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La Orden APA 3184/2003, de 14 de noviembre, sobre ayudas a titulares de superficies que estuvieron integradas en determinados Planes de Mejora de la Calidad y la Comercialización de los Frutos de Cáscara y las Algarrobas, establece en su artículo 6 que las organizaciones de productores deberán realizar la solicitud de dichas ayudas hasta el día 3 de diciembre de 2003, inclusive.
La circunstancia de que cada organización de productores deba presentar solicitudes separadas en cada Comunidad Autónoma donde disponga de parcelas cultivadas con derecho a las ayudas reguladas en la Orden citada, aconseja conceder un plazo más amplio que permita la presentación de la documentación requerida por cada una de las distintas Comunidades Autónomas donde las solicitudes deben ser presentadas.
En su virtud, dispongo:
Se modifica el artículo 6.1 de la Orden APA/3184/2003, de 14 de noviembre, sobre ayudas a titulares de superficies que estuvieron integradas en determinados planes de mejora de la calidad y la comercialización de los frutos de cáscara y las algarrobas, que queda redactado como sigue:
«1. Las organizaciones de productores presentarán las solicitudes ante el órgano competente de cada una de las Comunidades Autónomas donde radiquen las parcelas de sus asociados, por el importe de su superficie, hasta el día 9 de diciembre de 2003, inclusive.»
Las Comunidades Autónomas que hubieran fijado como fecha límite para la presentación de solicitudes el 3 de diciembre de 2003 podrán mantener esa fecha o prorrogar el plazo de presentación de solicitudes hasta el día 9 de diciembre de 2003.
La presente disposición entrará en vigor el día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado.
Madrid, 28 de noviembre de 2003.
ARIAS CAÑETE
Agence d'État Bulletin Officiel de l'État
Av. Manoteras, 54 - 28050 Madrid