Por Orden del Ministerio de Hacienda de 13 de diciembre
de 2002, fueron nombrados funcionarios en prácticas del Cuerpo
Superior de Interventores y Auditores del Estado, los aspirantes
aprobados en las correspondientes pruebas selectivas.
Una vez superado el curso selectivo previsto en la base 1.8
y en el apartado I.B) del Anexo I de la por Orden del Ministerio
de Hacienda de 10 de septiembre de 2001 (Boletín Oficial del
Estado del día 22), procede el nombramiento de funcionarios de
carrera en el citado Cuerpo.
En su virtud, esta Secretaría de Estado para la Administración
Pública, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 del
Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo (BOE del 10 de abril),
por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del
Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de
Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los
Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado y
el artículo 6.3 del Real Decreto 2169/1984, de 28 de noviembre,
de atribución de competencias en materia de personal, a propuesta
de la Subsecretaría del Ministerio de Hacienda, resuelve:
Primero.-Nombrar funcionarios de carrera por los sistemas
de promoción interna y de turno libre del Cuerpo Superior de
Interventores y Auditores del Estado, a los aspirantes aprobados
que se relacionan en el Anexo de esta Resolución, ordenados de
acuerdo con la puntuación final obtenida, con expresión de los
destinos que se les adjudican.
Segundo.-Para adquirir la condición de funcionarios de carrera
deberán prestar juramento o promesa, de conformidad con lo
establecido en el Real Decreto 707/1979, de 5 de abril, y tomar
posesión de sus destinos en el plazo de un mes, a partir del día siguiente
al de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del
Estado.
Tercero.-Contra esta Resolución, que pone fin a la vía
administrativa, se podrá interponer potestativamente recurso de
reposición ante esta Secretaría de Estado en el plazo de un mes, a
contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad
con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, de 26 de noviembre de 1992, o bien
recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses
a partir del día siguiente al de su publicación, de conformidad
con lo dispuesto en el artículo 11.1.a) de la Ley reguladora de
la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 13 de julio de
1998.
Lo que comunico a VV.II.
Madrid, 18 de noviembre de 2003.-El Secretario de Estado
para la Administración Pública, Julio Gómez-Pomar Rodríguez.
Ilmos. Sres. Subsecretarios de los Ministerios de Hacienda y de
Economía e Ilma. Sra. Directora General de la Función Pública.
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