Por Orden APA/2009/2003, de 10 de julio, («Boletín Oficial del Estado» de 17 de julio de 2003), se convocaron becas de formación práctica para Titulados Superiores en el área de alimentación. Por Orden APA/3071/2003, de 16 de octubre, se concedieron las correspondientes becas.
En el artículo 16 de la citada Orden se establece que, en caso de renuncia por un adjudicatario, la beca podrá ser adjudicada a uno de los suplentes designados.
Vista la renuncia a una beca adjudicada, en el ámbito de tecnología de los alimentos, y la propuesta de adjudicar dicha beca a la suplente que ha manifestado su conformidad, en cumplimiento del Real Decreto 2225/1993, de 17 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del procedimiento para la concesión de subvenciones públicas, y de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
En virtud de las atribuciones que me confiere el ordenamiento jurídico y en cumplimiento del artículo 16 de la precitada Orden APA/2009/2003 de 10 de julio, visto el dictamen favorable y la propuesta de la Dirección General de Alimentación,
Este Ministerio ha resuelto:
Aceptar la renuncia de Dña. Carmen Miranda Losa a la beca adjudicada mediante Orden APA/3071/2003, de 16 de octubre.
Adjudicar, hasta el 31 de diciembre de 2003, una beca de formación práctica para Titulados Superiores dentro del ámbito de la tecnología alimentaria, convocadas mediante Orden APA/2009/2003, de 10 de julio, por renuncia de su adjudicataria, a la beneficiaria que figura en el anexo, a desarrollar en el centro que se especifica, en la forma y condiciones establecidas en la citada Orden.
Contra esta Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá recurrirse potestativamente en reposición ante el excelentísimo señor Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su notificación o publicación, o ser impugnada directamente ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses, conforme a lo previsto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico. de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Madrid, 27 de noviembre de 2003.–El Ministro, P. D. (Orden APA/749/2003, 31-03-03, B.O.E. 03/04/03), la Jefa del Gabinete Técnico de la Subsecretaría de Agricultura, Pesca y Alimentación, Juana María Romojaro Vázquez.
Beca de formación práctica en el ámbito de la tecnología alimentaria:
Apellidos y nombre: Díaz González, Guadalupe. NIF: 53136492-Y.
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