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Documento BOE-A-2003-20596

Sentencia de 1 de julio de 2003, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, por la que se desestima la cuestión de ilegalidad planteada en relación con el artículo 20.2.7.ª del Real Decreto 1082/1991, de 28 de junio, que establece las condiciones técnica y sanitarias que deben reunir los productos utilizados exclusivamente para el cuidado y mantenimiento de las lentes de contacto.

Publicado en:
«BOE» núm. 269, de 10 de noviembre de 2003, páginas 39692 a 39692 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Tribunal Supremo
Referencia:
BOE-A-2003-20596

TEXTO ORIGINAL

En la cuestión de ilegalidad n.º 4/2002, planteada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, la Sala Tercera (Sección Cuarta) del Tribunal Supremo ha dictado sentencia, en fecha 1 de julio de 2003, que contiene el siguiente fallo:

«Que desestimando la cuestión de ilegalidad planteada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, debemos declarar la validez del artículo 20.2.7.ª, del Real decreto 1082/91 de 28 de junio, por estar ajustado a Derecho; sin hacer expresa imposición de costas.

Esta sentencia no afecta a la situación jurídica concreta derivada de la sentencia dictada por el expresado órgano jurisdiccional en el recurso contencioso-administrativo n.º 886/1998.»

Presidente: Excmo. Sr. D. Juan García-Ramos Iturralde; Magistrados: Excmo. Sr. D. Juan Antonio Xiol Ríos; Excmo. Sr. D. Mariano Baena del Alcázar; Excmo. Sr. D. Antonio Martí García; Excmo. Sr. D. Rafael Fernández Montalvo.

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