VII (Ver imagen página 15152)
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