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Documento BOE-A-2003-20614

Resolución de 25 de julio de 2003, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Consejería de Economía, Industria e Innovación, por la que se dispone conceder la aprobación de modelo de contador SENTE 5502F1L0801 para ser incorporado a las máquinas recreativas y de azar de los tipos "B" y "C", a favor de Futbolines Bifuca S.L.

Publicado en:
«BOE» núm. 269, de 10 de noviembre de 2003, páginas 39742 a 39743 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
Referencia:
BOE-A-2003-20614

TEXTO ORIGINAL

Antecedentes de hecho

Primero.

El día 20 de junio de 2003, se presenta en esta Dirección General un escrito de Futbolines Bifuca S.L., con C.I.F. B - 30.508.428 y domicilio en Ctra, de Abanilla, km. 1,9 de Santomera (Murcia), e inscrita en el Registro de Control Metrológico con el número 08-I-004, solicitando la aprobación de modelo de contador para ser incorporado a máquinas recreativas y de azar, modelo SENTE 5502F1L0801.

Segundo.

El día 20 de junio de 2003 presentan memoria descriptiva del modelo del contador CNT-BIFUCA 1, realizada por D. Daniel Mateu Gómez, Ingeniero Técnico Industrial y visada por el Colegio Oficial correspondiente.

Tercero.

El día 20 de junio de 2003 igualmente se presentan los siguientes certificados de ensayos: n.º 23018664 de 8 de mayo de 2003, n.º 23015145 de 13 de mayo de 2003, n.º 23014071-M1 de 6 de junio de 2003 y n.º 23015124M1 de 10 de junio de 2003; emitidos por el Laboratorio General de Ensayos e Investigación de Cataluña, en las que se certifica que la muestra presentada ha pasado favorablemente los ensayos indicados en el apartado 2 del Anexo II de la orden de 31 de julio de 2000.

Fundamentos de Derecho

Primero.

La Ley 3/1995 de 18 de marzo, de Metrología, modificada por el Real Decreto Legislativo 1296/1986, de 28 de junio, Ley 13/1996, de 30 de diciembre y Ley 66/1997, de 30 de diciembre (BOEs núm. 67, de 19 de marzo de 1985; 155 de 30 de junio de 1986, con corrección de errores en 191, de 11 de agosto de 1986, 315 de 31 de diciembre de 1986 y 313 de 31 de diciembre de 1997.), establece el control metrológico del Estado sobre los sistemas de medida, entre los que comprende la aprobación de modelo.

Segundo.

El Real Decreto 1616/1985, de 11 de septiembre, por el que se establece el control metrológico que realiza la Administración del Estado (BOE núm. 219, de 12 de septiembre de 1985, con corrección de errores en 221, de 14 de septiembre de 1985), se define y establece el procedimiento para la realización de la aprobación del modelo.

Tercero.

La Orden de 31 de julio de 2000 por la que se regula el control metrológico del Estado sobre los contadores incorporados a las máquinas recreativas y de azar de los tipos «B» y «C», reguladas por el Reglamento aprobado por el Real Decreto 2110/1998, de 2 de octubre, especifica la necesidad de que se apruebe el modelo de este tipo de contadores y establece las prescripciones metrológicas, características técnicas, inscripciones y ensayos que deben cumplir.

Cuarto.

En el presente caso se ha presentado la documentación exigida y se ha acreditado que se cumple con la misma.

Esta Dirección General a propuesta presentada por el Jefe de Servicio de Industria y en uso de las facultades que tiene conferidas, resuelvo:

Aprobar el modelo de contador SENTE 5502F1L0801 para ser incorporado a las máquinas recreativas y de azar de los tipos «B» y «C», a favor de Futbolines Bifuca S.L., con las siguientes condiciones:

Primero.

El signo de Aprobación de Modelo asignado será.

Imagen: /datos/imagenes/disp/2003/269/20614_13775638_image1.png

Segundo.

El contador a que se refiere esta resolución, llevará las siguientes inscripciones de identificación agrupadas de manera visible e indeleble en una placa de características.

Imagen: /datos/imagenes/disp/2003/269/20614_13775638_image2.png

Tercero.

El plazo de validez de esta Aprobación de Modelo es de diez años, pudiendo ser prorrogado por periodos sucesivos que no podrán exceder cada uno de diez años, previa petición del titular.

Cuarto.

Esta resolución de aprobación de modelo tiene un carácter estrictamente metrológico, sin perjuicio de las competencias que en materia de juego y espectáculos tengan las diferentes comunidades Autónomas.

Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse Recurso de Alzada, ante el Excmo. Sr. Consejero de Economía, Industria e Innovación, en el plazo de un mes, a contar desde el mismo día de su notificación, de acuerdo con el Art. 114, 115 y concordantes de la Ley 30/1992, de 26 de Noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 enero.

Murcia, 25 de julio de 2003.‒El Director general, Horacio Sánchez Navarro.

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