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Documento BOE-A-2003-21178

Resolución de 30 de octubre de 2003, de la Secretaría General de Sanidad, por la que se da publicidad al programa anual de actividades para el año 2003 dentro del acuerdo de colaboración entre la Consejería de Sanidad y Consumo de la Junta de Extremadura y el Instituto de Salud Carlos III.

Publicado en:
«BOE» núm. 278, de 20 de noviembre de 2003, páginas 41154 a 41155 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad y Consumo
Referencia:
BOE-A-2003-21178

TEXTO ORIGINAL

Suscrito el 30 de septiembre de 2003, programa anual de actividades para el año 2003 dentro del acuerdo de colaboración entre la Consejería de Sanidad y Consumo de la Junta de Extremadura y el Instituto de Salud Carlos III, en cumplimiento de lo dispuesto en el apartado dos del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el Boletín Oficial del Estado de dicho Acuerdo, que figura como anexo de esta Resolución.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Madrid, 30 de octubre de 2003.–El Secretario general, Rafael Pérez-Santamarina Feijóo.

ANEXO QUE SE CITA
Programa anual de actividades para el año 2003 dentro del Acuerdo de colaboración entre la Consejería de Sanidad y Consumo de la Junta de Extremadura y el Instituto de Salud Carlos III

En Madrid, a 30 de septiembre de 2003.

REUNIDOS

De una parte, el Excmo. Sr. D. Guillermo Fernández Vara, que interviene en nombre y representación de la Junta de Extremadura, en su calidad de titular de la Consejería de Sanidad y Consumo, en virtud de las funciones atribuidas por el art.º 33.10 de la Ley de Gobierno y Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

De otra, el Ilmo. Sr. D. Antonio Campos Muñoz como Director del Instituto de Salud Carlos III, Organismos perteneciente al Ministerio de Sanidad y Consumo, nombrado por Real Decreto 1053/2000 de 2 de junio (B.O.E. n.º 133 de 3 de junio, actuando en nombre y representación del Instituto de Salud Carlos III, en lo sucesivo ISCIII, a través de sus Escuelas Nacional de Sanidad y Nacional de Medicina del Trabajo (ENS y ENMT), de acuerdo con las atribuciones que tiene conferidas por R.D. 375/2001 de 6 de abril que aprueba los Estatutos del ISCIII.

ACUERDAN

1. Desarrollar el siguiente Programa Anual de Actividades para el año 2003, dentro del Convenio Marco de Colaboración entre ambas Instituciones.

ESTIPULACIONES

Primera.

Diseño, planificación, desarrollo, evaluación y certificación conjunta de las siguientes actividades docentes:

Curso de Gestión del conocimiento, tecnologías aplicadas en Ciencias de la Salud.

Curso de Análisis Estadístico Multivariante con SPSS.

Curso de nuevas estrategias en la enseñanza-aprendizaje en Salud Pública: e-learning.

Curso de evaluación de tecnologías sanitarias: de la evidencia científica la toma de decisiones.

Curso de Métodos cuantitativos aplicados a la vigilancia.

Curso de bioestadística: fundamentos, usos y abusos.

Curso de metodología docente para tutores clínicos de postgrado. Curso de Diplomatura en enfermería de Empresa.

Segunda.

La Consejería de Sanidad y Consumo de la Junta de Extremadura asumirá:

La gestión docente y administrativa de los cursos referidos, la financiación de todos los gastos que generen las actividades incluidas en este Acuerdo, siendo de aplicación lo dispuesto en el apartado primero punto II de la Resolución de 17 de junio de 2003 de la Dirección del Instituto de Salud Carlos III, sobre precios privados a satisfacer por prestación de actividades docentes (BOE de 10 de julio de 2003).

La promoción y difusión de las mismas entre los profesionales sanitarios.

La certificación por parte de la ENMT para el curso de Diplomado en Enfermería de Empresa tendrá como costes, que sufragará la Consejería, 300 euros como coste de certificación y 30 euros por cada diploma expedido.

Tercera.

El Instituto de Salud Carlos III –Escuela Nacional de Sanidad y Escuela Nacional de Medicina del Trabajo‒ aportarán:

Asesoramiento en el diseño y configuración del programa docente.

Todo el profesorado que le sea solicitado por parte de la organización de los cursos siempre que no interfiera en sus obligaciones docentes previamente programadas en ambas Escuelas.

El acceso a los fondos documentales de los que dispone su biblioteca, en las salas de la misma, tanto en formato papel como electrónico y en cualquiera de sus sedes.

Cuarta.

En las actividades en que participen terceras instituciones académicas, los alumnos podrán beneficiarse de las acreditaciones docentes complementarias que las mismas puedan otorgar simultáneamente, y que serán objeto de acuerdo entre las partes.

Quinta.

Se designarán tres personas por parte de cada Institución que constituirán la Comisión de Seguimiento de este Convenio. El Instituto de Salud Carlos III designa como responsables del seguimiento de lo establecido en este Convenio al Director del Instituto o persona en quien delegue y a los Directores de la ENS y de la ENMT. La Consejería de Sanidad y Consumo de la Junta de Extremadura designa como responsables para este Convenio a D. José Luis-Ferrer Agoareles, Director General de Planificación, Ordenación y Evaluación Sanitarias; Dña. Obdulia Suárez Quevedo, Jefa de Estudios de la Escuela de Estudios de Ciencias de la Salud (EECS), y D. José Antonio Gimeno Ramírez, Director de la EECS.

Sexta.

El presente Convenio entrará en vigor el día de su firma y extenderá sus efectos hasta la finalización del procedimiento objeto del mismo, durante el año 2003.

Séptima.

El presente Convenio tiene naturaleza administrativa. Se regirá por las estipulaciones en él contenidas. Para las dudas y lagunas que puedan surgir se aplicarán supletoriamente las normas contenidas en la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.

Y en prueba de conformidad, ambas partes se ratifican y firman el presente programa Anual de Actividades como Anexo al Convenio Marco de Colaboración firmado en enero de 2002 y con una vigencia de 4 años, por triplicado ejemplar y a un solo efecto en ciudad y fecha up-supra. Firmado: El Consejero de Sanidad y Consumo de la Junta de Extemadura, Guillermo Fernández Vara.‒El Director del Instituto de Salud Carlos III, Antonio Campos Muñoz.

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