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Por Orden APA/911/2003, de 10 de abril, «Boletín Oficial del Estado» de 15 de abril de 2003, se establecieron las bases reguladoras y la convocatoria, para el ejercicio 2003, de la concesión de ayudas destinadas a la modernización del sector de la avicultura de carne de pollo en España.
En cumplimiento de lo previsto en el Real Decreto 2225/1993, de 17 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de procedimiento para la concesión de Subvenciones Públicas, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídido de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
En virtud de las atribuciones que me confiere el art. 5.2 de la Orden APA/749/2003, de 31 de marzo, sobre delegación de atribuciones en el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y en cumplimiento de las bases de las convocatoria previstas en la Orden APA/911/2003, de 10 de abril, vista la propuesta de la Dirección General de Alimentación,
Este Ministerio ha resuelto:
Conceder a la Unión de Pequeños Agricultores y Ganaderos (UPA), una ayuda de doscientos cinco mil veinte euros (205.020 euros) para cofinanciar los costes de las acciones de organización y puesta en marcha de un sistema informativo de acopio, tratamiento y transmisión de datos e información sobre la actividad y la gestión de las explotaciones de producción de carne de pollo a escala nacional, equivalente a un 57,3 % de una base subvencionable.
Conceder a la Organización Interprofesional de la Avicultura de Carne de Pollo del Reino de España (PROPOLLO), una ayuda de cien mil novecientos ochenta euros (100.980 A), para la creación y puesta en marcha de un portal interactivo, a través de Internet, equivalente a un 30,7 % de una base subvencionable de 328.550 euros.
Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá recurrirse potestativamente en reposición ante el excelentísimo señor Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su notificación o publicación según los casos, o ser impugnada directamente ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses, conforme a lo previsto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Madrid, 30 de septiembre de 2003.‒El Ministro, P. D. (Orden APA/749/2003, de 31 de marzo, B.O.E. 3/4/2003), la Jefa del Gabinete Técnico de la Subsecretaría de Agricultura, Pesca y Alimentación, Juana M.ª Romojaro Vázquez.
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